Manual de procedimiento ITV
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Título del Test:
![]() Manual de procedimiento ITV Descripción: (nivel medio alto) |



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Un vehículo importado desde un tercer país no está incluido en los anexos de homologación de tipo CE y, debido a su configuración, solo puede acogerse a una homologación mediante exención parcial. Según el Manual de Procedimiento de Inspección ITV, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. Puede matricularse directamente si dispone de certificado del fabricante, sin necesidad de inspección previa. Deberá someterse a una inspección técnica unitaria previa a la matriculación, en la que se verificará su identidad, documentación y condiciones de seguridad vial y medio ambiente. Queda exento de cualquier inspección técnica al haber sido autorizado por la autoridad de homologación. ¿Que regula el Real Decreto 866/2010?. Criterios definidos en el procedimiento de inspecciones. Criterios definidos en el procedimientos de inspecciones no periodicas. Criterios definidos en el manual de reformas. En que fecha es necesario, incluso si el vehículo no transporta mercancías peligrosas durante la inspección, que la persona que presenta el vehículo a inspección entregue a la estación de ITV una declaración sobre las condiciones del mismo. 01/01/2018. 26/07/19. 01/06/16. Según el manual de procedimientos ¿que descripción es la categoría L7e?. Cuadriciclos cuya masa en vacío sea inferior o igual a 450 kg. (550 kg. para vehículos destinados al transporte de mercancías), no incluida la masa de las baterías para los vehículos eléctricos, y potencia máxima inferior o igual a 13 kW. Cuadriciclos ligeros cuya masa en vacío sea inferior o igual a 350 kg., no incluida la masa de las baterías para los vehículos eléctricos, cuya velocidad máxima por construcción sea inferior o igual a 45 km/h, de cilindrada inferior a igual a 50 cm3 (motores de encendido por chispa positiva) o potencia máxima inferior o igual a 4 kW (demás motores de combustión interna o motores eléctricos). Cuadriciclos cuya masa en vacío sea inferior o igual a 400 kg. (550 kg. para vehículos destinados al transporte de mercancías), no incluida la masa de las baterías para los vehículos eléctricos, y potencia máxima inferior o igual a 15 kW. ¿Qué procedimiento regula al articulo 11 del Real Decreto 920/2017?. Objeto de inspección y métodos aplicados. Seguimiento de los defectos. Requisitos de la estaciones de ITV. En relación con los requisitos de las placas de matrícula y las excepciones aplicables a vehículos antiguos, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. Los vehículos construidos o matriculados antes de 1970 pueden llevar placas que no cumplan los requisitos actuales, siempre que se ajusten a las condiciones reglamentarias vigentes en el momento en que fueron o pudieron ser puestos en circulación. Todos los vehículos deben llevar placas de matrícula homologadas conforme al Real Decreto 885/2020, sin excepción por fecha de matriculación. Los vehículos anteriores a 1970 pueden llevar cualquier tipo de placa siempre que sea legible y esté correctamente colocada. En relación con los dispositivos de acoplamiento y sus requisitos de homologación según la normativa citada, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. Los dispositivos de acoplamiento en vehículos de cualquier categoría están sujetos a la Directiva 94/20/CEE desde el 01/01/1996 para nuevos tipos. Los dispositivos de acoplamiento en vehículos de la categoría M1 deben estar homologados según la Directiva 94/20/CEE, siendo exigible para nuevas matriculaciones desde el 01/01/1998. Los dispositivos de acoplamiento en vehículos M1 solo requieren homologación si el vehículo es de nueva fabricación posterior a 2000. ¿Que reglamento regula los dispositivos de acoplamiento?. Reglamento CEPE/ONU 115 R. Reglamento CEPE/ONU 55R. Reglamento CEPE/ONU 102 R y 55R. En relación con los dispositivos de limpia y lavaparabrisas, según las especificaciones generales indicadas, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. Los vehículos con parabrisas cuya visibilidad hacia delante solo sea posible a través de elementos transparentes deben disponer de dispositivos de limpia y lavaparabrisas, salvo si están matriculados antes del 01/01/1974. Todo automóvil con cabina cerrada y parabrisas matriculado a partir del 03/12/1959 debe estar dotado, al menos, de un limpiaparabrisas eficaz que requiera control constante del conductor. Los dispositivos de limpia y lavaparabrisas solo son obligatorios en vehículos matriculados a partir del 01/01/1974, independientemente de sus características de visibilidad. Puede llevar un vehículo de la categoría N2 ≤ 7.5 toneladas y matriculado el 17/10/2005 un retrovisor izquierdo de la clase III. Si, siempre que tenga uno de la clase IV. Si. No. En que fecha un turismo debe de llevar los vidrios de seguridad homologados. A partir del 1 de enero de 1970. A partir del 1 de abril de 1983. A partir del 1 de enero de 1982. Respecto a la entrada en vigor de la recopilación de datos OBFCM, cuando los vehículos se sometan a inspecciones técnicas de conformidad con el artículo 5 de la Directiva 2014/45/UE. La obligación es exigible únicamente a partir del día siguiente a su entrada en vigor, es decir, desde el 21 de mayo de 2023. La obligación es exigible desde el mismo 20 de mayo de 2023, incluido ese día. La obligación depende exclusivamente de la fecha de matriculación del vehículo, con independencia de la fecha de inspección. Durante el ensayo de velocidad de un ciclomotor en banco, si transcurrido un minuto no se ha conseguido estabilizar la velocidad, ¿qué valor debe tomarse como resultado?. El valor medio de velocidad obtenido durante todo el ensayo. El valor máximo de velocidad alcanzado en cualquier momento del ensayo. El valor máximo registrado durante los últimos 10 segundos de medición. En un ciclomotor con caja de cambios manual, sometido a ensayo en banco de rodillos libres, ¿cuál es el criterio correcto respecto a la velocidad máxima registrada?. No deberá ser superior a 64 km/h con tolerancia -0 km/h / +2 km/h. No deberá ser superior a 64 km/h con tolerancia +2 km/h. No deberá ser superior a 60 km/h con tolerancia ±2 km/h. En relación con los vehículos históricos sección II, respecto a las reformas permitidas y recambios, será de aplicación: El Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre, específico para vehículos históricos en materia de reformas y recambios. El Real Decreto 920/2017, de inspección técnica de vehículos, con carácter general. El Reglamento (UE) 2018/858 sobre homologación de vehículos a motor. Respecto a las estructuras de protección contra el vuelco (ROPS) en tractores agrícolas, señale la opción correcta. Los tractores a partir de una fecha dependiendo de sus grupo o subgrupo pueden llevar estructuras de protección no homologadas. Todos los tractores agrícolas, con independencia de su fecha de matriculación, deben llevar estructuras ROPS homologadas conforme a la Orden de 27/07/1979. La obligatoriedad de ROPS se establece exclusivamente en el Reglamento (UE) 167/2013 sin excepciones por fecha de matriculación. Respecto a los dispositivos de acoplamiento de los tractores agrícolas o forestales, señale la opción correcta. Deben estar homologados según la entrada en vigor de Directiva 2009/144/CE . Deben estar homologados según la Directiva 89/173/CEE únicamente a partir del 10/10/2003 para nuevas matriculaciones. La homologación no es exigible en ningún caso si el dispositivo es de fabricación nacional. Respecto a la emisión de la tarjeta ITV y la anotación de vehículos con “final de serie”, señale la opción correcta. Se admitirán finales de serie en vehículos no matriculados procedentes de otros países, siempre que cumplan normativa equivalente. En vehículos con autorización de final de serie se indicará en la tarjeta ITV dicha circunstancia, especificando la directiva a la que se refiere el final de serie. El concepto de final de serie solo se aplica a vehículos ya matriculados. Respecto a los vehículos a los que no es de aplicación obligatoria la homologación CE ni están incluidos en los anexos del Real Decreto 750/2010, señale la opción correcta. Podrán matricularse aunque no dispongan de ningún tipo de resolución previa de la autoridad de homologación, siempre que superen la inspección ITV. Se aplica a cualquier vehículo que no esté incluido en los anexos del Real Decreto 750/2010, aunque no tenga resolución específica. Este apartado se aplica únicamente a vehículos que dispongan de una resolución de autorización emitida por la autoridad de homologación. Respecto a los vehículos matriculados procedentes del Espacio Económico Europeo (EEE), señale la opción correcta. Es suficiente con que el vehículo disponga de matrícula definitiva del EEE, sin necesidad de ningún tipo de homologación previa. El vehículo debe disponer necesariamente de homologación CE, homologación española o, en su defecto, una homologación individual o de serie corta aceptada por la autoridad española competente. Solo se admiten vehículos procedentes del EEE si han sido previamente matriculados en España como requisito de validez documental. Respecto a los vehículos con traslado de residencia a España, señale la opción correcta. Podrán ser matriculados en España siempre que el vehículo haya sido previamente matriculado en cualquier país, aunque no sea destinado al uso particular del titular. Excepcionalmente, estos vehículos destinados al uso particular del titular podrán carecer de número de homologación. Solo podrán solicitar matriculación si el vehículo dispone obligatoriamente de homologación CE válida en el momento de la inspección. Según el manual de procedimiento de ITV, se entiende por vehículo completado. El vehículo que ha finalizado su fabricación en una única fase y dispone de homologación de tipo CE completa. Cualquier vehículo que haya sido modificado posteriormente a su matriculación inicial en España. El vehículo resultante de un proceso de homologación de tipo multifásico que cumple los requisitos técnicos del Real Decreto 750/2010 o normativa equivalente de homologación CE aplicable. Respecto a los “Trenes Turísticos”, señale la opción correcta. Son vehículos destinados al transporte de personas con fines turísticos, con velocidad superior a 25 km/h y máxima a 45km/h y obligados a llevar cinturones de seguridad en todos los casos. Son vehículos especiales con velocidad limitada a menos de 25 km/h, sin obligación de instalación de cinturones de seguridad, y pueden ser objeto de exención de determinados actos reglamentarios por la autoridad de homologación. Son vehículos adaptados al transporte de personas, cuya regulación depende exclusivamente del Reglamento General de Vehículos sin posibilidad de exenciones. ¿Que reglamento regula el dispositivo de retención para niños?. Reglamento CEPE/ONU 44R. Reglamento CEPE/ONU 65R. Reglamento CEPE/ONU 34R. En el ensayo de fluctuación de las fuerzas de frenado, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. El ensayo se realiza manteniendo la fuerza sobre el pedal constante durante 1 a 3 segundos, con rangos de 600 N a 1.000 N en ligeros y 2.400 N a 4.000 N en pesados. El ensayo se realiza manteniendo la fuerza sobre el pedal aproximadamente constante entre 4 y 8 segundos, y si existe desequilibrio que impide mantener ambos valores en rango, se permite si la rueda con menor frenada está dentro del rango establecido. Si durante el ensayo no se pueden mantener simultáneamente las fuerzas de frenado dentro del rango, el ensayo debe anularse automáticamente sin excepción. Según la Directiva 2010/48/UE, para un vehículo M1 matriculado después del 1 de enero de 2012, ¿cuál es la eficacia mínima de frenado exigida?. 50%. 48%. 58%. Según el método de cálculo de la eficacia con extrapolación conforme a la norma ISO 21069-1, señale la opción correcta. El método se basa en la medición de fuerzas de frenado y presión en sistemas hidráulicos, extrapolando a una presión de cálculo de 10 bar. Si en un eje no se alcanza la presión mínima de 2 bar, el eje no puede utilizarse en ningún caso para el cálculo de la eficacia del vehículo. Se realiza una sola toma de presión por eje, no es necesario medir la presión de mando, y la extrapolación se efectúa hasta 7 bar. Según el Manual de ITV, ¿qué vehículos deben estar equipados con dispositivo antibloqueo (ABS) a partir del 31/03/2002?. Todos los vehículos M distintos de M1 y todos los N distintos de N1. Únicamente los vehículos M1. Solo los vehículos O3 y O4 destinados al transporte internacional. Un vehículo N1 chasis cabina con espacio caja abierta matriculado el 10/01/23 ¿es obligatorio que lleve tercera luz de freno?. Si, siempre que cumpla conforme el Reglamento General de Vehículos. No es exigible. Si. Según el Manual de ITV, en relación con la velocidad máxima de los vehículos agrícolas, señale la opción correcta. En vehículos que carezcan de señalización de frenado (remolques y motocultores), la velocidad máxima será de 25 km/h. La velocidad mínima obligatoria de estos vehículos es siempre 25 km/h, independientemente de sus características de frenado. Todos los vehículos agrícolas tienen una velocidad máxima fija de 40 km/h, sin posibilidad de modificación en la tarjeta ITV. Según el Manual de ITV, ¿en qué caso será obligatorio el uso de tacógrafo a partir del 01/07/2026?. Vehículos de transporte de mercancías con MMA > 3500 kg, incluso en transporte privado sin actividad económica. En todos los vehículos N independientemente de su MMA y tipo de transporte. Vehículos de transporte de mercancías con M.M.A. > 2500 kg (incluido cualquier remolque o semirremolque) en operaciones de transporte internacional o de operaciones de cabotaje. Según el Manual de ITV, respecto a los vehículos exentos de la instalación y utilización del limitador de velocidad, señale la opción correcta. Están exentos únicamente los vehículos de transporte urbano de viajeros, sin necesidad de justificación documental. La exención solo se aplica a vehículos de las Fuerzas Armadas y nunca a vehículos por limitación constructiva. Están exentos los vehículos utilizados por servicios de emergencia, así como aquellos que por construcción no puedan superar las velocidades fijadas, debiendo en este último caso acreditarse mediante certificación y anotarse en la tarjeta ITV. Según el Manual de ITV, respecto a las señales informativas y la limitación de velocidad en determinados vehículos, señale la opción correcta. Los vehículos L7e están obligados a llevar siempre señales ópticas y acústicas de advertencia de velocidad, independientemente de su uso o características. Los vehículos de categorías L7e-B1 y L7e-B2 deben llevar una placa indicativa de la velocidad máxima por construcción. Los quads no pueden tener limitada la velocidad, ya que esta viene fijada exclusivamente por la normativa de circulación general. Según el Manual de ITV, para los vehículos M2 y M3 matriculados a partir del 01/01/2002 con más de 23 plazas incluido el conductor, señale la opción correcta. Deben disponer de un único extintor homologado 21A/113B situado obligatoriamente en la parte trasera del vehículo. Deben disponer de dos extintores homologados 21A/113B, uno junto al conductor y otro entre la escalera trasera y el asiento anterior a la misma. Deben disponer de dos extintores, pero solo uno de ellos debe ser obligatoriamente homologado 21A/113B. Según el Manual de ITV, respecto a los vehículos de categoría L1 y L3 matriculados con posterioridad al 14/06/1999, señale la opción correcta. No están obligados a disponer de caballete si incorporan sistema de frenado automático en parada. Deben disponer obligatoriamente de caballete lateral y central simultáneamente en todos los casos. Deben disponer al menos de un caballete lateral o central, y el vehículo no podrá ser propulsado con el caballete desplegado, salvo excepción de diseño que impida su propulsión con el caballete central en uso. Según el Manual de ITV, la comprobación del marcado de homologación será de aplicación. A los vehículos matriculados con posterioridad al 09/03/1982. A todos los vehículos independientemente de su fecha de matriculación, siempre que dispongan de elementos sustituidos. Únicamente a vehículos matriculados a partir del 01/01/2000. Según la normativa anterior (art. 146 del Código de la Circulación), ¿qué característica se permitía respecto al color de determinadas luces?. Se permitía que el color de estas luces fuera amarillo selectivo. Se permitía exclusivamente el color blanco en todas las luces de alumbrado delantero. Se permitía únicamente el color amarillo auto en luces de posición traseras laterales. Según el Manual de ITV, respecto a las luces de posición laterales en vehículos de más de 6 metros de longitud, señale la opción correcta. Todos los vehículos M, N y O de más de 6 metros deben llevar obligatoriamente luces de posición laterales, sin excepción de configuración. Las luces de posición laterales solo son obligatorias en vehículos de categoría O, siendo opcionales en M y N en todos los casos. Los vehículos M, N y O de más de 6 metros matriculados a partir del 26/07/1999 (excepto chasis-cabina) deben llevar al menos dos luces de posición en cada lateral, de color amarillo auto o excepcionalmente rojas si están integradas en el conjunto trasero. Los vehículos de auxilio en carretera con código “05”, señale la opción correcta. Son vehículos destinados al rescate y transporte de vehículos accidentados o averiados, pudiendo transportar simultáneamente hasta dos vehículos en plataforma y uno mediante arrastre, siempre que dispongan del utillaje correspondiente. Son vehículos destinados al rescate y transporte de vehículos accidentados , pudiendo transportar simultáneamente hasta dos vehículos en plataforma y uno mediante arrastre, siempre que dispongan del utillaje correspondiente. Son vehículos destinados al rescate y transporte de vehículos accidentados o averiados, pudiendo transportar simultáneamente hasta tres vehículos en plataforma y uno mediante arrastre, siempre que dispongan del utillaje correspondiente. ¿Que es la señal V4?. Vehículo lento. Limitador de velocidad. Vehículo largo. Según el Reglamento (UE) 2015/758, ¿cuál es la correcta aplicación del sistema eCall basado en el 112 en los vehículos?. Es obligatorio que los nuevos tipos de vehículos estén equipados con eCall integrado permanentemente a partir del 31/03/2018, aplicándose a vehículos M1 y N1 cuando lo lleven instalado. Solo es obligatorio en vehículos de transporte de viajeros (M2 y M3), siendo opcional en M1 y N1. Es obligatorio en todos los vehículos de categorías M y N fabricados a partir del 31/03/2018, independientemente de si lo llevan instalado o no. |





