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marítimo 6

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Título del Test:
marítimo 6

Descripción:
marítimo 6

Fecha de Creación: 2023/07/22

Categoría: Otros

Número Preguntas: 18

Valoración:(7)
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1.-Las radiobalizas de localización de siniestros deberán instalarse: En lugares como mástiles, a los que sólo pueda accederse mediante una escala vertical, para evitar manipulaciones indeseadas. En la misma cubierta del puente, fuera de él y libre de cualquier obstrucción que impidiera su libre flotación en caso de hundimiento. En el interior de balsas y botes salvavidas, ya que forman parte del equipamiento con que deben ir dotados los mismos. En cualquier lugar de cubierta que se estime conveniente, ya que lo importante es que las radiobalizas permanezcan en su soporte mientras el barco esté en la mar; siendo recomendable proceder a su retirada y almacenamiento al llegar a puerto.

2.-Las radiobalizas INMARSAT son equipos de localización que: Operan en la frecuencia 121.500 Hz y dan una posición precisa cuando se activan. Operan en la frecuencia 1,6 GHz y utiliza satélites geoestacionarios y estaciones terrenas. Operan en la frecuencia 1,6 GHz y tiene cobertura en toda la superficie terrestre. Operan en la frecuencia 406 MHz y el satélite determina la posición de la radiobaliza.

3.-Según el artículo 5.1 del Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, que trata sobre identidades del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos, ¿qué órgano es competente para asignar las identidades para estaciones costeras y centros de coordinación de salvamento marítimo (CCS)?. El órgano administrativo de las CC.AA. competente en el ámbito marítimo. El Centro Nacional de Coordinación de Salvamento Marítimo (CNCS). La Dirección General de la Marina Mercante. La Organización Marítima Internacional (OMI).

4.-¿Cuál de los siguientes equipos no está diseñado para ser usado a bordo de las embarcaciones de supervivencia?: Radioteléfonos bidireccionales portátiles de ondas métricas. Respondedores de radar de 9 GHz. Radiobalizas de localización de siniestros. Receptores NAVTEX.

5.-Los radioteléfonos bidireccionales del SMSSM o VHF portátiles: Deberán estar instalados en la misma cubierta del puente de navegación y libres de cualquier obstrucción que impida su libre flotación en caso de hundimiento. Deberán estar instalados junto a la radiobaliza EPIRB para recoger ambos equipos en caso de abandono. Irán situados en el puente de gobierno. Irán situados en estancias de paso o zonas comunes, mientras sean fácilmente visibles y estén convenientemente protegidos o encerrados para impedir accesos que den lugar a usos indebidos.

6.-Según el Real Decreto 1185/2006, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles; el “Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos” (COR) es: La persona que dispone del certificado adecuado, con arreglo a las disposiciones normativas, quedando por el mismo habilitado para operar las estaciones de barco únicamente en la zona marítima A1 del SMSSM (GMDSS). La persona que dispone del certificado adecuado, con arreglo a las disposiciones normativas, capacitada para el manejo de las estaciones de barco, con la única restricción de la zona A4. La persona en cuyo poder obra el correspondiente certificado acreditativo de su capacitación profesional para operar en las estaciones costeras de la zona marítima A1, expedido con arreglo a las disposiciones normativas aplicables. La persona que dispone del correspondiente certificado acreditativo que le capacita para operar las estaciones de barco en todo aquello relacionado con el tráfico operacional y de correspondencia pública a excepción de los mensajes de socorro, seguridad y urgencia; en todas y cada una de las zonas de navegación. Dicho certificado se expedirá según la legislación vigente.

7.- De acuerdo con lo regulado en el artículo 23 del Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles, aprobado por Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, los equipos radiotelefónicos bidireccionales portátiles de ondas métricas de banda marina (VHF) de los que vayan provistos los buques españoles: Deberán disponer cada uno de su propio cargador de batería. Estarán conveniente protegidos y precintados para evitar su uso indiscriminado por parte de cualquier miembro de la tripulación. Deberán estar situados en las cubiertas exteriores, próximos a las embarcaciones de supervivencia. Solo podrán utilizarse en situaciones de emergencia.

8.-Todas las radiobalizas de localización de siniestros tienen grabado en su memoria: Un código decimal que contiene el nombre del barco, pabellón, tipo de buque y número de tripulantes. Un código hexadecimal que indica su número de serie, año de fabricación y fecha de caducidad. Un código hexadecimal que en España contendrá el número de identificación del Servicio Móvil Marítimo (MMSI). Un código que contenga los datos de la empresa proveedora de servicios responsable de su instalación, mantenimiento correcto funcionamiento.

9.-Conforme al artículo 5 del R.D. 1185/2006, las radiobalizas 406 MHz para el GMDSS, tipo SOLAS, se deberán registrar: En la Dirección General de la Marina Mercante. En Capitanía Marítima. En el Ministerio de Fomento. No es necesario registrarlas.

10.-¿Qué sistema satelitario recibe las señales emitidas por las radiobalizas de localización de siniestros según establece el Real Decreto 1185/2006?: Sistema COSPAS-SARSAT. Sistema LEOSAR. Sistema GEOSAR. Cualquier sistema terrestre satelitario puede recibirlas.

11.-Las baterías de la radiobaliza de localización de siniestros, conforme al Real Decreto 1185/2006, deben tener, por regla general, una vida útil no superior a: Los dos años desde su instalación, y su sustitución en los equipos debe efectuarse por la empresa instaladora o sus representantes autorizados. Los tres años desde su instalación, y su sustitución en los equipos debe efectuarse por la empresa instaladora o sus representantes autorizados. Los cuatro años desde su instalación, y su sustitución en los equipos debe efectuarse por la empresa instaladora o sus representantes autorizados. Un año desde su instalación, y su sustitución en los equipos debe efectuarse por la empresa instaladora o sus representantes autorizados.

12.-Todo buque de pasaje y todo buque de carga de arqueo bruto igual o superior a 500 llevará por lo menos. un dispositivo de localización de búsqueda y salvamento a cada banda. un dispositivo de localización de búsqueda y salvamento. dos dispositivo de localización de búsqueda y salvamento a cada banda. un dispositivo de localización de búsqueda y salvamento a cada banda y otro en la balsa salvavida.

13.-Todo buque de carga de arqueo bruto igual o superior a 300 pero inferior a 500 llevará por lo menos: un dispositivo de localización de búsqueda y salvamento. un dispositivo de localización de búsqueda y salvamento a cada banda. tres dispositivo de localización de búsqueda y salvamento a cada banda. un dispositivo de localización de búsqueda y salvamento y otro en la balsa salva vida.

14.-según el real decreto 1185/2006 de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles, el Registro de empresas instaladoras, de reparación y mantenimiento de equipos radioeléctricos de los buques se crea en: la Dirección General de la Marina Mercante. el ministerio de fomento. El órgano administrativo de las CC.AA. competente en el ámbito marítimo. La Organización Marítima Internacional (OMI).

16.-El Servicio NAVTEX internacional: Coordina la transmisión y recepción automática en 518 kHz de información sobre seguridad marítima mediante telegrafía de impresión directa de banda estrecha utilizando el idioma inglés. Coordina la transmisión y recepción automática en 618 kHz de información sobre seguridad marítima mediante telegrafía de impresión directa de banda estrecha utilizando el idioma inglés. Coordina la transmisión y recepción automática en 518 kHz de información sobre seguridad marítima mediante telegrafía de impresión directa de banda ancha utilizando el idioma inglés. Coordina la transmisión y recepción automática en 618 kHz de información sobre seguridad marítima mediante telegrafía de impresión directa de banda estrecha utilizando el idioma español.

16.-A efectos del real decreto 1186/2006 de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles, la zona norte/sur de la costa portuguesa se considerará como: zona marítima A1. zona marítima A3. zona marítima A2. zona marítima A4.

17.-En relación con lo dispuesto en la regla 5-1 del capítulo IV del anexo del Convenio SOLAS, el órgano competente para la asignación de las identidades del servicio móvil marítimo (MMSI), para su programación en los equipos de llamada selectiva digital y en las radiobalizas por satélite respecto de los buques nacionales será: Dirección General de la Marina Mercante. capitanía maritima. ministerio de fomento. distrito marítimo.

18.-El equipo radiotelefónico bidireccional de ondas métricas: Será utilizado únicamente por personal cualificado. No podrá ser utilizado por personal que lleve guantes. Resistirá caídas sobre una superficie dura desde una altura de 2 metros. La pila primaria tendrá una capacidad suficiente para garantizar 8 horas de servicio a su máxima potencia nominal con un ciclo de trabajo de 1:9.

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