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MASTER VIU ADMIN

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MASTER VIU ADMIN

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ACCESO ABOGACIA

Fecha de Creación: 2024/06/13

Categoría: Otros

Número Preguntas: 95

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¿Puede un centro residencial concertado con la Consejería de Bienestar Social realizar un acto administrativo? Indique la respuesta correcta: Sí, siempre que esté debidamente autorizado por Bienestar Social. No, puesto que los actos administrativos son actos jurídicos realizados exclusivamente por una Administración Pública. Como es un centro residencial concertado sí que tiene la consideración de administración pública. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

¿Cuáles son las características esenciales de un acto administrativo? Indique la respuesta correcta: Declaración de voluntad, de juicio, de conocimiento o de deseo. Esencialmente unilateral y en ejercicio de una potestad administrativa. Emana de una Administración Pública y es fiscalizable ante la Jurisdicción contencioso-administrativa. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Puede una empresa con capital público que actúa con sometimiento al Derecho privado realizar actos administrativos? Indique la respuesta correcta: Como tiene capital público sí. Dependiendo de quién sea el Administración de esa sociedad. Las empresas de capital público que actúan con sometimiento al Derecho privado están excluidas de las posibilidad de adoptar actos administrativos. Al estar sometidas al Derecho privado, efectivamente pueden adoptar actos administrativos plenos.

La Diputación provincial, a sabiendas de su ilicitud, decide dictar un acto administrativo ¿El contenido de ese acto administrativo será válido? Indique la respuesta correcta: Sí, ya que se trata de la Diputación provincial. No, puesto que el contenido del acto administrativo debe ser lícito, siendo nulo de pleno derecho aquellos actos que sean constitutivos de infracción penal, conforme determina el artículo 47.1.d) LPAC. Los actos administrativos son siempre válidos, ya que están acordados por una Administración Pública en el ejercicio de sus funciones. La respuesta correcta en la a) en relación con la c).

¿Es válido un acto administrativo que prescinde absolutamente del procedimiento establecido? Indique la respuesta correcta: Sí, siempre que resuelva respecto del fondo del asunto planteado. Cualquier acto administrativa, que está acordado por el órgano competente, es un acto válido. No, puesto que la observancia del procedimiento es esencial para la regularidad del acto administrativo, pudiendo ser causa de nulidad de pleno Derecho. La Administración siempre tiene la razón y actúa correctamente.

¿Qué elementos formales son importantes en un acto administrativo? Indique la respuesta correcta: Que se realice por el órgano competente, ajustándose al procedimiento establecido y con la forma de manifestarse adecuada. Los aspectos formales no son especialmente importantes en la actuación de la Administración. Que se realice por el órgano competente, independientemente de que se ajuste al procedimiento establecido. Que respete el procedimiento establecido, aunque sea dictado por un órgano de la administración que no tiene competencias al respecto.

¿Qué clase de actos administrativos puede existir atendiendo al número de órganos implicados? Indique la respuesta correcta: Singulares o generales. Expresos y de trámite. Simples o complejos, según los órganos administrativos que intervienen. Ninguna respuesta es correcta.

¿Qué clase de actos administrativos puede existir atendiendo a la forma de exteriorizarse? Indique la respuesta correcta: Expresos o presuntos, siendo estos últimos consecuencia del silencio administrativo. Expresos y de trámite. Simples o complejos. Ninguna respuesta es correcta.

¿Qué clase de actos administrativos puede existir atendiendo a quién se dirijan? Indique la respuesta correcta: Expresos o presuntos. Singulares o generales. Simples o complejos. Todas las respuestas son correctas.

¿Qué actos son nulos de pleno derecho? Indique la respuesta correcta: Los que lesionan los derechos y las libertades susceptibles de amparo constitucional. Los anulables que deben ser instados por el administrado. Los que tengan un contenido imposible. La respuesta a) y c) son las correctas.

¿Qué consideración legal deben tener los actos dictados por un órgano incompetente por razón de la materia? Indique la respuesta correcta: Anulables a instancia de parte. Nulos de pleno derecho. Todos los actos de la Administración Pública son correctos. No importa qué órgano dicta un acto administrativo.

¿Qué ocurre con un acto anulable detectado por el letrado de un particular? Indique la respuesta correcta: Es nulo automáticamente. Genera una situación de indefensión que debe ser objeto de recursos contencioso-administrativo directamente y sin esperar a la vía administrativa. Será anulado directamente por el Juez. El acto produce efectos mientras no sea anulado expresamente.

¿De qué forma pueden iniciarse los procedimientos administrativos? Indique la respuesta correcta: De oficio o a instancia de parte. Sólo de oficio cuando la Administración Pública lo considera oportuno. A instancia de parte exclusivamente. Únicamente por petición razonada de otros órganos.

¿Cuál es el contenido mínimo que debe contener una solicitud de inicio de procedimiento administrativo por un interesado? Indique la respuesta correcta: Nombre completo y los hechos concretos que justifican la solicitud de inicio de procedimiento. Nombre y apellido; identificación del medio de notificación; hechos, razones y peticiones de la solicitud; luchas y fecha; firma del solicitante; órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige. Nombre y apellido; identificación del medio de notificación; hechos, razones y peticiones de la solicitud; luchas y fecha; firma del solicitante. Nombre y apellido; hechos, razones y peticiones de la solicitud; luchas y fecha; firma del solicitante; órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige.

Señala cuáles no son derechos de los interesados en el procedimiento administrativo: Actuar asistidos de asesor cuando lo consideren conveniente en defensa de sus intereses. Que se le traduzca el expediente administrativo a una lengua extranjera, ya que se lo va a remitir a un amigo que vive en Francia para que pueda revisarlo. Identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos. No presentar documentos originales salvo que, de manera excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. En caso de que, excepcionalmente, deban presentar un documento original, tendrán derecho a obtener una copia autenticada de éste..

Señala cuáles no son derechos de los interesados en el procedimiento administrativo: Formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico, y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución. No presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por éstas. Mantener una entrevista en dependencias públicas con el instructor y superior jerárquico para intentar resolver el asunto. No presentar documentos originales salvo que, de manera excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. En caso de que, excepcionalmente, deban presentar un documento original, tendrán derecho a obtener una copia autenticada de éste..

Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos señalados por la LPAC u otros exigidos por la legislación específica aplicable, ¿qué deberá hacer la Administración? Indique la respuesta correcta: Se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición. Se requerirá al interesado para que, en un plazo de veinte días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición. Se requerirá al interesado para que, en un plazo de quince días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición. Se requerirá al interesado para que, en un plazo de un mes, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

Si la mercantil Horizonte, S.L. presenta una solicitud presencialmente por registro de su Ayuntamiento ¿Será válido?: Sí, ya que al final ha presentado legalmente su solicitud por un registro público. En algunos casos, dependiendo del funcionario instructor que lo lleve. No, puesto que está obligado a comunicarse con la Administración por medios telemático y será requerido para que lo subsane. La respuesta correcta es la a) y b).

En el caso anterior ¿cuál será la fecha oficial de presentación?: El del día que lo presentó personalmente por registro, al estar subsanado con posterioridad. La fecha de presentación de la solicitud será aquella en la que haya sido realizada la subsanación. No puede subsanar y está mal presentado. Perdería su derecho.

¿Cuándo el instructor del procedimiento podrá rechazar las pruebas propuestas por los interesados? Indique la respuesta correcta: En el caso de que las pruebas sean manifiestamente improcedentes o innecesarias. Solo podrán rechazarse mediante resolución motivada. El instructor del procedimiento podrá rechazar todas las pruebas propuestas por los interesados cuando lo considere oportuno. El instructor del procedimiento nunca podrá rechazar las pruebas propuestas por los interesados. Todas las anteriores son incorrectas.

Los documentos formalizados por los funcionarios a los que se reconoce la condición de autoridad y en los que, observándose los requisitos legales correspondientes se recojan los hechos constatados por aquéllos: No harán prueba de los hechos a los que se refieren. Harán prueba de los hechos a los que se refieren y además tendrán carácter preceptivo. Para que tengan valor probatorio será necesario que la autoridad o funcionario los ratifique. Harán prueba de los hechos a los que se refieran, salvo que se acredite lo contrario.

En un procedimiento administrativo se ha solicitado la emisión de un informe. ¿En dicho caso se podría continuar el procedimiento? Marque la respuesta correcta: De no emitirse el informe en el plazo señalado, y sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra el responsable de la demora, se podrán proseguir las actuaciones salvo cuando se trate de un informe preceptivo, en cuyo caso se podrá suspender el transcurso del plazo máximo legal para resolver el procedimiento. De no emitirse el informe en el plazo señalado, y sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra el responsable de la demora, se podrán proseguir las actuaciones, incluso cuando se trate de un informe facultativo se podrá suspender el transcurso del plazo máximo legal para resolver el procedimiento. De no emitirse el informe en el plazo señalado, y sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra el responsable de la demora, se podrán proseguir las actuaciones salvo cuando se trate de un informe preceptivo, en cuyo caso se deberá suspender el transcurso del plazo máximo legal para resolver el procedimiento. Todas las anteriores son incorrectas.

Indique cuáles de los siguientes trámites pondrán fin al procedimiento: La resolución y el desistimiento. La renuncia al derecho en que se funda la solicitud, cuando la renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico. La declaración de caducidad. Todas las anteriores ponen fin al procedimiento.

¿En qué plazo deberán practicarse las actuaciones complementarias?. No tiene plazo fijado. Las actuaciones complementarias deberán practicarse en un plazo no superior a diez días. El plazo máximo de las actuaciones complementarias será fijado libremente por el instructor, y si lo justifica adecuadamente, puede llegar a ser más de 30 días. Las actuaciones complementarias deberán practicarse en un plazo no superior a quince días.

La tramitación simplificada del procedimiento administrativo ¿es obligatoria? Indique la respuesta correcta: Sí, en todo caso y si lo determina expresamente el instructor, cuya decisión es inamovible. Se debe de tramitar obligatoriamente si lo solicita la parte interesada. El artículo 96 de la LPAC no establece la obligatoriedad de la tramitación simplificada. Cuando lo solicita la parte interesada y pasan más de 5 días sin resolver, puesto que es positivo el silencio administrativo ahí generado.

Antonio ha solicitado expresamente que su procedimiento se tramite de forma simplificada, alegando la falta de complejidad. Pasan más de 5 días sin resolución expresa ¿qué debe de entender? Indique la respuesta correcta: Que ha sido admitida su solicitud por silencio administrativo positivo. Que ha sido desestimada por silencio administrativo, independientemente de la obligación que tiene la Administración de resolver expresamente lo interesado. Debe volver a reproducir su solicitud ante el órgano superior jerárquico del instructor. Que ha caducado su derecho inicialmente interesado en el procedimiento y por eso el instructor ya no resuelve nada.

¿Qué días tienen la consideración de hábiles a los efectos administrativos?. Todos los días del año sin excepción. Todos los días, excluyendo del cómputo los sábados, domingos y declarados festivos. Todos los días, excluyendo del cómputo los domingos y festivos. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Puede la administración establecer un plazo por días naturales?. Nunca. No puede hacerlo, ya que va contra lo preceptuado en el artículo 30 LPAC. Sí, pero se hará constar esta circunstancia en la correspondiente notificación. Sí, ya que es la práctica habitual en todos los procedimientos.

Antonio ha recibido una notificación del SEPE para subsanar una documentación, concediéndole al efecto un plazo de 10 días hábiles para hacer ¿Cómo se contará el plazo?. Comenzará a contar desde el mismo momento en que abre el requerimiento. El plazo de 10 días comenzará a contar a partir del día siguiente. Comenzará desde el día siguiente, incluyendo en el cómputo los sábados, domingos y festivos. Todas las otras respuestas son incorrectas.

Ana le notifican una resolución administrativa en fecha 29 de junio, concediéndole un plazo de 1 mes para interponer recurso de reposición ¿Cómo se deberá de contar dicho plazo?. Comenzará a contar desde el mismo momento en que abre el requerimiento. Tendrá de plazo hasta el 30 de julio. El plazo comenzará a contar a partir del día siguiente de la notificación, finalizando el 29 de julio, confirmando que concluirá el mismo día en que se produjo la notificación. Todas las otras respuestas son incorrectas.

José Vicente recibe una notificación el día 31 de marzo, concediéndole un plazo de 1 mes para interponer recurso de reposición. Teniendo presente que abril sólo tiene 30 días ¿Cuándo le finalizaría el plazo para presentar su recurso?. El plazo finalizaría el día 1 de mayo. El plazo finalizaría el día 2 de mayo, ya que se entiende ampliado al día siguiente hábil y el día 1 de mayo es festivo nacional. Todas las otras respuestas son incorrectas. El plazo finalizaría el 30 de abril, ya que no existiendo equivalente en el mes de vencimiento, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Ana le notifican una resolución administrativa en fecha 30 de junio, concediéndole un plazo de 1 mes para interponer recurso de reposición. El último día para su presentación es el domingo 30 de julio ¿Hasta qué fecha tendrá de plazo para su presentación?. Como el último día de plazo es domingo, deberá presentarlo el día anterior hábil, que en este caso sería el viernes 28 de julio. Como el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, que en este supuesto sería el lunes 31 de julio. Su plazo de presentación finaliza el domingo 30 de julio, indistintamente de que sea o no hábil. Todas las otras respuestas son incorrectas.

Ana le notifican una resolución administrativa en fecha 17 de julio, concediéndole un plazo de 1 mes para interponer recurso de reposición. Su cuñado, con amplios conocimientos en derecho, le prepara el recurso de reposición y le indica que deberá presentarlo a partir del 1 de septiembre, ya que a efectos administrativo el mes de agosto es inhábil ¿Es correcto?. Sí, hay que fiarse de esos familiares que nos asesoran. Como en agosto están todas las vías de comunicación con la administración cerradas, tiene toda la razón. Todas las otras respuestas son incorrectas. En vía administrativa el mes de agosto es hábil, por lo que se le habría pasado el plazo para interponer el correspondiente recurso de reposición.

A Vicente le finaliza un plazo de presentación de un escrito en vía administrativa, siendo justamente en día festivo en su localidad, aunque es hábil en la sede del órgano administrativo ¿Qué consideración tendrá?. Se considerará hábil a todos los efectos. Como es hábil en la sede del órgano administrativo y es un particular, deberá acudir personalmente a ese registro y presentarlo, ya que es hábil. Se considerará inhábil en todo caso. Todas las otras respuestas son incorrectas.

Marina tenía como plazo para presentar alegaciones en un procedimiento iniciado ante la administración de su comunidad autónoma hasta el 15 de julio de 2020, el 20 de julio solicita la ampliación del plazo, ¿será posible esta ampliación?. Sí, podrá ampliarse por la mitad del plazo concedido, si las circunstancias lo aconsejan y no se perjudican derechos de tercero. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido. Sí, podrá ampliarse por un tiempo igual al plazo concedido en un inicio en todo caso. Sí, podrá ampliarse por tiempo superior al plazo concedido inicialmente, si las circunstancias lo aconsejan y no se perjudican los derechos de tercero.

¿En qué casos la Administración no estará obligada a dictar resolución expresa y a notificarla?. En los procedimientos iniciados de oficio. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado. En los procedimientos que conlleven para el interesado facultades sobre el dominio público. En los procedimientos finalizados por pacto o convenio, así como los relativos al ejercicio de derechos sometidos únicamente al deber de declaración responsable o comunicación.

Habiéndose producido la caducidad del procedimiento ¿Tiene obligación la administración de dictar resolución expresa y notificarla?. No, puesto que ha caducado y no debe seguir adelante con la tramitación. Tiene obligación de resolver siempre, y en este caso, tendrá que hacerlo respecto del fondo del asunto planteado y sin atender a la caducidad. Tiene que resolver expresamente y la misma consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables. Según determine en ese momento el instructor del procedimiento administrativo, previa consulta a su superior jerárquico.

La Administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación. No obstante, ¿existe alguna excepción a la referida obligación? Indique la respuesta correcta: Los supuestos de terminación del procedimiento por pacto o convenio. Los procedimientos relativos al ejercicio de derechos sometidos únicamente al deber de declaración responsable o comunicación a la Administración. Los supuestos de caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud. La respuesta a) y b) son correctas.

¿Cuál será el plazo máximo para resolver, de no fijarse uno concreto en las normas reguladores de ese procedimiento? Indique la respuesta correcta: En el plazo máximo de 10 días hábiles. En el plazo máximo de 3 meses. En el plazo máximo de 6 meses. En el plazo máximo de 2 meses, coincidiendo con el plazo legalmente establecido para la interposición de contencioso-administrativo.

¿Cuál es el plazo máximo que puede fijar una norma reguladora de un procedimiento para notificar su resolución? Indique la respuesta correcta: El plazo máximo de 3 meses. El plazo máximo de 6 meses salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea. El plazo máximo de 2 meses, coincidiendo con el plazo legalmente establecido para la interposición de contencioso-administrativo. No tiene plazo máximo fijado para resolver.

La obligación de dictar resolución expresa se sujetará al siguiente régimen... Indique la respuesta correcta: En los casos de estimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior a la producción del acto solo podrá dictarse de ser confirmatoria del mismo. En los casos de desestimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará por la Administración sin vinculación alguna al sentido del silencio. Las respuestas A y B son falsas. Las respuestas A y B son correctas.

Ante la falta de los requisitos citados de la solicitud la administración procederá: Requerir al interesado para que, en un plazo de cinco días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21. Si el requisito que falta es subsanable, el expediente se archivará sin más trámite. Siempre que no se trate de procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva, se le tendrá por desistido de su petición, sin necesidad de resolución expresa. Se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.

La administración actúa, ante la situación expuesta de la forma establecida en la Ley 39/2015 y transcurridos 15 días desde la correspondiente notificación al interesado, este no realiza actuación alguna. La administración vuelve a requerirle para la subsanación de la documentación. La administración dictará resolución, en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, teniéndole por desistido de su petición. La administración dictará resolución, en los términos del artículo 20 de la Ley 39/2015, teniéndole por desistido de su petición. La administración procederá al archivo del expediente, sin más trámite, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 39/2015.

Según el artículo 106.1 LPAC, las Administraciones Públicas declararán de oficio la nulidad de los actos administrativos que hayan puesto fin a la vía administrativa o que no hayan sido recurridos en plazo, en los supuestos previstos en el artículo 47.1 de dicha ley: Por iniciativa propia o a solicitud de interesado. En cualquier momento. Todas las respuestas son correctas. Previo dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma, si lo hubiere.

¿En qué supuestos puede la Administración inadmitir el procedimiento de revisión de oficio solicitado por el interesado?: Cuando la solicitud no aluda a alguna de las causas de nulidad legalmente tasadas. Cuando no tenga fundamento alguno. Todas las respuestas son correctas. Cuando consten solicitudes iguales y las mismas hayan sido desestimadas.

De acuerdo con el artículo 106.5 LPAC, cuando el procedimiento se hubiera iniciado de oficio se producirá la caducidad del mismo si no se dicta resolución en el transcurso del plazo de: Tres meses desde que la solicitud entrase en el registro electrónico del organismo competente para resolver. Tres meses desde su inicio. Dos meses desde su inicio. Seis meses desde su inicio.

Según el artículo 107.1 LPAC (declaración de lesividad), las Administraciones Públicas podrán impugnar los actos anulables. Ante el órgano superior al que dictó el acto lesivo, previa su declaración de lesividad para el interés público. Ante el órgano que dictó el acto lesivo, previa su declaración de lesividad para el interés público. Ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, previa su declaración de lesividad para el interés público. Ante el órgano que dictó el acto lesivo, que deberá declarar su lesividad para el interés público.

La declaración de lesividad de actos anulables no podrá adoptarse una vez transcurridos: Cuatro años desde que se notificó el acto administrativo. Cuatro años desde que se dictó el acto administrativo. Seis meses desde que se dictó el acto administrativo. Seis meses desde que se notificó el acto administrativo.

La declaración de lesividad: No exigirá audiencia de los interesados en el mismo. Exigirá la previa audiencia de los interesados que determine el juez competente para conocer el futuro recurso contencioso-administrativo. Exigirá la previa audiencia de cuantos aparezcan como interesados en el mismo. Ninguna de las respuestas es correcta.

La declaración de lesividad, sin perjuicio de su examen como presupuesto procesal de admisibilidad de la acción en el proceso judicial correspondiente: Será susceptible de recurso de amparo. No será susceptible de recurso. Será susceptible de recurso extraordinario. Será susceptible de recurso potestativo de reposición.

Relacionado con la declaración de lesividad de los actos anulables, se producirá la caducidad del procedimiento si no se hubiera declarado la lesividad del mismo transcurrido el plazo de: Seis meses desde la iniciación del procedimiento. Tres meses desde la iniciación del procedimiento. Un mes desde la finalización del procedimiento. Tres meses desde la finalización del procedimiento.

Iniciado el procedimiento de revisión de oficio al que se refieren los artículos 106 y 107 LPAC, el órgano competente para declarar la nulidad o lesividad: No podrá suspender la ejecución del acto, cuando ésta pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación. Podrá suspender la ejecución del acto, cuando ésta pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación. No podrá suspender la ejecución del acto, aunque pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación. Ninguna de las respuestas es correcta.

Según el artículo 109 LPAC, las Administraciones Públicas podrán revocar sus actos de gravamen o desfavorables, con algunas excepciones. En el plazo de seis meses desde que se dictaron. En el plazo de tres meses desde que se dictaron. Mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción. En el plazo de seis meses desde que se notificaron.

Las Administraciones Públicas podrán revocar sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación. No sea contraria al principio de igualdad o al interés público. No constituya dispensa o exención no permitida por las leyes. Todas las respuestas son correctas. No sea contraria al ordenamiento jurídico.

Las Administraciones Públicas podrán rectificar los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos. De oficio o a instancia de los interesados. Exclusivamente de oficio. Únicamente a instancia de los interesados. Únicamente por denuncia.

¿En qué momento podrán las Administraciones Públicas rectificar los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos según el artículo 109.2 LPAC?. En el plazo de seis meses desde su aparición. En el plazo de cuatro años desde que se produjeron. En cualquier momento. En el plazo de tres meses desde su aparición.

Las facultades de revisión establecidas en la LPAC no podrán ser ejercidas cuando por prescripción de las acciones, por el tiempo transcurrido o por otras circunstancias, su ejercicio resulte contrario a: La equidad. Todas las respuestas son correctas. A la buena fe. Al derecho de los particulares o a las leyes.

De acuerdo con el artículo 112 LPAC, contra las resoluciones y los actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a los derechos e intereses legítimos, podrá interponerse por los interesado. Los recursos de alzada y extraordinario de revisión. Exclusivamente el recurso de alzada. Los recursos potestativos de reposición y extraordinario de revisión. Los recursos de alzada y potestativo de reposición.

tenor del artículo 112.1 LPAC, contra los actos de trámite podrán interponerse, por los interesados, los recursos de alzada y potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de dicha ley: Si determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento. Si deciden directa o indirectamente el fondo del asunto. Todas las respuestas son correctas. Si producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

Cuál de los siguientes actos ponen fin a la vía administrativa, según el artículo 114.1 LPAC?: Las resoluciones de los recursos de alzada. Todas las respuestas son correctas. Los acuerdos, pactos, convenios o contratos que tengan la consideración de finalizadores del procedimiento. Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una Ley establezca lo contrario.

¿Cuál de los siguientes actos ponen fin a la vía administrativa?: Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una ley establezca lo contrario. Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico en todos los casos. Las resoluciones de los órganos administrativos que tengan superior jerárquico. Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que su Reglamento de funcionamiento establezca lo contrario.

Conforme el artículo 115 LPAC, la interposición de un recurso administrativo deberá expresar: El nombre y apellidos del recurrente, sin hacer constar la identificación personal del mismo. El acto que se recurre, pudiéndose consignar la razón de su impugnación. Órgano, centro o unidad administrativa al que se dirige y su correspondiente código de identificación. Todas las respuestas son correctas.

Conforme al texto literal del artículo 116 LPAC, serán causas de inadmisión de un recurso administrativo: Ser incompetente el órgano administrativo, cuando el competente perteneciera a la misma Administración Pública. Carecer de ilegitimación el recurrente. Tratarse de un acto susceptible de recurso. Carecer el recurso manifiestamente de fundamento.

Según el artículo 117.1 LPAC, la interposición de cualquier recurso. Suspenderá la ejecución del acto impugnado, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario. No suspenderá la ejecución del acto impugnado, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario. No suspenderá la ejecución del acto impugnado en ningún caso. Suspenderá la ejecución del acto hasta la resolución del recurso presentado.

Según el artículo 119.1 LPAC, la resolución del recurso: Estimará en todo o en parte las pretensiones formuladas en el mismo. Desestimará las pretensiones formuladas en el mismo. Declarará la inadmisión de las pretensiones planteadas en el mismo. Todas las respuestas son correctas.

Según el artículo 119.3 LPAC, el órgano que resuelva el recurso decidirá: Las cuestiones, exclusivamente de fondo, que plantee el procedimiento y que hayan sido alegadas por los interesados. Cuantas cuestiones, tanto de forma como de fondo, plantee el procedimiento, siempre y cuando hayan sido alegadas por los interesados. Cuantas cuestiones, tanto de forma como de fondo, plantee el procedimiento, hayan sido o no alegadas por los interesados. Ninguna de las respuestas es correcta.

Según el artículo 119.3 LPAC, el órgano que resuelva el recurso decidirá cuantas cuestiones, tanto de forma como de fondo, plantee el procedimiento, hayan sido o no alegadas por los interesados. En este último caso: En el caso de no haber sido alegadas por los interesados no será necesario oírlos previamente. Se les oirá si así se estima por dicho órgano. Se les oirá si así lo solicitan en el plazo de diez días a la resolución del recurso. Se les oirá previamente.

Según el artículo 119.3 LPAC, la resolución de un recurso administrativo. Será congruente con las peticiones formuladas por el recurrente, sin que en ningún caso pueda agravarse su situación inicial. Será congruente con las peticiones formuladas por el recurrente y, en el caso de que los nuevos documentos así lo aconsejen, se podrán imponer nuevas medidas, que, en los casos más graves, podrán agravar la situación inicial. Será congruente con los nuevos hechos que se presenten pudiendo agravar la situación inicial del recurrente. No podrá poner fin en ningún caso a la vía administrativa.

Según la Ley 39/2015, ¿qué actos de trámite no son susceptibles de recurso de alzada?: Los que decidan directa o indirectamente el fondo del asunto. Los que produzcan indefensión. Los que produzcan perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. Los que pueden alterar la continuidad del procedimiento.

Según el artículo 121 de la LPAC, las resoluciones y actos a que se refiere el artículo 112.1 de la LPAC, cuando no pongan fin a la vía administrativa... Marque la respuesta correcta: Podrán ser recurridos en alzada ante el órgano superior jerárquico del que los dictó. No podrán ser recurridos. Podrán ser recurridos ante el juzgado de lo contencioso-administrativo. Podrán ser recurridos en reposición ante el órgano inmediatamente superior al que lo hubiera dictado.

Qué órgano es el competente para resolver un recurso de alzada. Marque la respuesta correcta: El mismo que lo dictó, que es donde debe interponerse. El órgano superior jerárquico del que lo dictó. En vía administrativa nunca cabe recurso de alzada, eso es ámbito judicial. El Juzgado de lo contencioso-administrativo competente.

Ante qué órgano cabe la interposición del recurso de alzada. Marque la respuesta correcta: Sólo ante el mismo que lo dictó, que lo elevará al superior jerárquico. Sólo ante el superior jerárquico, que es el que debe resolverlo. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo. Es mejor acudir a otro funcionario, para ver si este nos da la razón.

Si el recurso de alzada se interpone ante el mismo órgano que dictó el acto impugnado: Éste deberá resolver en el plazo de 5 día. Éste deberá remitirlo al órgano competencia en el plazo de 10 día. Éste deberá remitirlo al órgano competente para su resolución en el plazo de 15 días. Éste deberá resolver en el plazo de 15 días.

Según el artículo 122 de la LPAC, si el acto fuera expreso ¿cuál será el plazo para la interposición del recurso de alzada? Marque la respuesta correcta: El plazo para la interposición del recurso de alzada será de 2 meses si el acto fuera expreso. El plazo para la interposición del recurso de alzada será de 6 meses si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo para la interposición del recurso de alzada será de 4 meses si el acto no fuera expreso. El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes si el acto fuera expreso.

Según el artículo 122 de la LPAC ¿Cuál será el plazo para la interposición del recurso de alzada si el acto no fuera expreso? Marque la respuesta correcta. El plazo para la interposición del recurso de alzada será de 4 meses si el acto no fuera expreso. El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes si el acto no fuera expreso. Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo. Será de 2 meses, en igual sentido que para la interposición de recurso contencioso-administrativo.

Mariano había presentado un recurso de alzada en un procedimiento administrativo tramitado por en el Ayuntamiento de su localidad ¿Cuál será el plazo para resolverlo? Marque la respuesta correcta: El plazo para resolver el recurso de alzada será de 2 meses. El plazo para dictar y notificar la resolución será de 1 mes. No hay un plazo determinado para dictar y notificar la resolución expresa del recurso de alzada. El plazo para dictar y notificar la resolución será de 3 meses.

¿Qué sucede cuando transcurre el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de alzada y no se ha producido? Marque la respuesta correcta: Con carácter general se podrá entender estimado. Transcurrido dicho plazo sin que recaiga resolución se podrá entender desestimado el recurso, salvo en el supuesto del artículo 24.1 párrafo tercero de la LPAC. No existe un plazo concreto para resolver el recurso de alzada. Todas las respuestas anteriores son incorrecta.

¿Cabe algún tipo de recurso contra la resolución del recurso de alzada? Marque la respuesta correcta. No, no cabe ninguno. Presentar recurso ante el órgano inferior, en los mismos términos del anteriormente planteado. No cabra ningún otro recurso administrativo, excepto el recurso extraordinario de revisión en los casos dispuestos en el apartado primero del artículo 125 LPAC. Todas las respuestas anteriores son incorrectas.

Qué órgano es el competente para resolver un recurso potestativo de reposición. Marque la respuesta correcta: El órgano superior jerárquico. El mismo órgano que lo dictó. El Juzgado de lo contencioso-administrativo. La delegación del gobierno para todos los procedimientos iniciados en las corporaciones locales.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones relacionadas con el recurso potestativo de reposición no es correcta, según la Ley 39/2015?: No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta. Se interpone contra actos firmes en vía administrativa. El órgano competente para resolver un recurso potestativo de reposición es el mismo que lo dictó. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes.

Según el artículo 123 de la LPAC, los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos... Marque la respuesta correcta: Podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Podrán ser recurridos en reposición ante el superior jerárquico del órgano que los hubiere dictado. Podrá interponerse recurso extraordinario de revisión ante el mismo órgano que lo dictó. Podrá interponerse recurso de alzada ante el superior jerárquico del órgano que los hubiere dictado.

¿Cuál será el plazo de interposición del recurso de reposición en el caso de que los actos no fueran expresos?. Si el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. Si el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en el plazo de 4 meses contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. Si el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en el plazo de 15 días contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. Si el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.

María Luisa había presentado un recurso potestativo de reposición frente a la desestimación de su solicitud ¿Cuál será el plazo para resolverlo? Marque la respuesta correcta: El plazo para resolver el recurso de alzada será de 2 meses. El plazo para dictar y notificar la resolución será de 1 mes. No hay un plazo determinado para dictar y notificar la resolución expresa del recurso potestativo de reposición. El plazo para dictar y notificar la resolución será de 3 mes.

¿Cabe interponer nuevo recurso de reposición contra la resolución de ese mismo recurso? Marque la respuesta correcta: Sí, se puede interponer hasta en dos ocasiones ante el mismo órgano. Podemos presentar recurso de alzada. Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso. Todas las otras respuestas son incorrectas.

Entre las circunstancias en las que puede fundarse el recurso extraordinario de revisión, se encuentra: Que se haya prescindido totalmente de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados. Que al dictarlos se hubiera incurrido en error de derecho. Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme. Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por resolución administrativa firme.

El recurso extraordinario de revisión se podrá interponer contra los actos firmes en vía administrativa que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por: Sentencia judicial firme y únicamente en el caso de que sea anterior a la resolución. Sentencia firme, anterior o posterior a aquella resoluci. Sentencia judicial firme y únicamente en el caso de que sea posterior a la resol. Sentencia judicial firme o provisional y únicamente en el caso de que sea posterior a la resolución.

En relación con el recurso extraordinario de revisión contra actos en los que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, ¿qué plazo de interposición existe?. Tres meses desde el conocimiento del error. Un mes desde el conocimiento del error. Cuatro años siguientes a la fecha de notificación de la resolución impugnada. Cinco años siguientes a la fecha de notificación de la resolución impugnada.

¿Quién será competente para la resolución del recurso extraordinario de revisión, según indica el artículo 125.1 LPAC?. El órgano administrativo que dictó los actos firmes en vía administrativa. El superior jerárquico del órgano que los hubiera dictado. El órgano administrativo que los dictó o su inmediato superior jerárquico. Exclusivamente los tribunales del orden contencioso-administrativo.

¿En cuál de los siguientes casos el recurso extraordinario de revisión se interpondrá dentro del plazo de 3 meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme, según el artículo 125 LPAC?. Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme. Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida. Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución. Todas son correctas.

Cuando un acto sea firme en vía administrativa y aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto, ¿podrá interponerse recurso extraordinario de revisión?, y en caso afirmativo, ¿en qué plazo? Marque la respuesta correcta. Podrá interponerse el recurso extraordinario de revisión ante el órgano administrativo que la dictó en el plazo de tres meses a contar desde el conocimiento de los documentos. No podrá interponerse recurso extraordinario de revisión, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de 1 año desde el conocimiento de los documentos. Podrá interponer el recurso extraordinario de revisión ante el órgano judicial contencioso-administrativo competente en el plazo de 3 años a contar desde el conocimiento de la existencia de los documentos. Todas las anteriores son correctas.

Señale la respuesta incorrecta. Se podrá interponer recurso extraordinario de revisión cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes. Cuando al dictar un acto firme se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente. Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, posterior a aquella resolución. Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida. Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.

Cuándo puede inadmitirse un recurso extraordinario de revisión: Por decisión motiva del superior jerárquico. Alguna de las causas previstas en el apartado 1 del artículo 125 LPAC. El supuesto de que se hubiesen desestimado en cuanto al fondo otros recursos sustancialmente iguales. La b) y la c) son las correctas.

Según el artículo 126.1 LPAC, el órgano competente para la resolución del recurso extraordinario de revisión podrá acordar motivadamente la inadmisión a trámite, cuando el mismo no se funde en alguna de las causas previstas en el artículo 125.1 o en el supuesto de que se hubiesen desestimado en cuanto al fondo otros recursos sustancialmente iguales: Ninguna de las otras respuestas es correcta. Con dictamen preceptivo del Consejo de Estado u órgano consultivo de la CC.AA. Sin necesidad de recabar dictamen de su superior jerárquico o del Consejo de Ministros en los referentes a la Administración General del Estado. Sin necesidad de recabar dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo de la Comunidad Autónoma.

¿Cuándo se entenderá desestimado el recurso extraordinario de revisión, a tenor del art. 126.3 LPAC?. Transcurrido el plazo de 3 meses desde su interposición sin haberse dictado y notificado la resolución. En el plazo de 1 mes desde su interposición sin haberse dictado y notificado la resolución. En el plazo de 6 meses desde su interposición sin haberse dictado y notificado la resolución. En el plazo de 2 meses desde su interposición sin haberse dictado y notificado la resolución.

Según el artículo 126.3 LPAC, transcurrido el plazo correspondiente desde la interposición del recurso extraordinario de revisión sin haberse dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimado: No cabiendo recurso alguno en vía administrativa o judicial. Quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa. Quedando expedita la vía jurisdiccional que estime el interesado. Y se abrirá el plazo de un mes para la presentación de alegaciones.

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