Modificación de Crédito (I)
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Título del Test:![]() Modificación de Crédito (I) Descripción: Texto Refundido de las Haciendas Locales |




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Los créditos para gastos se destinarán exclusivamente a. compensar ingresos indebidos. la finalidad específica para la que hayan sido autorizados en el presupuesto general de la entidad local o por sus modificaciones debidamente aprobadas. pagar gastos. la finalidad específica que desee el Presidente. Los créditos autorizados tienen un carácter. castrante y legal. vinculante y presupuestario. limitativo y equilibrado. limitativo y vinculante. Los niveles de vinculación serán los que vengan establecidos. por la Intervención. por la Administración del Estado. por la legislación presupuestaria del Estado, salvo se disponga otra cosa. por la legislación autonómica. Las obligaciones de pago sólo serán exigibles de la hacienda local cuando resulten de. la ejecución de sus respectivos presupuestos. la ejecución del mandato del político de turno. la revisión de la normativa aplicable. las bases de ejecución del presupuesto. No se podrán despachar mandamientos de ejecución ni dictar providencias de embargo contra los derechos, fondos, valores y bienes de la hacienda local ni exigir fianzas, depósitos y cauciones a las entidades locales, excepto. los bienes comunales. bienes de dominio público. bienes patrimoniales no afectados a un uso o servicio público. todas son correctas. El cumplimiento de las resoluciones judiciales que determinen obligaciones a cargo de las entidades locales o de sus organismos autónomos corresponderá. a Intervención. al equipo de gobierno. a la ciudadanía. a la Entidad Local. La Autoridad administrativa encargada de la ejecución acordará el pago en la forma y con los límites del respectivo presupuesto. Si para el pago fuere necesario un crédito extraordinario o un suplemento de crédito. debe solicitarse por los trámites formalmente establecidos. deberá ser autorizado por Intervención. deberá ser autorizado por la Presidencia. deberá solicitarse del Pleno dentro de los tres meses al día de la notificación de la resolución judicial. ¿Pueden adquirirse compromisos de gasto por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en el estado de gastos?. En ocasiones extraordinarias. Previa fiscalización. No, no puede y, además, serán nulos de pleno derecho los acuerdos, resoluciones y actos administrativos que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar. depende. La disponibilidad de crédito presupuestario queda condicionada a. la existencia de documentos fehacientes que acrediten compromisos firmes de aportación, en caso de ayudas, subvenciones, donaciones u otras formas de cesión de recursos por terceros tenidos en cuenta en las previsiones iniciales del presupuesto a efecto de su nivelación y hasta el importe previsto en los estados de ingresos en orden a la afectación de dichos recursos en la forma prevista por la ley o, en su caso, a las finalidades específicas*. la imposición de tributos provinciales. la concesión de las autorizaciones previstas en el artículo 53, de conformidad con las reglas contenidas en el capítulo VII del título I de esta ley, en el caso de que existan previsiones iniciales dentro del capítulo IX del estado de ingresos*. las dos marcadas son correctas. La autorización o realización de los gastos de carácter plurianual. se hará, sin mayor problema. debe fiscalizarse. debe autorizarse. se subordinará al crédito que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos. Podrán adquirirse compromisos por gastos que hayan de extenderse a ejercicios posteriores a aquel en que se autoricen, siempre que su ejecución se inicie en el propio ejercicio y que, además, se encuentren en alguno de los casos siguientes. inversiones y transferencias de capital. demás contratos y los de suministro, de consultoría, de asistencia técnica y científica, de prestación de servicios, de ejecución de obras de mantenimiento y de arrendamiento de equipos no habituales de las entidades locales, sometidos a las normas del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que no puedan ser estipulados o resulten antieconómicos por un año. transferencias corrientes que se deriven de convenios suscritos por las corporaciones locales con otras entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro. todas son correctas. Podrán adquirirse compromisos por gastos que hayan de extenderse a ejercicios posteriores a aquel en que se autoricen, siempre que su ejecución se inicie en el propio ejercicio y que, además, se encuentren en alguno de los casos siguientes. arrendamiento de bienes muebles. todas son correctas. tributos e ingresos para recaudar para el Estado. arrendamiento de bienes inmuebles. El número de ejercicios a que pueden aplicarse los gastos referidos en los párrafos a), b) y e) del apartado anterior no será superior a. dos años. tres años. cuatro años. cinco años. Asimismo, en los casos incluidos en los párrafos a) y e), el gasto que se impute a cada uno de los ejercicios futuros autorizados no podrá exceder de la cantidad que resulte de aplicar al crédito correspondiente del año en que la operación se comprometió los siguientes porcentajes: en el ejercicio inmediato siguiente, el 80 por ciento; en el segundo ejercicio, el 60 por ciento, y en el tercero y cuarto, el 40 por ciento. en el ejercicio inmediato siguiente, el 90 por ciento; en el segundo ejercicio, el 70 por ciento, y en el tercero y cuarto, el 50 por ciento. en el ejercicio inmediato siguiente, el 70 por ciento; en el segundo ejercicio, el 60 por ciento, y en el tercero y cuarto, el 50 por ciento. ninguna es correcta. ¿Podrán adquirirse compromisos de gastos que vayan más allá de los cuatro años?. No, no es posible. Sí, si lo autoriza el Pleno. Sí, si lo ordena el Alcalde. todas son correctas. Los créditos para gastos que el último día del ejercicio presupuestario no estén afectados al cumplimiento de obligaciones ya reconocidas. se mantienen para el ejercicio siguiente. se prorrogan para el ejercicio siguiente. quedarán anulados de pleno derecho, sin más excepciones que las señaladas en la Ley. se extinguirán. Con cargo a los créditos del estado de gastos de cada presupuesto sólo podrán contraerse obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones o gastos en general que se realicen. en el año laborable del propio ejercicio presupuestario. en el año natural del propio ejercicio presupuestario. en el año anterior del ejercicio presupuestario. depende del tipo de gasto. No obstante lo anterior, se aplicarán a los créditos del presupuesto vigente, en el momento de su reconocimiento, las obligaciones siguientes. las que resulten de la liquidación de atrasos a favor del personal que perciba sus retribuciones con cargo a los presupuestos generales de la entidad local*. las derivadas de compromisos de gastos debidamente adquiridos en ejercicios anteriores, previa incorporación de los créditos en el supuesto establecido en el artículo 182.3*. las dos marcadas son correctas. esto no es una posibilidad. Cuando haya de realizarse algún gasto que no se pueda demorar y para el que no exista en el presupuesto de la corporación crédito, ¿ante qué clase de crédito estamos?. generación de crédito. ampliación de crédito. crédito extraordinario. suplemento de crédito. Cuando haya de realizarse algún gasto que no se pueda demorar y para el que haya un crédito insuficiente y no ampliable en el presupuesto de la corporación crédito, ¿ante qué clase de crédito estamos?. generación de crédito. ampliación de crédito. crédito extraordinario. suplemento de crédito. En cualquiera de los dos casos anteriores (crédito extraordinario y suplemento de crédito), ¿a quién corresponde incoar el expediente?. Intervención. Alcaldía. al Pleno. a la Junta de Gobierno. El expediente, previamente informado por Intervención, debe someterse a. la aprobación del Pleno de la Corporación. la aprobación de la Junta de Gobierno. la deliberación previa del equipo de gobierno. referéndum. Deberán sujetarse a los mismos trámites, requisitos y reglas de información, reclamación y publicidad que. los créditos. los presupuestos. las modificaciones de las ordenanzas. la aprobación de reglamentos. Además de indicar la concreta partida presupuestaria a incrementar y el medio o recurso con el que se ha de financiar el aumento, se podrá financiar con: remanente líquido de tesorería. nuevos ingresos o mayores que los previstos. anulaciones o bajas de crédito de gastos de otras partidas no comprometidas. todas son correctas. Excepcionalmente, y por acuerdos adoptados con el quórum establecido por el artículo 47.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se considerarán recursos efectivamente disponibles para financiar nuevos o mayores gastos, por operaciones corrientes, que expresamente sean declarados necesarios y urgentes, ¿cuál de los siguientes no se encuentra señalado?. que su importe total anual no supere el cinco por ciento de los recursos por operaciones corrientes del presupuesto de la entidad. que la carga financiera total de la entidad, incluida la derivada de las operaciones proyectadas, no supere el 25 por ciento de los expresados recursos. que las operaciones queden canceladas antes de que se proceda a la renovación de la Corporación que las concierte. que se fiscalice el gasto concreto, no permitiéndose que se libere más del 50% de su cuantía por Intervención. |