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MODULO 2. TEMAS 13 y14 ASESORAMIENTO Y LITIGACIÓN LABORAL

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Título del Test:
MODULO 2. TEMAS 13 y14 ASESORAMIENTO Y LITIGACIÓN LABORAL

Descripción:
MASTER ACCESO ABOGACÍA - CEDEU

Fecha de Creación: 2024/04/17

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

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Temario:

Escoge la respuesta incorrecta. El orden jurisdiccional conoce sobre: a. Litigios entre empresarios y trabajadores derivados del contrato de trabajo y del contrato de puesta a disposición. b. Litigios que tengan su causa en un accidente de trabajo o enfermedad profesional en el ámbito de la prestación de servicios. c. Litigios derivados de la prestación de servicios entre los socios trabajadores y las sociedades laborales y cooperativas de trabajo asociado. d. La negociación colectiva laboral de funcionarios públicos y personal estatutario.

Escoge la respuesta incorrecta. El orden jurisdiccional conoce sobre: a. Litigios sobre conflictos colectivos. b. La impugnación de actos administrativos en materia de seguridad social relacionadas con la gestión recaudatoria y actas de infracción y liquidación. c. Impugnación de convenios y acuerdos colectivos y laudos arbitrales de naturaleza social. d. Litigios sobre materias electorales.

La competencia del orden jurisdiccional de la jurisdicción social se extiende también a: a. Las pretensiones reservadas por la ley concursal al juez del concurso. b. Conocimiento y decisión prejudicial de cuestiones que no son propias de este orden, pero estarían relacionadas con el mismo. c. las cuestiones prejudiciales penales basadas en falsedad documental. d. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Órganos unipersonales que conocen en única instancia de todos los procesos atribuidos al orden social de la jurisdicción (excepto los atribuidos a otros órganos). a. Juzgados de lo social. b. Salas de lo social de los TSJ. c. Sala de lo Social del TS. d. Sala de lo social de la AN.

Órgano colegiado que radica en cada Comunidad Autónoma y culmina la organización judicial en el ámbito autonómico (en lo referido al orden social). a. Juzgado de lo social. b. Sala de lo social de los TSJ. c. Sala de lo Social del TS. d. Sala de lo social de la AN.

Órgano colegiado con sede en Madrid y jurisdicción en todo el territorio nacional que conoce en única instancia de los procesos especiales de impugnación de convenios colectivos con ámbito de aplicación territorial superior al de una Comunidad Autónoma. a. Juzgado de primera instancia. b. TSJ. c. AN. d. TS.

Órgano colegiado con jurisdicción en toda España. Tribunal de casación con su respectiva Sala de lo Social. a. Juzgado de primera instancia. b. TSJ. c. AN. d. TS.

Señale la respuesta correcta. En cuanto a la competencia territorial de los Juzgados de lo Social: a. Con carácter general será juzgado competente el del lugar de prestación de los servicios o el del domicilio del demandante, a elección del demandado. b. Si los servicios se prestaran en lugares de distintas circunscripciones territoriales, el trabajador podrá elegir entre aquél de ellos en que tenga su domicilio, el del contrato, si hallándose en él el demandado pudiera ser citado, o el del domicilio del demandado. c. En el caso de que sean varios los demandados, y se optare por el fuero del domicilio, los demandados podrán establecer el que prefieran. d. En las demandas contra las Administraciones públicas empleadoras será juzgado competente el del lugar de prestación de los servicios o el del domicilio del demandado.

Señale la respuesta correcta. La competencia territorial para el conocimiento de los procesos atribuidos en instancia a las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia corresponderá: a. En los de impugnación de convenios colectivos o laudos sustitutivos de los anteriores y en los de conflictos colectivos, a la del Tribunal en cuya circunscripción se produzcan los efectos del conflicto o a la de aquel a cuya circunscripción se extienda el ámbito de aplicación de las cláusulas del convenio. b. En los que versen sobre el reconocimiento de la personalidad jurídica de las asociaciones empresariales y sindicatos, a la que elija la asociación empresarial o el sindicato, independientemente de la circunscripción donde se encuentre. c. En los que versen sobre el régimen jurídico de los sindicatos y su responsabilidad por infracción de las normas, a los tribunales que se entiendan nacionales, de circunscripción única. d. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

La norma básica del orden social es: a. Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social. b. Ley 36/2012, reguladora de la jurisdicción social. c. Ley 35/2011, reguladora de la jurisdicción social. d. Ley 35/2012, reguladora de la jurisdicción social.

La normativa aplicable en la regulación del proceso es: a. La Ley Reguladora de la Jurisdicción Social exclusivamente. b. La Ley de Enjuiciamiento Civil exclusivamente. c. La Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y la Ley de Enjuiciamiento Civil indistintamente. d. La Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y la Ley de Enjuiciamiento Civil supletoriamente.

¿Pueden acumularse las acciones que uno o varios actores tengan contra varios demandados?: a. Siempre que entre esas acciones exista un nexo por razón del título o causa de pedir. b. No, nunca. c. Pueden acumularse, en cualquier caso. d. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Se entenderá que el título o causa de pedir es idéntico o conexo…. a. Cuando los actores tengan relación de parentesco o afinidad hasta segundo grado. b. Cuando los actores sean idénticos en la parte demandada y la parte demandante. c. Cuando las acciones se funden en los mismos hechos. d. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

En reclamaciones sobre accidente de trabajo y enfermedad profesional: a. Se podrán acumular todas las pretensiones de resarcimiento de daños y perjuicios derivadas de un mismo hecho, excepto mejoras voluntarias, que el trabajador perjudicado o sus causahabientes dirijan contra el empresario u otros terceros que deban responder a resultas del hecho causante, incluidas las entidades aseguradoras, salvo que hayan debido tramitarse mediante procedimiento civil separado,. b. Se podrán acumular todas las pretensiones de resarcimiento de daños y perjuicios derivadas de un mismo hecho, incluso sobre mejoras voluntarias, que el trabajador perjudicado o sus causahabientes dirijan contra el empresario u otros terceros que deban responder a resultas del hecho causante, incluidas las entidades aseguradoras, salvo que hayan debido tramitarse mediante procedimiento administrativo separado. c. Se podrán acumular todas las pretensiones de resarcimiento de daños y perjuicios derivadas de un mismo hecho, excepto mejoras voluntarias, que el trabajador perjudicado o sus causahabientes dirijan contra el empresario u otros terceros que deban responder a resultas del hecho causante, incluidas las entidades aseguradoras, salvo que hayan debido tramitarse mediante procedimiento administrativo separado. d. Se podrán acumular todas las pretensiones de resarcimiento de daños y perjuicios derivadas de un mismo hecho, incluso sobre mejoras voluntarias, que el trabajador perjudicado o sus causahabientes dirijan contra el empresario u otros terceros que deban responder a resultas del hecho causante. No se incluyen entidades aseguradoras, en ningún caso.

En demandas derivadas del mismo accidente de trabajo o enfermedad profesional: a. Se inadmitirán cuando no se interpongan en el juzgado que conoció de las demandas ulteriores. b. Cuando exista más de un juzgado o sección de la misma Sala y Tribunal, en el momento de su presentación se repartirán al juzgado o sección que conociera o hubiere conocido del primero de dichos procesos, las demandas ulteriores relativas a dicho accidente de trabajo o enfermedad profesional, sin necesidad de que conste dicha circunstancia en la demanda. c. En el momento de su presentación, se añadirán las demandas ulteriores relativas a dicho accidente de trabajo o enfermedad profesional junto a la demanda, para que el Tribunal, en caso de no haber conocido las demandas ulteriores, conozca la situación previa. d. Cuando exista más de un juzgado o sección de la misma Sala y Tribunal, en el momento de su presentación se repartirán al juzgado o sección que conociera o hubiere conocido del primero de dichos procesos, las demandas ulteriores relativas a dicho accidente de trabajo o enfermedad profesional, siempre que conste dicha circunstancia o se ponga de manifiesto en la demanda.

Podrán acumularse en una misma demanda las acciones de despido y extinción del contrato: a. Siempre que la acción de despido acumulada se ejercite dentro del plazo establecido para la modalidad procesal de despido. b. Siempre que la acción de despido acumulada se ejercite dentro del plazo establecido para la modalidad procesal de despido, y se trate de un despido procedente exclusivamente. c. Siempre que la acción de despido acumulada se ejercite dentro del plazo establecido para la modalidad procesal de despido, y este sea un despido por causas objetivas exclusivamente. d. ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Cuando se trate de una demanda sometida a plazo de caducidad, a la que se hubiera acumulado otra acción: a. El juez o tribunal tendrá por no formulada la otra acción acumulada, advirtiéndose al demandante de su derecho a ejercitarla por separado. b. El Letrado de la Administración de Justicia tendrá por no formulada la otra acción acumulada, advirtiéndose al demandante de su derecho a ejercitarla por separado. c. El juez o tribunal procederá con la primera y desestimará la segunda, perdiendo el demandante la oportunidad de ejercitarla por separado entonces. d. El Letrado de la Administración de justicia la tramitará directamente por separado.

En cuanto a las actuaciones procesales, escoja la respuesta INCORRECTA: a. Las actuaciones procesales deberán practicarse en días y horas hábiles, y son hábiles todos los días del año salvo los sábados, domingos, los días 24 y 31 de diciembre y los festivos a efectos laborales en la respectiva comunidad Autónoma o localidad. b. Serán horas hábiles las comprendidas entre las 8 y las 20, salvo norma en contrario. c. Todos los plazos y términos son perentorios e improrrogables y sólo podrán suspenderse y abrirse de nuevo en los casos taxativamente establecidos en la ley. d. Serán hábiles los días del mes de agosto para todas las actuaciones judiciales.

Pedro F y Javier A, reponedores en un supermercado, se han caído mientras llevaban unas cajas, ya que las máquinas que utiliza el supermercado tienen fallos mecánicos. Dos meses más tarde, sus compañeros, Carlos C y Jose J, también tienen un accidente con dichas máquinas. Interponen una acción los primeros, y posteriormente, Carlos y Jose, quieren sumarse a la acción. a. La segunda acción se inadmitirá cuando no se interpongan en el juzgado que conoció de las demandas ulteriores. b. Cuando exista más de un juzgado o sección de la misma Sala y Tribunal, en el momento de su presentación se repartirán al juzgado o sección que conociera o hubiere conocido del primero de dichos procesos, las demandas ulteriores relativas a dicho accidente de trabajo o enfermedad profesional, sin necesidad de que conste dicha circunstancia en la demanda. c. En el momento de su presentación, se añadirán las demandas ulteriores relativas a dicho accidente de trabajo o enfermedad profesional junto a la demanda, para que el Tribunal, en caso de no haber conocido las demandas ulteriores, conozca la situación previa. d. Cuando exista más de un juzgado o sección de la misma Sala y Tribunal, en el momento de su presentación se repartirán al juzgado o sección que conociera o hubiere conocido del primero de dichos procesos, las demandas ulteriores relativas a dicho accidente de trabajo o enfermedad profesional, siempre que conste dicha circunstancia o se ponga de manifiesto en la demanda.

Pedro F y Javier A, residentes en Madrid, han recibido una notificación en su empresa hace una semana. José J, el empresario, les ha informado de que las funciones que estaban llevando a cabo van a cambiar. Pedro F y Javier A no están conformes con esa decisión y deciden interponer una acción ante la jurisdicción social. a. Pueden acumular la acción al ser una situación de movilidad funcional. b. No pueden acumular la acción porque es una situación de movilidad funcional. El Letrado de la Administración de Justicia requerirá al demandante para que en el plazo de quince días subsane el defecto, eligiendo la acción que pretende mantener. En caso de que no lo hiciera, o si se mantuviera la circunstancia de no acumulabilidad entre las acciones, dará cuenta al tribunal para que éste, en su caso, acuerde el archivo de la demanda. c. No pueden acumular la acción porque se trata de una situación de movilidad funcional, situación en la que las acciones no podrán acumularse entre sí ni a otras distintas en un mismo juicio, ni siquiera por vía de reconvención. d. Pueden acumular la acción, al tener una misma causa de pedir, independientemente de la materia. En caso de no interponer una demanda conjunta, será el propio Juez o Tribunal quien se encargue de oficio de acumular los procesos.

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