MODULO III
|
|
Título del Test:
![]() MODULO III Descripción: ASIGNATURA 1 |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
Si observamos un Permiso Nacional de Conducción de la República de Letonia expedido en el año 2018 bajo la exposición de luz ultravioleta y blanquea, estaremos ante un documento: Falso. No válido. Genuino. Si una persona nos muestra una CI y un PNC, ambos falsos, sin que exhiba otro documento genuino: Extenderemos un acta de intervención de ambos documentos y no se procede a su detención. Procederemos a su detención debido a que desconocemos su identidad y no da fianza de presentarse ante la Autoridad Judicial en el momento de ser citado. Si comprobamos que es residente en España y está empadronado, no se procede a su detención. Si un conductor, residente comunitario en España desde hace 3 años, nos muestra un PNC Italia en vigor: No está obligado a renovarlo en España. Incluso al vencer el PNC, puede renovarlo en Italia. Está obligado a canjearlo por el PNC de España equivalente a partir de los 6 meses como residente en España. Es un delito contra la seguridad vial del artículo 384 Código Penal. ¿Es válido por si solo, un CERCU (carece de fotografía de titular) para identificar a una persona?. Sí, mientras el documento incluya, nombre, fecha de nacimiento, nacionalidad y NIE. No, debe ir acompañado de una CI o PSP (con fotografía), debido a que los CERCU carecen de fotografía y por si solos, no acreditan la identidad. No, debido a que se trata de un documento falso, debido a que carece de fotografía del titular. Un menor de edad, con el objeto de acceder a una discoteca para mayores de 18 años, falsifica el DNI de su hermano, quien es mayor edad, incluyendo su fotografía, realizando una fotocopia (reproducción digital). ¿Cometerá algún tipo de infracción?. No. La fotografía no es un elemento o requisito de carácter esencial. Sí. Debemos instruir diligencias en calidad de investigado, como presunto autor de un Delito de Falsedad Documental al alterar un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial (art. 392 en relación al art. 390). No. Al tratarse de una fotocopia, nunca será posible instruir diligencias por un Delito de Falsedad Documental. Le damos el alto reglamentario a un conductor/a de origen alemán, que no muestra PNC alguno pero manifiesta estar en posesión de un P expedido en Alemania: Procederemos a instruir diligencias como presunto autor de un Delito contra la Seguridad Vial (art. 384 CP), en calidad de investigado. Al ser un conductor extranjero no le es aplicable el Código Penal español en relación a los Delitos contra la Seguridad Vial. Procederemos a su denuncia por infracción administrativa por carecer de autorización administrativa para conducir, según el RGConductores (art.1.1.5A). Conductor en situación irregular en España desde hace 4 años, muestra un PNC expedido en Colombia genuino y en vigor: No procede denuncia alguna en materia de tráfico. Sólo en relación con la LO 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades los extranjeros en España y su integración social. A partir de los 6 meses en España, sin haber obtenido la residencia legal, se encuentra en situación irregular y procede denuncia por infracción al RGConductores, según su art. 1.1.5E. Colombia tiene acuerdo bilateral de canje con España y por lo tanto, al haber superado los 6 meses en España, procede denuncia por infracción administrativa al RGConductores en el art. 1.1.5B. Si un vehículo lleva adherido en el margen superior derecho del parabrisas, un distintivo de ITV (señal reglamentada V-19) en vigor pero tras verificar tanto la Tarjeta de Inspección Técnica (TIT), como los datos contenidos en DGT, consta vencida: Debemos proceder a su denuncia por infracción administrativa al Reglamento General de Vehículos. Debemos proceder a su denuncia por infracción administrativa al Reglamento General de Vehículos e intervenir el distintivo de ITV (señal V19) para su remisión a DGT. Además de lo especificado en la opción anterior (a), debemos instruir diligencias por infracción penal al art. 400bis del CP. ¿Podremos inmovilizar y retirar un vehículo con placas de matrícula extranjeras estacionado, el cual se encuentra de baja temporal o definitiva en base al RGVehículos?. No, en ningún caso. La legislación española no es aplicable a los vehículos con placas de matrícula extranjeras. Únicamente si está circulando. Estacionado en ningún caso. Sí, en relación con el RGCirculación, en su art. 1.2.b), es aplicable también a los vehículos con placas de matrícula extranjeras estáticos o en movimiento. Si un conductor, residente legal en España desde hace 2 meses, nos muestra un PNC Venezuela en vigor, en soporte de papel: No podrá conducir, ni canjearlo. El acuerdo bilateral de canje entre Venezuela y España, está suspendido. Es un delito contra la seguridad vial del artículo 384 Código Penal. Está obligado a canjearlo por el PNC de España equivalente a partir de los 6 meses como residente en España. Un conductor que presenta un permiso de conducir extracomunitario de un país que no tiene convenio de canje, como puede ser Rusia, Cuba, Venezuela, etc. ¿Qué debe hacer cuando cumpla los 6 meses de haber obtenido la residencia legal en España?. Ir a la autoescuela y obtener el permiso de conducir en España. Solicitar un Permiso Internacional para poder seguir conduciendo aquí. Nada, puede conducir un año desde que adquiere la residencia. Un conductor con PNC UE/EEE, ¿puede renovarlo en el país de expedición, una vez tenga residencia en España?. Sí, puede renovarlo en el país de expedición e incluso obtenerlo por primera vez, aun siendo residente en España. Es una infracción administrativa al Reglamento General de Conductores. No, debe renovarlo obligatoriamente en España. Interviniendo con un permiso de conducir de Bélgica, vemos que su validez es indefinida y comprobando su residencia, nos acredita que residente desde hace 3 años ¿cual sería nuestra intervención?. Denunciar por el 15.4.5B del R.G. COND. por no haber renovado al español antes de los dos años de haber adquirido la residencia. Denunciar por no haber registrado el permiso en DGT, intervenirlo y remitirlo a Jefatura Provincial de Tráfico. Denunciar por no haberlo canjeado antes de los 6 meses de adquirir la residencia. Confirmamos que un conductor que exhibe PNC expedido en Marruecos, lo ha obtenido por primera vez, con posterioridad a su residencia España: Confirmamos que un conductor que exhibe PNC expedido en Marruecos, lo ha obtenido por primera vez, con posterioridad a su residencia España:. Confirmamos que un conductor que exhibe PNC expedido en Marruecos, lo ha obtenido por primera vez, con posterioridad a su residencia España:. Confirmamos que un conductor que exhibe PNC expedido en Marruecos, lo ha obtenido por primera vez, con posterioridad a su residencia España:. Cuál es el plazo de vigencia de los PIC: 10 años. 1 año siempre. 1 o 3 años dependiendo del país expedidor. Si tenemos dudas sobre la autenticidad de un documento, ¿Podremos intervenirlo para su estudio y comprobación?. Sí, estamos legitimados en base a la LECrim y la LO 4/2015 de 30 de marzo. Además, en caso de no mostrar documento genuino alguno, se deberá proceder a su detención. No, en ningún caso. Los documentos son personales e intransferibles. No, sólo la Autoridad Judicial y la JPT está legitimada para la intervención de documentos. Si un conductor nos exhibe un Permiso de Conducción de los denominados de "Aprendizaje" o "Autoescuela" expedido en Reino Unido, procederemos: Denuncia administrativa por infracción al Reglamento General de Conductores. No es infracción administrativa, ni penal. Puede seguir conduciendo. Instrucción de diligencias por un Delito Contra la Seguridad Vial del art. 384 CP. Un conductor con PNC expedido en Países Bajos (NL), además nos exhibe un PIC del mismo país. Está obligado a acompañar su PNC con el PIC, debido a que es un conductor extranjero. Si es turista, está obligado a acompañar su PNC NL con el PIC. De ser residente, sería suficiente el PNC. En ningún caso, debe acompañar su PNC con el PIC, debido a que es comunitario (UE). Es suficiente con el PNC NL. Un conductor con Permiso Nacional de Conducción (PNC) expedido en Francia con validez permanente, reside en España desde hace un año y seis meses: Cuando supere los 2 años, como residente en España, deberá haber renovado su PNC, por el equivalente de España. Debe renovar su PNC por el equivalente de España, puesto que ya ha superado el plazo máximo permitido de 6 meses. Debe ser investigado como presunto autor de un Delito contra la Seguridad Vial del art. 384 CP. Un conductor titular de un PNC expedido en Italia, comete una infracción que detrae puntos: Sí le será aplicable la sanción económica correspondiente a la infracción cometida pero nunca le serán detraídos los puntos, debido a que es titular de un PNC extranjero. Actualmente, sí le es aplicable la detracción de puntos debido a que es un PNC UE/EEE. Debemos anotar los datos de su PNC en el boletín de denuncia para su registro como conductor infractor en la DGT. Actualmente, sí es aplicable la detracción de puntos a cualquier PNC extranjero. Debemos anotar los datos del PNC en el boletín de denuncia para su registro como conductor infractor en la DGT. |




