MODULOS DERECHO EXANI-II
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() MODULOS DERECHO EXANI-II Descripción: modulo especifico |




Comentarios |
---|
NO HAY REGISTROS |
Es el conjunto de derechos o principios ejercidos y atribuidos al Ser humano y que son inherentes al mismo. Derecho subjetivo. Derecho natural. Derecho civil. Define el concepto de "derecho vigente". Conjunto de normas impero-atributivas que en cierta época y un país determinado, la autoridad política declara obligatoria. Conjunto de normas que tienden especialmente a regular las relaciones jurídicas, poniendo en ejercicio la actividad judicial. "Se encuentra relacionado con la obligación de cumplimiento de lo prescrito en las normas jurídicas, se encuentra íntimamente ligado a la existencia de un sujeto que esta obligado, y otro que esta facultado para exigir el cumplimiento de la norma. La autorización concedida al pretensor por el percepto es el derecho en sentido ______". Positivo. Subjetivo. Vigente. Se encuentra en la norma que da vida a una determinada figura jurídica, acto jurídico o figura típica, impone los comportamientos que deben seguir los individuos de la sociedad. Se encuentra relacionado con el derecho procesal, las normas procesales, plazos sustantivos, etc. Derecho adjetivo. Derecho penal. Derecho sustantivo. Constituye el conjunto de normas y principios que tienden especialmente a regular las relaciones juridicas, poniendo en ejercicio la actividad judicial, comprendiendo leyes procesales y de enjuiciamiento. Derecho penal. Derecho adjetivo. Derecho sustantivo. Derecho adminstrativo. Identifica la diferencia entre el derecho sustantivo y el derecho adjetivo. Derecho sustantivo. Derecho adjetivo. Es el conjunto de normas jurídicas escritas, que a su vez han cumplido con los requisitos formales necesarios para efectuarse la creacion de las leyes, conforme a lo establecido en la constitución nacional de un país. Derecho positivo. Derecho legal. Derecho natural. Une la caracteristica con el concepto correspondiente. Derecho positivo. Derecho natural. Conjunto de reglas practicas que tienen por objeto regular el comportamiento de las personas entre si, encaminadas a lograr una convivencia armonica. Normas sociales. Normas de conducta. Normas religiosas. Características del derecho. Normativo. Bilateral. Cultural. Coercible. Pretension de inviolabilidad. Sistematico. Proyecta justicia. Reactivo. Une cada caracteristica de las normas juridicas con su explicacion. Bilateral. Coercible. Exterior. General. Heterónomo. Son reglas de conductas exteriores, coercibles y heteronomas. Establecen relaciones en dos diversas personas: el obligado y el activo. Las modalidades en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de las obligaciones varian en cada caso. Normas juridicas. Normas de conducta. Normas sociales. Son aquellas que son unilaterales e imperativas, ya que frente al sujeto no hay otra persona autorizada para exigirle el cumplimiento de sus deberes. Normas morales. Normas autonomas. Normas religiosas. Caracteristicas de las normas morales. Internas (el sujeto decide cumplir o no las normas). Incoercibles (su cumplimiento ha de efectuarse de manera espontanea). autónomas (representa el cumplimiento de una maxima que el sujeto que ha dado a si mismo). sancionables (se le dará una amonestación a quien no lleve a cabo su cumplimiento). Aquellas normas internas que la persona acepta, en las que cree y tiene fe y, por tanto, esas normas conforman su actuación en todos los aspectos de su vida. Son de caracter interno y auxilian al individuo para acercarse a Dios. Normas religiosas. Normas morales. Normas sociales. Reglas que aparecen basadas en la costumbre. Se trata de una especie de mandatos que surgen de la colectividad y que son necesarios para llevar a cabo una buena convivencia dentro de la sociedad. Normas de convivencia. Convencionalismos sociales. Normas de conducta. De acuerdo a las acepciones relacionadas a las fuentes del derecho, identifica de cual se trata: Son los procedimientos o modos establecidos por una determinada sociedad para crear su propio derecho. Compuestas por legislacion, costumbre y jurisprudencia. Fuentes historicas. Fuentes formales. Fuentes reales. Estas fuentes se consideran instrumentales, ya que pretenden saber cuando y en que condiciones una norma juridica es valida y obligatoria. Fuentes formales. Fuentes reales. Fuentes historicas. De acuerdo a las acepciones relacionadas a las fuentes del derecho, identifica de cual se trata: Son aquellas que determinan la materia de los preceptos jurídicos con el objetivo de mejorarlos. Debido a que este tipo de fuentes refleja los elementos distintivos de cada sociedad. Cambian conforme lo hace la sociedad, con la finalidad de ajustarse y atender de mejor manera sus necesidades. Este tipo de fuentes se subordina a las fuentes formales. Fuentes reales. Fuentes historicas. Fuentes formales. De acuerdo a las acepciones relacionadas a las fuentes del derecho, identifica de cual se trata: Este tipo de fuentes esta conformada por los "documentos" (inscripciones, papiros, libros, etc.) que encierran el texto de una ley o un conjunto de leyes. Dan cuenta de la creación y evolución del derecho dentro de la sociedad, asi como de la vigencia y perdida de la misma en un contexto sociocultural determinado. Por ejemplo : Constitución de 1857. Fuentes historicas. Fuentes formales. Fuentes reales. Es una de las fuentes del derecho, en virtud de que la función de los tribunales ya no será solamente de interpretación, sino de integración del orden jurídico. Sin ella, el orden jurídico se encuentra incompleto. Conforma, junto con la legislación, las dos grandes fuentes formales del derecho. Jurisprudencia. Doctrina. Costumbre. Da pie al llamado derecho consuetudinariamente, conocido como Jus Moribus Constitutum. Este constituye un uso implantado en una colectividad y considerado por esta como jurídicamente obligatorio. Costumbre. Jurisprudencia. Acuerdo colectivo. Esta constituida por el conjunto de opiniones de los estudiosos del derecho, los cuales son consideradas en ocasiones por los legisladores al crear las leyes y por el juzgador cuando las interpreta. Costumbre. Jurisprudencia. Doctrina. Conjunto de actos regulados por normas juridicas, las cuales determinan los organos del Estado, las partes, formalidadesm terminos y procedimientos. Proceso jurisdiccional. Proceso ejecutivo. Es aquel sujeto procesal (persona natural o juridica) que ejerce una determinada pretension. Demandante (actor). Demandado. Ordena las etapas procesales. Demanda (se presenta la acción). Contestacion (el demandado presenta las defensas). Pruebas (argumentación de las versiones de las partes). Alegatos (expresiones del valor de sus pruebas). Sentencia (veredicto, se resuelve el conflicto). De acuerdo a las acepciones relacionadas a las ramas del derecho, identifica de cual se trata: Es el conjunto de normas que regulan la organizacion del Estado y los procedimientos entre este y los particulares. Derecho penal. Derecho publico. Derecho civil. De acuerdo a las acepciones relacionadas a las ramas del derecho, identifica de cual se trata: Conjunto de disposiciones que rigen las relaciones de los particulares entre si. Derecho privado. Derecho publico. De acuerdo a las acepciones relacionadas a las ramas del derecho, identifica de cual se trata: Rama del derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relación con la dependencia y a cambio de una contraprestación. Derecho laboral. Derecho administrativo. Derecho privado. Relaciona las partes de la relacion laboral con su definicion. Trabajador. Patron. Subordinacion. Salario. Conjunto de factores de la relacion laboral, que constituyen la prestación que el trabajador desempeña de acuerdo a su jornada laboral (8hrs). Horarios, salario, clasificacion profesional, vacaciones, permisos, etc. Condiciones de trabajo. Primas vocacionales. Es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del Estado, a las funciones de sus organos y a las relaciones de estos entre si y con los particulares. Derecho administrativo. Derecho constitucional. El Estado se encuentra dividido en tres poderes básicos: Legislativo. Judicial. Ejecutivo. Administrativo. Las funciones del poder ejecutivo pueden dividirse en tres facetas, une cada una con su definicion. Reglamentarista. Politica. Administrativa. Une cada etapa de la creación de leyes con su definición. Iniciativa. Discusion. Aprobacion. Sancion. Publicacion. Facultad que tiene toda persona, con la ciudadania mexicana, de expresar por medio del sufragio su preferencia politica, ya sea por algun candidato a obtener un cargo de eleccion popular o bien por la aprobacion o rechazo de alguna ley o politica publica. Derecho a votar y ser votado. Derecho a la expresión social. De acuerdo a las acepciones relacionadas a las ramas del derecho, identifica de cual se trata: Es la rama del derecho publico que tiene por objeto especifico la administración publica. Derecho administrativo. Derecho civil. Derecho penal. Actividad a traves de la cual el Estado y los sujetos auxiliares de este tienden a la satisfaccion de los intereses colectivos. La administracion publica. La libre eleccion. La aprobación de leyes. Es una de las diecinueve secretarias de estado que, junto con la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, conforman el gabinete legal del presidente de Mexico. Es el despacho del poder ejecutivo federal con funciones de contraloría. Secretaria de la Funcion Publica (SFP). Secretaria de Relaciones Exteriores. Secretaria de Gobernacion. Tiene como misión conducir la politica exterior de México mediante el dialogo, la cooperación, la promoción del país y la atención a los mexicanos en el extranjero, así como coordinar la actuación internacional del Gobierno de la Republica. Secretaria de Relaciones Exteriores. Secretaria de la Función Publica. Junto con la Consejeria Juridica del Ejecutivo Federal, conforman el gabinete legal del presidente de Mexico. Es el despacho del poder ejecutivo federal con funciones del ministerio del interior. Secretaria de Gobernacion. Secretaria de la Funcion Publica. Secretaria de Educación Publica. De acuerdo a las acepciones relacionadas a la organización de la administración del gobierno, une cada concepto con su defincion. La desconcentración en la Administración Publica. La administracion publica descentralizada. La administración centralizada. De acuerdo a las acepciones relacionadas a las ramas del derecho, identifica de cual se trata: Se encarga de normar y concebir las capacidades punitivas, es decir, de castigo, que se reserva el Estado para aquellos que violentan las normas de convivencia o de conducta. Derecho penal. Derecho laboral. Derecho administrativo. De acuerdo a las acepciones relacionadas a los elementos del delito, relaciona cada concepto con su definicion. Tipicidad. Culpabilidad. Punibilidad. "Son los mas necesitados de proteccion por el valor que representa el objeto de tutela, como son la vida, la libertad, el partimonio, la seguridad, la salud, entre otros. La intervencion del derecho penal se justifica como proteccion de _______". Derechos individuales. Bienes juridicos. Derechos legales. De acuerdo a las acepciones relacionadas a las ramas del derecho, identifica de cual se trata: Tiene por objeto regular los atributos de las personas fisicas y morales, organiza juridicamente a la familia y el patrimonio, determinando las relaciones de orden economico entre los particulares, que no tengan contenido mercantil, agrario y/o obrero. Derecho civil. Derecho internacional. Derecho penal. El derecho civil puede dividirse en las siguientes ramas: Derecho de las personas. Derecho familiar. Derecho de los bienes. Derecho sucesorio. Derecho de las obligaciones. Derecho de expresiones. Derecho de exigencias. Es una manifestación de voluntad para crear, modificar, transferir o extinguir un derecho, con un resultado favorable para quien promueve la acción. Ejemplo: compra venta, créditos. acto jurídico. hecho jurídico. Es cualquier acto que tenga una consecuencia legal. No interviene la voluntad del hombre. Dichas consecuencias pueden incientivar la creacion, modificacion, transferencia o extinción de un derecho. Hecho juridico. Acto juridico. Es la atribución por ley de la posibilidad de ser objeto de derechos y obligaciones. Capacidad jurídica. Derecho a votar y ser votado. Relaciona los conceptos con sus definiciones. Bienes muebles. Bienes inmuebles. De acuerdo a las acepciones relacionadas a las ramas del derecho, identifica de cual se trata: conjunto de normas juridicas relativas a los comerciantes y a los actos de comercio. Derecho mercantil. Derecho civil. Derecho administrativo. De acuerdo a las acepciones relacionadas a los tipos de sociedades mercantiles, une cada una con su definición. Sociedad anonima. Sociedad de responsabilidad limitada. Sociedad cooperativa. De acuerdo a las acepciones relacionadas a los titulos de credito, relaciona cada concepto con su descripcion. Pagare. Cheque. Letra de cambio. Son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua o cualquier otra condición. Derechos humanos. Garantías individuales. Se define como los derechos publicos subjetivos que toda persona puede oponera los organos del Estado, a fin de recibir un trato acorde con la situacion juridica en que se encuentren, evitando asi situaciones discriminatorias, basadas en caractertisticas irrelevantes para los supuestos contemplados por las leyes. Libertad. Igualdad. Equidad. Los derechos humanos de _______ aseguran la capacidad juridica para el actuar libre del hombre en sociedad, dentro de los propios marcos de la ley, lo cual debe garantizar su ejercicio pleno. justicia. libertad. igualdad. Se refieren a la observancia de determinadas formalidades, requisitos, medios, condiciones por parte del poder publico para que la actuación de este, sea constitucionalmente valida, cuando por alguna causa afecte. Seguridad jurídica. Derechos civiles. Derechos individuales. Determina que ramas del derecho pertenecen al sector publico y sector privado. Derecho publico. Derecho privado. |