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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEangeles3

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Título del test:
angeles3

Descripción:
angeles3

Autor:
angeles

Fecha de Creación:
13/04/2008

Categoría:
Otros

Número preguntas: 41
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Temario:
¿Qué titulo de la Constitución recoge "De la Organización Territorial del Estado"? Título VIII, art. 137 al 158, dividido en 3 capítulos Título VIII, art. 137 al 158, dividido en 2 capitulos Título VII, art. 137 al 158 Título VII, art. 137 al 158, dividido en 3 capítulos.
Capítulo 1º, Titulo VIII: Principios Generales, art. 137 al 139 De la Administración Local, art. 140 al 142 De las CC.AA., art. 143 al 158.
El Estado se organiza, según establece el art..... en: 137, territorialmente en municipios, en provincias y en las CC.AA. que se constituyan. 137, territorialmente en municipios, en provincias y en las CC.AA. que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses. 138, territorialmente en municipios, en provincias y en las CC.AA. que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.
Organización del Estado: Art. 137 Art. 138 Art. 139.
Las diferencias entre los Estatutos de las distintas CC.AA. ¿podrán implicar privilegios económicos o sociales? No En ningún caso Si.
Capítulo 2º del Título VIII Principios Generales De la Administración Local De las CC.AA.
La Constitución garantiza .... de los municipios: la autonomía la independencia.
Los municipios gozarán de personalidad jurídica propia plena.
El gobierno y administración de los municipios corresponde a: sus respectivos Ayuntamentos El Alcalde los Concejales.
Los Ayuntamientos están integrados por: Los Alcaldes Los vecinos Los Alcaldes y los Concejales.
Los Concejales serán elegidos por: El Alcalde Los vecinos los vecinos del municipio.
Los Alcaldes serán elegidos por Los vecinos Los concejales Los concejales o por los vecinos.
¿Quién regulará las condiciones en las que proceda el régimen de concejo abierto? La Ley La Ley electoral Ley Ordinaria.
La provincia es una entidad local con personalidad propia plena.
Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada: Por ley Orgánica Por las Cortes Generales mediante Ley Orgánica Por las Cortes Generales mediante Ley .
El Gobierno y la admininistración autónoma de las provincias estarán encomendadas a: Diputaciones Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo.
¿Podrán crearse agrupaciones de municipios diferentes de la provincia? Si No.
Procedimiento para acceder a las Autonomías de las CC.AA. por el procedimiento general. Iniciativa legislativa: La iniciativa legislativa corresponde a todas las Diputaciones A todas las diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente A las anteriores y a las 2/3 partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla.
Los requisitos para el procedimiento de acceso a las autonomias de las CC.AA. por el procedimiento general, deberán ser cumplidos en el plazo de: 6 meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas. 1 año desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas.
La iniciativa para acceder a las autonomías de las CC.AA. por el procedimiento general, en caso de no proposperar sólamente podrá reiterarse pasados: 5 años 3 años 4 años 1 año.
¿Pueden las Cortes Generales, por motivos de interés nacional, autorizar la constitución de una CC.AA. cuando su ámbito territorial no sujpere el de una provincia y no rúna las condiciones del apartado 1 del art. 143? Si, mediante Ley ordinaria Sí, mediante Ley orgánica.
¿Pueden las Cortes Generales, autorizar o acordar un Estatuto de Autonomía para territorios que no estén integrados en la organización provincial? Si, mediante Ley ordinaria Si, mediante Ley orgánica.
¿Pueden las C.G. mediante ley orgánica, por motivos de interés nacional sustituir la iniciativa de las Corporaciones Locales a que se refier el art. 2 del art. 143? Si No.
¿Se admitirá la federación de Comunidades Autónomas? En ningún caso Si.
¿Los convenios entre CC.AA. y los acuerdos de cooperación necesitan autorización de las Cortes Generales? Los convenios no. Los acuerdos de cooperación si. Los acuerdos de cooperación no. Los convenios si. Los dos Ninguno.
¿Quién elabora el proyecto de Estatuto? Una asamblea La asamblea legislativa Las Diputaciones.
La asamblea que elabora el proyecto de estatuto estará compuesta por: los miembros de la Diputación los miembros de la asamblea legislativa los miembros de la Diputación u órgano interinsular de las provincias afectadas los miembros de la Diputación u órgano interinsular de las provincias afectadas y por los Diputados y Senadores elegidos en ellas.
El proyecto de estatuto será elevado a: las Cortes Generales para su tramitación como Ley la Asamblea Legislativa para su tramitación como Ley.
La norma institucional básica de cada CC.AA. serán Los Estatutos. Los Decretos Leyes las Leyes de Bases.
¿Quién reconocerá y amparará a los Estatutos como parte integrante de su ordenamiento jurísido? El Estado Las Cortes Generales La Asamble de la Diputació Permanente.
La reforma de los Estatutos requerirá: aprobación por las Cortes Generales, mediante Ley aprobación por las Cortes Generales, mediante ley orgánica.
Las Cortes Generales autorizan a alguna o a todas las CC.AA. para que aprueben leyes en materia de competencia estatal pero lógicamente les ponen unos límites que deberán respetar y las Cortes se reservan el control sobre esas leyes autonómicas, no sea que se pasen: Leyes Marco Leyes de Transferencia o delegación Leyes de Armonización.
Leyes Orgánicas que lo que hacen es que algunas facultades, en principio no todas, referidas a materias de titularidad estatal pasan a las CC.AA. y para ello se transfieren también medios materiales y financieros. Digamos que consiste en que el Estado se da cuenta que alguna de las cosas que hace sería más eficiente que la realizase la CC.AA. y así lo establece la Ley Orgánica Leyes de Transferencia o Delegación Leyes Marco Leyes de Armonización.
Consiste en que debido al ejercicio de las competencias autonómicas por las CC.AA. sobre un misma materia hay normativas muy diversas en las distintas autonomías que se juzgan no convenientes para el interés social, entonces de aprueba una ley que armoniza un poco este desbarajuste, lógicamente se requiere un alto consenso entre los grupos políticos y para ellos se exige mayoría absoluta de cada cámara. Deigamos que estas leyes ponen un poco de orden y límites a las competencias autonómicas, son un poco al revés que las otras Leyes Marco Leyes de Transferencia o Delegación Leyes de Armonización.
Para el acceso a la autonomía por la vía especial: No será precibo dejar transcurrir el plazo de 5 años a que se refiere el apdo. 2 del art. 148 No será precibo dejar transcurrir el plazo de 5 años a que se refiere el apdo. 2 del art. 148, cuando la iniciativa del proceso autonómico sea acordada dentro del plazo del art. 143.2 (6 meses), además de por las Diputaciones o los órganos interinsulares correspondientes por las 2/3 partes de los Municipios de cada una de las provincias afectadas que representen, al menos, la mayoría del censo electoral de cada una de ellas y dicha iniciativa sea ratificada mediante referendum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia en los términos que establezca una ley orgánica.
Iniciativa por el procedimiento de la vía especial: Voto positivo de todas las Diputaciones provinciales y 3/4 de los municipios de cada una de las provincias que represente al menos 1/2 del censo electoral y ratificación de la iniciativa mediante referendum por el voto de la mayoría absoluta de los votantes Voto positivo de las Diputaciones provinciales y 2/3 de los municipos de cada una de las provincias que represente al menos 1/2 del censo electoral y ratificación de la iniciativa mediante referendum por el voto de la mayoría absoluta de los votantes.
Procedimiento para la eaboración del Estatuto por la vía especial: El gobierno convoca a Diputados y Senadores del ámbito territorial para que se constituyan en Asamblea de parlamentarios y elabores el proyecto de estatuto (aprobación del proyecto: acuerdo de la mayoría absoluta de sus miembros). El proyecto se remite a la Comisión Constitucional del Congreso, que en 2 meses, determinará su formulación definitiva de común acuerdo con una delegación de la Asamblea de Parlamentarios. El gobierno convoca a Diputados y Senadores del ámbito territorial para que se constituyan en Asamblea de parlamentarios y elaborenel proyecto de estatuto (aprobación del proyecto: acuerdo de la mayoría absoluta de sus miembros). El proyecto se remite a la Comisión Constitucional del Congreso, que en 3 meses, determinará su formulación definitiva de común acuerdo con una delegación de la Asamblea de Parlamentarios.
Aprobación del Estatuto por la vía especial: por referéndum de cada provincia, por mayoría de los votos válidamente emitidos. El proyecto se eleva a Las Cortes y los plenos de ambas cámaras lo ratificarán mediante votación por referéndum de cada provincia, por mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos. El proyecto se eleva a Las Cortes y los plenos de ambas cámaras lo ratificarán mediante votación.
Modificación del Estatuto en la vía especial: Procedimiento previsto en el propio Estatuto Procedimiento previsto en el propio Estatuto, referéndum de los electores y aprobación por Ley Orgánica por las Cortes Procedimiento previsto en el propio Estatuto, referéndum de los electores y aprobación por Ley Ordinaria por las Cortes.
Acceso a la autonomía por la via excepciónal: Se acordará por la Asamble Legislativa por motivos de interés nacional (Ley Orgánica) Se acordará por las Cortes Generales por motivos de interés nacional( Ley Orgánica).
Supuestos por la vía excepcional del acceso a la autonomía: Sustituir la iniciativa de las Corporaciones Locales Autorizar un Estatuto de Autonomía para un territorio no integrado en la organización provincial o de ámbito territorial inferior al de una provincia. ambas.
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