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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEn9-3 c

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Título del test:
n9-3 c

Descripción:
TEMA 9 COMUN 3 EL CONSEJO CONSIULTIVO

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
18/09/2017

Categoría:
Otros

Número preguntas: 19
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Temario:
Cuando en la orden de remisión de los expedientes se haga constar la urgencia del dictamen, el plazo máximo para su despacho será de: Veinte días. Quince días, salvo que el Presidente de la Junta de Andalucía o el Consejo de Gobierno fijen uno inferior. . Cinco días, salvo que el Presidente de la Junta de Andalucía o el Consejo de Gobierno fijen uno inferior. Diez días, salvo que el Presidente de la Junta de Andalucía o el Consejo de Gobierno fijen uno inferior.
El Consejo Consultivo actuará: En Pleno En Comisión Permanente. En su caso, en Secciones. Todas son respuestas correctas.
El Consejo Consultivo de Andalucía es el supremo órgano de asesoramiento de: De las Entidades Locales y de los Organismos y Entes de Derecho Público de ellas dependientes. De las Universidades Públicas andaluzas, cuando las leyes sectoriales así lo prescriban. De las demás Entidades y Corporaciones de Derecho Público no integradas en la Administración de la Junta de Andalucía, cuando las leyes sectoriales así lo prescriban. Todas son respuestas correctas.
El Consejo Consultivo de Andalucía NO es el superior órgano consultivo: Del Consejo de Gobierno. De la Administración de la Junta de Andalucía. De los Entes sujetos a Derecho Público y Privado de la Junta de Andalucía. Todas son respuestas correctas.
El Consejo Consultivo de Andalucía NO será consultado preceptivamente en los asuntos siguientes: Anteproyecto de reforma del Estatuto de Autonomía y Anteproyectos de leyes. Anulación de oficio de los actos administrativos. Reclamaciones administrativas de indemnización por daños y perjuicios de cuantía superior a 50.000 euros Recurso extraordinario de revisión.
El Consejo Consultivo deberá evacuar las consultas en el plazo general de: Diez días desde la recepción de la correspondiente solicitud de dictamen. Un mes, salvo que el Presidente de la Junta de Andalucía o el Consejo de Gobierno fijen uno inferior. Cinco días. Treinta días desde la recepción de la correspondiente solicitud de dictamen.
El Consejo Consultivo ejercerá sus funciones: Con autonomía orgánica y funcional. Con dependencia orgánica de la Consejería de Presidencia. Con independencia orgánica pero con dependencia funcional del Parlamento. Con dependencia jerárquica de la Presidencia de la Junta de Andalucía.
El Consejo Consultivo está constituido por: El Presidente, los Consejeros permanentes, los Consejeros electivos, los Consejeros selectivos y los Consejeros natos. El Presidente, los Consejeros permanentes, los Consejeros electivos, los Consejeros natos y el Secretario. El Presidente, los Consejeros permanentes, los Consejeros electivos y los Consejeros natos. El Presidente, los Consejeros permanentes y los Consejeros natos.
El Consejo Consultivo tiene su sede: En la provincia de Granada. En la ciudad de Granada. Allí donde tenga su sede el Consejo de Gobierno. En la misma del Parlamento de Andalucía.
El dictamen del Consejo Consultivo NO podrá ser recabado por: El Presidente de la Junta de Andalucía El Consejo de Gobierno o cualquiera de sus miembros. Los titulares de los órganos directivos de la Administración de la Junta de Andalucía. En el caso de las Universidades la petición la realizará el Rector correspondiente.
El Presidente del Consejo Consultivo: Será nombrado por Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía, oído el Consejo de Gobierno, entre juristas de reconocido prestigio con una experiencia superior a diez años. En caso de vacante o ausencia, será sustituido por el Consejero electivo más antiguo y, en caso de concurrir varios en esta condición, por el de mayor edad de entre ellos Corresponde al Presidente del Consejo Consultivo la representación a todos los efectos del mismo. Todas las respuestas son correctas. .
En cuanto a las peculiaridades de los miembros del Consejo Consultivo de Andalucía: Estarán sometidos al régimen propio de las incompatibilidades de los altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía. Deberán abstenerse de intervenir en aquellos asuntos que proceda conforme a la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Presidente, los Consejeros electivos a tiempo completo y el Secretario General tendrán derecho a percibir las retribuciones en los conceptos y cuantías que anualmente se fijen en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma. Todas son características del régimen de los miembros del Consejo Consultivo de Andalucía. .
En los supuestos en que el dictamen no tenga carácter vinculante, transcurridos los plazos establecidos sin haberse evacuado: . Deberá suspenderse el procedimiento administrativo. Se reiterará la solicitud del dictamen en el plazo de 10 días. Se entenderá cumplido el trámite. En los casos en que sea preceptiva la solicitud de dictamen, se esperará a la emisión del mismo.
La Comisión Permanente estará constituida por: Presidente y todos los Consejeros electivos. Presidente y los seis Consejeros electivos con dedicación a tiempo completo. Presidente y los Consejeros natos. Presidente y los Consejeros permanentes.
Los acuerdos se adoptarán: Por mayoría absoluta de votos de los asistentes. Por mayoría de los votos. Por tres quintos. Por unanimidad de los presentes.
Los dictámenes del Consejo Consultivos son: 1 Preceptivos cuando así se establezca en esta Ley o en otra disposición de igual rango, y facultativos en los demás casos. . 2 No vinculantes, salvo en los casos en que así se establezca en las respectivas leyes 3 En todo caso, facultativos y no vinculantes. 1 y 2 son correctas. .
Para el caso de los Consejeros permanentes, NO es cierto que: Hasta que cumplan sesenta y cinco años de edad. Aquellas personas que hayan desempeñado el cargo de Presidente de la Junta de Andalucía, Su nombramiento se efectuará por Decreto del Consejo de Gobierno, en todo caso por imperativo legal. El nombramiento de Consejero permanente será incompatible con la condición de alto cargo, con la de miembro electo de las Cortes Generales o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y con la de miembro de Corporaciones Locales. .
Sobre los Consejeros electivos con dedicación exclusiva y a tiempo completo, es cierto que: Serán número de siete. Serán nombrados por Decreto del Consejo de Gobierno. Entre profesionales que se hayan distinguido en el campo del Derecho y en el que tengan una experiencia superior a cinco años. El nombramiento se efectuará por un período de tres años, pudiendo ser reelegidos por una sola vez.
Tendrá la consideración de Consejeros natos los siguientes: El Jefe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía. Los elegidos entre juristas de reconocido prestigio con una experiencia superior a diez años. Los letrados del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, mientras ostenten el cargo que haya determinado su nombramiento. Los elegidos entre profesionales que se hayan distinguido en el campo del Derecho y en el que tengan una experiencia superior a diez años.
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