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Test NAE1

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Título del Test:
Test NAE1

Descripción:
Test nae1

Fecha de Creación: 2022/05/10

Categoría: Otros

Número Preguntas: 144

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La seguridad en internet: Identidad. Legitimación. Confidencialidad. Integridad. Autenticidad. Acceso. Disponibilidad.

Herramientas para la seguridad en internet: Identidad. Legitimidad. Confidencialidad. Integridad.

El Certificado digital es un documento electrónico que contiene la siguiente información: Mi nombre, correo-e, dni. Clave pública. Clave privada. Uso del certificado. Periodo de validez. Emisor. Firma del emisor. Mi firma.

Documento electrónico que contiene un conjunto de información, certificado por entidades que funcionan como autoridades de certificación, y que permite identificar a las personas en Internet. Certificado digital. Firma electrónica. SSL. Identidad digital.

¿Con qué programa se pueden abrir los certificador digitales?. con el navegador de internet. con microsoft (power point o excel). con adobe acrobat reader u otro lector de pdf. con un programa especial que se debe descargar.

Es una aplicación de firma realizada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Autofirma. FNMT. Autoridad de firma. Entidad de registro.

Evidencia electrónica que se añade a un documento electrónico para vincularlo a una persona o entidad, y que garantiza la integridad del documento. Certificado digital. Firma electrónica. SSL. Identidad digital.

Prestadores de servicios electrónicos de confianza cualificados que garantizan los principios de Autenticación, Integridad, Confidencialidad y No repudio en las comunicaciones a través de redes abiertas. Autoridades de certificación. Entidades de registro. Autoridades de registro. Son correctas a y b.

¿Con qué autoridad de certificación tiene un convenio el Gobierno de Navarra para emitir certificados digitales?. Ceres- FNMT. Camerfirma. ANF AC. Dirección General de la Policía.

Responsabilidades de las autoridades de certificación: Garantizar identidad. Verificar información. Garantizar que el firmante tiene el control sobre el certificado digital. No copiar claves privadas. Informar al solicitante. Responder ante terceros. Solicitar la emisión de certificados. Utilización adecuada del certificado.

Documentos que regulan las obligaciones y las condiciones en relación al ciclo de vida del certificado digital, así como las medidas de seguridad. Prácticas de certificación. Normas de certificación. Manuales de certificación. Principios de certificación.

¿Con qué autoridad de certificación tiene la UPNA un acuerdo para funcionar como autoridad de registro?. Ceres- FNMT. Camerfirma. ANF AC. Dirección General de la Policía.

Un empleado de la UPNA hace un mal uso de su certificado que le identifica como representante de la Universidad. ¿Quién tendrá la responsabilidad jurídica de este hecho ante terceros?. FNMT. UPNA. Empleado. Son correctas a y b.

¿Qué tipo de certificado emite la FNMT a través de la UPNA a su personal?. Certificado de empleado público. Certificado de representante. Certificado de sede electrónica. Certificado de sello electrónico.

¿Quién tiene la responsabilidad de solicitar el certificado de empleado público de la UPNA?. la UPNA. el empleado. la autoridad de certificación (FNMT). son correctas a y b.

Un empleado de la UPNA hace un uso de su certificado que le identifica como representante de la Universidad, para un trámite de carácter particular o privado, en el que es aceptado por la tercera parte. ¿Quién tendrá la responsabilidad jurídica de este hecho ante el juez?. FNMT. UPNA. Empleado. Son correctas a y b.

¿Quién está autorizado para la revocación del certificado digital del personal de la UPNA?. Usuario. UPNA. FNMT. Todos ellos.

¿Qué caducidad tienen los certificados digitales expedidos al personal de la UPNA?. Tres años. Cuatro años. Cinco años. Diez años.

La sede electrónica de la UPNA ofrece lo siguiente: Toda la información relevante de la UPNA y los trámites y gestiones que se pueden hacer con la UPNA a través de internet. Toda la información relevante de la UPNA y todos los trámites y gestiones que se pueden hacer con la UPNA. Toda la información relevante referente a normativa de la UPNA y todos los trámites y gestiones que se pueden hacer con la UPNA. Toda la información relevante de la UPNA y los trámites y gestiones que la comunidad universitaria puede hacer con la UPNA.

ACCESO A LOS SERVICIOS Y TRÁMITES Los ciudadanos que deseen acceder a los servicios y trámites electrónicos ofrecidos a través de la sede electrónica disponen de dos posibilidades: La comunidad universitaria podrán cursar los trámites electrónicos a través del portal de servicios de la Universidad haciendo uso del usuario y contraseña del que dispongan, o bien mediante su identificación con certificado digital. Cualquier persona fuera del ámbito de la Universidad, podrá cursar los trámites electrónicos tras su identificación con certificado digital. La comunidad universitaria deberán cursar los trámites electrónicos a través del portal de servicios de la Universidad haciendo uso del usuario y contraseña del que dispongan. Cualquier persona fuera del ámbito de la Universidad, podrá cursar los trámites electrónicos tras su identificación con certificado digital. La comunidad universitaria deberán cursar los trámites electrónicos a través del portal de servicios de la Universidad haciendo uso del usuario y contraseña del que dispongan. Cualquier persona fuera del ámbito de la Universidad, podrá cursar los trámites electrónicos tras su identificación con el usuario y contraseña que se les facilite, o bien tras su identificación con certificado digital. La comunidad universitaria y cualquier persona fuera del ámbito de la Universidad, podrán cursar los trámites electrónicos a través del portal de servicios de la Universidad haciendo uso del usuario y contraseña del que dispongan, o bien tras su identificación con certificado digital.

Es la entidad encargada de identificar, de registrar y de entregar certificados digitales a los usuarios y a otras entidades, como delegación de una Autoridad de certificación u otra Entidad de registro superior. Entidad de registro. Autoridad de certificación.

Marca la afirmación que es correcta: Los certificados digitales son emitidos por una Autoridad de certificación a la cual pertenece la Entidad de registro. Los certificados digitales son emitidos por una Entidad de registro que pertenece a una Autoridad de certificación. Los certificados digitales son emitidos por una Entidad de registro que es una delegación de la Autoridad de certificación. Los certificados digitales son emitidos por una Autoridad de certificación que pertenece a la Entidad de registro.

En nuestro caso, la Universidad Pública de Navarra, gracias a su adhesión a un .................................. firmado entre el Gobierno de Navarra y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), se ha constituido como Entidad de registro. convenio de colaboración. contrato de colaboración. acuerdo de colaboración. ninguna es correcta.

¿Emite la UPNA sellos electrónicos?. No, solamente certificados de empleado público. Si, a través de la autoridad de certificación. Si, para llevar a cabo las gestiones con otras administraciones. Si, de manera excepcional.

¿Qué sección de la Universidad se encarga de la acreditación de la identidad del personal en activo para la gestión de certificados digitales?. Servicio de Recursos Humanos. Servicio de Organización, Calidad y Procesos. Sección de Mejora de la Gestión. Sección de Apoyo al Usuario.

El proceso de emisión de certificados digitales se resume en esta serie de pasos: Acreditación_de_la_identidad_del_empleado_(presencial) Solicitud_interna_del_certificado Descarga_e_instalación_y_copia_de_seguridad Solicitud_del_certificado_por_Internet.

En qué plataforma podemos verificar la autenticidad de los documentos que nos proporciona la Universidad a través de la Sede Electrónica. Valide. OCSP. Value. OPValue.

SEGÚN LA POLÍTICA DE FIRMA Y CERTIFICADO ELECTRÓNICO DE LA UPNA: ¿Cuáles de estos sistemas de identificación y firma son admitidos por la sede electrónica de la UPNA?. Identificación con el sistema Cl@ve. Certificado digital de persona física admitido en la plataforma VALIDE. Certificado digital de empleado público. Valide. Camerfirma. DNI-e. Clave concertada. Certificado de firma de persona física con atributo de representante. Certificados de sello de órgano. Certificado de órgano público.

¿Qué herramienta usa la Universidad para identificar y garantizar la comunicación segura con la sede electrónica de la UPNA?. Certificado de sede electrónica. Certificado digital de empleado público. Certificado de Cl@ve (cl@ve Firma). Sellos electrónicos.

¿Qué herramienta usa la Universidad para identificar y autenticar el ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada de la UPNA? Esta herramienta además la expide la Universidad a sus empleados. Certificado de sede electrónica. Certificado digital de empleado público. Certificado de Cl@ve (cl@ve Firma). Sellos electrónicos.

La POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS, proporciona el marco estratégico para asegurar que los documentos generados en el ejercicio de sus funciones, como evidencia y testimonio de sus actividades,. son creados y mantenidos de manera controlada. garanticen la disponibilidad e integridad de los metadatos mínimos obligatorios. son creados tanto en soporte papel como en soporte electrónico. son creados bajo criterios comunes asumidos por la universidad.

¿Cuál es el objetivo de la POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS? Asegurar la creación, control, gestión y conservación de documentos: auténticos. fiables. íntegros. útiles. con eficacia jurídica. originales. seguros. acreditados. autorizados. certificados.

La POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. ¿Cuándo es la última actualización?. 2019. 2018. 2017. 2020.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS. Año: 2018. 2019. 2020. 2017.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. ¿En qué nivel de la pirámide normativo se enmarca la Política de gestión de documentos electrónicos, según la actualización del 2019?. Primer nivel. Segundo nivel. Tercer nivel. Cuarto nivel.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. Niveles en la pirámide normativa sobre gestión de documentos electrónicos: Primer nivel. Segundo nivel. Tercer nivel. Cuarto nivel.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. Tiene por objetos: Establecer y documentar unos criterios comunes sobre gestión de documentos y expedientes electrónicos. Garantizar la integridad y disponibilidad de unos metadatos mínimos oblgatorios. Asegurar la creación, control, gestión y conservación de documentos auténticos, fiables, íntegros, útiles y capaces de respaldar la gestión de la universidad. Garantizar la conservación permanente de aquellos documentos de valor histórico.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. En el supuestos de un expediente formado por documentos en papel y documentos electrónicos (formato híbrido), los documentos en soporte papel deberán ser conservados de manera similar a todos los niveles (seguridad, acceso,...),. siempre. siempre que no se haya podido generar una copia auténtica electrónica de éstos. siempre que no se haya podido generar una copia electrónica de éstos. siempre que no se haya podido generar una copia electrónica con firma digital de éstos.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. Actores involucrados en la gestión documental: Ben Stiller y Harpo Benson. La alta dirección, que aprobará e impulsará la Política. Los responsables de procesos de gestión. Personal responsable de la planificación, implantación y administración del programa de tratamiento de los documentos y sus operaciones. El personal implicado en tareas de tratamiento de documentos electrónicos. Usuarios de los documentos electrónicos. En general, todo el personal de la Universidad.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. Actores involucrados en la gestión documental y sus responsabilidades: Consejo de Gobierno. Rector, Secretario General, Gerente. Responsables de unidad de gestión. Responsable del Archivo y Comisión de Archivo. Responsable del ámbito tecnológico y Comisión de Administración electrónica. Responsable del ámbito de organización. Responsable del ámbito jurídico. Personal de unidades de gestión. Personal del Archivo general.

La entrada de un documento en el sistema de gestión de la universidad se llama: Captura. Transferencia. Registro. Ingreso.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. Captura de documentos electrónicos: Cuando un documento entra en la sede electrónica adjunto a una instancia o similar. Cuando un documento entra en una oficina de asistencia en materia de registro en formato papel o electrónico. Cuando un documento entra en una oficina de asistencia en materia de registro con un código de verificación. Cuando un documento se genere dentro de la Universidad. Cuando un documento entre en la Universidad a través de interoperabilidad. Cuando un documento entra en la Universidad a través de legado. Cuando un documento entra en el Archivo General a través de transferencia. Cuando un documento entra en la Universidad a través de donación. Cuando un documento entra en la Universidad en depósito.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. ¿En que proceso de gestión documental se incorporan los metadatos mínimos obligatorios junto con los metadatos complementarios de gestión en vistas a su conservación?. Captura. Transferencia. Descripción. Registro.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. ¿En que proceso de gestión documental los documentos deberán ser firmados conforme a la Política de firma electrónica y certificados digitales de la UPNA?. Captura. Transferencia. Descripción. Registro.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. Procesos de gestión documental: Captura. Registro. Clasificación. Descripción. Acceso. Evaluación. Valoración. Eliminación. Conservación. Transferencia.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. ¿En que proceso de gestión documental se contemplará la identificación de los documentos?. Captura. Evaluación. Descripción. Clasificación.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. El cuadro de clasificación de la UPNA se elabora y actualiza siguiendo las siguientes normas o estándares. UNE-ISO 15489-1:2016. ISO/TR 15489-2:2001. ISO/TR 15489-2:2018. ISO/TR 26122 IN. ISO/TR 28122 IN.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. ¿Qué proceso de gestión documental permite la recuperación de documentos electrónicos y expedientes de los diferentes sistemas de la Universidad, así como identificar su contexto de producción?. Captura. Evaluación. Descripción. Clasificación.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. El proceso de descripción de documentos electrónicos y expedientes se hará a través de: Atributos. Información del contenido. Metadatos. Clasificación.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. En la medida de lo posible, la descripción de documentos y expedientes se recogerá: mediante Atributos de forma automática y lo más temprano posible en el ciclo de vida de los documentos. mediante información específica de forma automática y en el momento de captura de los documentos. mediante Metadatos de forma automática y lo más temprano posible en el ciclo de vida de los documentos. mediante Metadatos de forma automática y en el momento de captura de los documentos.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. En la descripción, los metadatos se pueden informar en texto libre. verdadero. falso.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. El esquema de metadatos de la Universidad toma como referencia: e-EMGDE. ISAD (G). UNE-ISO 15489-1:2016. UNE-ISO 30301:2019.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. ¿Dónde se recogen las formas de acceso a los documentos y expedientes electrónicos cuya tramitación haya sido cerrada y se encuentren en los depósitos del Archivo General de la universidad?. Normas de conservación. Procedimientos de tramitación. UNE-ISO 15489-1:2016. Reglamento del Archivo General.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. ¿Qué normativa se le aplica al acceso de los documentos y expedientes electrónicos de la Universidad?. Normas de conservación. Esquema Nacional de Seguridad. Esquema Nacional de Interoperabilidad. Reglamento del Archivo General.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. Marca las afirmaciones correctas sobre documentos esenciales: Los documentos esenciales en papel se digitalizan en forma de copias simples, no sustitutivos del original en papel. Los documentos esenciales en papel se digitalizan en formato pdf. Los documentos esenciales en papel se digitalizan de forma certificada (pueden ser sustitutivos de los documentos originales en papel). Son documentos esenciales los que permiten conocer los orígenes de la Universidad, su organización y la evolución de su estructura, políticas, funciones y actividades. Son documentos esenciales los que permiten conocer el impacto o la eficacia de los programas o actividades de la Universidad. Son documentos esenciales los que contienen datos significativos sobre las ciencias y técnicas. Son documentos esenciales los que contienen datos significativos sobre la comunidad universitaria.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. Marca las afirmaciones correctas sobre documentos esenciales: Son documentos esenciales los que contienen datos necesarios para la protección de derechos civiles, profesionales, financieros, jurídicos u otros derechos de los individuos, otras instituciones o de la misma Universidad. A la aplicación de archivo se suben los documentos esenciales en formato pdf con identificación óptica de su contenido y marca de agua. Los documentos esenciales en papel se digitalizan de forma certificada (pueden ser sustitutivos de los documentos originales en papel). Son documentos esenciales los convenios no ratificados por el Consejo de Gobierno. Son documentos esenciales las actas de las sesiones del Claustro. Son documentos esenciales los que contienen datos significativos sobre las ciencias y técnicas. Se considera la tendencia historiográfica de análisis estadísticos para la identificación de documentos esenciales.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. ¿Qué proceso de gestión documental permite determinar los valores administrativos e históricos de los documentos producidos y conservados en la Universidad?. Captura. Valoración. Descripción. Clasificación.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. ¿Qué normativa se le aplica a la transferencia de documentos y expedientes electrónicos de la Universidad?. Normas de conservación. Esquema Nacional de Seguridad. Esquema Nacional de Interoperabilidad. Reglamento del Archivo General.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. ¿Qué normativa se le aplica a la destrucción o eliminación de documentos y expedientes electrónicos de la Universidad?. Normas de conservación. Esquema Nacional de Seguridad. Esquema Nacional de Interoperabilidad. Reglamento del Archivo General.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. El esquema de metadatos de la Universidad determina con carácter ...................... qué metadatos son ........................ y cómo se tienen que informar ........................................... general/ obligatorios/ en función de si describen a expedientes o agrupaciones documentales, o bien documentos. específico/ obligatorios/ en función de si describen a expedientes o agrupaciones documentales, o bien documentos. facultativo/ específicos/ de igual manera, se describan expedientes o agrupaciones documentales, o bien documentos. obligatorio/ específicos/ de igual manera, se describan expedientes o agrupaciones documentales, o bien documentos.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. El mantenimiento, actualización y publicación de esta Política será responsabilidad de: Consejo de Gobierno de la UPNA. Secretaría General de la UPNA. Gerencia de la UPNA. Sección de Gestión de Documentos y Archivo General de la UPNA.

El concepto de sede electrónica, que puede extraerse del artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público es: La Intranet de cada Administración Pública. Cualquier oficina de registro de una Administración Pública, en la que se pueden presentar documentos de forma telemática. La dirección electrónica, disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, en el ejercicio de sus competencias. El conjunto de servidores de una Administración Pública.

El Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración electrónica indica en su disposición adicional primera el desarrollo de las siguientes Normas Técnicas de Interoperabilidad: Expediente electrónico. Relación de modelo de datos. Política de gestión de documentos electrónicos. Todas las respuestas son correctas.

Son destinatarios del contenido de la Norma Técnica de Interoperabilidad de Digitalización de Documentos: Responsables de sedes electrónicas. Responsables de procedimientos de creación de documentos electrónicos desde soporte papel. Responsables de gestión, conservación y archivo de documentos y expedientes electrónicos. Todas las respuestas son correctas.

Los certificados electrónicos expedidos por un prestador de servicios de certificación que cumpla los requisitos establecidos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, en cuanto a la comprobación de la identidad y demás circunstancias de los solicitantes, y a la fiabilidad y las garantías de los servicios de certificación que presten son: Certificados de firma electrónica. Certificados electrónicos. Certificados de sello electrónico. Certificados electrónicos reconocidos.

Según la Sede Electrónica de la UPNA, ésta misma sede se define como: un portal web a través del cual los ciudadanos pueden ejercer su derecho de acceso a la información, a los servicios y a los trámites de la administración pública de manera telemática. la intranet de la Universidad. la oficina de registro a través del cual los ciudadanos pueden ejercer su derecho de acceso a la información, a los servicios y a los trámites de la administración pública de manera telemática. el servidor de la Universidad.

Contenidos específicos que podemos encontrar en la Sede Electrónica de la UPNA: Toda la información relevante en lo referente a normativa, documentos públicos, diarios oficiales, convocatorias de ofertas de trabajo y contratación, etc. de la UPNA. Los trámites y gestiones que se pueden hacer con la UPNA a través de internet, sin tener que desplazarse hasta las oficinas presenciales. Toda la información relevante en lo referente a documentos propios de la UPNA. Acceso a la documentación pública generada por la Universidad en el ejercicio de sus funciones.

La Universidad sólo actuará como Entidad de registro para la emisión de certificados digitales en el ámbito de la administración pública, esto es, proporcionando certificados digitales de empleado público al personal interno: (PAS, PDI) y emitiendo los sellos electrónicos necesarios para llevar a cabo las gestiones internas. (PAS) y emitiendo los sellos electrónicos necesarios para llevar a cabo las gestiones internas. (PAS, PDI). (PAS).

Política de firma electrónica y de certificado de la Universidad Pública de Navarra. ¿En que procedimientos se aplicará la firma electrónica y certificado de la UPNA?. En procedimientos de contratación. En la actuación administrativa automatizada. En los referidos en el Portal de Procedimientos del Gobierno de Navarra (PLENA). Son correctas a y b.

Política de firma electrónica y de certificado de la Universidad Pública de Navarra. ¿A quienes emitirá certificados electrónicos la Universidad?. A los órganos unipersonales de ámbito general y a su personal. A los órganos unipersonales y colegiados de ámbito general y a su personal. A su personal de administración y servicios. A su personal de administración y servicios, así como al personal docente e investigador.

Conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante. Certificado digital. Firma electrónica. Firma electrónica avanzada. Firma electrónica reconocida.

Permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio ulterior de los datos firmados, que está vinculada al firmante de manera única y a los datos a que se refiere y que ha sido creada por medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control. Certificado digital. Firma electrónica. Firma electrónica avanzada. Firma electrónica reconocida.

Permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio ulterior de los datos firmados, que está vinculada al firmante de manera única y a los datos a que se refiere y que ha sido creada por medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control. Basada en un certificado reconocido y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma. Certificado digital. Firma electrónica. Firma electrónica avanzada. Firma electrónica reconocida.

¿Cuál de las siguientes tendrá respecto de los datos consignados en forma electrónica el mismo valor que la firma manuscrita en relación con los consignados en papel?. Certificado digital. Firma electrónica. Firma electrónica avanzada. Firma electrónica reconocida.

Cuando un miembro de la comunidad universitaria se identifica y firma mediante clave concertada (usuario y contraseña). Se almacenarán evidencias electrónicas en el documento correspondiente. Mediante este sistema de firma, no se almacenarán autenticaciones electrónicas en el documento. Se almacenará como firma electrónica en el documento correspondiente. Se almacenarán autenticaciones electrónicas en el documento.

Los sistemas de identificación y firma electrónica de personas físicas que se admiten en la UPNA son: sistema cl@ve. certificados electrónicos de la clase 2CA de la FNMT. DNI-e. certificados electrónicos de la clase CEP de la FNMT. certificados electrónicos de la clase CPFR de la FNMT. autofirma.

Certificados de empleado público. Será obligatoria la solicitud y el uso del certificado de empleado público para: el personal que desempeñe cargos y órganos unipersonales de gobierno de ámbito particular. el personal en servicio activo cuando sea necesario en el ejercicio de sus funciones. el personal en servicio activo. el personal que desempeñe cargos y órganos unipersonales de gobierno de ámbito general. son correctas a y b. son correctas c y d.

Certificados de empleado público (CEP). Aun siendo obligatoria la solicitud y el uso del certificado de empleado público para el personal que desempeñe cargos y órganos unipersonales de gobierno de ámbito particular y el personal en servicio activo cuando sea necesario en el ejercicio de sus funciones, por resolución de............................. y a instancias de .................................................................... se podrá establecer la obligatoriedad para caulquier otro empleado al servicio de la universidad. rector/ cargos y órganos unipersonales de gobierno de ámbito general o particular y de las direcciones y jefaturas de las unidades universitarias. secretario general/ cargos y órganos unipersonales de gobierno de ámbito general o particular y de las direcciones y jefaturas de las unidades universitarias. gerente/ cargos y órganos unipersonales de gobierno de ámbito general o particular y de las direcciones y jefaturas de las unidades universitarias. rector/ cargos y órganos unipersonales de gobierno de ámbito general y de las direcciones y jefaturas de las unidades universitarias.

El registro y expedición de certificados de empleado público (CEP), se realizará: exclusivamente por el personal adscrito al Servicio de Recursos Humanos nombrado con tal fin. exclusivamente por el personal adscrito al Servicio de Recursos Humanos de la Universidad. por el personal adscrito al Servicio de Recursos Humanos y la Sección de Sistemas y Comunicaciones de la Universidad. exclusivamente por la Secretaría Técnica de la Universidad.

¿Para quienes se expiden los certificados de firma de persona física con atributo de representante? (CPFR). Para los órganos colegiados de ámbito particular. Para los órganos unipersonales de ámbito general. Para los órganos unipersonales de ámbito particular. Para los órganos colegiados de ámbito general.

El registro y expedición de certificados de persona física con atributo de representante (CPFR), se realizará: exclusivamente por el personal adscrito al Servicio de Recursos Humanos nombrado con tal fin. exclusivamente por el personal adscrito al Servicio de Recursos Humanos de la Universidad. por el personal adscrito al Servicio de Recursos Humanos y la Sección de Sistemas y Comunicaciones de la Universidad. exclusivamente por la Secretaría Técnica de la Universidad.

El tramitación de solicitud y renovación de certificados de persona física con atributo de representante (CPFR), se realizará: exclusivamente por el personal adscrito al Servicio de Recursos Humanos nombrado con tal fin. exclusivamente por el personal adscrito al Servicio de Recursos Humanos de la Universidad. por el personal adscrito al Servicio de Recursos Humanos y la Sección de Sistemas y Comunicaciones de la Universidad. exclusivamente por la Secretaría Técnica de la Universidad.

La revocación de certificados de persona física con atributo de representante (CPFR) y de certificados de empleado público (CEP), la realizará: el personal adscrito al Servicio de Recursos Humanos nombrado con tal fin. el personal adscrito al Servicio de Recursos Humanos de la Universidad. el personal adscrito al Servicio de Recursos Humanos y la Sección de Sistemas y Comunicaciones de la Universidad. la Secretaría Técnica de la Universidad.

Cuando el personal deje de prestar servicios en la Universidad: se procederá de oficio a la revocación de certificados. la revocación de certificados se realizará a petición del titular. la revocación de certificados se realizará a petición del titular o de oficio. se anulará la validez del certificado.

Cuando un titular de certificado CPFR pierda su condición de órgano unipersonal de ámbito general: no se le revocará el certificado siempre que continúe en servicio activo en la Universidad. se le revocará el certificado de oficio. se le revocará el certificado a petición del titular. se le revocará el certificado a petición del titular o de oficio.

Cuando un titular de certificado pierda su condición de órgano unipersonal de ámbito particular: no se le revocará el certificado siempre que continúe en servicio activo en la Universidad. se le revocará el certificado de oficio. se le revocará el certificado a petición del titular. se le revocará el certificado a petición del titular o de oficio.

¿Quién tiene la responsabilidad de comunicar la relación de personal que deja de prestar servicios en la Universidad, así como la relación de resoluciones de cese de los cargos unipersonales de ámbito general?. la Secretaría Técnica. el Servicio de Recursos Humanos. el Secretario General. el Gerente.

Cuando un titular de certificado electrónico haga un mal uso del mismo: se iniciará el procedimiento de revocación por resolución del Secretario General. se iniciará el procedimiento de oficio. se iniciará el procedimiento de revocación por resolución del Secretario Técnico. se iniciará el procedimiento de revocación por resolución del Rector.

La revocación de certificados es anulable ante ciertas circunstancias. Verdadero. Falso.

Certificados de sello de órgano. El Reglamento de Administración Automatizada establece las normas de su uso, pero en la Política de firma y certificado electrónico establece que se podrá utilizar en otros procedimientos, trámites y actividades administrativas bajo: resolución del Secretario General. resolución del Rector. resolución del Secretario Técnico. resolución del Gerente.

Certificados de sello de órgano. La tramitación y actualización de sellos de órgano se realizará por .............................. a instancias de ...........................................: el Secretario General/ de la Sección de Recursos Humanos o las direcciones de servicio. la Secretaría Técnica/ los órganos unipersonales de gobierno o las direcciones de servicio. la Secretaría Técnica/ de la Sección de Recursos Humanos o las direcciones de servicio. el Secretario General/ los órganos unipersonales de gobierno o las direcciones de servicio.

Además de los sistemas de identificación admitidos por la Universidad, para facilitar el acceso a personas de nacionalidades distintas a la española en los procedimientos convocados por la Universidad, podrán utilizarse de manera excepcional, otros sistemas de identificación, autorizados por: el Secretario general bajo conformidad del vicerrector con competencias en materia de Desarrollo Digital. el Secretario Técnico bajo conformidad del vicerrector con competencias en materia de Desarrollo Digital. el vicerrector con competencias en materia de Desarrollo Digital bajo conformidad del Rector. el Secretario Técnico bajo conformidad del Rector.

Los documentos que se entreguen en la Universidad, estarán firmados según los sistemas aceptados de firma. Claves concertadas, certificados electrónicos cualificados, CEP, CPFR, y qué otro sistema: Credenciales del sistema SIR de la RedIris. Código de Verificación Electrónica. Código Seguro de Verificación. Credenciales de LOPD.

¿Cuál es el sistema ordinario de firma en los trámites y procedimientos internos de la Universidad?. Clave concertada. Sistema cl@ve. Certificado de empleado público. Certificado de persona física.

¿Qué sistema de firma NO será admitida para los trámites que necesitan firma según la Ley 39/2015, salvo la de formular solicitudes? Éstos son: Presentar declaraciones responsables o comunicaciones Interponer recursos Desistir de acciones Renunciar a derechos. Clave concertada. Sistema cl@ve. Certificado de empleado público. Certificado de persona física.

Las personas jurídicas se relacionarán con la Universidad a través de: Certificados de sello electrónico. Certificados de empleado público, cuando se trate de una institución pública. Certificados de persona física con atributo de representante. Certificados de sede electrónica.

Los documentos electrónicos emitidos por la Universidad deberán estar firmados, además de con el sello del órgano,. por el órgano de gobierno unipersonal competente, por medio de CEP o CPFR. por el órgano de gobierno unipersonal competente, por medio de CPFR. por el órgano de gobierno unipersonal de ámbito general competente, por medio de CPFR. por el órgano de gobierno unipersonal de ámbito particular competente, por medio de CPFR.

Los actos administrativos que emitan los órganos de la Universidad que formen parte de procedimientos administrativos que produzcan efectos en terceros o en otras administraciones públicas: deberán firmarse por el Rector mediante CPFR, y cuando proceda, por el personal competente mediante CEP y/o mediante sello de órgano. deberán firmarse por el órgano de gobierno de ámbito general competente mediante CPFR, y cuando proceda, por el personal competente mediante CEP y/o mediante sello de órgano.

La UPNA podrá utilizar el sello de entidad como sistema de firma electrónica, con la única finalidad de: garantizar la integridad del contenido de los documentos. garantizar la identidad de la Universidad en los documentos. garantizar la autenticidad del contenido de los documentos. garantizar la fiabilidad del contenido de los documentos.

El sello de entidad: no tiene en ningún caso los efectos jurídicos de validez y eficacia de los sistemas de identificación y firma establecidos en la Política de Firma y Certificado electrónico. tiene en todo caso, los efectos jurídicos de validez y eficacia de los sistemas de identificación y firma establecidos en la Política de Firma y Certificado electrónico. no tiene los efectos jurídicos de validez y eficacia de los sistemas de identificación y firma establecidos en la Política de Firma y Certificado electrónico, salvo en los casos que se establecen en el Reglamento de Actuación Administrativa Automatizada. tiene los efectos jurídicos de validez y eficacia de los sistemas de identificación y firma establecidos en la Política de Firma y Certificado electrónico, salvo en los casos que se establecen en el Reglamento de Actuación Administrativa Automatizada.

Une las competencias sobre la Sede Electrónica: La gestión y administración de los contenidos de la Sede corresponde a. La gestión tecnológica y seguridad de la Sede será competencia de.

La incorporación o supresión de un nuevo procedimiento administrativo en la sede electrónica podrá ser acordada por: resolución del Rector. resolución del Gerente. resolución del Secretario General. acuerdo de la Asesoría Jurídica.

Formulación de sugerencias y quejas. Todas las consultas que se planteen sobre el acceso a través de medios electrónicos a los servicios de la Universidad Pública de Navarra serán contestadas: en un plazo máximo de veinte días. en un plazo máximo de quince días. en un plazo máximo de diez días. en un plazo máximo de siete días.

La presentación de una sugerencia o una queja: no supondrá, en modo alguno, el inicio de un procedimiento administrativo. supondrá el inicio de un procedimiento administrativo. supondrá, si así se indica por el interesado, el inicio de un procedimiento administrativo. no supondrá, salvo excepciones, el inicio de un procedimiento administrativo.

Los documentos relativos a un trámite, deberán ir identificados con el sello electrónico correspondiente al órgano que lo tramita, o bien con un certificado CEP o CPFR. ¿En qué casos se identificará con el sello?. En las actuaciones en que se requiera la identificación del órgano que realiza el trámite. En todas las actuaciones que requieran identificación del personal, el sello acompañará al certificado electrónico correspondiente. Cuando se trate de actuaciones administrativas automatizadas. Son correctas a y b.

La creación de sellos electrónicos vinculados a órganos administrativos se realizará mediante: resolución de la Secretaría General de la Universidad. resolución de la Gerencia de la Universidad. resolución de la Secretaría Técnica de la Universidad. resolución del Rector de la Universidad.

¿Qué efectos tiene la publicación electrónica de los acuerdos, resoluciones, comunicaciones y actos administrativos en el Tablón Electrónico Oficial de la sede electrónica?. le conferirá carácter oficial y auténtico, generando plenos efectos jurídicos. le conferirá carácter oficial y auténtico, pero sin efectos jurídicos. le conferirá carácter meramente informativo. le conferirá carácter oficial, auténtico y de validez administrativa.

¿Quién desarrolla la Normativa de la Sede Electrónica de la UPNA?. Secretaría General. Secretaría Técnica. Gerencia. Servicio de Informática.

¿Qué función pública que tiene por objeto dejar constancia oficial del flujo documental de las solicitudes, escritos y comunicaciones recibidos o remitidos por la Universidad?. El Registro General. El Archivo General. La Sede Electrónica. El Tablón Electrónico Oficial.

La Universidad Pública de Navarra dispondrá de un sistema informatizado de: registro único y común para todos los órganos, todos los servicios y todas las unidades administrativas. registros para todos los órganos, todos los servicios y todas las unidades administrativas. registro único para cada uno de los órganos, que será común a todos los servicios y todas las unidades administrativas que integren cada órgano. registros para todos los órganos, todos los servicios y todas las unidades administrativas, dependientes del Registro General.

La Dirección del Registro corresponde al: Secretario General. Responsable de Registro. Gerente. Secretario Técnico.

Funciones de los registros. Indica cuál NO sería una función de los registros general o electrónico: La expedición de recibos de presentación de las solicitudes, escritos y comunicaciones. La anotación de asientos de entrada y salida de las solicitudes, escritos y comunicaciones. La remisión de las solicitudes, escritos y comunicaciones a los órganos y unidades destinatarios. La remisión de los telegramas y documentos por fax.

Funciones de los registros. Indica cuál NO sería una función de los registros general o electrónico: La expedición de copias selladas de los documentos originales que se deban aportar junto a la solicitud. La obtención de imágenes electrónicas de los documentos privados aportados por los ciudadanos. La realización de copias compulsadas de los documentos originales aportados a los expedientes tramitados por la Universidad. La remisión y expedición de invitaciones, saludas, felicitaciones y cartas de carácter protocolario.

En la anotación de asientos de entrada y salida del Registro, han de especificarse, como mínimo, los siguientes datos: Número o código de registro por orden correlativo de entrada o salida, según proceda. Fecha y hora de la recepción del escrito o documento. Identificación de la persona u órgano administrativo remitente. Identificación de la persona u órgano administrativo al que se envía. Referencia sucinta al contenido y tipo del escrito o documento que se registre. Número de folios que acompañan al escrito, solicitud, comunicación. Las observaciones que se consideren oportunas. Código de clasificación del documento. Indicación de documento original, copia auténtica o copia compulsada. Situación, si procede, del documento en el expediente.

La numeración de los asientos registrales: se iniciará el primer día de cada año natural. se iniciará el primer día de cada año académico. se corresponde con la fecha de entrada o salida. son correctas b y c.

Une con flechas los documentos que serán registrables y los que no en el Registro General y/o electrónico: escritos y comunicaciones que les presenten o reciban siempre que se identifique el emisor, que se dirijan a cualquier órgano o unidad administrativa de la Universidad Pública de Navarra, y cuya recepción resulte procedente. aquellos escritos y comunicaciones oficiales producidos por los correspondientes órganos o unidades administrativas de la Universidad, y que estén dirigidos a otras administraciones públicas, instituciones, entidades y particulares. as solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a otra administración pública con la que la Universidad hubiera suscrito convenio, en virtud del cual los registros de la Universidad ejerzan como lugar de presentación de documentos. documentos que acompañan al escrito, solicitud o comunicación. correspondencia de carácter personal dirigida a persona identificada y no al cargo que ejerce u ostenta. escritos, solicitudes o comunicaciones que versen manifiestamente sobre cuestiones ajenas a los órganos y competencias de la Universidad Pública de Navarra. invitaciones, saludas, felicitaciones y cartas de carácter protocolario. comunicaciones, notas, circulares internas y avisos en general. certificados, actas, informes y otros documentos de constancia o juicio, que deberán ir acompañados de un escrito de remisión. telegramas y documentos remitidos por fax.

Las comunicaciones entre órganos y unidades administrativas de la Universidad Pública de Navarra se efectuarán directamente entre ellos, sin pasar por el sistema de registro general. Verdadero. Falso.

Cuando a juicio del órgano o unidad emisora de la comunicación sea precisa la constancia de su recepción por el órgano o unidad de destino, se abstendrán de enviarlos directamente del órgano receptor, derivando la emisión hacia el Registro correspondiente, y en caso necesario, hacia otros lugares de presentación admitidos en el presente Reglamento. Falso. Verdadero.

Los miembros de la comunidad universitaria deberán presentar sus solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a los órganos y unidades administrativas de la universidad: en el Registro. de manera directa. de manera directa o en el Registro. en la admisión del departamento o unidad administrativa.

De las solicitudes, comunicaciones y escritos que presenten los interesados en el Registro de la Universidad: los interesados podrán exigir el correspondiente recibo que acredite el número o código de registro y la fecha de presentación. los interesados deberán exigir el correspondiente recibo que acredite el número o código de registro. los interesados recibirán el correspondiente recibo que acredite el número o código de registro. los interesados recibirán el correspondiente recibo que acredite el número o código de registro y con el sello del Registro.

¿Cuándo se devolverán copias selladas por parte del Registro?. Cuando se deban aportar documentos originales. Cuando se deban aportar copias compulsadas. Cuando dichas copias se hayan emitido por la Universidad, y sean necesarias para su presentación en cualquier otra entidad pública o privada. Cuando el interesado solicite el sello en una copia de documento original, aun no siendo de trámite por el Registro.

¿Cuándo se expedirán copias compulsadas por parte del Registro?. Cuando se deban aportar documentos originales. Cuando dichas copias se hayan emitido por la Universidad, y sean necesarias para su presentación en cualquier otra entidad pública o privada. Cuando se acompañen a solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a la Universidad Pública de Navarra, o formen parte de un procedimiento o convocatoria de la Universidad. Son ciertas b y c.

Sellos que practica el Registro: Sello en el que conste el número de registro, la fecha de entrega, el lugar de presentación, órgano destinatario y extracto del procedimiento. Sello en el que conste la fecha en que se practica, así como la identificación del órgano y del personal que la practique.

¿Qué tipo de copia tendrá la misma validez que el original en el procedimiento concreto de que se trate?. Auténtica. Compulsada. Certificada. Simple.

Las copias realizadas por medios electrónicos de documentos electrónicos emitidos por el propio interesado o por la Universidad Pública de Navarra, manteniéndose o no el formato original, tendrán la consideración: de copias auténticas. de copias certificadas. de copias compulsadas. de copias simples.

¿Qué requisitos debe cumplir una copia para ser auténtica?. Solo las pueden realizar personal administrativo habilitado. Se pueden obtener por actuación administrativa automatizada. Se obtienen por medios electrónicos. Deben tener firma o sello electrónico. El original debe estar en poder de la Universidad. Puede ser en formato papel, siempre que incluya la impresión de un código generado electrónicamente que permita contrastar su autenticidad. Debe mantener el formato exactamente igual al original. La Upna no puede obtener copias auténticas de documentos privados aportados por los ciudadanos.

El Registro Electrónico de la Universidad Pública de Navarra no admitirá: Los escritos, solicitudes y comunicaciones que se presenten por medios electrónicos normalizados correspondientes a los servicios, procedimientos y trámites incluidos en el catálogo de procedimientos administrativos electrónicos. Cualquier solicitud, escrito o comunicación distinta de los mencionados en el citado catálogo, dirigido a cualquier órgano o servicio de la Universidad Pública de Navarra. Los escritos, solicitudes o comunicaciones enviados a través del formulario genérico que permita la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones no asociados a los procedimientos normalizados. Todas serán admitidas.

Cuando se presenten documentos dirigidos a órganos u organismos fuera del ámbito de la Universidad Pública de Navarra: el Registro Electrónico rechazará los documentos. el Registro Electrónico admitirá los documentos.

Registro Electrónico. Cuando la documentación anexa no se presente en el mismo acto que la solicitud, escrito o documento iniciales: el interesado podrá presentarla en el Registro General o Auxiliar de la Universidad de manera presencial. el interesado deberá presentarla en el Registro General o Auxiliar de la Universidad de manera presencial. el interesado no podrá presentarla en el Registro General o Auxiliar de la Universidad de manera presencial. el interesado no podrá presentarla en el Registro Electrónico.

Registro Electrónico. A efectos de cómputo de plazos, el inicio: vendrá determinado por la fecha y hora oficiales de presentación del escrito o solicitud. vendrá determinado por la fecha y hora oficiales de presentación del escrito o solicitud para dar comienzo al día siguiente a la misma hora. vendrá determinado por la fecha oficial de presentación del escrito o solicitud para dar comienzo al día siguiente. vendrá determinado por el primer día hábil después del registro.

Registro Electrónico. ¿Qué datos de los siguientes no aparece en el asiento registral?. Fecha y hora de presentación. Fecha efectiva. Órgano al que se dirige el documento electrónico. Expediente, procedimiento o trámite con el que se relaciona.

Si al presentar un documento en el Registro Electrónico, no se recibe una copia autenticada del mismo, a modo de recibo: indica que no de ha producido el registro, con lo que el usuario deberá realizar de nuevo el proceso. el usuario deberá solicitarlo poniéndose en contacto con el Registro General. el usuario deberá personarse en el Registro para solicitar el acuse de recibo. el usuario no debe hacer nada más, ya que el registro se ha realizado correctamente.

¿Qué órgano de la Universidad es responsable de las medidas de seguridad del Registro Electrónico?. el Servicio Informático. la Secretaría General. la Sección de Apoyo al Usuario. el Servicio Jurídico.

¿Qué órgano de la Universidad es responsable del desarrollo del Reglamento de Registro General y Registro Electrónico?. el Servicio Informático. la Secretaría General. la Sección de Apoyo al Usuario. el Servicio Jurídico.

¿Por qué procedimiento de implementarán nuevos trámites o procedimientos electrónicos disponibles en la Sede Electrónica?. mediante acuerdo de la Secretaría General. mediante resolución del Secretario General. mediante resolución del Rector. mediante acuerdo del Consejo Social.

Reglamento regulador de la Actuación Administrativa Automatizada. La incorporación de nuevos de actos administrativos automatizados deberá ser aprobada: por resolución del Rector. por resolución del Secretario General. por acuerdo de la Secretaría Técnica. por resolución del Secretario Técnico.

Reglamento regulador de la Actuación Administrativa Automatizada. Procedimientos actuales que realiza la UPNA de manera automatizada: Justificante de presentación de instancias en el registro general de la Universidad Pública de Navarra. Copias auténticas de la documentación obrante en poder de la Universidad. Tarjetas EVAU. Traslado de Expediente EVAU. Certificados Académicos Personales de los estudios de Grado y Máster Universitario. Traslado de Expediente Académico. Copias auténticas de la documentación obrante en poder del interesado. Mecanismos de firma electrónica. Matrícula de grado o máster.

Reglamento regulador de la Actuación Administrativa Automatizada. ¿Quién propone el Reglamento?. el Vicerrector de Desarrollo Digital. el Servicio Informático. el Secretario General. el Vicerrector de Economía, Planificación y Estrategia.

La aplicación de sistemas de actuación administrativa automatizada para la producción de actos administrativos deberá ser aprobada: por resolución del Rector. por resolución del Secretario General. por acuerdo del Consejo de Gobierno. por resolución del Gerente.

Será posible la tramitación automatizada de: copias autenticas de documentos de la UPNA. trámites generales. reconocimiento de créditos por estudios. traslado de expediente a otra universidad.

El procedimiento para incorporar un nuevo procedimiento administrativo automatizado se llevará a cabo de la siguiente manera: Órgano_competente_del_acto_administrativo_eleva_propuesta_al elevará_la con_una_resolución Rector Vicerrectorado_de_Desarrollo_Digital quien_aprobará propuesta_al.

La propuesta que eleve al Vicerrectorado de Desarrollo Digital el órgano administrativo de un nuevo procedimiento automatizado, debe incluir: Informe del Servicio Informático. Detalle del acto de que se trate. Órgano responsable. Aprobación de la Junta del Departamento correspondiente. Desarrollo del servicio a proponer.

¿Quién se encarga de publicar en la sede electrónica los nuevos trámites automatizados, así como la actualización y modificaciones que se realicen?. El órgano proponente del acto automatizado. El Vicerrectorado de Desarrollo Digital. El Servicio Informático. El Secretario General.

Los actos administrativos, justificantes y copias auténticas producidos a través de la actuación administrativa automatizada, se autenticarán mediante: Sistema de verificación de certificado de sede electrónica. Certificado electrónico de sello de órgano. Código de Verificación Electrónica. Son correctos b y c.

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