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NECROPSIAS TEMA 2

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Título del Test:
NECROPSIAS TEMA 2

Descripción:
Autopsias. Tipos y Legislación

Fecha de Creación: 2024/04/30

Categoría: Otros

Número Preguntas: 24

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TIPOS. DOCUMENTACIÓN Y LEGISLACIÓN. CONCEPTO: AUTOPSIA, procede del griego: “autos“: coches mismo “opsis”: Vista- En sentido estricto significa “visto por sí mismo” Sinónimos: Necropsias y estudio anatomopatológico postmorten. AUTOPSIA, procede del griego: “autos“: yo mismo “opsis”: Vista- En sentido estricto significa “visto por sí mismo” Sinónimos: Necropsias y estudio anatomopatológico postmorten. AUTOPSIA, procede del latin: “autos“: yo mismo “opsis”: Vista- En sentido estricto significa “visto por sí mismo” Sinónimos: Necropsias y estudio anatomopatológico postmorten. AUTOPSIA, procede del griego: “autos“: yo mismo “opsis”: Vista- En sentido estricto significa “coches por sí mismo” Sinónimos: Necropsias y estudio anatomopatológico postmorten.

TIPOS. DOCUMENTACIÓN Y LEGISLACIÓN. CONCEPTO: Conocemos como autopsia a toda la serie de observaciones e intervenciones llevadas a cabo sobre el cadáver, que tienen por objeto esclarecer la causa de la muerte. Este estudio puede extenderse a todo el cadáver (autopsia completa) o a una pequeña parte de él (autopsia parcial). Conocemos como autopsia a toda la serie de observaciones e intervenciones llevadas a cabo sobre el cadáver, que tienen por objeto esclarecer la causa de la muerte. Este estudio no puede extenderse a todo el cadáver (autopsia parcial) o a una pequeña parte de él (autopsia completa). Conocemos como autopsia a toda la serie de observaciones e intervenciones llevadas a cabo sobre el cadáver, que tienen por objeto esclarecer la causa de la muerte. Este estudio puede extenderse a todo el cadáver (autopsia parcial) o a una pequeña parte de él (autopsia completa). Conocemos como autopsia a toda la serie de observaciones e intervenciones llevadas a cabo sobre el cadáver, que tienen por objeto esclarecer la causa de la muerte. Este estudio puede extenderse a todo el cadáver (autopsia completa) o a una gran parte de él (autopsia parcial).

AUTOPSIA CLÍNICA. - Las autopsias clínicas se realizan a los pacientes que aun viven. - Conjunto de actos científico-técnicos que contribuyen en la investigación de muertes en las que el estudio clínico no ha sido suficiente para establecer el diagnóstico de la enfermedad causante, o en casos en los que exista un interés científico en conocer otros aspectos del proceso. - Fines artísticos. - Las realiza un médico anatómico-patólogo. - Solo interesa el estudio del cuerpo del cadáver. - Las autopsias clínicas se realizan a los pacientes que fallecen por causas naturales o por una enfermedad. - Conjunto de actos científico-técnicos que contribuyen en la investigación de muertes en las que el estudio clínico no ha sido suficiente para establecer el diagnóstico de la enfermedad causante, o en casos en los que exista un interés científico en conocer otros aspectos del proceso. - Fines científicos. - Las realiza un médico anatómico-patólogo. - Solo interesa el estudio del cuerpo del cadáver. - Las autopsias clínicas se realizan a los pacientes que fallecen por causas naturales o por una enfermedad. - Conjunto de actos científico-técnicos que contribuyen en la investigación de muertes en las que el estudio clínico no ha sido suficiente para establecer el diagnóstico de la enfermedad causante, o en casos en los que exista un interés científico en conocer otros aspectos del proceso. - Fines artísticos. - Las realiza un médico anatómico-patólogo. - Solo interesa el estudio del cuerpo del cadáver. - Las autopsias clínicas se realizan a los pacientes que aun viven. - Conjunto de actos científico-técnicos que contribuyen en la investigación de muertes en las que el estudio clínico no ha sido suficiente para establecer el diagnóstico de la enfermedad causante, o en casos en los que exista un interés científico en conocer otros aspectos del proceso. - Fines científicos. - Las realiza un médico anatómico-patólogo. - Solo interesa el estudio del cuerpo del cadáver.

AUTOPSIA CLÍNICA. Se lleva a cabo en los siguientes casos: A. B. C.

AUTOPSIA CLÍNICA. Tiene como finalidad: - Determinar o corroborar la naturaleza de la enfermedad, así como su extensión. - Investigar la causa de la muerte inmediata e intermedia y aquellos procesos que han contribuido a ella. - Estudiar los procesos secundarios o asociados y los accesorios. Determinar o corroborar la naturaleza de la enfermedad, así como su extensión. - Investigar la causa de la muerte inmediata e intermedia y aquellos procesos que han contribuido a ella. - Estudiar los procesos teriarios o asociados y los accesorios. - Correlacionar signos y síntomas clínicos de le enfermedad con los hallazgos morfológicos terminales. - Comprobar resultados de ciertos procedimientos médicos o quirúrgicos. - Investigar las enfermedades psicológicas. - Correlacionar signos y síntomas clínicos de le enfermedad con los hallazgos morfológicos terminales. - Comprobar resultados de ciertos procedimientos médicos o quirúrgicos. - Investigar las enfermedades contagiosas, hereditarias o transmisibles.

AUTOPSIA CLÍNICA. Se lleva a cabo en dos fases complementarias: Examen externo. Examen interno.

AUTOPSIA CLÍNICA. Según su procedencia pueden ser. Autopsias clínicas hospitalarias. Autopsias clínicas extrahospitalarias.

AUTOPSIA CLÍNICA. - Datos de ubicación e identificación o procedencia de la familia. - Resumen de la historia clínica con tratamientos y/o técnicas quirúrgicas. - Anotaciones sobre las causas de la enfermedad. - Riesgos especiales que obligan al patólogo a tomar medidas de protección. - “Certificado de muerte cierta” emitido por el médico que solicita la autopsia, con el día y la hora del fallecimiento. - Certificado de la autorización de estudio necrópsico, según un modelo normalizado que incluye un consentimiento informado. Es decir, los familiares o representante legal del fallecido deben consentir que se le practique la autopsia. - Datos de ubicación e identificación o procedencia del paciente. - Resumen de la historia clínica con tratamientos y/o técnicas quirúrgicas. - Anotaciones sobre las causas de la muerte. - Riesgos especiales que obligan al patólogo a tomar medidas de protección. - “Certificado de muerte cierta” emitido por el enfermero que solicita la autopsia, con el día y la hora del nacimiento. - Certificado de la autorización de estudio necrópsico, según un modelo normalizado que incluye un consentimiento informado. Es decir, los familiares o representante legal del fallecido deben consentir que se le practique la autopsia.

AUTOPSIA FETAL, Los criterios no son homogéneos en los hospitales.: Biológico. Temporal. De viabilidad.

AUTOPSIA FETAL. - Reguladas por la Ley 42/1988 que regula la donación y la utilización de embriones y fetos humanos o de sus células, tejidos u órganos. - En caso de accidente de la madre u otra causa similar la realiza el enfermero. - En caso de accidente de la madre u otra causa similar la realiza el médico forense. - Reguladas por la Ley 52/1988 que regula la donación y la utilización de embriones y fetos humanos o de sus células, tejidos u órganos. - Se considera autopsia clínica, no fetal, si el niño nace vivo y muere en el hospital o a las pocas horas de nacer.

AUTOPSIA JUDICIAL O MÉDICO LEGAL. Definición. Conjunto de actos científico-técnicos que contribuyen a la investigación judicial de los procedimientos ocurridos a consecuencia de: - Muertes violentas o sospechosas de criminalidad -Muertes en las que no se ha expedido el certificado de defunción - Aquellas en las que se reclame una responsabilidad profesional sanitaria. - Muertes sin violencia. -Muertes en las que no se ha expedido el certificado de defunción - Aquellas en las que se reclame una responsabilidad profesional sanitaria. - Muertes violentas o sospechosas de criminalidad -Muertes en las que se ha expedido el certificado de defunción - Aquellas en las que se reclame una responsabilidad profesional sanitaria. - Muertes sin violencia. -Muertes en las que se ha expedido el certificado de defunción - Aquellas en las que se reclame una responsabilidad profesional sanitaria.

AUTOPSIA JUDICIAL O MÉDICO LEGAL El objetivo es establecer la causa de la muerte en circunstancias violentas, extrañas o poco claras, sospechosas de criminalidad. - Se realiza por motivos de carácter cultural. - Se encuentra regulada por la ley de enjuiciamiento criminal (LECR). - Obligatoria en caso de muerte violenta o sospechosa de criminalidad. - La ordena el juez instructor y la realiza el médico forense. - Se realiza por motivos de carácter sociológico o legal. - Se encuentra regulada por la ley de enjuiciamiento penal (LEPN). - Obligatoria en caso de muerte violenta o sospechosa de criminalidad. - La ordena el juez instructor y la realiza el médico forense. - Se realiza por motivos de carácter sociológico o legal. - Se encuentra regulada por la ley de enjuiciamiento criminal (LECR). - Obligatoria en caso de muerte violenta o sospechosa de criminalidad. - La ordena el juez instructor y la realiza el médico forense. - Se realiza por motivos de carácter cultural. - Se encuentra regulada por la ley de enjuiciamiento penal (LEPN). - Obligatoria en caso de muerte violenta o sospechosa de criminalidad. - La ordena el juez instructor y la realiza el médico forense.

AUTOPSIA JUDICIAL O MÉDICO LEGAL La necesidad de este tipo de autopsia surge porque: Va a decir si la muerte fue natural o accidental Indica si se trata de una enfermedad, de un suicidio o de un homicidio, lo cual tiene una enorme relevancia jurídica. - Va a decir si la muerte fue natural o violenta - Indica si se trata de un accidente, de un suicidio o de un homicidio, lo cual tiene una enorme relevancia jurídica. La causa de la muerte puede ser igual a los motivos que pareciera haberla determinado se supone, para ocultar la verdadera naturaleza del delito o para desfigurar los caracteres o circunstancias reales. La causa de la muerte puede ser distinta a los motivos que pareciera haberla determinado se supone, para ocultar la verdadera naturaleza del delito o para desfigurar los caracteres o circunstancias reales. - Se pueden negar los familiares porque las dicta el juez. - No tienen derecho a recibir los informes porque se supone que son secreto de sumario y se depositan directamente en la fiscalía. - Se realizan en el instituto anatómico forense. - No se pueden negar los familiares porque las dicta el juez. - No tienen derecho a recibir los informes porque se supone que son secreto de sumario y se depositan directamente en la fiscalía. - Se realizan en el instituto anatómico forense.

AUTOPSIA JUDICIAL O MÉDICO LEGAL Las fases son: Obducción o examen interno del cadáver. Apertura. Acostamiento del cadáver. Obducción o examen externo del cadáver. Cerrarlo. Examen externo del cadáver. Levantamiento del cadáver.

LEGISLACIÓN. LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL El título V. Capítulo I. Capítulo II. Capítulo III. Capítulo IV. Capítulo V. El Capítulo VI. Capítulo VII.

LEGISLACIÓN. LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL El título V. Establecen que es el juez quién dicta cuando y como se efectuará la autopsia. Además establecen la obligación de dejar constancia del plano del lugar detallado y un retrato de las personas que se encuentren en el lugar del delito. Establecen que el juez asigne el médico forense que efectuará la autopsia y deberá hacerlo de la manera correcta y con la rapidez que el caso exija. Además queda establecido que se realizarán en el Instituto Anatómico Forense. Se tendrá que realizar un informe detallando el fallecimiento y las causas que lo han originado. Indica que para el reconocimiento del presunto autor, éste será expuesto para que los posibles testigos puedan ver a esa persona y así tener la posibilidad de reconocerla. Establecen que nadie podrá negarse al llamamiento del juez para desempeñar el servicio pericial salvo que hubiera algún impedimento legal. Además detallan todo lo que debe incluirse en el informe: descripciones, procedimientos y conclusiones.

LEY DE AUTOPSIAS CLÍNICAS (1980). Artículo primero. Artículo segundo.

REGLAMENTO DE SANIDAD MORTUORIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID (1997). Trata de regular en su artículo 1:. En su artículo 2:. En su artículo 3:.

REGLAMENTO DE SANIDAD MORTUORIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID (1997) En su artículo 2, establece una serie de definiciones: Cadáver. Restos cadavéricos. Restos humanos. Putrefacción. Incineración o cremación. Tanatorio. Crematorio.

REGLAMENTO DE SANIDAD MORTUORIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID (1997) En su artículo 2, establece una serie de definiciones: Tanatopraxia. Conservación temporal o transitoria. Embalsamamiento. Prácticas de restauración con fines estéticos o restauración cosmetológica. Climatización. Refrigeración. Empresas Funerarias.

REGLAMENTO DE SANIDAD MORTUORIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID (1997) En su artículo 3, clasifica los cadáveres en dos grupos: Grupo I. Grupo II.

REGLAMENTO DE SANIDAD MORTUORIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID (1997) En su artículo 11, establece: 1. Todas estas prácticas deberán realizarse en lugares apropiados para ello, dotados de mesa adecuada con desagüe y que pueda ser lavada y desinfectada fácilmente, al igual que el suelo y paredes de la habitación. 1. Todas estas prácticas deberán realizarse en lugares apropiados para ello, dotados de mesa adecuada con desagüe y que pueda ser lavada y desinfectada difícilmente, al igual que el suelo y paredes de la habitación. 2. Estos lugares dispondrán de bides de accionamiento no manual, aseos con duchas y vestuarios para el personal, así como los elementos necesarios para la protección y seguridad en el trabajo. 2. Estos lugares dispondrán de lavabos de accionamiento no manual, aseos con duchas y vestuarios para el personal, así como los elementos necesarios para la protección y seguridad en el trabajo.

Ley de Extracción y trasplante de órganos. Artículo 10 Artículo 11. Certificado por 3 médicos distintos: • Neurólogo o neurocirujano • Jefe de servicio • Ninguno implicado en el trasplante. Artículo 7 Artículo 9. Establecen que no se podrá recibir compensación alguna por la donación de órganos . Además indica que la extracción debe realizarse tras comprobar la existencia de la muerte y la irreversibilidad de las lesiones cerebrales. Certificado por 2 médicos distintos: • Neurólogo o neurocirujano • Jefe de servicio. Establecen que se podrá recibir compensación alguna por la donación de órganos . Además indica que la extracción debe realizarse tras comprobar la existencia de la muerte y la irreversibilidad de las lesiones cerebrales.

Ley de Extracción y trasplante de órganos PARA COMPROBAR MUERTE CEREBRAL: se establece de 30 min a 6h si ocurren los siguientes fenómenos de forma simultanea. o Ausencia de respiración espontánea o Ausencia de reflejos cerebrales. o Ausencia de respiración instrumentada o Presencia de reflejos cerebrales. o Hipotonía muscular (rigidez) o Pupilas dilatadas (no reactivas) o Encefalograma plano (se hacen 4). o Hipotonía muscular (flacidez) o Pupilas dilatadas (no reactivas) o Encefalograma plano (se hacen 3). se establece de 3h a 6h si ocurren los siguientes fenómenos de forma simultanea.

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