LA MESA DE LAS JUNTAS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA ESTÁ COMPUESTA POR: un presidente y un secretario. un presidente, dos vicepresidentes y un secretario. un presidente, un vicepresidente y dos secretarios. un presidente, dos vicepresidentes y dos secretarios. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 4 DE LA NORMA FORAL
3/1987, DE 13 DE FEBRERO SOBRE ELECCIÓN, ORGANIZACIÓN, RÉGIMEN Y
FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES FORALES DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA, LAS JUNTAS GENERALES DE BIZKAIA: son el órgano de representación y participación popular de Bizkaia. son el órgano que asume el gobierno y administración de Bizkaia. son el órgano que controla los actos de la Diputación Foral que no son disposiciones de carácter general. son el órgano encargado del control de la potestad reglamentaria y de
legalidad de la actuación administrativa de la Diputación Foral. LAS NORMAS FORALES DE LAS JUNTAS GENERALES DE BIZKAIA SERÁN PUBLICADAS, SALVO DISPOSICIÓN EN VIGOR, EN EL BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA Y ENTRARÁN EN VIGOR: al día siguiente de su publicación. a los quince días de su publicación. a los veinte días de su publicación. a los treinta días de su publicación. CORRESPONDE A LA DIPUTACIÓN FORAL: ratificar los convenios con el Gobierno Vasco o el Estado. el nombramiento de los funcionarios y funcionarias de carrera. la regulación de los tributos propios de las Corporaciones locales. nombrar y separar a los Diputados y Diputadas Forales. LA DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA ES EL ÓRGANO COLEGIADO AL QUE
CORRESPONDEN: la función legislativa, la función ejecutiva y la potestad reglamentaria. la función legislativa, la función ejecutiva y la iniciativa normativa. la función ejecutiva, la potestad reglamentaria y la iniciativa normativa. la función ejecutiva, la iniciativa normativa y función de control. EN LA DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA EL NUMERO DE DIPUTADOS FORALES
MAXIMO PUEDE SER DE: doce. diez. ocho. no hay limite. CORRESPONDE A LA DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA: aprobar la creación de Sociedades Públicas Forales. proponer a las Juntas Generales, para su aprobación mediante Norma Foral, la
creación de Sociedades Públicas Forales. ratificar las resoluciones de los Diputados Forales relativas a la creación de
Sociedades Públicas Forales. solicitar la convocatoria de sesión de las Juntas Generales para que le autorice
la creación de Sociedades Públicas Forales. LA INICIATIVA NORMATIVA ANTE LAS JUNTAS GENERALES DE BIZKAIA
CORRESPONDE: Sólo a los miembros de las Juntas, a los grupos junteros yola Diputación Foral Sólo a los miembros de las Juntas Sólo a la Diputación Foral A los miembros de las Juntas, a los grupos junteros, a la Diputación Foral y a
los/as ciudadanos/as, en uso de la iniciativa popular. EN El CASO DE LOS CONVENIOS QUE SUSCRIBA El TERRITORIO HISTÓRICO DE
BIZKAIA CON EL GOBIERNO VASCO, EL ESTADO, OTROS TERRITORIOS HISTÓRICOS, COMUNIDADES AUTÓNOMAS O PROVINCIAS, Las Juntas Generales deberán ratificar la propuesta que les eleve la Diputación La Diputación los aprobará y posteriormente informará a los Juntas, sólo si así lo
solicitan las 2/3 portes de los apoderados/as La Diputación los aprobará y posteriormente informará en todos los casos o las
Juntas Generales Ninguno de las anteriores respuestas es correcta. ¿QUÉ ÓRGANOS ELIGEN LAS JUNTAS GENERALES DE ENTRE SUS MIEMBROS? Una Junta Permanente, un/a Presidente/a y una Mesa, integrada por éste/o,
dos Vicepresidentes/as y dos Secretarios/as Un/a Presidente/a y una Mesa, integrada por éste/o, dos Vicepresidentes/as y
dos Secretarios/as Una Junta Permanente, un/a Presidente/a y una Meso, integrada por éste/a,
dos Vicepresidentes/as y un Secretario/a Una Junta Permanente, un/a Presidente/a y una Mesa, integrada por éste/a,
un Vicepresidente/a y un Secretario/a. ¿QUÉ MAYORíA ES LA EXIGIDA PARA LA MODIFICACIÓN, DEROGACIÓN O
APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE LAS JUNTAS GENERALES? Mayoría simple, en una votación final sobre el conjunto del proyecto Mayoría absoluta, en uno votación final sobre el conjunto del proyecto Mayoría de 3/5, en una votación final sobre el conjunto del proyecto Ninguna de las tres respuestos anteriores es correcta. LA DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA SE COMPONE DE: El Diputado General y un número de Diputados/as Forales elegidos por los
Juntas Generales cuyo número no puede exceder de diez El Diputado General y un número de Diputados/as Forales elegidos por sufragio
universal. libre, directo, secreto y proporcional, cuyo número no puede exceder
de diez El Diputado General y los Diputados/as Forales, todos ellos apoderados de las
Juntas Generales, cuyo número no puede exceder de10 y uno/a de los/as
cuales ejerce como Secretario/a de lo Diputación Ninguno de las anteriores respuestas es correcta. ¿QUÉ COMPRENDE LA POTESTAD REGLAMENTARIA DE LA DIPUTACiÓN? Sólo la facultad de aprobar los Reglamentos internos de organización. Sólo la facultad de aprobar los Reglamentos internos de organización y
decretos de desarrollo de las Normas Forales Sólo la facultad de aprobar los Reglamentos internos de organización. y los
decretos de desarrollo de las Normas Forales y de las leyes del Parlamento
Vasco, cuando proceda No sólo la facultad de aprobar los Reglamentos internos de organización, y los
decretos de desarrollo de las Normas Forales y de las leyes del Parlamento
vasco, sino también de las leyes del Estado, en los términos que legalmente
proceda. EN EL ÁMBITO DE LA DIPUTACiÓN, ¿A QUÉ ÓRGANO COMPETE DECLARAR LA
LESIVIDAD DE LOS ACTOS Y ACUERDOS? Al Diputado/a Foral titular del Departamento que dictó el acto o adoptó el
acuerdo que se desea declarar lesivo Al Diputado/a General A las Juntas Generales A la Diputación Foral. ¿A QUÉ ÓRGANO FORAL CORRESPONDE APROBAR UNA ALTERACiÓN DE LAS
DEMARCACIONES MUNICIPALES? Al Diputado/a del Departamento Foral competente en la materia A la Diputación Foral A las Juntas Generales A ninguno de los anteriores, porque la alteración de las demarcaciones municipales no es competencia del Territorio Histórico. CORRESPONDE APROBAR LA CREACiÓN DE UNA SOCIEDAD PÚBLICA FORAL: Al Diputado/a Foral del Departamento al cual quede adscrita, mediante Orden Foral A las Juntas Generales, por mayoría simple, a propuesta de la Diputación A la Diputación Foral, que informará inmediatamente a las Juntas Generales
del acuerdo de creación A las Juntas Generales, a propuesta de los grupos junteros. SEGÚN EL ARTÍCULO 10 DE LA NORMA FORAL 3/1987 SOBRE ELECCIÓN, ORGANIZACIÓN, RÉGIMEN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES FORALES DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA, LA COMPOSICION DE LA MESA DE LAS JUNTAS GENERALES ES LA SIGUIENTE: El Presidente, Vicepresidente y el Secretario. El Presidente, Vicepresidente y dos Secretarios. El Presidente, dos Vicepresidentes y dos Secretarios. El Presidente, dos Vicepresidentes, dos vocales y dos Secretarios. A TENOR DE LO ESTABLECIDO EN LA NORMA FORAL 3/1987 SOBRE ELECCIÓN,
ORGANIZACIÓN, RÉGIMEN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES FORALES DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA, CUÁL DE LAS SIGUIENTES AFIRMACIONES NO ES CORRECTA: Las Juntas Generales podrán delegar en la Diputación Foral la potestad de
dictar Decretos Forales Normativos en materia de Régimen Electoral del
Territorio Histórico. La creación de Organismos Autónomos, tanto mercantiles como
administrativos se aprueba mediante Norma Foral. Corresponde a la Diputación Foral aprobar la creación de Sociedades
Públicas Forales, bien sea mediante la constitución de una nueva sociedad o
mediante la toma de participaciones en una ya existente, por parte de
cualquier Ente del Sector Público Foral. Corresponde a la Diputación Foral enajenar, con arreglo a las leyes y Normas
Forales, bienes inmuebles cuyo valor total sea inferior a tres millones de euros. A TENOR DE LO ESTABLECIDO EN LA NORMA FORAL 3/1987 SOBRE ELECCIÓN,
ORGANIZACIÓN, RÉGIMEN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES FORALES DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA, CUÁL DE LAS SIGUIENTES AFIRMACIONES NO ES CORRECTA: Corresponde a las Juntas Generales la aprobación del Régimen General de
tutela financiera de las Corporaciones Locales en los términos del apartado 2
del artículo 45 de la Ley de Concierto Económico. La Diputación Foral se compone del Diputado General y un número de
Diputados Forales que no podrá exceder de nueve. Si las Juntas Generales aprueban la moción de censura supondrá el cese del Diputado General y el candidato incluido en aquella se entenderá designado por las Juntas Generales, siendo su nombramiento firmado y refrendado por el Presidente de las Juntas Generales y publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia y en el Boletín Oficial del País Vasco. El Diputado General, previa deliberación de la Diputación Foral, podrá plantear ante las Juntas Generales la cuestión de confianza sobre su programa y sobre su declaración pública general. NORMA FORAL 3/87, DE 13 DE FEBRERO. SEÑALAR LA RESPUESTA
INCORRECTA.
A LA DIPUTACiÓN FORAL QUE EN LA ESFERA DE SUS COMPETENCIAS,
ASUME EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACiÓN DE BIZKAIA,LE CORRESPONDE: La aprobación de las Normas Forales. La potestad reglamentaria. La función ejecutiva. La iniciativa normativa. LAS JUNTAS GENERALES DE BIZKAIA: Es el órgano colegiado que asume el gobierno y administración de Bizkaia. Constituyen el Órgano máximo de representación y participación popular del
Territorio Histórico. Es el órgano al que corresponde aprobar la estructura orgánica de los
Departamentos Forales en los que se divide la Diputación y los reglamentos
internos de organización. Es el órgano al que corresponde la función ejecutiva y la potestad reglamentaria. Es competencia de la diputación foral: la creación de organismos autónomos forales y entes públicos de derecho privado la regulación del patrimonio del TH de Bizkaia la concesión de créditos adicionales para gastos de la Administración foral y de sus organismos autónomos aprobar la creación de sociedades públicas forales.
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