NIVELES ESENCIALES ORG. Ley 57/2003 art. 19 y art. 20
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Título del Test:![]() NIVELES ESENCIALES ORG. Ley 57/2003 art. 19 y art. 20 Descripción: TEMA 3 Ley 57/2003 art. 19 y art. 20 |




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¿Quiénes integran el Ayuntamiento en el gobierno y administración municipal?. Solo el Alcalde. Solo los Concejales. El Alcalde y los Concejales. Los vecinos del municipio. ¿En qué casos no corresponde el gobierno municipal al Ayuntamiento?. Cuando el municipio tenga menos de 500 habitantes. Cuando funcione en régimen de Concejo Abierto. Cuando el Alcalde así lo decida. Cuando haya más de un candidato a la Alcaldía. ¿Cómo son elegidos los Concejales?. Por designación del Alcalde. Mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto. Por los representantes de asociaciones vecinales. A propuesta de los partidos políticos. ¿Quién elige al Alcalde en un municipio?. Los Concejales o los vecinos. El Presidente del Gobierno. La Junta de Gobierno Local. El Tribunal Superior de Justicia. ¿Qué ley regula el proceso de elección del Alcalde y los Concejales?. La Ley de Presupuestos Generales del Estado. La Ley de Bases del Régimen Local. La legislación electoral general. La Constitución Española. ¿Qué municipios tienen un régimen de organización especial según el artículo 19?. Los municipios de menos de 1.000 habitantes. Los municipios incluidos en el título X de la ley. Los municipios costeros. Todos los municipios de España. ¿Qué ocurre si el título X de la ley no regula algún aspecto de la organización municipal?. Se aplican los artículos siguientes de la misma ley. Se consulta al Gobierno central. Se sigue lo que determine el Alcalde. Se celebra un referéndum local. 8. ¿Qué sistema de elección garantiza el derecho al voto secreto?. Sufragio indirecto. Sufragio universal, igual, libre, directo y secreto. Elección por sorteo entre los vecinos. Votación a mano alzada en el Ayuntamiento. 9. ¿En qué casos pueden los vecinos elegir directamente al Alcalde?. En municipios con régimen de Concejo Abierto. En ciudades con más de 100.000 habitantes. En cualquier municipio, según decida el Pleno. Nunca, el Alcalde siempre es elegido por los Concejales. ¿Quién establece las normas para la elección del Alcalde y los Concejales?. El Tribunal Constitucional. El Congreso de los Diputados. La legislación electoral general. La Diputación Provincial. ¿Qué órganos existen en todos los ayuntamientos según el artículo 20?. El Alcalde, los Tenientes de Alcalde y la Junta de Gobierno Local. El Alcalde, los Tenientes de Alcalde y el Pleno. El Pleno, la Comisión Especial de Cuentas y la Junta de Gobierno Local. Solo el Alcalde y el Pleno. ¿En qué municipios es obligatoria la existencia de la Junta de Gobierno Local?. En todos los municipios. En los municipios con más de 1.000 habitantes. En los municipios con más de 5.000 habitantes. Solo en los municipios señalados en el título X. 3. ¿En qué municipios puede existir la Junta de Gobierno Local sin ser obligatoria?. En los de menos de 5.000 habitantes si lo establece su reglamento orgánico o lo acuerda el Pleno. En todos los municipios que lo decidan en referéndum. En los municipios con más de 10.000 habitantes. En los municipios costeros con más de 2.000 habitantes. ¿Cuál es el objetivo de los órganos de estudio, informe y consulta en los municipios de más de 5.000 habitantes?. Controlar la recaudación municipal. Organizar actividades culturales y deportivas. Estudiar, informar o consultar asuntos que se someterán a decisión del Pleno y hacer seguimiento de la gestión municipal. Realizar auditorías externas a la administración local. 5. ¿Cómo se garantiza la participación de todos los grupos políticos en los órganos de estudio, informe y consulta?. Mediante la presencia de concejales en proporción al número de Concejales que tengan en el Pleno. A través de votaciones populares en cada sesión del Pleno. Nombrando un portavoz de cada partido político. Delegando todas las decisiones en el Alcalde. 6. ¿Cuándo puede existir la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones?. Solo en los municipios con más de 50.000 habitantes. En los municipios señalados en el título X o cuando lo apruebe el Pleno por mayoría absoluta. En todos los municipios obligatoriamente. Solo si lo exige la ciudadanía mediante firmas. ¿En qué municipios es obligatoria la Comisión Especial de Cuentas?. Solo en los municipios de más de 10.000 habitantes. En todos los municipios. En los municipios del título X. Solo en los municipios que tengan superávit. ¿Qué pueden hacer las leyes autonómicas sobre la organización municipal?. Establecer una organización municipal complementaria a la prevista en el artículo 20. Sustituir completamente la organización municipal establecida en la ley estatal. Determinar el número exacto de concejales de cada municipio. Suprimir los órganos municipales establecidos en la legislación estatal. ¿Qué pueden hacer los municipios en sus reglamentos orgánicos?. Establecer y regular órganos complementarios dentro del marco legal establecido. Modificar la estructura del Ayuntamiento sin restricciones. Suprimir el Pleno y gobernar solo mediante el Alcalde. Aprobar leyes autonómicas para modificar su régimen organizativo. ¿Qué condición deben cumplir los órganos complementarios que establezcan los municipios?. Deben ser aprobados por el Parlamento autonómico. Deben cumplir con lo previsto en el artículo 20 y en las leyes autonómicas. Solo pueden ser creados en municipios con más de 20.000 habitantes. No tienen ninguna restricción legal. |