option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

Norma Foral 11/1989, de 5 de julio, Reguladora de las Haciendas Locales de Gipuz

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
Norma Foral 11/1989, de 5 de julio, Reguladora de las Haciendas Locales de Gipuz

Descripción:
Tributos Propios (Titulo 1, Capitulo 3)

Fecha de Creación: 2025/09/17

Categoría: Otros

Número Preguntas: 27

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

Uno de los principios que los tributos municipales deben respetar es: Que puedan gravar actividades desarrolladas fuera del término municipal. Que no graven bienes situados fuera del territorio municipal. Que establezcan diferentes gravámenes según la residencia del sujeto fuera del municipio. Que limiten la libre circulación de mercancías cuando lo consideren necesario.

¿Cuál de estas opciones NO es un principio general que los tributos propios de los municipios deben respetar (en Sección 1ª)?. Principio de territorialidad: no gravar fuera del municipio. Principio de igualdad entre municipios en tipos impositivos. No afectar la libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales. No gravar hechos que no hayan nacido ni deban cumplirse en su territorio.

¿Puede un municipio imponer un impuesto sobre una actividad económica desarrollada en otro municipio?. Sí, si tiene convenio con ese municipio. No, porque los principios generales lo impiden. Sí, siempre que afecte gravemente al municipio. No, a menos que lo autorice la Diputación Foral.

¿El principio de libre circulación mencionado en el artículo 6 c) permite obstáculos fiscales entre municipios para proteger la recaudación local?. Sí. No. Solo si es temporal. Solo si lo aprueba la Diputación.

¿Los principios del artículo 6 se pueden modificar por ordenanzas fiscales municipales?. Sí, pero sólo con autorización de la Diputación Foral. No, son principios que no pueden alterarse. Sí, mediante acuerdo pleno, si se justifica. Sólo para tasas, no para impuestos.

¿Cuál de estas situaciones estaría permitida bajo las normas generales del tributo propio?. Gravar un hecho realizado completamente fuera del municipio. Imponer un impuesto que dificulte la instalación de empresas en el municipio. Gravar bienes situados dentro del municipio, aunque sus propietarios vivan fuera. Afectar la libre circulación de servicios entre municipios mediante tributos especiales.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones describe correctamente una de las competencias que corresponden a los municipios según el artículo 7 NF 11/1989?. Los municipios gestionan, liquidan, inspeccionan y recaudan los tributos municipales. Los municipios pueden fijar los tipos impositivos de impuestos estatales. Los municipios solo recaudan, pero no liquidan los tributos municipales. Los municipios pueden imponer impuestos nuevos sin necesidad de Norma Foral.

Según este artículo, ¿qué obligación tienen la Diputación Foral y los Ayuntamientos en materia tributaria?. Colaborar mediante convenios en la gestión, liquidación, inspección y recaudación de los tributos. Que el municipio pueda delegar todas sus competencias tributarias a la Diputación sin convenio. Que la Diputación Foral fije los tipos impositivos de los tributos municipales sin participación municipal. Que los municipios no tienen obligación de facilitar información tributaria a la Diputación.

¿Qué porcentaje máximo de bonificación sobre la cuota pueden establecer los municipios para quienes domicilien sus deudas periódicas o anticipen pagos u otras actuaciones de colaboración?. Hasta el 10 %. Hasta el 5 %. Hasta el 15 %. No hay límite específico en esta norma.

En materia de tributos municipales, ¿qué régimen se aplica a las infracciones y sanciones?. El régimen propio de cada municipio, sin referencia a normativa foral general. El régimen regulado en la Norma Foral General Tributaria y las disposiciones complementarias y desarrollos de los Impuestos Municipales. Solo el régimen estatal de sanciones administrativas. Ningún régimen: las sanciones deben establecerse caso por caso por ordenanza municipal.

¿A quién corresponde la obligación de información y asistencia a los obligados tributarios en la gestión, liquidación, inspección o recaudación de tributos municipales?. A un órgano externo que contraten los municipios. A la Entidad titular de la competencia municipal correspondiente. A la Diputación Foral únicamente. A los contribuyentes, que deben solicitarla.

¿Qué responsabilidad tiene el administrador en las herencias que se defieran por poder testatorio, según el artículo 18 bis?. Responde solidariamente por todas las deudas del causante aunque se haya repartido la herencia. No tiene responsabilidad alguna si no acepta el poder testatorio. Responde subsidiariamente de las deudas tributarias que correspondan a la herencia pendiente del ejercicio del poder testatorio. Responde únicamente si hay un testamento ológrafo.

Según el artículo 19, ¿cuáles son los impuestos que los municipios deben exigir obligatoriamente?. Impuesto sobre Bienes Inmuebles; Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras; Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Impuesto sobre Bienes Inmuebles; Impuesto sobre Actividades Económicas; Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Impuesto sobre Incremento del Valor de Terrenos; Impuesto sobre Actividades Económicas; Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Impuesto sobre Construcciones e Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos sólo.

También según el artículo 19, los municipios pueden establecer otros impuestos, mediante Ordenanza Fiscal. ¿Cuáles?. Sólo el impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Sólo el impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Ambos: Construcciones, Instalaciones y Obras, e Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Ninguno, sólo los obligatorios.

En materia de Tasas, artículo 20, ¿qué situaciones pueden dar lugar a la creación de una tasa municipal?. Utilización privativa del dominio público municipal. Prestación de servicios públicos municipales. Realización de actividades administrativas de competencia municipal que beneficien particularmente al sujeto pasivo. Todas las anteriores.

Según el artículo 20, ¿qué condición se exige para que una tasa pueda establecerse en los términos de ese artículo?. Que exista siempre una legislación estatal que lo exija. Que los bienes, servicios o actividades requeridos no puedan prestarse por el sector privado. Que el solicitante tenga residencia en el municipio. Que la prestación del servicio sea gratuita para el Ayuntamiento.

Según los artículos de Tasas, ¿cuál es el sujeto pasivo de una tasa?. Sólo las personas físicas. Las personas físicas, jurídicas y entidades que disfruten, utilicen o aprovechen algo especial, o se beneficien del servicio o actividad municipal. Sólo las personas que soliciten el servicio. Sólo quienes vivan dentro del municipio.

Según el artículo 24 (cuantía y devengo de tasas), ¿qué criterio se puede usar para fijar el importe de una tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público municipal?. El coste de reposición del bien público afectado. El valor que tendría en el mercado la utilidad derivada si no fuera dominio público. El importe que cobre el Ayuntamiento en gastos administrativos. Sólo criterios fijos, sin tener en cuenta mercado o uso particular.

En cuanto a Contribuciones Especiales, ¿qué constituye su hecho imponible?. La utilización privativa del dominio público. La obtención por el sujeto pasivo de un beneficio o aumento de valor de sus bienes como consecuencia de obras o establecimiento/ampliación de servicios públicos. Sólo el aumento de valor, no el beneficio. La prestación de un servicio ordinario municipal.

¿Qué obras o servicios tienen la consideración de municipales para efectos de contributivas especiales?. Sólo los que ejecute directamente el municipio con recursos propios. Los realizados por el municipio, delegados o atribuidos, o por otras entidades con aportación municipal, incluidas concesionarias con participación. Sólo obras nuevas, no ampliaciones. Sólo servicios de carácter social.

Sobre la base imponible de las contribuciones especiales (Artículo 32), ¿cuál es el máximo porcentaje del coste que puede tomarse?. 100 %. 90 %. 75 %. 50 %.

En la base imponible, se incluyen una serie de conceptos. ¿Cuál de estos NO forma parte de la base imponible según el artículo 32?. Coste real de proyectos, dirección de obras. Valor de los terrenos permanentemente ocupados por las obras, salvo excepciones. Intereses del capital invertido cuando el municipio use crédito. Beneficios estimados de los contratistas.

Según contribuciones especiales, ¿quiénes son sujetos pasivos?. Sólo los propietarios de bienes inmuebles afectados. Sólo las empresas o entidades que operen en la zona afectada. Personas físicas y jurídicas que sean especialmente beneficiadas por las obras o servicios, según los criterios del artículo. Todos los vecinos del municipio.

En la distribución de la cuota de una contribución especial, ¿qué criterios se pueden usar?. Metros lineales de fachada, superficie, volumen edificable, valor catastral. Sólo superficie de los inmuebles. Sólo valor catastral. Sólo volumen edificable.

Respecto al devengo de las contribuciones especiales, ¿cuándo se devengan?. En el momento de aprobarse la ordenanza. Cuando las obras se hayan ejecutado o el servicio haya comenzado a prestarse. Cuando el sujeto pasivo reciba una notificación. Cuando termine el año fiscal.

¿Pueden los municipios exigir anticipos o pagos anticipados de contribuciones especiales?. Sí, en función del coste previsto y para anualidades siguientes, siempre que haya ejecución de obras. No, nunca. Sí, pero sólo si lo aprueba la Diputación Foral. Sí, siempre que lo reclame el interesado.

En la Sección de impuestos, ¿qué requiere el municipio para ejercer facultades adicionales con respecto a un impuesto potestativo (construcciones/ incrementos de valor)?. Sólo aprobar el impuesto en pleno sin más trámite. Acordar el ejercicio de las facultades y aprobar la Ordenanza Fiscal correspondiente. Que lo autorice la Diputación Foral con decreto especial. Que lo apruebe el Estado.

Denunciar Test