Normativa "Animales potencialmente peligrosos".
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Título del Test:![]() Normativa "Animales potencialmente peligrosos". Descripción: Faltas leves, graves y muy graves. |



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Poseer animales de compañía sin identificación censal, cuando la misma fuera exigible. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. Las inobservancias de las obligaciones de esta Ordenanza que no tenga trascendencia grave para la higiene, y/o seguridad y/o tranquilidad ciudadanas. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. El transporte de animales con incumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. La tenencia de animales en lugares donde no pueda ejercerse sobre ellos la adecuada atención y vigilancia. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. Someter a los animales a trato vejatorio o a la realización de comportamientos o actitudes impropias de su condición. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. La falta de comunicación al R.E.G.I.A de la identificación censal. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. El mantenimiento de los animales sin la alimentación, bebida y asistencia sanitaria necesarias o en instalaciones inadecuadas a sus necesidades fisiológicas y etológicas tanto en espacio como en el aspecto higiénico-sanitario. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. La esterilización, la práctica de mutilaciones y el sacrificio de animales sin control veterinario o en contra de lo establecido en la Ley de Protección de los Animales y normas de desarrollo, especialmente el artículo 9 del Decreto 101/2004, de 1 de junio. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. La no vacunación o la no realización de tratamientos obligatorios. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. La venta de animales no autorizada. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. Maltratar o agredir a los animales causándoles sufrimiento innecesarios, lesiones o mutilaciones. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. Suministrar a los animales, directamente o a través de los alimentos, sustancias que puedan causarles sufrimientos o daños innecesarios. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. No mantener la debida diligencia en la custodia y guarda de animales que puedan causar daños. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. Que en las vías y espacios públicos urbanos, así como en las partes comunes de los inmuebles colectivos, los animales de la especie canina no vayan bajo control y no estén sujetos mediante una cadena o correa adecuada a las características del animal y con una longitud máxima de dos metros. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. No prestar a los animales asistencia veterinaria adecuada ante dolencias o sufrimientos graves y manifiestos. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. Hacer participar a los animales en espectáculos carentes de la correspondiente autorización administrativa. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. La comisión de tres infracciones leves, con imposición de sanción por resolución firme, durante los dos años anteriores al inicio del expediente sancionador. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. El incumplimiento de lo establecido en el artículo 5.1 y 2 del Decreto 101/2004, de 1 de junio, sobre la ratio de tenencia de perros por metros cuadrados de superficie y sobre la entrada y permanencia de perros en los locales y vehículos determinados por el mencionado artículo. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. El incumplimiento de las condiciones especiales impuestas a los perros sometidos a condiciones especiales de tenencia por el artículo 7 del Decreto 101/2004, de 1 de junio. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. La carencia de la documentación fijada en el artículo 7. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. La posesión de Libros de registro incompletos o con ausencia de datos. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. El incumplimiento, por parte de los establecimientos, de las condiciones para el mantenimiento temporal de animales, cría o venta de los mismos, cualesquiera de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley 6/1993, de 29 de octubre, de Protección de los Animales o en sus normas de desarrollo y, en particular, conforme al Decreto 81/2006 de 11 de abril de Núcleos Zoológicos. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. La venta, tenencia, tráfico, comercio y exhibición de especies animales con incumplimiento de la normativa CITES y del Real Decreto 1881/1994, de 16 de septiembre. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. Carecer de inscripción registral o de la correspondiente autorización de funcionamiento. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. No contar con la correspondiente autorización de modificación o no comunicar al Registro los cambios introducidos en el centro o establecimiento. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. No permitir, dificultar o no colaborar en los trabajos oficiales de inspección. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. Causar la muerte a los animales mediante actos de agresión o suministro de sustancias tóxicas. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. El abandono de un animal doméstico o de compañía. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. La filmación de escenas con animales para cine o televisión que conlleven crueldad, maltrato o sufrimiento no simulado. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. Suministrar a los animales que intervengan en espectáculos permitidos anestesias, drogas y otros productos con el fin de conseguir su docilidad, mayor rendimiento físico o cualquier otro fin contrario a su comportamiento natural. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. La cría o cruce de razas caninas peligrosas. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. Depositar alimentos emponzoñados en vías y espacios públicos. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. Hacer participar a los animales en espectáculos prohibidos. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. La comisión de tres infracciones graves, con imposición de sanción por resolución firme, durante los dos años anteriores al inicio del expediente sancionador. Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. |





