Notificación y Cómputo de PlazosAI✦
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Título del Test:
![]() Notificación y Cómputo de Plazos Descripción: cuestiones varias |



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¿En qué plazo debe cursarse una notificación desde la fecha en que se dicta el acto?. En cinco días hábiles. En diez días. En diez días naturales desde la publicación. En quince días hábiles. ¿Qué debe contener la notificación respecto de la resolución?. Solo la parte dispositiva. Un resumen de los motivos. El texto íntegro de la resolución. Únicamente la indicación de los recursos. Además del texto íntegro, ¿qué debe indicar la notificación?. Si el interesado está obligado a relacionarse electrónicamente. Si el acto pone fin o no a la vía administrativa. El nombre de todos los empleados que tramitaron el expediente. La fecha de inicio del procedimiento en todos los casos. ¿Cuál de estos datos debe figurar también en la notificación?. Los recursos que procedan, el órgano ante el que presentarlos y sus plazos. Solo el recurso judicial, aunque exista recurso administrativo. El presupuesto del órgano que dicta el acto. La identidad del instructor, necesariamente. ¿Cuál es la regla general sobre el medio de práctica de las notificaciones?. Siempre en papel. Preferentemente por medios electrónicos. Exclusivamente por correo postal. A elección exclusiva del empleado público. ¿Cuándo es obligatoria la notificación electrónica según el documento?. Siempre que el interesado sea una persona física. Cuando el interesado esté obligado a recibirlas por esa vía. Solo cuando el acto ponga fin a la vía administrativa. Cuando el expediente tenga más de diez páginas. ¿Cuál de los siguientes colectivos aparece como ejemplo de obligado a recibir notificaciones electrónicas?. Personas jurídicas y profesionales colegiados. Todos los jubilados. Todos los estudiantes. Cualquier persona que tenga teléfono móvil. ¿En cuál de estos casos puede la Administración practicar una notificación por medios no electrónicos?. Cuando el interesado comparece espontáneamente en una oficina de registro y solicita la notificación en ese momento. Siempre que el interesado no abra el correo electrónico en 24 horas. Cuando el órgano prefiera el papel por comodidad. Cuando el expediente sea antiguo. ¿Qué otro supuesto permite practicar una notificación por medios no electrónicos?. Cuando el interesado lo pida por teléfono, en cualquier momento. Cuando por eficacia sea necesario entregarla directamente mediante empleado público. Cuando el acto sea desfavorable. Cuando hayan pasado dos días desde que se dictó el acto. En una notificación electrónica, ¿qué sucede si transcurren diez días naturales sin que se acceda a ella?. Se amplía automáticamente el plazo otros diez días. Se considera rechazada y efectuado el trámite. El procedimiento debe archivarse. La Administración debe enviar siempre tres avisos adicionales. Si el interesado rechaza expresamente una notificación, ¿qué consecuencia recoge el documento?. Se paraliza definitivamente el procedimiento. Se considera efectuado el trámite y continúa el procedimiento. Debe repetirse la notificación cinco veces. El acto queda automáticamente anulado. Ante el rechazo de una notificación, ¿qué debe hacerse constar?. La opinión del empleado público sobre el rechazo. El rechazo en el expediente y las circunstancias del intento y del medio utilizado. Solo la fecha de resolución del expediente. Únicamente el domicilio del interesado. ¿Qué se entiende en el material por notificación infructuosa a efectos de acudir al anuncio en el BOE?. Que el interesado no está de acuerdo con el acto. Que se han realizado dos intentos y no se ha podido practicar la notificación. Que el interesado ha presentado un recurso. Que han pasado diez días desde que se dictó el acto. Tras dos intentos infructuosos, ¿dónde se publica el anuncio de notificación?. En el tablón del ayuntamiento exclusivamente. En el Boletín Oficial del Estado. En el diario oficial de la provincia exclusivamente. En el portal privado del interesado. Una vez publicado el anuncio de notificación en el BOE, ¿qué efecto tiene?. Se considera efectuada a todos los efectos. Comienza un nuevo plazo de diez días para intentar otra entrega personal. Solo tiene valor informativo. El procedimiento queda suspendido. Según el documento, ¿qué ocurre con la accesibilidad del anuncio transcurridos veinte días?. Se elimina definitivamente y no puede consultarse. Deja de estar accesible y solo puede consultarse en el Tablón Edictal Único (TEU). Se traslada al registro civil. Se publica de nuevo automáticamente. Una persona jurídica recibe una notificación administrativa. ¿Qué medio debe utilizarse como regla obligatoria para ella?. El medio electrónico. El correo ordinario. La entrega verbal. Cualquier medio, sin preferencia. Un interesado acude espontáneamente a una oficina de registro y pide que se le notifique allí en ese momento. ¿Qué permite el material?. Rechazar siempre la petición. Practicar la notificación por medios no electrónicos. Esperar obligatoriamente diez días naturales. Publicar directamente en el BOE. La Administración ha intentado notificar dos veces sin éxito. ¿Cuál es el paso indicado en el material?. Archivar el expediente. Publicar un anuncio en el BOE. Dar por estimada la solicitud. Reiniciar el procedimiento desde el principio. ¿Cuál de estas afirmaciones resume correctamente el rechazo de una notificación electrónica?. Solo existe si el interesado pulsa expresamente «rechazar». Puede producirse expresamente o por no acceder durante diez días naturales. Se produce al tercer día hábil. Impide continuar el procedimiento. ¿A quiénes obligan los términos y plazos en la relación jurídico-administrativa, según el documento?. Solo a los interesados. Solo a las autoridades. A las autoridades y personal de las Administraciones Públicas y a los interesados. Únicamente a los órganos judiciales. ¿Qué regula legalmente los plazos de las actuaciones de los sujetos activos y pasivos de la relación jurídico-administrativa?. El PACAC/RJSP, según la denominación utilizada en el material. Exclusivamente el Código Civil. El reglamento interno de cada oficina. La decisión individual del instructor. Si un plazo está señalado por horas y no se especifica otra cosa, ¿cómo se entiende?. Como horas naturales. Como horas hábiles. Como días hábiles. Como días naturales. ¿Qué horas se consideran hábiles?. Todas las horas del día hábil. Solo de 9:00 a 14:00. Todas las horas de lunes a viernes, incluidos festivos. Únicamente las horas de apertura al público. ¿Cómo se computa un plazo señalado por horas?. De día en día. De hora en hora y de minuto en minuto desde la hora y minuto de la notificación o publicación. Desde las 00:00 del día siguiente. Solo al cierre de la jornada administrativa. ¿Qué sucede si un plazo expresado en horas tiene una duración superior a 24 horas?. Se expresa siempre en horas naturales. Se expresa en días. Se convierte en semanas. Se divide en dos plazos independientes. Si un plazo está señalado por días y no se indica que sean naturales, ¿cómo se entiende?. Días naturales. Días hábiles. Días laborables del interesado. Días hábiles solo para la Administración. ¿Qué días se excluyen del cómputo cuando el plazo se expresa en días hábiles?. Sábados, domingos y días festivos. Solo domingos. Sábados y festivos, pero no domingos. Únicamente los festivos nacionales. Si una ley establece que el plazo se computa por días naturales, ¿qué debe suceder?. No hace falta indicarlo al interesado. Debe hacerse constar esta circunstancia en las notificaciones. Se cuentan únicamente los días laborables. El plazo se transforma en días hábiles si incluye un festivo. Un acto se notifica un lunes y el plazo está expresado en días. ¿Cuándo comienza el cómputo?. El mismo lunes. El martes, día siguiente a la notificación. El miércoles. El primer día hábil del mes siguiente. ¿Desde cuándo se empieza a contar un plazo por días cuando el acto se publica?. Desde el mismo día de la publicación. Desde el día siguiente a la publicación. Desde el primer lunes posterior. Desde que el interesado declara haberlo leído. ¿Desde cuándo se computa un plazo por días en caso de estimación o desestimación por silencio administrativo?. Desde el día siguiente al silencio administrativo. Desde el mismo día en que se presentó la solicitud. Desde la fecha de inicio del expediente. Desde el primer día del mes siguiente. Si el último día de un plazo es inhábil, ¿qué ocurre?. El plazo vence el día hábil anterior. Se prorroga al primer día hábil siguiente. Se pierde el derecho automáticamente. Se amplía por cinco días naturales. ¿La regla de trasladar el vencimiento al primer día hábil siguiente se aplica también cuando el plazo está expresado en días naturales?. No, nunca. Sí, según el material. Solo si lo autoriza el interesado. Solo cuando el plazo sea inferior a diez días. Un día es hábil en el municipio donde reside el interesado, pero inhábil en la sede del órgano administrativo. ¿Cómo se considera?. Hábil, porque prevalece el municipio del interesado. Inhábil en todo caso. Hábil si el interesado lo solicita. Depende de la hora de presentación. ¿Qué ocurre si el día es inhábil en el municipio del interesado, pero hábil en la sede del órgano?. Se considera hábil. Se considera inhábil en todo caso. Se cuenta medio día. El órgano decide libremente. ¿Cómo se computan los plazos señalados en meses o años?. Por días hábiles. De fecha a fecha, a partir del día siguiente a la notificación, publicación o silencio. Contando treinta días por mes. Desde el mismo día de la notificación. Se notifica un acto el 23 de febrero de 2026 y se concede un plazo de un mes. Según el ejemplo del documento, ¿cuándo vence?. El 22 de marzo. El 23 de marzo. El 24 de marzo. El 31 de marzo. ¿Qué día se toma como inicio del cómputo en el ejemplo de notificación el 23 de febrero de 2026 y plazo de un mes?. 23 de febrero. 24 de febrero. 25 de febrero. 1 de marzo. Si en el mes de vencimiento no existe día equivalente al de inicio del cómputo, ¿cuándo expira el plazo?. El primer día del mes siguiente. El último día del mes. El día 30 siempre. El día hábil anterior al último día. En el ejemplo del documento, una notificación se realiza el 30 de enero de 2026 y el plazo es de un mes. ¿Qué fecha de vencimiento se señala?. 27 de febrero. 28 de febrero. 1 de marzo. 2 de marzo. Si el último día de un plazo mensual resulta inhábil, ¿qué sucede?. Vence igualmente ese día. Se prorroga al primer día hábil siguiente. Se adelanta al último día hábil anterior. Se convierte en un plazo de días naturales. Según el documento, en agosto los días son hábiles para... La vía contencioso-administrativa. La vía administrativa. Ambas vías, sin excepción. Ninguna de las dos vías. Según el documento, agosto es inhábil para... La vía administrativa. La vía contencioso-administrativa, con determinadas excepciones. Todos los procedimientos administrativos. El cómputo de plazos por horas. ¿Qué excepciones menciona el documento respecto de la inhabilidad de agosto en vía contencioso-administrativa?. Todos los procedimientos sancionadores. Determinados procedimientos, como los relativos a derechos fundamentales o declarados urgentes. Cualquier procedimiento iniciado por una persona jurídica. Los procedimientos con notificación electrónica. Un plazo de cinco días no indica que sean naturales. ¿Qué días se cuentan?. Todos los días del calendario. Solo días hábiles, excluidos sábados, domingos y festivos. Solo de lunes a viernes, aunque sean festivos. Cinco días consecutivos desde la notificación. Se publica un acto el viernes y se concede un plazo por días hábiles. ¿Qué día empieza el cómputo, si el sábado y el domingo son inhábiles?. El viernes. El sábado. El lunes siguiente, si es hábil. El martes siguiente en todos los casos. Un plazo de 48 horas se ha señalado expresamente en horas. ¿Qué indica el material sobre su expresión?. Puede mantenerse como 48 horas hábiles. Al superar las 24 horas, debe expresarse en días. Se computa como dos días naturales siempre. Se transforma en un mes. ¿Cuál de estas afirmaciones diferencia correctamente días hábiles y naturales?. Los naturales excluyen sábados y domingos. Los hábiles incluyen festivos. Los naturales incluyen todos los días del calendario; los hábiles excluyen sábados, domingos y festivos. No existe diferencia a efectos de cómputo. Se notifica un acto el 10 de abril y se concede un plazo de un mes. ¿Qué criterio debe utilizarse para calcular el vencimiento?. Contar treinta días hábiles. Contar treinta días naturales. Computar de fecha a fecha, tomando como referencia el día equivalente del mes siguiente. Finalizar siempre el último día del mes siguiente. |




