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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: NOTIFICACIONES, COMUNICACIONES Y PLAZOS
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Título del Test:
NOTIFICACIONES, COMUNICACIONES Y PLAZOS

Descripción:
MÁSTER ABOGACÍA Y PROCURA UNED

Autor:
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Sonimar
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Fecha de Creación: 30/11/2023

Categoría: Otros

Número Preguntas: 30
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Temario:
Irene, procuradora de los tribunales, interpuso un recurso en nombre de su cliente que, sin embargo, dirigió a un tribunal que no era el competente para la resolución de dicho recurso. Notificado el auto por el que el tribunal se abstiene de conocer, ¿puede Irene volver a presentar dicho recurso? Indique la respuesta correcta: Sí, dispondrá de un plazo de tres días para la correcta interposición del recurso. No, ya no podrá interponer el recurso, dado que no es subsanable la interposición de un recurso ante un tribunal no competente. Sí, dispondrá de un plazo de cinco días para la correcta interposición del recurso. No, salvo que excepcionalmente el tribunal en el auto en el que declare su falta de competencia le conceda un plazo extra para su interposición.
Víctor, procurador ejerciente, ha sido contratado por un cliente para interponer un recurso de amparo contra un acto administrativo, por entender que con él, se está violando un derecho fundamental. ¿Cuál sería el plazo para interponer dicho recurso? Indique la respuesta correcta: El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de los veinte días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial. El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de un mes siguiente a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial. El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de los diez días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial. El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de los quince días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial.
Víctor, procurador ejerciente, ha sido contratado por un cliente para interponer un recurso de amparo contra un acto administrativo, por entender que con él, se está violando un derecho fundamental. ¿Cuál sería el plazo para interponer dicho recurso? El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de los veinte días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial. El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de un mes siguiente a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial. El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de los diez días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial. El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de los quince días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial.
Rafael, procurador de los tribunales, ha recibido copia de la resolución contraria a las peticiones de un cliente al que representa en un procedimiento civil. Sin embargo, cuando va a entregarle la citada resolución a su domicilio, el cliente se niega recibirla ni firmar la diligencia acreditativa de la entrega. ¿Qué debe hacer Rafael? Indique la respuesta correcta: Rafael le hará saber que la copia de la resolución o la cédula queda a su disposición en la oficina judicial, produciéndose los efectos de la comunicación, de todo lo cual quedará constancia en la diligencia. Rafael le hará saber que la copia de la resolución o la cédula queda a su disposición en la oficina judicial, pero que no producirá los efectos de la comunicación hasta que no lo recoja. Rafael le hará saber que la copia de la resolución o la cédula queda a su disposición en el Colegio de procuradores correspondiente, produciéndose los efectos de la comunicación, de todo lo cual quedará constancia en la diligencia. Rafael le hará saber que repetirá la entrega pasadas cuarenta y ocho horas, pero que si se niega esta segunda vez se le considerará notificado, produciéndose los efectos de la comunicación.
Lucía, procuradora de los tribunales, está estudiando para la prueba de evaluación de la aptitud profesional para el acceso a la profesión de procurador de los tribunales y tiene duda acerca del plazo durante el cual los documentos procesales depositados en LexNet se encuentran disponibles en los buzones virtuales. ¿Cuál sería dicho plazo? Indique la respuesta correcta: Una vez depositados en los buzones virtuales de los usuarios los escritos, las comunicaciones y notificaciones, así como cualquier otro documento procesal transmitido por medios electrónicos, se encontrarán accesibles por un período de sesenta días. Una vez depositados en los buzones virtuales de los usuarios los escritos, las comunicaciones y notificaciones, así como cualquier otro documento procesal transmitido por medios electrónicos, se encontrarán accesibles por un período de treinta días. Una vez depositados en los buzones virtuales de los usuarios los escritos, las comunicaciones y notificaciones, así como cualquier otro documento procesal transmitido por medios electrónicos, se encontrarán accesibles por un período de quince días. Una vez depositados en los buzones virtuales de los usuarios los escritos, las comunicaciones y notificaciones, así como cualquier otro documento procesal transmitido por medios electrónicos, se encontrarán accesibles por un período de noventa días.
Noelia, procuradora de los tribunales, ejerce la representación de una parte de las partes en un procedimiento civil, en el cual se ha dictado ya resolución. ¿Cuál es el plazo máximo que tiene el tribunal para notificar dicha resolución? Indique la respuesta correcta: El tribunal debe notificar la resolución en el plazo máximo de tres días desde su fecha o publicación. El tribunal debe notificar la resolución en el plazo máximo de cinco días desde su fecha o publicación. El tribunal debe notificar la resolución en el plazo máximo de diez días desde su fecha o publicación. El tribunal debe notificar la resolución en el plazo máximo de dos días desde su fecha o publicación.
Paula, procuradora de los tribunales, ejerce la representación de una parte de las partes en un procedimiento civil, en el cual se ha dictado ya resolución. Dicha resolución le ha sido notificada a través de LexNet al día siguiente de su publicación a las 16:00 horas, ¿cuándo se tendrá por recibida dicha resolución? Indique la respuesta correcta: Se tendrá por recibida el mismo día en que le fue notificada. Se tendrá por recibida el día en que Inmaculada acceda a LexNet y descargue dicha resolución. Se tendrá por recibida al día siguiente hábil. Se tendrá por recibida al día siguiente, sea éste día hábil o inhábil.
Iñaki, procurador de los tribunales, ha presentado su primera demanda en representación de una de las partes en un procedimiento civil. Sin embargo, ahora tiene dudas acerca de si debe aportar copia en papel para las restantes partes. ¿Debe aportar alguna copia en papel para las partes? Indique la respuesta correcta: Sí, en los escritos que se presenten en vía electrónica que dé lugar al primer emplazamiento o citación, se deberá aportar en soporte papel, en los tres días siguientes, tantas copias literales cuantas sean las otras partes. Sí, en los escritos que se presenten en vía electrónica cualquiera que sea su naturaleza se deberá aportar en soporte papel, en los cinco días siguientes, tantas copias literales cuantas sean las otras partes. No, porque la presentación electrónica de cualquier documento judicial no conlleva obligación de aportar en soporte papel ninguna copia. No, porque la presentación electrónica de cualquier documento judicial no conlleva obligación de aportar en soporte papel ninguna copia, salvo que expresamente lo solicite el Letrado de la Administración de Justicia.
Alonso, procurador de los tribunales, acaba de presentar un recurso en representación de su cliente para el cual han tenido que constituir un depósito legal. Sin embargo, en la presentación de dicho recurso, Alonso olvida la constitución de dicho depósito. ¿Es subsanable dicha omisión? Indique la respuesta correcta: No, dicha omisión no es subsanable, por lo que se tendrá por no interpuesto dicho recurso. No, salvo que el Letrado de la Administración de Justicia le conceda un plazo extraordinario para la constitución de dicho depósito legal. Sí, Alonso dispondrá de un plazo de tres días para la subsanación del defecto, con aportación de la documentación acreditativa. Sí, Alonso dispondrá de un plazo de dos días para la subsanación del defecto, con aportación de la documentación acreditativa.
Noelia, procuradora de los tribunales, debe interponer recurso de casación contra la resolución desfavorable dictada contra su cliente, al entender que existe una infracción de las normas aplicables para resolver las cuestiones objeto del proceso. ¿Qué plazo tiene Noelia para interponer dicho recurso? Indique la respuesta correcta: Noelia no puede interponer recurso de casación, debiendo interponerse recurso de revisión en el plazo de los diez días hábiles tras la notificación de dicha sentencia. Noelia dispone para la interposición del recurso de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución. Noelia debe solicitar en primer lugar escrito aclaratorio de sentencia, y sólo posteriormente podrá interponer recurso de casación en el plazo de veinte días desde el día siguiente al escrito aclaratorio. Noelia dispone ara la interposición del recurso de quince días contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución.
Beatriz, procuradora de los tribunales, ha sido designada por su Colegio profesional para un servicio de representación de asistencia jurídica gratuita. Sin embargo, le gustaría declinar dicha designación. ¿Existe alguna forma para poder renunciar a ella? Indique la respuesta correcta: No, porque la designación realizada por el Colegio es de aceptación obligatoria en cualquier caso. No, porque la designación realizada por el Colegio es de aceptación obligatoria, si bien en casos excepcionales la Junta de Gobierno del Colegio podrá dispensar al designado mediante acuerdo motivado y previa audiencia. Sí, porque la designación realizada por el Colegio no es de aceptación obligatoria en ningún caso, pudiendo renunciar a ella mediante una petición fundamentada y razonada de los motivos de dicha renuncia. Sí, porque la designación realizada por el Colegio no es de aceptación obligatoria en ningún caso, si bien la Junta de Gobierno podrá rechazar la renuncia.
Lorena ha sido designada provisionalmente por el Colegio de Procuradores de Madrid para asumir la representación de Julián en un procedimiento de divorcio contencioso dado la insuficiencia de medios de éste. Sin embargo, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita ha dictado resolución denegatoria del beneficio de Justicia Gratuita, que el cliente decide no recurrir. ¿En qué situación queda Lorena? Indique la respuesta correcta: Está obligada a seguir interviniendo hasta la finalización del procedimiento y en cuanto los honorarios, abonará la Administración competente los devengados hasta la fecha de la resolución denegatoria y el cliente los devengados partir de ese momento hasta la resolución que ponga fin al procedimiento. Queda automáticamente apartada del procedimiento en cualquier condición si bien la Administración competente le abonará los honorarios devengados hasta la fecha en que quede efectivamente apartada del procedimiento. Queda sin efecto su designación provisional pero no puede renunciar a la asistencia técnica, debiendo reclamar a su cliente los honorarios devengados hasta ese momento y los que se devenguen en lo sucesivo. La designación queda sin efecto y el peticionario deberá, en su caso, abonar los honorarios y derechos económicos ocasionados por la intervención de Lorena.
Francisco ha sido designado provisionalmente por el Colegio de Procuradores de León para asumir la representación de Inés en un procedimiento de divorcio contencioso dado la insuficiencia de medios de ésta. Sin embargo, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita ha dictado resolución denegatoria del beneficio de Justicia Gratuita. La cliente decide impugnar la decisión definitiva de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, ¿podría realizar dicha impugnación? Indique la respuesta correcta: No, porque las decisiones definitivas de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita no son impugnables. Sí, se podrá impugnar en el plazo de cinco días desde la notificación de la resolución. Sí, se podrá impugnar en el plazo de diez días desde la notificación de la resolución. Sí, se podrán impugnar en el plazo de veinte días desde la notificación de la resolución.
A su despacho acude un cliente que dispone de un acuerdo de mediación cuya ejecución quiere despachar. De las opciones que se dan a continuación, ¿qué juzgado podría ser el competente para autorizar la ejecución del correspondiente acuerdo? Indique la respuesta correcta: El Juzgado de Primera Instancia del lugar en que se hubiera firmado el acuerdo de mediación. La Audiencia Provincial del lugar en que se hubiera firmado el acuerdo de mediación. La Audiencia Provincial del lugar en que residan cualquier de los afectados por el acuerdo de mediación. El Juzgado de Primera Instancia del lugar en que viva el interesado en la ejecución de dicho acuerdo.
A su despacho acude un cliente que dispone de un acuerdo de mediación cuya ejecución quiere despachar. ¿Sería preceptiva su intervención como procurador? Indique la respuesta correcta: Sí, en todo caso. No, en ningún caso es preceptiva la intervención de procurador para la ejecución de un acuerdo de mediación. Sí, pero sólo si la cantidad por la que se despache la ejecución sea inferior a 1.000 euros. Sí, pero sólo si la cantidad por la que se despache la ejecución sea superior a 2.000 euros.
Usted ha ejercido la representación en un procedimiento en el que se ha logrado una sentencia favorable en la jurisdicción contenciosa-administrativa que ya es firme y que, sin embargo, la contraparte condenada no está ejecutando. ¿En qué plazo y ante qué órgano puede solicitar la ejecución de dicha sentencia? Indique la respuesta correcta: Transcurridos un mes a partir de la comunicación de la sentencia o el plazo fijado en ésta para el cumplimiento del fallo se puede instar su ejecución forzosa ante el órgano que haya conocido del asunto en primera o única instancia. Transcurridos tres meses a partir de la comunicación de la sentencia o el plazo fijado en ésta para el cumplimiento del fallo se puede instar su ejecución forzosa ante el órgano que fuera superior jerárquico de aquel que dictó la sentencia. Transcurridos dos meses a partir de la comunicación de la sentencia o el plazo fijado en ésta para el cumplimiento del fallo se puede instar su ejecución forzosa ante el órgano que haya conocido del asunto en primera o única instancia. Transcurridos tres meses a partir de la comunicación de la sentencia éste deberá reclamar en primer lugar a la contraparte la ejecución de la misma y si no, recurrir ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso para que sea éste quien dicte la ejecución forzosa.
Mario, procurador de los tribunales, representa a un cliente al que le han embargado un bien de forma preventiva. Sin embargo, dicho embargo es erróneo, puesto que él no forma parte de la ejecución. Por ello, le pide a Mario que interponga en su nombre demanda de tercería de dominio. ¿Puede interponerse? Indique la respuesta correcta: No, porque la tercería de dominio sólo puede interponerse por un bien embargado de forma definitiva, no preventiva. Sí, porque la tercería de dominio puede interponerse también cuando el embargo sea preventivo sin necesidad de aportar ninguna documentación. No, porque la tercería de dominio sólo puede interponerse cuando el bien sea embargado de forma definitiva y siempre que existan dudas razonables acerca de su propiedad. Sí, porque la tercería de dominio puede interponerse también cuando el embargo sea preventivo aunque deberá acompañarse de un principio de prueba por escrito del fundamento del tercerista.
Usted ha ejercido la representación de un cliente en un procedimiento civil que ha concluido con la imposición de costas para la parte contraria. Por ello, quiere imputar a las costas las actividades que ha realizado con carácter facultativo en lugar de la Oficina judicial. ¿Es posible dicha imputación? Indique la respuesta correcta: Sí, porque en la tasación de costas han de imputarse todas las actividades realizadas como procurador. No, porque en la tasación de costas no se incluirán las actuaciones meramente facultativas que hubieran podido ser practicadas, en otro caso, por las Oficinas judiciales. Sí, salvo que su cliente expresamente le prohíba la imputación de dichos conceptos y se los abone él. Sí, porque en la tasación de costas se incluirán todas las actuaciones realizadas, aunque hubieran podido ser realizadas de forma subsidiaria por las Oficinas judiciales.
Le han comunicado la tasación de costas practicada por el Letrado de la Administración de Justicia pero no está de acuerdo con la misma. ¿De qué plazo dispone para su impugnación? Indique la respuesta correcta: Dispone de un plazo de diez días. Dispone de un plazo de 1 mes. Dispone de un plazo de quince días. No es posible impugnar la tasación de costas.
Si usted ha impugnado la tasación de costas ¿quién resolverá la impugnación? Indique la respuesta correcta: El propio Letrado de la Administración de Justicia mediante decreto. El juez del procedimiento del que deriva la imposición de las costas mediante auto. El propio Letrado de la Administración de Justicia mediante auto. El juez del procedimiento del que deriva la imposición de las costas mediante decreto.
Usted representa a un cliente que ha sido demandado ante la jurisdicción social. Aunque no es preceptiva la representación mediante procurador, su cliente decide conferir la representación. ¿Debe comunicar dicha relación de representación? Indique la repuesta correcta: Sí, deberá ponerlo en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio. No, porque al no ser preceptiva la intervención del procurador no es necesario comunicar dicha circunstancia. Sí, deberá ponerlo en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los cinco días siguientes al de su citación para el juicio. No, salvo que el demandante acuda representado por procurador.
A su despacho acuden los padres de un menor que ha sido procesado y a quien van tomar declaración. ¿Sería necesario nombrarle procurador para dicho trámite? Indique la respuesta correcta: No, para recibir declaración al procesado menor de edad no hay necesidad de nombrarle procurador. Sí, para recibir declaración al procesado menor de edad se debe nombrar procurador. No, para recibir declaración al procesado menor de edad no es necesaria la presencia de procurador salvo que así lo disponga el juez. Sí, tanto para recibir declaración como para cualquier otro trámite relacionado con un menor de edad se debe nombrar procurador.
Encarna, procuradora de los tribunales, representa a una persona jurídica que está actualmente inmersa en un procedimiento penal. Esta empresa ha designado para su representación a una persona que sin embargo, no comparece en la vista, a pesar de haber sido citada en tiempo y forma. ¿Puede celebrarse la misma únicamente con la presencia de Encarna? Indique la respuesta correcta: No, porque la incomparecencia de la persona especialmente designada por la persona jurídica para su representación impide la celebración de la vista en cualquier caso. No, porque la incomparecencia de la persona especialmente designada por la persona jurídica para su representación impide la celebración de la vista salvo que el juez acuerde otra cosa. Sí, porque la incomparecencia de la persona especialmente designada por la persona jurídica para su representación no impide la celebración de la vista en cualquier caso, que se llevará a cabo con la presencia del abogado y el procurador de ésta. No, porque la incomparecencia de la persona especialmente designada por la persona jurídica para su representación impide la celebración de la vista en cualquier caso, salvo que el Letrado de la Administración de Justicia acuerde otra cosa.
A su despacho acude un cliente que quiere interponer un recurso contencioso administrativo contra un acto administrativo ante el Juzgado de lo contencioso número 1 de Burgos. ¿Sería necesaria la presencia de procurador? Indique la respuesta correcta: Sí, porque la presencia de procurador es necesaria para cualquier recurso contencioso administrativo. No, porque la presencia de procurador nunca es necesaria para la interposición de un recurso contencioso administrativo. Sí, porque la presencia de procurador es necesaria dado que se trata de un órgano unipersonal. No, porque la presencia de procurador es necesaria únicamente cuando la competencia para conocer del recurso corresponde a órganos colegiados.
Carmen, procuradora de los tribunales, representa a un cliente que quiere interponer un recurso contencioso administrativo contra una sentencia dictada por un Juzgado contencioso administrativa contraria a sus intereses en un procedimiento para la protección de los derechos fundamentales, ¿puede recurrirse dicha resolución? Indique la respuesta correcta: Sí, podrá interponerse recurso de casación. Sí, podrá interponerse recurso de apelación. Sí, podrá interponerse recurso de amparo. No, no podrá interponerse recurso alguno.
Antonio, procurador ejerciente, recibe a un potencial cliente en el mes de agosto. Este potencial cliente quiere interponer un recurso de apelación contra una sentencia dictada por un Juzgado contencioso administrativa contraria a sus intereses en un procedimiento para la protección de los derechos fundamentales ¿computaría agosto el plazo para la interposición del recurso? Indique la respuesta correcta: Sí, porque el mes de agosto es hábil a efectos de interposición de recursos. No, porque el mes de agosto es inhábil a efectos de interposición de recursos en cualquier caso. Sí, porque el mes de agosto es un mes hábil para cualquier tipo de actuación en la vía contencioso administrativa. Sí, porque el mes de agosto no se cuenta a efectos de interposición de recursos salvo en los casos del procedimiento para la protección de los derechos fundamentales.
A Silvia, procuradora ejerciente, su cliente le ha revocado el poder general del que disponía para su representación en un procedimiento judicial. Sin embargo, y dado que la revocación ha sido tácita, Silvia duda de la validez de la representación del que pretende sustituirle. En caso de que se dé este conflicto, ¿mediante qué medida se resolverá? Indique la respuesta correcta: Se resolverá la cuestión por medio de decreto. Se resolverá la cuestión por medio de acuerdo de las partes. Se resolverá la cuestión mediante acuerdo previa audiencia de ambos procuradores. Se resolverá la cuestión por mediación del Colegio de procuradores del lugar donde se sustancie el procedimiento.
A su despacho acude un cliente que desea interponer una querella pero duda acerca de la necesidad de interponerla mediante procurador. ¿Es obligatoria la presencia del procurador? Indique la respuesta correcta: No, no es necesaria la presencia del procurador para la presentación de la querella. No, no es necesaria la presencia del procurador para la presentación de la querella, pero sí para la denuncia. Sí, la querella se presenta siempre por medio de procurador con poder bastante, pero no tiene que está suscrita por letrado Sí, la querella se presenta siempre por medio de procurador con poder bastante y suscrita por letrado.
Su cliente quiere solicitar medidas provisionales previas a la demanda de divorcio, ¿necesita solicitar dichas medidas representado por procurador? Indique la respuesta correcta: Si, tanto en la demanda de divorcio como la solicitud de medidas provisionales previas a la demanda debe presentarse mediante procurador. Si, la solicitud de medidas provisionales previas a la demanda debe presentarse mediante procurador en todo caso. No, tanto en la demanda de divorcio como la solicitud de medidas provisionales previas a la demanda pueden presentarse sin necesidad de procurador, pero sí de abogado. Si, la solicitud de estas medidas provisionales no requiere la intervención de procurador, aunque sí será necesaria para todo escrito y actuación posterior.
Marcos, procurador de los tribunales, ha cesado voluntariamente en la relación de representación de un cliente. Sin embargo, a efectos del procedimiento judicial, aún no se le tiene por renunciante, por lo que duda si debe continuar con la representación del cliente. ¿Debe continuar con dicha representación? Indique la respuesta correcta: Sí, en todo caso y hasta que el cliente no provea la designación de otro procurador sin límite de plazo. Sí, hasta que el cliente no provea la designación de otro procurador dentro del plazo de diez días. Sí, hasta que el cliente no provea la designación de otro procurador dentro del plazo de veinte días. Sí, hasta que el cliente no provea la designación de otro procurador dentro del plazo de quince días.
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