NUEVA CLASE 12
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A falta de convenio de realización, la enajenación de los bienes embargados se llevará a cabo mediante: Art. 636.2 LEC. Subasta judicial. Enajenación por medio de persona o entidad especializada, en los casos y en la forma previstos en esta Ley o subasta judicial. Enajenación por medio de persona o entidad especializada, en los casos y en la forma previstos en esta Ley. Ninguna respuesta es correcta. El Letrado de la Administración de Justicia podrá autorizar a la persona profesional de la procura que represente a la parte ejecutante, y a su costa, a que diligencie el mandamiento que le expida, a fin de que se Ileve a cabo la anotación de embargo. En este caso, la persona titular del Registro de la Propiedad comunicará la práctica de la anotación o los defectos que impidan la realización de este asiento directamente a la persona profesional de la procura de la parte ejecutante, quien deberá ponerlo en conocimiento del órgano judicial en el plazo de: Art. 629.1 LEC. Un día hábil. Dos días hábiles. Cinco días hábiles. Cinco días naturales. Podrán convenir el modo de realización más eficaz de los bienes hipotecados, pignorados o embargados, frente a los que se dirige la ejecución, incluida la realización por persona o entidad especializada: Art. 640.1 LEC. El ejecutante. El ejecutado. Quien acredite interés directo en la ejecución. Todas las respuestas son correctas. Si se acuerda la administración judicial de una empresa o grupo de ellas: Art. 631.2 LEC. El Letrado de la Administración de Justicia deberá nombrar un interventor designado por el titular o titulares de la empresa o empresas embargadas. El Letrado de la Administración de Justicia deberá nombrar dos interventores designado por el titular o titulares de la empresa o empresas embargadas. El Tribunal deberá nombrar un interventor designado por el titular o titulares de la empresa o empresas embargadas. El Tribunal deberá nombrar dos interventores designado por el titular o titulares de la empresa o empresas embargadas. De mediar oposición sobre la cuenta final justificada que presente el administrador: Art. 633.3 LEC. Se resolverá tras citar a los interesados de comparecencia. El auto que se dicte será apelable directamente ante el Tribunal. Se resolverá tras citar a los interesados de comparecencia. El decreto que se dicte será recurrible directamente en revisión ante el Tribunal. Se resolverá tras citar a los interesados de comparecencia. El auto que se dicte no será recurrible. Se resolverá tras citar a los interesados de comparecencia. El decreto que se dicte no será recurriere. De conformidad con el artículo 639 de la LEC, el perito encargado de la valoración de los bienes embargados entregará la misma al tribunal y a las partes personadas: (Gestión Procesal 2024 pregunta 73) Art. 639.2 OFICIALES. En el plazo de ocho días a contar desde la aceptación del encargo. En el plazo de ocho días a contar desde su nombramiento. En el plazo de cinco días a contar desde su nombramiento. En el plazo de cinco días a contar desde la aceptación del encargo. Según dispone el artículo 639.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cuando en la realización de los bienes intervenga perito, éste entregará la valoración de los bienes embargados al Tribunal: (Tramitación procesal 2023 pregunta 89) Art. 639.2 OFICIALES. En los dos días siguientes a la aceptación del encargo. En el plazo de veinte días a contar desde la aceptación del encargo. En el plazo de diez días a contar desde la aceptación del encargo. En el plazo de ocho días a contar desde la aceptación del encargo. La valoración definitiva de los bienes embargados a efectos de la ejecución, según dispone el artículo 639 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se determinará: (Tramitación procesal 2023 incidencia pregunta 49) Art. 639.4 OFICIALES. Mediante decreto. Mediante auto. Mediante providencia. Mediante diligencia. En virtud del artículo 628.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, ¿quién tendrá derecho a verse resarcido por los daños y perjuicios que sufra a causa del depósito? (Auxilio judicial 2023 incidencia pregunta 37). Art. 628.1 NUEVA OFICIALES. El ejecutante. El ejecutado. El tercero depositario. Solo se resarcirán los gastos ocasionados por el depósito. Indique la respuesta incorrecta sobre la subasta judicial: Art. 645,1 y.2 LEC. La convocatoria de la subasta se anunciará en el "Boletín Oficial del Estado”, sirviendo el anuncio de notificación al ejecutado no personado. El letrado o letrada de la Administración de Justicia ante el que se siga el procedimiento de ejecución ordenará la publicación del anuncio de la convocatoria de la subasta remitiéndose el mismo, con el contenido a que se refiere el artículo 646 y de forma telemática, al "Boletín Oficial del Estado”. El letrado de la Administración de Justicia autorizará al procurador del ejecutante, a petición de esta parte, a llevar a efecto el anuncio de la subasta en la forma que indica esta Ley. A instancia del ejecutante o del ejecutado y si el Letrado o letrada de la Administración de Justicia responsable de la ejecución lo juzga conveniente, se dará a la subasta la publicidad que resulte razonable, utilizando los medios públicos y privados que sean más adecuados a la naturaleza y valor de los bienes que se pretende realizar. Terminada la subasta y recibida la información: Art. 649.4 LEC. El letrado o letrada de la Administración de Justicia dejará constancia de su resultado en el expediente, expresando el nombre del mejor postor y de la postura que formuló. Si la mejor postura cumpliera los requisitos necesarios para la adjudicación del bien o lote, dictará inmediatamente decreto de aprobación de remate. El letrado o letrada de la Administración de Justicia dejará constancia de su resultado en el expediente, expresando el nombre del mejor postor y de la postura que formuló. Si la mejor postura cumpliera los requisitos necesarios para la adjudicación del bien o lote, dictará en el plazo de diez días decreto de aprobación de remate. El Tribunal dejará constancia de su resultado en el expediente, expresando el nombre del mejor postor y de la postura que formuló. Si la mejor postura cumpliera los requisitos necesarios para la adjudicación del bien o lote, dictará inmediatamente auto de aprobación de remate. El letrado o letrada de la Administración de Justicia dejará constancia de su resultado en el expediente, expresando el nombre del mejor postor y de la postura que formuló. Si la mejor postura cumpliera los requisitos necesarios para la adjudicación del bien o lote, dictará inmediatamente diligencia de aprobación de remate. Cuando la mejor postura sea igual o superior al 50 por ciento del avalúo: Art. 650.1 LEC. El letrado o letrada de la Administración de Justicia mediante decreto, en el mismo día o en el siguiente al del cierre de la subasta, aprobará el remate en favor del mejor postor. El rematante habrá de consignar el importe de dicha postura, menos el del depósito, en el plazo de diez días desde la notificación del decreto y, realizada esta consignación, se le pondrá en posesión de los bienes. El letrado o letrada de la Administración de Justicia mediante decreto, el día siguiente al del cierre de la subasta, aprobará el remate en favor del mejor postor. El mejor postor habrá de consignar el importe de dicha postura, menos el del depósito, en el plazo de diez días a contar desde el cierre de la subasta. Realizada esta consignación, se le pondrá inmediatamente en posesión de los bienes y se dictará el decreto de adjudicación. l letrado o letrada de la Administración de Justicia mediante decreto, en el mismo día o en el siguiente al del cierre de la subasta, aprobará el remate en favor del mejor postor. El rematante habrá de consignar el importe de dicha postura, menos el del depósito, en el plazo de veinte días desde la notificación del decreto y, realizada esta consignación, se le pondrá en posesión de los bienes. El letrado o letrada de la Administración de Justicia mediante decreto, el día siguiente al del cierre de la subasta, aprobará el remate en favor del mejor postor. El mejor postor habrá de consignar el importe de dicha postura, menos el del depósito, en el plazo de diez días a contar desde la notificación del decreto.. Realizada esta consignación, se le pondrá inmediatamente en posesión de los bienes. Para tomar parte en la subasta los licitadores, un requisito que se debe cumplir es estar en posesión de la correspondiente acreditación, para lo que será necesario haber consignado: Art. 647.1.2 LEC. El 5 por ciento del valor de los bienes. El 5 por ciento del valor de los bienes o un mínimo de mil euros si el importe que resultara de la aplicación de ese porcentaje fuera inferior. El 10 por ciento del valor de los bienes o un mínimo de mil euros si el importe que resultara de la aplicación de ese porcentaje fuera inferior. El 10 por ciento del valor de los bienes o un mínimo de dos mil euros si el importe que resultara de la aplicación de ese porcentaje fuera inferior. Indique la respuesta incorrecta sobre la subasta judicial: Art. 649.1 LEC. La subasta admitirá posturas que tendrán carácter secreto, durante el plazo improrrogable de veinte días naturales desde su apertura. La subasta no podrá finalizar en sábados, domingos ni en los días de fiesta nacional. La subasta no podrá finalizar en los días que median entre el 24 de diciembre y el 6 de enero, ambos inclusive, ni en el mes de agosto. La subasta no se cerrará hasta transcurrida una hora desde la realización de la última postura, siempre que ésta fuera superior a la mejor realizada hasta ese momento, aunque ello conlleve la ampliación del plazo inicial por un máximo de 24 horas. Indique cuál de las siguientes respuestas no forma parte del contenido del anuncio de la subasta en el “Boletín Oficial del Estado” de conformidad con el artículo 646.1 de la LEC: (Gestión Procesal 2023 incidencia pregunta 50) Art. 646.1 OFICIALES. La Oficina judicial ante la que se sigue el procedimiento de ejecución. La clase de procedimiento de ejecución que se sigue. El valor de tasación del bien a efectos de subasta. La dirección electrónica que corresponda a la subasta en el Portal de Subastas. Si en una subasta de bienes inmuebles no hubiera ningún postor, podrá el acreedor solicitar que se le adjudiquen los bienes por un precio de: (Tramitación Procesal 2023 incidencia pregunta 50) Art. 671 OFICIALES. El 70% del valor de tasación del bien. No podrá pedir la adjudicación. El 70% del valor por el que el bien hubiera salido a subasta. El 50% del valor de tasación del bien. En la subasta de bienes inmuebles, si la mejor postura fuera igual o superior al 70 por ciento del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, se procederá a su adjudicación al mejor postor, ¿en qué plazo deberá consignar en la Cuenta de Depósito y Consignaciones la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate?: (Tramitación Procesal 2024 pregunta 6) Art. 670.1 OFICIALES. En un plazo de diez días. En un plazo de cuarenta días. En un plazo de veinte días. En un plazo de treinta días. Según el artículo 648 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, la subasta se abrirá: (Tramitación Procesal 2024 pregunta 10) Art. 648.2º OFICIALES. Transcurridas, al menos, veinticuatro horas desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Transcurridas, al menos, cuarenta y ocho horas desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Transcurridos, al menos, setenta y ocho horas desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Transcurridos, al menos, diez días desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. De conformidad con el art. 648 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la subasta electrónica de bienes muebles se realizará: (Auxilio Judicial 2020-21-22 pregunta 30) Art. 648 1º. En el portal dependiente del Ministerio de Justicia. En el portal dependiente de la Agencia Estatal de la Administración del Estado. En el portal dependiente del Boletín Oficial del Estado. En el portal dependiente de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Si el título ejecutivo se refiere a la entrega de cosas genéricas o indeterminadas, que pueden ser adquiridas en los mercados y, pasado el plazo, no se hubiese cumplido el requerimiento: Art. 702.1 LEC. El ejecutante podrá instar del Tribunal que le ponga en posesión de las cosas debidas o que se le faculte para que las adquiera, a costa del ejecutado, ordenando, al mismo tiempo, el embargo de bienes suficientes para pagar la adquisición, de la que el ejecutante dará cuenta justificada. El ejecutante podrá instar del Letrado de la Administración de Justicia que le ponga en posesión de las cosas debidas o que se le faculte para que las adquiera, a costa del ejecutado, ordenando, al mismo tiempo, el embargo de bienes suficientes para pagar la adquisición, de la que el ejecutante dará cuenta justificada. El ejecutante podrá instar del Tribunal que le ponga en posesión de las cosas debidas o reclamar el resarcimiento de daños y perjuicios. El ejecutante podrá instar del Letrado de la Administración de Justicia que le ponga en posesión de las cosas debidas o reclamar el resarcimiento de daños y perjuicios. Si el requerimiento para hacer, no hacer o entregar cosa distinta de una cantidad de dinero no pudiere tener inmediato cumplimiento: Art. 700.1 LEC. El Letrado de la Administración de Justicia, a instancia del ejecutante, podrá acordar las medidas de garantía que resulten adecuadas para asegurar la efectividad de la condena. El Tribunal, a instancia del ejecutante, podrá acordar las medidas de garantía que resulten adecuadas para asegurar la efectividad de la condena. El Letrado de la Administración de Justicia, de oficio, previa audiencia del ejecutante, podrá acordar las medidas de garantía que resulten adecuadas para asegurar la efectividad de la condena. El Tribunal, de oficio, podrá acordar las medidas de garantía que resulten adecuadas para asegurar la efectividad de la condena. Se acordará, en todo caso, cuando el ejecutante lo solicite, el embargo de bienes del ejecutado en cantidad suficiente para asegurar el pago de las eventuales indemnizaciones sustitutorias y las costas de la ejecución. Esto se acordará mediante: Art. 700 LEC. Diligencia contra la que cabe recurso directo de revisión sin efecto suspensivo ante el Tribunal que dictó la orden general de ejecución. Decreto contra el que cabe recurso directo de revisión sin efecto suspensivo ante el Tribunal que dictó la orden general de ejecución. Auto contra el que cabe recurso directo de apelación sin efecto suspensivo ante el Tribunal que dictó la orden general de ejecución. Auto contra el que no cabe recurso. Si, atendida la naturaleza de la condena de no hacer, su incumplimiento no fuera susceptible de reiteración y tampoco fuera posible deshacer lo mal hecho, la ejecución: Art. 710.2 LEC. Se archivará por imposibilidad material de cumplimiento. Se impondrán multas coercitivas hasta el cumplimiento íntegro de la condena. Procederá para resarcir al ejecutante por los daños y perjuicios que se le hayan causado. Se determinará el equivalente pecuniario, con los daños y perjuicios que hubieran podido causarse al ejecutante. Indique la respuesta incorrecta: Art. 703.1,. y.2 LEC. Si el título dispusiere la transmisión o entrega de un bien inmueble, una vez dictado el auto autorizando y despachando la ejecución, el Tribunal responsable de la misma ordenará de inmediato lo que proceda según el contenido de la condena y, en su caso, dispondrá lo necesario para adecuar el Registro al título ejecutivo. Si en el inmueble que haya de entregarse hubiere cosas que no sean objeto del título, el letrado de la Administración de Justicia requerirá al ejecutado para que las retire dentro del plazo que señale. En los casos de desahucio por falta de pago de rentas o cantidades debidas, o por expiración legal o contractual del plazo, para evitar demoras en la práctica del lanzamiento, previa autorización del letrado de la Administración de Justicia, bastará con la presencia de un único funcionario con categoría de Gestor, que podrá solicitar el auxilio, en su caso, de la fuerza pública. Cuando en el acto del lanzamiento se reivindique por el que desaloje la finca la titularidad de cosas no separables, de consistir en plantaciones o instalaciones estrictamente necesarias para la utilización ordinaria del inmueble, se resolverá en la ejecución sobre la obligación de abono de su valor, de instarlo los interesados en el plazo de cinco días a partir del desalojo. Según dispone el artículo 711 de la LEC sobre las multas coercitivas en el caso de las ejecuciones no dinerarias: (Gestión Procesal 2023 incidencia pregunta 51) Art. 711.1 OFICIALES. Las multas mensuales podrán ascender a un 25 por ciento del precio o valor. La multa única podrá ascender al 50 por ciento del precio o valor. Las multas mensuales podrán ascender a un 30 por ciento del precio o valor. La multa única podrá ascender al 60 por ciento del precio o valor. Si el título ejecutivo dispusiere la entrega de un bien inmueble que fuera vivienda habitual del ejecutado, una vez dictado el auto autorizando y despachando la ejecución, el LAJ concederá para desalojarlo el plazo de: (Gestión Procesal 2024 pregunta 75) Art. 704 OFICIALES. Un mes, prorrogable por otro mes más de existir motivo fundado. Veinte días. El que estime adecuado. Diez días. En la ejecución forzosa civil por obligaciones de hacer y no hacer, cuando el ejecutado desatendiere el requerimiento, la cuantía de la multa coercitiva única podrá ascender, de conformidad con lo previsto en el artículo 711 de la LEC. (Gestión Procesal 2024 pregunta 76) Art. 711.1 OFICIALES. AI 50% del precio o valor. AI 60% del precio o valor. AI 70% del precio o valor. AI 20% del precio o valor. Conforme al artículo 704 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cuando el inmueble cuya posesión se deba entregar fuera vivienda habitual del ejecutado o de quienes de él dependan, ¿qué plazo concederá el Letrado de la Administración de Justicia para desalojarlo? (Auxilio Judicial 2023 Prueba Adicional pregunta 20) Art. 704.1 OFICIALES. Veinte días. Un mes. Dos meses. Tres meses. De conformidad con el artículo 704 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cuando el inmueble cuya posesión se deba entregar fuera vivienda habitual del ejecutado el Letrado de la Administración de Justica podrá prorrogar el plazo de desalojo: (Auxilio Judicial 2023 Prueba Adicional pregunta 45) Art. 704.1 OFICIALES. Solo en el caso de existir menores en la vivienda. Podrá prorrogarlo de existir motivo fundado. Quedará prorrogado automáticamente por un mes más. Quedará prorrogado automáticamente por dos meses más. En virtud del artículo 706 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, cuando el título ejecutivo condene a una obligación de hacer no personalísimo, si el ejecutado no lo llevara a cabo dicha acción, el ejecutante podrá reclamar: (Auxilio judicial 2024 pregunta 74) Art. 706.1 OFICIALES. Nuevo requerimiento al ejecutado para su cumplimiento. La imposición de multas. El resarcimiento de daños y perjuicios. El equivalente económico de la prestación de hacer. De conformidad con el artículo 710 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, si el condenado a no hacer alguna cosa quebrantare la sentencia, por el Letrado de la Administración de Justicia, a instancia del ejecutante, le requerirá para que: (Auxilio Judicial 2023 incidencia pregunta 23) Art. 710.1 OFICIALES. Entregue al ejecutante un equivalente pecuniario por el quebrantamiento de la sentencia. Se faculte para que la realice un tercero. Deshaga lo mal hecho si fuera posible. Valore previamente el coste de su acción. El Letrado de la Administración de Justicia convocará a las partes a una vista sobre la solicitud de caución sustitutoria. Celebrada la vista: Art. 747.1 LEC. Resolverá el Tribunal mediante auto lo que estime procedente, en el plazo de tres días. Resolverá el Tribunal mediante auto lo que estime procedente, en el plazo de cinco días. Resolverá el Tribunal mediante auto lo que estime procedente, en el plazo de diez días. Resolverá el Tribunal mediante auto lo que estime procedente, en el plazo de quince días. En las medidas cautelares el Tribunal podrá dispensar al solicitante de la medida cautelar del deber de prestar caución: Art. 728.3 LEC. Cuando lo considere necesario. En los procedimientos en los que se ejercite una acción en defensa de los intereses colectivos y de os intereses difusos de consumidores y usuarios. Cuando el ejecutante sea beneficiario del derecho de asistencia jurídica gratuita. En ningún caso. |




