NUEVA CLASE 14
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Los procedimientos en los que se sustancie la oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores: Art. 779 LEC. Tendrán carácter urgente y deberán realizarse en el plazo de tres meses desde la fecha en que se hubieren iniciado. Tendrán carácter preferente y deberán realizarse en el plazo de tres meses desde la fecha en que se hubieren iniciado. Tendrán carácter urgente y deberán realizarse en el plazo de dos meses desde la fecha en que se hubieren iniciado. Tendrán carácter preferente y deberán realizarse en el plazo de dos meses desde la fecha en que se hubieren iniciado. En el proceso de oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores: Art. 780.4 LEC. Recibido el testimonio del expediente administrativo, el Letrado de la Administración de Justicia emplazará al actor por veinte días para que presente la demanda. Recibido el testimonio del expediente administrativo, el Letrado de la Administración de Justicia emplazará al actor por diez días para que presente la demanda. Recibido el testimonio o copia del expediente del expediente administrativo, el Letrado de la Administración de Justicia en el plazo máximo de cinco días emplazará al actor por diez días para que presente la demanda, que se tramitará con arreglo a lo previsto en el artículo 753. Recibido el testimonio o copia del expediente del expediente administrativo, el Letrado de la Administración de Justicia en el plazo máximo de diez días emplazará al actor por cinco días para que presente la demanda, que se tramitará con arreglo a lo previsto en el artículo 753. Qué afirmación no es correcta sobre la oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores, que regula el artículo 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil: Art. 780.3. No será necesaria reclamación previa en vía administrativa para formular oposición, ante los Tribunales Civiles, a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores. La oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores podrá formularse en el plazo de dos meses desde su notificación. El letrado o letrada de la Administración de Justicia reclamará a la entidad administrativa un testimonio completo o copia auténtica del expediente, que deberá ser aprobado en el plazo de veinte días. El proceso de oposición de una resolución administrativa en materia de protección de menores se iniciará mediante la presentación de un escrito inicial en el que el actor sucintamente expresará la pretensión y la resolución a que se opone. Cuando, conforme a lo establecido en el artículo 40 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se hubieran suspendido las actuaciones por estar pendiente causa penal en que se investigue un delito de cohecho cometido en el avalúo de los bienes de la herencia, la suspensión se alzará: Art. 787.6 LEC. Por el Letrado de la Administración de Justicia, sólo cuando la causa penal haya finalizado con resolución firme. Por el Letrado de la Administración de Justicia mediante decreto, sin esperar a que la causa finalice por resolución firme, en cuanto los interesados, prescindiendo del avalúo impugnado, presentaren otro hecho de común acuerdo, en cuyo caso se dictará sentencia con arreglo a lo que resulte de éste. Automáticamente, sin necesidad de decreto, en cuanto la causa penal esté pendiente de resolución firme. Ninguna respuesta es correcta. A la Junta para designar contador y peritos: Art. 783.5 LEC. Serán convocados por el Letrado de la Administración de Justicia los acreedores de los coherederos cuando estuvieren personados en el procedimiento. Los que no estuvieren personados no serán citados ni podrán participar en ella. Serán convocados todos los acreedores de los coherederos, estén o no personados en el procedimiento, siempre que acrediten documentalmente sus créditos con anterioridad a la celebración de la Junta. Serán convocados por el Letrado de la Administración de Justicia los acreedores de los coherederos cuando estuvieren personados en el procedimiento. Los que no estuvieren personados no serán citados, pero podrán participar en ella si concurren en el día señalado aportando los títulos justificativos de sus créditos. Únicamente serán convocados a la Junta los herederos y legatarios, quedando excluidos en todo caso los acreedores de los coherederos, aunque estuvieren personados en el procedimiento. Se podrá fijar al contador un plazo para que presente las operaciones divisorias: Art. 785.3 LEC. Por el Letrado de la Administración de Justicia mediante diligencia, a instancia de parte, y si no lo verificare en ese plazo, será responsable de los daños y perjuicios. Por el Letrado de la Administración de Justicia mediante diligencia, de oficio, y si no lo verificare en ese plazo, será responsable de los daños y perjuicios. Por el Letrado de la Administración de Justicia mediante decreto, a instancia de parte, y si no lo verificare en ese plazo, será responsable de los daños y perjuicios. Por el Tribunal, mediante auto, a instancia de parte, y si no lo verificare en ese plazo, será responsable de los daños y perjuicios. Indique la respuesta incorrecta sobre el administrador de la herencia: Art. 797.1, 2 y .3 y 798.1 LEC. Nombrado el administrador y prestada por éste la caución, el Letrado de la Administración de Justicia le pondrá en posesión de su cargo. Para que pueda acreditar su representación el letrado o letrada de la Administración de Justicia le dará testimonio o copia auténtica, en que conste su nombramiento y que se halla en posesión del cargo. Se hará constar en el Registro de la Propiedad el estado de administración de las fincas de la herencia y el nombramiento de administrador mediante el correspondiente mandamiento expedido por el Letrado de la Administración de Justicia con los requisitos previstos en la legislación hipotecaria. Mientras la herencia no haya sido aceptada por los herederos, el administrador de los bienes representará a la herencia en todos los pleitos que se promuevan o que estuvieren principiados al fallecer el causante y ejercitará en dicha representación las acciones que pudieran corresponder al difunto, hasta que se haga la declaración de herederos. Cuando no conste la existencia de testamento ni de parientes llamados a la sucesión legítima, se ordenará el examen de parientes, amigos o vecinos del difunto, mediante: Art. 791.1 LEC. Auto. Diligencia. Providencia. Decreto. Solicitada la división judicial de la herencia, conforme al artículo 783 de la LEC, el LAJ convocará a la Junta para el nombramiento de contador y peritos señalando día: (Gestión Procesal 2024 pregunta 61) Art. 783.2 OFICIALES. A los herederos, a los legatarios de parte alícuota y al cónyuge sobreviviente, dentro de los veinte días siguientes. A los herederos, a los legatarios de parte alícuota y al cónyuge sobreviviente, dentro de los diez días siguientes. El Ministerio Fiscal en representación de los interesados en la herencia que sean menores con representación legal en el procedimiento dentro de los diez días siguientes. AI Ministerio Fiscal en representación de los ausentes cuyo paradero se ignore dentro de los veinte días siguientes. Indique la respuesta incorrecta en relación a las operaciones divisorias a practicar en el procedimiento para la división de la herencia regulado en la LEC: (Gestión Procesal 2024 incidencia pregunta 36) Art. 786 OFICIALES. Las operaciones divisorias deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses desde que fueron iniciadas. El contador realizará las operaciones divisorias procurando, en todo caso, evitar la indivisión, así como la excesiva división de las fincas. Las operaciones divisorias deberán presentarse en un escrito comprensivo de la relación de los bienes que formen el caudal partible y de su avalúo y de la liquidación del caudal, su división y adjudicación a cada uno de los participes. Las operaciones divisorias deberán presentarse en el plazo que el LAJ señalará mediante diligencia atendiendo a la importancia y complejidad de aquéllas. El Letrado de la Administración de Justicia, en el proceso de división judicial de la herencia, dará traslado a las partes de las operaciones divisorias, emplazándolas para que formulen oposición por: (Tramitación Procesal 2023 pregunta 94) Art. 787.1 OFICIALES. Cinco días. Diez días. Veinte días. Treinta días. En la división judicial de la herencia, una vez practicadas las operaciones divisorias por el contador, ¿cuál de los siguientes enunciados es el correcto?: (Auxilio Judicial 2017-18 Incidencias pregunta 68) Art. 787.3 OFICIALES. Se emplazará por veinte días a las partes para que formulen oposición por escrito. Cuando se hubiere formalizado la oposición a las operaciones divisorias, el Letrado de la Administración de Justicia convocará a las partes a una comparecencia ante el Tribunal, que se celebrará dentro de los veinte días siguientes. Cuando se hubiere formalizado la oposición a las operaciones divisorias, el Letrado de la Administración de Justicia convocará al contador y a las partes a una comparecencia ante el Tribunal, que se celebrará dentro de los diez días siguientes. La sentencia que recaiga tendrá eficacia de cosa juzgada. Se resolverá por el Tribunal lo que proceda sobre la administración y disposición de los bienes incluidos en el inventario: Art. 809.1 LEC. En el mismo día o en el siguiente. En los dos días siguientes. En los cinco días siguientes. En los diez días siguientes. Indique la respuesta correcta sobre el contenido de la sentencia en la liquidación del régimen de participación: Art. 811.5 LEC. La sentencia resolverá sobre las cuestiones suscitadas y se limitará a fijar la cantidad a pagar por el cónyuge con mayor incremento patrimonial. La sentencia únicamente se pronunciará sobre los patrimonios iniciales y finales de los cónyuges, dejando la determinación de la cantidad a pagar para resolución posterior. La sentencia resolverá sobre todas las cuestiones suscitadas, determinando los patrimonios iniciales y finales de cada cónyuge, así como, en su caso, la cantidad que deba satisfacer el cónyuge cuyo patrimonio haya experimentado un mayor incremento y la forma en que haya de hacerse el pago. La sentencia resolverá sobre todas las cuestiones suscitadas, determinando los patrimonios iniciales y finales de cada cónyuge, así como, en su caso, la cantidad que deba satisfacer el cónyuge cuyo patrimonio haya experimentado un mayor incremento, si bien la forma de pago se establecerá conforme a la elección del cónyuge obligado a satisfacer la cantidad. Indique la respuesta incorrecta sobre la liquidación del régimen matrimonial: Art. 810.1, .2, .3 y .4 LEC. Concluido el inventario, y en su caso, una vez firme la resolución que declare disuelto el régimen económico matrimonial, cualquiera de los cónyuges, o de haber fallecido, sus herederos podrán solicitar la liquidación de éste. La solicitud deberá acompañarse de una propuesta de liquidación que incluya el pago de las indemnizaciones y reintegros debidos a cada cónyuge y la división del remanente en la proporción que corresponda, teniendo en cuenta, en la formación de los lotes, las preferencias que establezcan las normas civiles aplicables. Admitida a trámite la solicitud de liquidación, el Letrado de la Administración de Justicia señalará, dentro del plazo máximo de cinco días, el día y hora en que los cónyuges, o de haber fallecido, sus herederos deberán comparecer ante el mismo al objeto de alcanzar un acuerdo y, en su defecto, designar contador y, en su caso, peritos, para la práctica de las operaciones divisorias. Cuando, sin mediar causa justificada, alguno de los cónyuges no comparezca en el día señalado, se le tendrá por conforme con la propuesta de liquidación que efectúe el cónyuge que haya comparecido. De no existir acuerdo entre los cónyuges en la liquidación del régimen económico de participación: Art. 811.5 LEC. El Letrado de la Administración de Justicia suspenderá el procedimiento hasta que ambos cónyuges presenten nuevas propuestas de liquidación. El Letrado de la Administración de Justicia les citará a una vista, y se continuará la tramitación conforme a lo previsto para el juicio ordinario. El Letrado de la Administración de Justicia les citará a una vista, y se continuará la tramitación conforme a lo previsto para el juicio verbal. El Letrado de la Administración de Justicia podrá aprobar provisionalmente la propuesta de uno de ellos hasta la celebración de la vista. Los cónyuges que, conforme al artículo 808 de la LEC, pretendan solicitar la formación de inventario deberán acompañar a la solicitud una propuesta: (Gestión Procesal 2024 pregunta 60) Art. 808.2 OFICIALES. De liquidación de bienes que incluya el pago de las indemnizaciones y reintegros debidos a cada cónyuge y la división del remanente en la proporción que corresponda. En la que, con la debida separación, consten las diferentes partidas que deban incluirse en el inventario con arreglo a la legislación civil, incluyendo el pago de las indemnizaciones y reintegros debidos a cada cónyuge y la división del remanente en la proporción que corresponda. En la que, con la debida separación, consten las diferentes partidas que deban incluirse en el inventario con arreglo a la legislación civil y los documentos que justifiquen las partidas que sean incluidas en la misma. En la que, con la debida separación, consten las diferentes partidas que deban incluirse en el inventario con arreglo a la legislación civil, sin necesidad de su acreditación documental hasta la celebración de la oportuna comparecencia. Si durante la formación de inventario a efectos de liquidación del régimen económico matrimonial, se suscitare controversia sobre la inclusión o exclusión de bienes en el inventario, o sobre el importe de cualquiera de las partidas: (Tramitación Procesal 2023 pregunta 93) Art. 809.2 OFICIALES. El Letrado de la Administración de Justicia citará a los interesados a un acto de conciliación o mediación. El Letrado de la Administración de Justicia citará a las partes una comparecencia, que se celebrará de acuerdo con lo establecido para el juicio que corresponda según la cuantía. El Letrado de la Administración de Justicia citará a las partes a una vista, que se celebrará de acuerdo con lo establecido para el juicio ordinario. El Letrado de la Administración de Justicia citará a los interesados a una vista, continuando la tramitación con arreglo a lo previsto para el juicio verbal. En virtud del artículo 810.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en la comparecencia para la liquidación del régimen económico matrimonial de no lograrse acuerdo entre los cónyuges: (Auxilio Judicial 2022 concurso-oposición pregunta 95) Art. 810.5 OFICIALES. El Letrado de la Administración de Justicia citará a las partes a una vista, continuando la tramitación con arreglo a lo previsto en el juicio verbal. Se procederá a dar cuenta al Juez para que dicte la resolución procedente. Se procederá mediante diligencia al nombramiento de un contador, y en su caso, peritos. El Juez resolverá directamente por auto. Indique la repuesta incorrecta. En la petición del procedimiento monitorio se expresarán: Art. 814.1 LEC. La identidad del acreedor y deudor. El domicilio o domicilios del acreedor y del deudor. El Iugar en que residieran o pudieran ser hallados el acreedor y el deudor. El origen y cuantía de la deuda. En el procedimiento monitorio, será exclusivamente competente: Art. 813 LEC. El Juzgado de Primera Instancia del domicilio o residencia del deudor o, si no fueren conocidos, el del Iugar en que el deudor pudiera ser hallado a efectos del requerimiento de pago por el Letrado de la Administración de Justicia, salvo que se trate de la reclamación de deudas de comunidad de propietarios en cuyo caso será también competente el Juzgado del Iugar en donde se halle la finca, a elección del solicitante. El Juzgado de Primera Instancia del domicilio o residencia del deudor o, si no fueren conocidos, el del lugar en que el deudor pudiera ser hallado a efectos del requerimiento de pago por el Tribunal, salvo que se trate de la reclamación de deudas de comunidad de propietarios en cuyo caso será también competente el Juzgado del Iugar en donde se halle la finca, a elección del solicitante. El Juzgado de Primera Instancia de residencia del deudor o el del Iugar en que el deudor pudiera ser hallado a efectos del requerimiento de pago por el Tribunal. El Juzgado de Primera Instancia del domicilio del deudor, salvo que se trate de la reclamación de deudas de comunidad de propietarios en cuyo caso será también competente el Juzgado del Iugar en donde se halle la finca, a elección del solicitante. Cuando se reclamen rentas o cantidades debidas por el arrendatario de finca urbana y éste formulare oposición, el asunto se resolverá definitivamente: Art. 818.3 LEC. Por los trámites del juicio ordinario, cualquiera que sea su cuantía. Por los trámites del juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía. Por los trámites que correspondan según su cuantía. Por los trámites que indique el Tribunal. La petición inicial del procedimiento monitorio: Art. 814.1 LEC. Sólo podrá presentarse a través de la sede electrónica. Sólo podrá presentarse mediante impreso o formulario en papel entregado directamente en el juzgado. Podrá extenderse en impreso o formulario obtenido en papel o a través de la sede electrónica. Se presentará por escrito realizado por el procurador. Si el deudor presentare escrito de oposición dentro de plazo, el asunto se resolverá definitivamente: Art. 818.1 LEC. En juicio que corresponda, teniendo la sentencia que se dicte fuerza de cosa juzgada. En juicio que corresponda, no teniendo la sentencia que se dicte fuerza de cosa juzgada. En juicio verbal, teniendo la sentencia que se dicte fuerza de cosa juzgada. En juicio ordinario, no teniendo la sentencia que se dicte fuerza de cosa juzgada. Respecto de la oposición formulada por el deudor en el proceso monitorio regulado en la LEC, señale la respuesta correcta: (Gestión Procesal 2024 pregunta 63) Art. 818.3 OFICIALES. Cuando se reclamen rentas o cantidades debidas por el arrendatario de finca rústica, el asunto se resolverá por los trámites del juicio ordinario, siempre que la cuantía no exceda de la propia del juicio verbal. Si la oposición del deudor se fundara en la existencia de pluspetición, el tribunal podrá dictar de inmediato sentencia acogiendo las pretensiones del acreedor que hayan sido objeto de reconocimiento por el deudor. Si la oposición del deudor se fundara en la existencia de pluspetición, el tribunal podrá dictar de inmediato auto acogiendo la totalidad de las pretensiones del acreedor. En todo caso, cuando se reclamen rentas o cantidades debidas por el arrendatario de finca urbana, el asunto se resolverá, cualquiera que sea su cuantía, por los trámites del juicio verbal. En el proceso monitorio regulado en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en caso de oposición del deudor basada en pluspetición: (Tramitación Procesal 2024 pregunta 12) Art. 818.1 OFICIALES. No se suspenderá, en ningún caso, el curso de la ejecución. Se actuará respecto de la cantidad que se reconozca como no debida. Se actuará respecto de la cantidad que se reconozca como debida. Suspenderá, en todo caso, el curso de la ejecución. Conforme al artículo 818 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en un procedimiento monitorio, si el deudor presentare escrito de oposición deberá ir firmado por abogado y procurador: (Auxilio Judicial 2023 Prueba Adicional pregunta 15) Art. 818.1 OFICIALES. Únicamente en reclamaciones de deudas por las comunidades de propietarios. Cuando su intervención fuere necesaria por razón de la cuantía, según las reglas generales. Únicamente cuando el deudor fuera una persona jurídica. Solo debe presentar el escrito de oposición firmado por abogado, no por procurador. En el procedimiento cambiario, si la sentencia fuera desestimada y fuere recurrida: Art. 827.1 y .2 LEC. Se estará, respecto de los embargos preventivos que se hubiesen trabado, a lo que dispone el artículo 744. Será provisionalmente ejecutable conforme a lo dispuesto en esta Ley. La interposición del recurso producirá en todo caso la suspensión de la ejecución de la sentencia. Los embargos preventivos quedarán automáticamente sin efecto desde que se interponga el recurso. A la demanda sucinta se acompaña: Art. 821.1 LEC. Copia simple del titulo cambiario. El titulo cambiario. Un principio de prueba documental. Los documentos que el acreedor considere necesarios. El deudor podrá interponer demanda de oposición al juicio cambiario: Art. 824.1 LEC. En los cinco días siguientes al del requerimiento de pago. En los diez días siguientes al del requerimiento de pago. En los quince días siguientes al del requerimiento de pago. En los veinte días siguientes al del requerimiento de pago. El demandado cambiario podrá oponer: Art. 67 de la Ley Cambiaria y del cheque. La inexistencia o falta de validez de su propia declaración cambiaria, incluida la falsedad de la firma. La falta de legitimación del tenedor o de las formalidades necesarias de la letra de cambio, conforme a lo dispuesto en esta Ley. La extinción del crédito cambiario cuyo cumplimiento se exige al demandado. Todas las respuestas son correctas. El tribunal resolverá sobre la oposición interpuesta por el deudor en el juicio cambiario regulado en la LEC en el plazo de: (Gestión Procesal 2024 incidencia pregunta 37) Art. 827.1 OFICIALES. Diez días revistiendo la forma de auto. Diez días con forma de sentencia. Veinte días revistiendo la forma de auto. Veinte días con forma de sentencia. ¿Qué afirmación es correcta en relación con el juicio cambiario? (Tramitación Procesal 2024 pregunta 15) Art. 824.2 2 VEZ OFICIALES. Serán aplicables las normas sobre sumisión expresa o tácita contenidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Si el deudor cambiario atiende el requerimiento que pago, no habrá condena en costas. La oposición se hará en forma de demanda. La sentencia firme dictada en juicio cambiario no producirá efectos de cosa juzgada, respecto de las cuestiones que pudieron ser en él alegadas y discutidas. De conformidad con el artículo 826 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la oposición en el procedimiento cambiario se seguirá por los trámites del: (Auxilio Judicial 2023 Prueba Adicional pregunta 47) Art. 826 OFICIALES. Juicio ordinario. Juicio ordinario o verbal, dependiendo de la cuantía. Juicio verbal. Juicio especial cambiario. Si el deudor cambiario atiende el requerimiento de pago: (Tramitación Procesal 2023 incidencia pregunta 54) Art. 822. El Letrado de la Administración de Justicia pondrá la suma de dinero correspondiente a disposición del acreedor, pero las costas serán de cargo del deudor. Se consignarán las cantidades en la cuenta del juzgado y, si en el plazo de diez días el deudor no formulara oposición, se pondrá la suma de dinero a disposición del acreedor. El Letrado de la Administración de Justicia dictará decreto dando por finalizado el juicio cambiario, sin que proceda la condena en costas. El Letrado de la Administración de Justicia trabará embargo hasta que no se satisfagan, además, las costas del proceso. El juicio cambiario previsto en la LEC solo procederá si, al incoarlo, se presenta: (Gestión Procesal 2024 pregunta 62) Art. 819 OFICIALES. Documento, cualquiera que sea su forma y clase o soporte físico, firmado por el deudor o con su sello, impronta o marca o con cualquier otra señala, física o electrónica. Letra de cambio, cheque o pagaré que reúna los requisitos previstos en la Ley Cambiaria y del Cheque. Factura, albarán de entrega, certificación, telegrama, telefax o cualquier otro documento que acredite los créditos y deudas existentes entre acreedor y deudor. Cualesquiera documentos en el que conste la deuda existente, si va acompañado de documentos comerciales acreditativos de una relación comercial duradera entre acreedor y deudor conforme a la Ley cambiaria y del cheque. Indique la respuesta incorrecta. Las Salas de Gobierno, desempeñarán la función de gobierno de sus respectivos tribunales, y en particular les compete: Art. 152.1. 2º, 3º, 5º y 80. Establecer anualmente con criterios objetivos los turnos precisos para la composición y funcionamiento de las Salas y Secciones del Tribunal y de las Audiencias Provinciales del territorio, así como de modo vinculante las normas de asignación de las Ponencias que deban turnar los Magistrados. Adoptar, con respeto a la inamovilidad judicial, las medidas necesarias en los casos de disidencia entre magistrados que puedan influir en el buen orden de los tribunales o en la Administración de Justicia. Proponer motivadamente al Ministerio de Justicia a los magistrados suplentes. Promover los expedientes de jubilación por causa de incapacidad de los Magistrados, e informarlos. La elección de miembros de las Salas de gobierno deberá convocarse: Art. 151.1.1o LOPJ. Con un mes de antelación a la terminación del mandato de los anteriores miembros electivos. Con dos meses de antelación a la terminación del mandato de los anteriores miembros electivos. Con tres meses de antelación a la terminación del mandato de los anteriores miembros electivos. Con cuatro meses de antelación a la terminación del mandato de los anteriores miembros electivos. Indique la respuesta incorrecta según el artículo 106 de la Ley Orgánica del Poder Judicial: Art. 106.1 y .2 LOPJ. La Sala de Gobierno del Tribunal Supremo ejerce sus atribuciones en dicho Tribunal y, además, sobre el Tribunal Central de Instancia. La Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional ejerce sus atribuciones en dicho Tribunal. Las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia ejercen sus competencias en el propio Tribunal con respecto a los órganos judiciales radicados en la respectiva Comunidad Autónoma. La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ejercerá estas mismas competencias en relación con los órganos judiciales radicados en las Ciudades de Ceuta y Melilla. Existirá en cada Tribunal una Junta Electoral: Art. 151.2 LOPJ. Que estará presidida por su Presidente e integrada, además, por el Magistrado más antiguo y el más moderno del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional o del Tribunal Superior de Justicia correspondiente. Que estará presidida por su Presidente e integrada, por el Magistrado más antiguo del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional o del Tribunal Superior de Justicia correspondiente. Que estará presidida por su Presidente e integrada, por el Magistrado más moderno del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional o del Tribunal Superior de Justicia correspondiente. Ninguna respuesta es correcta. El Poder Judicial se organiza y ejerce sus funciones con arreglo a los principios de: Art. 104.1 LOPJ. Legalidad y jerarquía. Unidad e independencia. Publicidad y transparencia. Unidad y transparencia. La Comisión pondrá en conocimiento del Pleno, previamente convocado, todos aquellos asuntos que han sido tratados y resueltos: Art. 153.2 LOPJ. Semanalmente. Trimestralmente. Semestralmente. Anualmente. Los magistrados y las magistradas del Tribunal Central de Instancia elegirán a quien, de entre ellos y ellas, deba ejercer la Presidencia por: Art. 166.4 LOPJ. Mayoría absoluta. Mayoría de tres quintos. Mayoría de dos quintos. Mayoría de tres cuartos. No corresponde a quienes ejerzan las Presidencias de los Tribunales de Instancia: Art. 168.2 LOPJ. Coordinar el funcionamiento del Tribunal adoptando las resoluciones precisas que, desde el punto de vista organizativo y en su ámbito competencial, sean necesarias para la buena marcha del mismo. Resolver en única instancia los recursos gubernativos que quepa interponer contra las decisiones de los letrados y letradas de la Administración de Justicia en materia de reparto. Poner en conocimiento de la Sala de Gobierno toda posible anomalía en el funcionamiento de los servicios comunes procesales de su territorio. Convocar a la Junta de Sección. A la Fiscalía Europea le corresponderá: Art. 541. Bis LOPJ. Investigar los delitos que perjudiquen los intereses financieros de la Unión Europea en los que, con arreglo al Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, ejerza de forma efectiva su competencia. Ejercer la acción civil ante el órgano de enjuiciamiento competente en primera instancia y vía de recurso contra los autores y demás partícipes en los delitos que perjudiquen los intereses financieros de la Unión Europea en los que, con arreglo al Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, ejerza de forma efectiva su competencia. Investigar y ejercer la acción penal ante el órgano de enjuiciamiento competente en primera instancia y vía de recurso contra los autores y demás partícipes en los delitos que perjudiquen los intereses financieros de la Unión Europea en los que, con arreglo al Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, ejerza de forma efectiva su competencia. Investigar y ejercer la acción penal ante el órgano de enjuiciamiento competente en primera instancia y vía de recurso contra los autores y demás partícipes en los delitos que perjudiquen los intereses financieros de la Unión Europea en los que, con arreglo al Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, ejerza de forma efectiva su competencia, adoptando las medidas cautelares personales que resulten procedentes. Indique la respuesta incorrecta. Corresponden específicamente a las unidades de Policía Judicial las siguientes funciones: Art. 549.1 LOPJ. La averiguación acerca de los responsables y circunstancias de los hechos delictivos y la detención de los primeros, dando cuenta seguidamente a la autoridad judicial y fiscal, conforme a lo dispuesto en las leyes. El auxilio a la autoridad judicial y fiscal en cuantas actuaciones deba realizar fuera de su sede y requieran la presencia policial. La garantía del cumplimiento de las órdenes y resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia y de la autoridad judicial. La realización material de las actuaciones que exijan el ejercicio de la coerción y ordenare la autoridad judicial o fiscal. En las funciones de investigación penal, la Policía Judicial actuará: Art. 550.1 LEC. Bajo la dirección exclusiva del Ministerio de Justicia. Bajo la dirección exclusiva del Ministerio Fiscal. Bajo la dirección de los juzgados y tribunales y del Ministerio Fiscal. Bajo la dirección exclusiva de los juzgados y tribunales. La representación y defensa de las Administraciones públicas y de los órganos constitucionales: (Gestión Procesal 2017-18 pregunta 18) Art. 551.1 OFICIALES. Se rige por lo dispuesto en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. La ostentará en todo caso, el Ministerio Fiscal. La ostentará en todo caso, la Abogacía del Estado. Se rige por lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, así como en las normas que sobre la materia y en el marco de sus competencias hayan dictado las Comunidades Autónomas. La representación y defensa de las Cortes Generales, del Congreso de los Diputados, del Senado, de la Junta Electoral Central, y de los órganos e instituciones vinculadas o dependientes de aquellas, en sus actuaciones ante los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, corresponderá: (Tramitación Procesal 2015 pregunta 76) Art. 551.2 OFICIALES. A los Abogados del Estado integrados en el servicio jurídico del Estado, sin necesidad de Procurador. A los Letrados de las Cortes Generales integrados en las secretarías generales respectivas. AI Abogado que designen para que les represente y defienda. AI Procurador y Abogado que designen para que les represente y defienda. Según el artículo 541 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ¿quién tiene por misión promover la acción de la Justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la Ley, de oficio o a petición de los interesados? (Auxilio Judicial 2016 pregunta 100) Art. 541.1 OFICIALES. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio de Justicia. El Ministerio Fiscal. El Tribunal Supremo. De conformidad con el articulo 207 de la LEC, indique la respuesta correcta: (Gestión Procesal 2024 incidencia pregunta 27) Art. 207.3 OFICIALES. Son resoluciones definitivas aquéllas contra las que no cabe recurso alguno. Son resoluciones firmes aquéllas que ponen fin a la primera instancia. Las resoluciones definitivas tienen autoridad de cosa juzgada. El tribunal de un proceso en que haya recaído una resolución firme debe estar en todo caso a los dispuesta en ella. Respecto al plazo para dictar las resoluciones judiciales, el artículo 211.2 de la LEC establece que la inobservancia del plazo dará Iugar: (Tramitación Procesal 2016 pregunta 94) Art. 211.2 OFICIALES. A la nulidad de la resolución. A la anulabilidad de la resolución. A la interposición del recurso de queja. A la corrección disciplinaria, a no mediar justa causa, que se hará constar en la resolución. Las diligencias de ordenación (Señale la respuesta incorrecta): (Tramitación Procesal 2023 incidencia pregunta 85) Art. 208.1 OFICIALES. Podrán ser dictadas por los funcionarios pertenecientes al cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa en caso de extraordinaria y urgente necesidad. Han de ser dictadas siempre por el Letrado de la Administración de Justicia. Su contenido tiende a dar a los autos el curso ordenado por la Iey impulsando formalmente el procedimiento en todos sus trámites. Incluirán una sucinta motivación cuando así lo disponga la Iey o quien hay de dictarlas lo estime conveniente. Según el artículo 210 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en un proceso civil, ¿se pueden dictar oralmente sentencias? (Auxilio Judicial 2022 concurso-oposición pregunta 53) Art. 210.3 OFICIALES. Sí, cuando razones de urgencia lo aconsejen. Sí, en aquellos casos determinados por la Ley. Podrán dictarse sentencias orales en los juicios verbales, salvo en los procedimientos en los que no intervenga procurador. No se dictarán oralmente sentencias en procesos civiles, salvo aquellos asuntos que por razón de la cuantía sean inferiores a 2.000 euros. Según el artículo 208 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, qué resoluciones se limitarán a expresar lo que por ellas se mande e incluirán además una sucinta motivación cuando así lo disponga la Iey o quien haya de dictarlas lo estime conveniente: (Auxilio Judicial 2022 concurso-oposición Incidencias pregunta 21) Art. 208.1 OFICIALES. Las sentencias. Los decretos. Las diligencias de ordenación y las providencias. Los autos. |




