Nuevo Código Procesal Penal Juvenil de Santa Fe
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Título del Test:
![]() Nuevo Código Procesal Penal Juvenil de Santa Fe Descripción: Exámen 2026 |



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¿Cuándo entró en vigor el nuevo Código Procesal Penal Juvenil en la provincia de Santa Fe?. 1 de enero de 2025. 21 de junio de 2025. 1 de julio de 2025. ¿Qué ley sancionó el nuevo Código Procesal Penal Juvenil en Santa Fe?. Ley n.° 14.227. Ley n.° 14.228. Ley n.° 14.229. ¿Qué antigua modalidad dentro del Poder Judicial se elimina con la implementación del nuevo Código de Menores?. La Dirección de Menores. La Justicia de Menores. El Tribunal de Familia. ¿Quién estará a cargo del nuevo régimen de acusación y enjuiciamiento?. El Poder Judicial. El Ministerio Público de la Acusación (MPA). La Policía Provincial. ¿A qué personas se aplica el nuevo régimen procesal?. Personas mayores de 18 años. Personas menores de 18 años al momento de la comisión del hecho. Personas que hayan cumplido 18 años durante el proceso. ¿Qué criterio se utiliza en caso de duda sobre la edad de la persona?. Se presume mayor de edad hasta que se demuestre lo contrario. Se presume menor de edad hasta que se acredite fehacientemente lo contrario. Se solicita un informe pericial para determinar la edad. ¿Qué principio se aplicará buscando la reintegración social del menor y la restauración de la paz social?. Principio de Sanción Punitiva. Principio de Justicia Restaurativa. Principio de Defensa en Juicio. ¿Qué se priorizará frente a la promoción del proceso penal cuando solo se busca la aplicación de una pena?. La desjudicialización y medidas no punitivas. El endurecimiento de las penas. La intervención inmediata del Poder Judicial. ¿Qué derechos de los mayores de edad se respetarán en los procesos con menores?. Solo el derecho a la defensa. El juicio previo, la inviolabilidad de la defensa, el juez natural, el estado de inocencia, entre otros. Ningún derecho de los mayores de edad aplica a los menores. Además de los derechos de los mayores, ¿qué otros derechos se respetarán en los procesos con menores?. Los derechos propios de su condición de persona en crecimiento y los de la Convención de los Derechos del Niño. Solo los derechos establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia. Los derechos que elijan ellos mismos. ¿Qué requiere el principio de especialidad/especificidad en relación a los órganos judiciales?. Que los órganos judiciales tengan competencia general. Que los órganos judiciales estén capacitados y tengan competencia específica (exclusividad funcional). Que los jueces sean rotativos entre diferentes fueros. ¿Qué busca el principio de justicia específica y especializada?. Juzgar a los menores como adultos. Dar una respuesta diferente del sistema penal cuando el infractor es menor de edad. Aplicar las mismas penas que a los adultos. ¿Cómo debe ser resuelta cualquier medida cautelar que implique restricción de derechos?. De oficio por el juez. A petición de parte, con fundamento suficiente y proporcionalidad. Por decisión del Ministerio Público de la Acusación. ¿Cuándo se considera la privación de la libertad ambulatoria?. Como primera opción. Como último recurso y por el menor tiempo posible. Solo en casos de delitos graves. ¿Está permitido alojar a personas imputadas menores de edad junto con personas mayores de edad?. Sí, si hay falta de espacio. No, está prohibido. Solo si son delitos similares. ¿Con qué frecuencia se realizarán las audiencias de revisión de medidas que impliquen encierro?. Cada 30 días. Cada 60 días. Como máximo cada 90 días. ¿Qué ocurrirá si el Código Procesal Penal Juvenil no regula algún aspecto?. Se aplicará supletoriamente el Código Civil. Se aplicará supletoriamente el Código Procesal Penal regulado por ley 12734 y sus modificatorias. Se detendrá el proceso hasta una nueva legislación. ¿Quién tiene a cargo el ejercicio de la acción penal pública según el Artículo 6?. El Poder Judicial. El Ministerio Público de la Acusación y el querellante adhesivo. La Policía de Investigaciones. ¿Qué se puede priorizar en cualquier grado y etapa del proceso penal juvenil según el Artículo 6?. La imposición de la pena máxima. No promover o prescindir total o parcialmente de la acción penal. La detención inmediata del imputado. ¿Qué podrá solicitar el Fiscal con acuerdo del imputado menor y su defensor según el Artículo 7?. La suspensión del procedimiento a prueba. La cadena perpetua. El archivo inmediato del caso. ¿Cuál es el plazo máximo de duración de las condiciones impuestas en la suspensión del procedimiento a prueba?. Un (1) año. Dos (2) años. Tres (3) años. ¿Quiénes entenderán en los procesos penales seguidos a personas menores de edad según el Artículo 8?. Los Jueces Civiles. Los Jueces Penales Juveniles. Los Jueces de Paz. ¿Qué tipo de tribunales conformarán los Jueces Penales Juveniles según el Artículo 8?. Tribunales de Investigación Penal Preparatoria Juvenil, Tribunales de Juicio de Responsabilidad Penal Juvenil y Tribunales de Determinación de la pena. Tribunales de Familia y Tribunales de Menores. Tribunales Colegiados de Primera Instancia. ¿Qué función tendrá el Tribunal de la Investigación Penal Preparatoria Juvenil (Art. 9)?. Juzgar los hechos delictivos. Controlar la legalidad procesal y resguardar los derechos y garantías constitucionales. Determinar la pena aplicable. ¿Qué función tendrá el Tribunal de Juicio de Responsabilidad Penal Juvenil (Art. 10)?. Realizar la investigación preparatoria. Juzgar en audiencia oral todos los hechos afirmados como delitos cometidos por la persona menor de edad. Resolver sobre la necesidad de imposición de pena. ¿Qué función tendrá el Tribunal de Determinación de la Pena Juvenil (Art. 11)?. Controlar la legalidad procesal. Resolver sobre la necesidad o no de imposición de pena y determinar la pena aplicable. Juzgar los hechos delictivos. ¿Qué reglas de competencia son plenamente aplicables al proceso penal para personas menores de edad?. Las del Código Civil. Las previstas en la ley 12734 y sus modificatorias. Las establecidas por cada fiscalía. En casos de concurrencia de imputados mayores y menores de edad, ¿ante quién se realizará la audiencia de juicio de responsabilidad?. Ante un Tribunal Penal Juvenil. Ante un mismo Tribunal. Ante dos Tribunales separados. ¿Qué se limitará a hacer el Tribunal en casos de concurrencia de imputados mayores y menores respecto a la persona menor de edad?. Imponer la pena. Declarar su responsabilidad o la falta de ésta, y abstenerse de imponer pena. Archivar la causa. ¿Quiénes son partes procesales esenciales en el proceso penal juvenil?. El imputado menor, el Fiscal y el querellante adhesivo. Solo el Fiscal y el defensor. El imputado, la víctima y el juez. ¿Qué derechos se le garantizan especialmente a la persona imputada menor de edad?. Solo el derecho a ser oído. A conocer y recibir explicación comprensible, ser oído, contar con defensor, no ser sometido a interrogatorio policial, solicitar presencia de responsable parental, y respeto a su vida privada y género. El derecho a la autodefensa. ¿Está permitida la autodefensa de la persona menor de edad?. Sí, en todos los casos. No, no se permitirá la autodefensa. Solo si no hay defensor disponible. ¿Quién interviene en el proceso penal juvenil hasta que la persona menor designe un defensor de confianza?. El Poder Judicial. El Servicio Público Provincial de Defensa Penal. Un abogado particular propuesto por la familia. ¿Tienen derecho a ser informados sobre el caso las personas adultas que ejercen responsabilidad parental o afectiva?. No, solo el imputado tiene derecho a ser informado. Sí, tienen derecho a ser informados, siempre que no exista interés contradictorio. Solo si el juez lo autoriza. ¿Qué se garantiza a las víctimas u ofendidos penalmente en un proceso penal juvenil?. El patrocinio letrado obligatorio. Los derechos reconocidos para las víctimas, sin necesidad de patrocinio letrado. Una indemnización automática. ¿Quién intervendrá como titular de la acción penal pública en causas seguidas contra menores?. La Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. El Ministerio Público de la Acusación. La Policía de Investigaciones. ¿Qué organismo tendrá a su cargo el impulso y desarrollo de las medidas de justicia restaurativa?. El Ministerio Público de la Acusación. La Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia. Los Tribunales Penales Juveniles. ¿Cuándo se iniciará exclusivamente la investigación penal preparatoria en el proceso penal juvenil?. Por decisión del Juez de Garantías. Por decisión del Fiscal. Por denuncia de la víctima. ¿En qué supuestos el personal policial puede privar de la libertad a una persona menor de edad?. Solo con orden judicial. Por orden emitida por el Fiscal, o en caso de aprehensión en comisión flagrante de delito. Cuando el Fiscal lo autorice verbalmente. ¿Qué está prohibido en relación a la incomunicación de personas menores de edad?. La incomunicación solo está prohibida si no hay riesgo para la investigación. Queda prohibida la incomunicación, excepto casos de grave riesgo y disposición fiscal. La incomunicación está permitida en todos los casos. ¿Está permitido el alojamiento de personas menores de edad con mayores de edad en dependencias policiales?. Sí, siempre que sea provisorio. No, está prohibido, salvo casos excepcionales y provisorios. Solo si las dependencias policiales son separadas. ¿Cuándo se citará a una persona imputada menor de edad a una audiencia con el Fiscal?. Cuando el Fiscal estime que hay probabilidad sobre la existencia del hecho y la participación del menor. Cuando la víctima lo solicite. Luego de la sentencia. ¿En qué plazo máximo debe realizarse la audiencia de imputación si la persona se encuentra detenida?. Dentro de las 24 horas. Como máximo dentro de las 48 horas del inicio de la privación de libertad. Dentro de los 7 días. ¿Las medidas cautelares contra menores de edad son la regla o la excepción?. Son la regla. Son la excepción. Depende de la gravedad del delito. ¿Qué información debe contener la resolución que disponga una medida cautelar contra un menor de edad?. Solo el nombre del menor. Su duración conforme el peligro procesal que justifique su imposición. La opinión del Ministerio Público. ¿Cuál de las siguientes es una medida cautelar enumerada en la ley 14.228?. Prisión domiciliaria. Prohibición de salir del país. Multa económica. |




