Nulidad y Anulabilidad
|
|
Título del Test:
![]() Nulidad y Anulabilidad Descripción: Nulidad y Anulabilidad de los Actos Administrativos |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
¿En qué casos los actos de las Administraciones Públicas son nulos de pleno derecho?. a) Los que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional. b) Los dictados por órgano competente. c) Los que tengan un contenido ambiguo. d) Los que no cumplan con los plazos establecidos. ¿Qué ocurre si un acto es dictado por un órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio?. a) Es válido. b) Es anulable. c) Es nulo de pleno derecho. d) Se puede convalidar. ¿Qué ocurre con los actos que tengan un contenido imposible?. a) Son válidos si se corrigen. b) Son anulables si se subsanan. c) Son nulos de pleno derecho. d) No tienen efectos legales. ¿Qué sucede con los actos constitutivos de infracción penal?. a) Son válidos si la infracción es leve. b) Son anulables si el infractor es un funcionario. c) Son nulos de pleno derecho. d) Se pueden convalidar. ¿Qué implica dictar un acto prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido?. a) El acto es válido. b) El acto es anulable. c) El acto es nulo de pleno derecho. d) El acto puede ser convalidado. ¿Qué ocurre si los actos expresos o presuntos son contrarios al ordenamiento jurídico y se adquieren facultades sin cumplir los requisitos?. a) Son válidos. b) Son anulables. c) Son nulos de pleno derecho. d) Se pueden subsanar. ¿Qué ocurre si una disposición administrativa contradice la Ley?. a) Es válida. b) Es anulable. c) Es nula de pleno derecho. d) Puede ser convalidada. ¿Qué disposiciones administrativas son nulas de pleno derecho?. a) Las que se ajusten a la Constitución. b) Las que vulneren la Constitución. c) Las que regulan materias que no están reservadas a la Ley. d) Las que no establezcan la retroactividad. ¿Qué sucede si una disposición administrativa regula materias reservadas a la Ley?. a) Es válida. b) Es anulable. c) Es nula de pleno derecho. d) Puede ser convalidada. ¿Qué sucede con las disposiciones administrativas que establecen retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables?. a) Son válidas. b) Son anulables. c) Son nulas de pleno derecho. d) Pueden ser convalidadas. En qué casos son anulables los actos de la Administración?. a) Cuando se ajustan al ordenamiento jurídico. b) Cuando incurren en infracción del ordenamiento jurídico, incluso desviación de poder. c) Cuando son dictados por el órgano competente. d) Nunca son anulables. ¿Cuándo el defecto de forma determina la anulabilidad de un acto?. a) Siempre. b) Cuando no afecta el fin del acto. c) Cuando el acto carece de requisitos formales indispensables para su fin o causa indefensión. d) Nunca. ¿Qué implica la realización de actuaciones administrativas fuera de plazo?. a) El acto siempre es válido. b) Implica la nulidad del acto. c) Implica la anulabilidad del acto si así lo impone la naturaleza del término o plazo. d) No tiene consecuencias. ¿Qué efecto tiene la nulidad o anulabilidad de un acto sobre los actos sucesivos en el procedimiento?. a) Implica la nulidad de todos los actos sucesivos. b) No implica la nulidad de los actos sucesivos si son independientes del primero. c) Siempre implica la nulidad de los actos sucesivos. d) Depende de la voluntad de la Administración. ¿Qué ocurre si la nulidad o anulabilidad afecta solo a una parte del acto administrativo?. a) Implica la nulidad de todo el acto. b) Implica la nulidad de las partes restantes. c) No implica la nulidad de las partes restantes si son independientes. d) El acto se convierte en válido. ¿Qué ocurre con los actos nulos o anulables que contienen elementos de otro acto distinto?. a) No producen ningún efecto. b) Producen los efectos del acto distinto que contengan. c) Se deben anular. d) Se deben modificar. ¿Qué ocurre con los actos y trámites que no se ven afectados por la nulidad o anulabilidad?. a) Se deben eliminar. b) El órgano debe decidir sobre ellos. c) Se conservarán. d) Deben ser modificados. ¿Qué puede hacer la Administración con los actos anulables?. a) Anularlos. b) Convalidarlos. c) Ignorarlos. d) Modificarlos sin más. ¿Desde cuándo produce efecto la convalidación?. a) Desde que se realiza. b) Desde la fecha del acto convalidado. c) Desde la fecha que determine la Administración. d) Desde el día siguiente a la convalidación. ¿Quién puede realizar la convalidación si el vicio es la incompetencia no determinante de nulidad?. a) El órgano que dictó el acto viciado. b) Cualquier órgano administrativo. c) El órgano competente que sea superior jerárquico del que dictó el acto viciado. d) El interesado. ¿Cómo se convalida un acto cuando el vicio es la falta de autorización?. a) El acto no se puede convalidar. b) Concediendo la autorización por el órgano competente. c) Esperando a que el plazo de autorización se cumpla. d) Modificando el acto inicial. ¿Qué es la nulidad de pleno derecho?. a) La anulación de un acto por la Administración. b) La invalidez de un acto administrativo, que no puede ser subsanado y produce efectos desde el inicio. c) La posibilidad de convalidar un acto. d) La revisión de un acto administrativo. ¿Qué es la anulabilidad?. a) La declaración de validez de un acto administrativo. b) La posibilidad de convalidar un acto. c) La invalidez de un acto administrativo que puede ser subsanado. d) Un recurso contra un acto administrativo. ¿Qué es la desviación de poder?. a) El ejercicio de una potestad administrativa para un fin distinto del previsto. b) El incumplimiento de un plazo administrativo. c) La falta de competencia de un órgano administrativo. d) Un error en la forma de un acto administrativo. ¿En qué se basa el principio de conservación de los actos y trámites?. a) En la obligación de rehacer completamente el procedimiento administrativo. b) En la necesidad de iniciar un nuevo procedimiento desde el principio. c) En mantener la validez de los actos y trámites que no hayan sido afectados por la causa de nulidad o anulabilidad. d) En la imposibilidad de conservar cualquier acto o trámite defectuoso. ¿Qué ocurre si un acto administrativo no tiene todos los requisitos formales?. a) Siempre es nulo. b) Siempre es anulable. c) Es anulable solo si la falta de forma impide el fin del acto o causa indefensión. d) No tiene consecuencias. ¿Qué implica la convalidación de un acto anulable?. a) La anulación total del acto. b) La confirmación del acto por parte de la Administración. c) La subsanación de los vicios que lo hacen anulable. d) La modificación del acto, cambiando su contenido. ¿Puede la Administración convalidar un acto nulo de pleno derecho?. a) Sí, siempre. b) Sí, si el vicio es subsanable. c) No, porque es un acto inválido desde su origen. d) Sí, con la aprobación del interesado. ¿Cuál es la consecuencia de dictar un acto por un órgano que carece de competencia?. a) Anulabilidad. b) Nulidad de pleno derecho. c) Convalidación. d) Validez. ¿Qué puede ocurrir si una parte de un acto administrativo es anulada?. a) La totalidad del acto se anula. b) Solo se anula la parte afectada. c) Se anula todo, salvo que las otras partes sean independientes. d) El acto se convalida automáticamente. ¿Qué principio se aplica cuando un acto anulable contiene elementos de otro acto distinto?. a) El principio de legalidad. b) El principio de conservación de los actos. c) El principio de eficacia. d) El principio de vinculación al acto original. ¿Cuál es el objetivo principal de la convalidación de actos?. a) Eliminar el acto. b) Corregir los defectos del acto. c) Iniciar un nuevo proceso administrativo. d) Revisar el contenido del acto. ¿Qué ocurre si una actuación administrativa se realiza fuera del plazo establecido?. a) Siempre es nula. b) Es anulable si la naturaleza del plazo lo exige. c) No tiene consecuencias. d) Se convalida automáticamente. ¿Qué es la retroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables?. a) La aplicación de una sanción a hechos ocurridos antes de que entrara en vigor. b) La aplicación de una sanción que beneficia al infractor. c) La aplicación de una sanción en el futuro. d) La revisión de una sanción ya impuesta. ¿Qué implica la 'desviación de poder' en un acto administrativo?. a) Que el acto ha sido dictado por un órgano incompetente. b) Que el acto se ha utilizado para un fin distinto al que justificó su existencia. c) Que el acto no respeta el procedimiento administrativo. d) Que el acto ha causado perjuicio al interesado. ¿Qué efectos produce la nulidad de un acto administrativo?. a) El acto es válido y produce plenos efectos. b) El acto sigue siendo válido hasta que se anule mediante una resolución administrativa. c) El acto deja de producir efectos desde el momento en que se declara la nulidad, y se retrotraen los efectos al momento de la emisión del acto. d) El acto solo produce efectos para el futuro. ¿Puede un acto anulable ser convalidado si el vicio es la falta de competencia?. a) No, la falta de competencia siempre implica nulidad de pleno derecho. b) Sí, por el mismo órgano que dictó el acto, independientemente de su jerarquía. c) Sí, por el órgano superior jerárquico del que dictó el acto. d) Sí, por cualquier órgano administrativo. ¿Cómo se entiende el principio de conservación de los actos y trámites en el contexto de la nulidad y anulabilidad?. a) Obliga a repetir todo el procedimiento desde el inicio. b) Permite mantener la validez de los actos y trámites que no estén viciados. c) Impide cualquier modificación de los actos y trámites. d) Exige la intervención de todos los interesados en el procedimiento. ¿Qué es una disposición administrativa?. a) Una decisión concreta que afecta a una persona en particular. b) Una norma de carácter general dictada por la Administración Pública. c) Un acto que solo afecta al ámbito interno de la Administración. d) Una petición que hace un ciudadano a la Administración. ¿Cuál es la principal diferencia entre la nulidad de pleno derecho y la anulabilidad?. a) La nulidad de pleno derecho puede ser subsanada, mientras que la anulabilidad no. b) La nulidad de pleno derecho es menos grave que la anulabilidad. c) La nulidad de pleno derecho implica que el acto es inválido desde su origen, mientras que la anulabilidad puede ser convalidada. d) La nulidad de pleno derecho solo afecta a los actos que lesionan derechos fundamentales. ¿Qué requisito formal es indispensable para determinar la anulabilidad de un acto?. a) Que sea notificado correctamente. b) Que esté motivado adecuadamente. c) Que el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a indefensión. d) Que se publique en el boletín oficial. ¿Qué implica que un acto sea contrario al ordenamiento jurídico?. a) Que el acto se ajusta a la ley. b) Que el acto es nulo de pleno derecho. c) Que el acto infringe la ley, reglamentos, y principios generales del derecho. d) Que el acto es solo susceptible de recurso administrativo. ¿En qué casos la Administración debe conservar los actos y trámites?. a) Cuando han sido dictados de acuerdo a la ley. b) Cuando se declaran nulos o se anulan actuaciones y el contenido se mantiene. c) Solo en casos de nulidad. d) Siempre. ¿Cuál es el efecto de la convalidación de un acto?. a) Anula completamente el acto. b) Subsana los vicios del acto. c) Ratifica el acto original sin modificarlo. d) Invalida cualquier actuación anterior. ¿Puede la administración convalidar los actos que incurren en desviación de poder?. a) Sí, siempre. b) Sí, pero solo si no afecta gravemente a los derechos de los interesados. c) No, ya que implica una vulneración de principios fundamentales. d) Sí, con autorización judicial. ¿Qué ocurre cuando se dicta un acto administrativo sin cumplir con el procedimiento legal establecido?. a) El acto es válido si no afecta a los interesados. b) El acto es anulable si se subsana. c) El acto es nulo de pleno derecho. d) El acto es válido si se justifica la omisión. ¿Qué significa que un acto administrativo es 'nulo de pleno derecho'?. a) Que se puede convalidar fácilmente. b) Que es legal y válido. c) Que es inválido desde su origen y no produce efectos legales. d) Que solo puede ser impugnado por la Administración. |





