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TEST NUMERO 3 DEL TEMA 12 - ATENCION CIUDADANIA

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Título del Test:
TEST NUMERO 3 DEL TEMA 12 - ATENCION CIUDADANIA

Descripción:
TEST NUMERO 3 DEL TEMA 12 - ATENCION CIUDADANIA

Fecha de Creación: 2026/03/23

Categoría: Otros

Número Preguntas: 23

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Temario:

1.- La Ley de declaración de voluntad vital anticipada en Andalucía es: a) La Ley Orgánica 5/2003. b) La Ley Orgánica 41/2002. c) La Ley 5/2003. d) La Ley 41/2002.

2.- El consentimiento informado será: a) Verbal. b) Escrito. c) Verbal por regla general. d) Escrito por regla general.

3.- Para garantizar el ejercicio del derecho a una segunda opinión médica, la Dirección General de Asistencia Sanitaria del Servicio Andaluz de Salud: a) Establecerá los procedimientos adecuados a tal fin, incluyendo petición de documentación. b) Designará y actualizará la relación de facultativos que integran los equipos de expertos. c) A y b son correctas. d) Designará al facultativo que dará esa segunda opinión.

4. Una vez elegido un facultativo, para realizar una nueva elección, deberá haber transcurrido: a) Al menos, cuatro meses a fin de garantizar la ordenación administrativa interna de los servicios. b) Al menos seis meses, a fin de garantizar la ordenación administrativa interna de los servicios. c) Al menos, tres meses, a fin de garantizar la ordenación administrativa interna de los servicios. d) Al menos, cinco meses, a fin de garantizar la ordenación administrativa interna de los servicios.

5. El usuario podrá elegir al facultativo especialista u hospital público para las siguientes actuaciones: a) Consultas programadas médicas. b) Consultas programadas quirúrgicas. c) Procedimientos terapéuticos médicos. d) Todas las respuestas son correctas.

6. Se podrá solicitar segunda opinión: a) Tras el diagnóstico de una enfermedad de pronóstico fatal, incurable o que compromete gravemente la calidad de vida. b) Tras la propuesta de un tratamiento con elevado riesgo vital, una vez que el proceso diagnóstico se ha completado y siempre que no requiera tratamiento urgente. c) En los dos casos anteriores. d) En ninguno de los casos anteriores.

7. La solicitud de segunda opinión médica, en cada proceso asistencial: a) Sólo se podrá realizar una única vez. b) Solo se podrá realizar dos veces. c) No se tiene reconocido este derecho. d) Ninguna de las respuestas anteriores es cierta.

8. Se entiende por declaración de voluntad vital anticipada: a) La manifestación oral o escrita hecha para ser incorporada al Registro que esta Ley crea, por una persona capaz que, consciente y libremente, expresa las opciones e instrucciones que deben respetarse en la asistencia sanitaria que reciba en el caso de que concurran circunstancias clínicas en las cuales no pueda expresar personalmente su voluntad. b) La manifestación escrita hecha para ser incorporada al Registro que esta Ley crea, por una persona capaz que, consciente y libremente, expresa las opciones e instrucciones que deben respetarse en la asistencia sanitaria que reciba en el caso de que concurran circunstancias clínicas en las cuales no pueda expresar personalmente su voluntad. c) La manifestación escrita hecha para ser incorporada al Registro que esta Ley crea, por una persona capaz o incapaz que, consciente y libremente, expresa las opciones e instrucciones que deben respetarse en la asistencia sanitaria que reciba en el caso de que concurran circunstancias clínicas en las cuales no pueda expresar personalmente su voluntad. d) La manifestación escrita hecha para ser incorporada al Registro que esta Ley crea, por una persona capaz que, consciente y libremente, expresa las opciones e instrucciones que deben respetarse en la asistencia sanitaria que reciba en el caso de que concurran circunstancias clínicas en las cuales pueda expresar personalmente su voluntad.

9. La declaración de voluntad vital anticipada podrá ser modificada por su autor: a) No podrá ser modificada. b) En cualquier momento. c) En el plazo de cinco años. d) En el plazo de un año.

10. Para el ejercicio del derecho a la libre elección de médico general y pediatra contenido en el Decreto 60/1999, de 9 de marzo, los interesados dirigirán las solicitudes a: a) Los Centros de Salud dependientes de los Distritos de Atención Primaria. b) Cualquiera de los registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según el modelo que se facilitará a los interesados en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud, en los Distritos de Atención Primaria y en los Centros de Atención Primaria. c) A y b son ciertas. d) Ninguna de las respuestas es correcta.

11. Señale la repuesta falsa. Para facilitar el ejercicio del derecho a la libre elección de médico, los Distritos de Atención Primaria adoptarán cuantas medidas sean precisas para que en todos sus Centros dependientes exista a disposición de los usuarios información relativa a: a) Cuadro médico (relación nominal de médicos del Centro). b) Horarios de las consultas de los hospitales. c) Cartera de servicios de cada Centro. d) Y situación de disponibilidad de cupo.

12. En aras de una mejor calidad asistencial, los Directores de los Distritos de Atención Primaria de Salud, mediante resolución motivada, no asignarán nuevos usuarios a un determinado facultativo cuando: a) El cupo de personas que tenga asignado aconseje este incremento, a cuyo fin los usuarios serán informados, previa solicitud, sobre el cupo adscrito a un determinado facultativo. b) El cupo de personas que tenga asignado desaconseje este incremento, a cuyo fin los usuarios serán informados, previa solicitud, sobre el cupo adscrito a un determinado facultativo. c) El cupo de personas que tenga asignado desaconseje este incremento, a cuyo fin los usuarios no tienen por qué ser informados, previa solicitud, sobre el cupo adscrito a un determinado facultativo. d) Ninguna de las respuestas es correcta.

13. Señala la afirmación correcta: a) La elección de facultativo se ejercerá individualmente entre los médicos Especialistas de Área y pediatras existentes en el Área Hospitalaria. b) En las ciudades en cuyo término municipal exista más de un Distrito de Atención Primaria, se podrá optar, además, entre los facultativos que presten servicio en dicho termino municipal, con independencia del Distrito al que se hallen adscritos. c) En el caso de ser menores de 16 años emancipados, la elección se realizara por sus representantes legales. d) Con respecto a los incapacitados, la elección se realizara solo a partir de 16 años.

14. Una persona con voluntades vitales anticipadas debidamente registradas, durante el propio proceso asistencial, en pleno uso de sus facultades, toma una decisión contraria a lo que figura en su registro: a) El facultativo debe valorar por uno de los dos. b) Prevalece en cualquier caso la voluntad expresada en el proceso actual, invalidando lo registrado para este proceso en concreto. c) Prevalece en cualquier caso la voluntad expresada con anterioridad si está debidamente registrada. d) Habrá que informar al Ministerio Fiscal para que promueva una resolución judicial al respecto.

15. Cuando el paciente se niegue o no haga acto de presencia a la citación correspondiente, de forma fehaciente, o voluntariamente demore la intervención de manera injustificada ante una intervención quirúrgica, quedará en situación de: a) Pacientes en Lista de Espera Quirúrgica. b) Pacientes en Lista de Espera Quirúrgica. “SIN GARANTÍA”. c) Pacientes en Lista de Espera Quirúrgica “CON GARANTÍA”. d) Ninguna es correcta.

16. Cuando un paciente está pendiente de una intervención quirúrgica en situación de ser operado y cuya espera es atribuible a la organización, estará en la lista de: a) Pacientes en Lista de Espera Quirúrgica. b) Pacientes en Lista de Espera Quirúrgica en situación de “PROGRAMABLE”. c) Pacientes en Lista de Espera Quirúrgica transitoriamente “NO PROGRAMABLE”. d) Ninguna es correcta.

17.- Respecto a la elección de Centro de Atención Primaria: a) La elección de médico general y pediatra podrá efectuarse en los tres meses siguientes al nacimiento del derecho. b) Dicha decisión incluirá en la solicitud justificación, pudiendo, previamente, solicitarse entrevista con el facultativo. c) Para realizar una nueva elección, se dispone de tres meses desde la anterior. d) Ninguna es correcta.

18.- Cuando la persona con derecho a asistencia sanitaria elija un facultativo no destinado en la Zona Básica de Salud a la que pertenezca: a) Le corresponderá al Director del Distrito de Atención Primaria adoptar motivadamente la resolución oportuna. b) Le corresponderá al Director del Área Hospitalaria adoptar motivadamente la resolución oportuna. c) Le corresponderá al Director General de Asistencia Sanitaria adoptar motivadamente la resolución oportuna. d) Ninguna es correcta.

19.- ¿Dónde puede un ciudadano presentar una solicitud de cambio de médico?. a) En el Centro de Salud. b) En el Distrito Sanitario. c) En la Delegación de Salud. d) En cualquiera de ellos.

20.- La elección de médico especialista se realiza: a) Directamente por el usuario/a. b) A través de su médico/a de atención primaria. c) A través de solicitud a la Dirección Médica del Centro Hospitalario. d) Ninguna es correcta.

21.- Si una vez solicitada la segunda opinión médica, existiera discrepancia en el diagnostico o sobre el tratamiento, o sobre ambos: a) Se solicitará una tercera opinión médica de oficio. b) Se analizara, estudiara y discutirá el caso en el seno del equipo de expertos. c) Se repetirán las pruebas para concretar el diagnóstico y tratamiento. d) Todas son correctas.

22.-En cualquier caso se remitirá al interesado el informe realizado, éste informe lo remite: a) El médico que ha dado la segunda o tercera opinión médica. b) El comité de expertos que han dado la segunda opinión médica. c) La Dirección General de Asistencia Sanitaria. d) La Dirección Gerencia del Distrito, Hospital o Área de Gestión Sanitaria correspondiente por historia del paciente.

23.- El plazo máximo para enviar el informe al paciente que ha solicitado la segunda opinión médica es de: a) Quince días siguientes al de presentación de la solicitud de segunda opinión médica. b) Treinta días siguientes al de presentación de la solicitud de segunda opinión médica. c) Quince días siguientes a la fecha de realización del informe. d) Treinta días siguientes a la fecha de realización del informe.

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