Objecte contractes
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Título del Test:
![]() Objecte contractes Descripción: llei contractes 9 2017 |



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El objeto de los contratos del sector público deberá ser. concreto. determinado. suficiente. todas son correctas. El mismo (objeto) se podrá definir en atención a las necesidades o funcionalidades concretas que se pretenden satisfacer. sin cerrar el objeto del contrato a una solución única. cerrando el objeto del contrato a una solución única. sin cerrar el objeto del contrato a una solución determinada. cerrando el objeto del contrato a una solución determinada. Siempre que la naturaleza o el objeto del contrato lo permitan, deberá preverse. la realización independiente de cada una de sus partes mediante su división en lotes. la realización conjunta de cada una de sus partes mediante su agrupación en lotes. ambas son correctas, según el caso. ninguna es correcta. No obstante lo anterior (división en lotes), el órgano de contratación podrá no dividir en lotes el objeto del contrato cuando existan motivos válidos, que deberán justificarse debidamente en el expediente. salvo en los casos de contratos de concesión de obras. salvo en los casos de contratos de concesión de servicios. salvo en los casos de contratos de obras. salvo en los casos de contratos de servicios. En todo caso se considerarán motivos válidos, a efectos de justificar la no división en lotes del objeto del contrato, el siguiente. El hecho de que la división en lotes del objeto del contrato conllevase el riesgo de restringir injustificadamente la competencia. El hecho de que la división en lotes del objeto del contrato conllevase el riesgo de restringir justificadamente la competencia. El hecho de que la división en lotes del objeto del contrato conllevase el riesgo de no restringir injustificadamente la competencia. todas son incorrectas. En todo caso se considerarán motivos válidos, a efectos de justificar la no división en lotes del objeto del contrato, el siguiente. El hecho de que, la realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultara la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico. El riesgo para la correcta ejecución del contrato proceda de la naturaleza del objeto del mismo, al implicar la necesidad de coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones, cuestión que podría verse imposibilitada por su división en lotes y ejecución por una pluralidad de contratistas diferentes. ambas son correctas. ambas son incorrectas. Cuando el órgano de contratación proceda a la división en lotes del objeto del contrato, este podrá introducir las siguientes limitaciones, justificándolas debidamente en el expediente (señale la incorrecta). Podrá limitar el número de lotes para los que un mismo candidato o licitador puede presentar oferta. Podrá limitar el número de lotes que pueden adjudicarse a cada licitador. No podrá limitar el número de lotes adjudicados a un mismo candidato, pero sí a un mismo licitador. Cuando el órgano de contratación considere oportuno introducir alguna de las dos limitaciones a la división en lotes (limitar número de lotes a presentar oferta o a adjudicarse a cada licitador) deberá indicarlo expresamente en. anuncio de licitación, exclusivamente. anuncio de licitación y en el pliego de cláusulas administrativas particulares. anuncio de licitación y en el pliego de cláusulas administrativas generales. pliego de cláusulas administrativas generales, exclusivamente. Si se introduce la limitación del número de lotes que pueden adjudicarse a cada licitador, y un licitador pueda resultar adjudicatario de un número de lotes que exceda el máximo indicado, deberán indicarse los criterios o normas que se aplicarán en. pliegos de cláusulas administrativas particulares. pliegos de cláusulas administrativas generales. anuncio de licitación. en cualquiera de los señalados. Si se introduce la limitación del número de lotes que pueden adjudicarse a cada licitador, y un licitador pueda resultar adjudicatario de un número de lotes que exceda el máximo indicado, deberán indicarse los criterios o normas que se aplicarán en los pliegos de cláusulas administrativas particulares. Estos criterios deberán ser. objetivos y no discriminatorios. objetivos e igualitarios. eficaces y no discriminatorios. eficaces e igualitarios. Cuando el órgano de contratación hubiera decidido proceder a la división en lotes del objeto del contrato y, además, permitir que pueda adjudicarse más de un lote al mismo licitador, aquel podrá adjudicar a una oferta integradora, siempre y cuando se cumplan todos y cada uno de los requisitos siguientes. Que esta posibilidad se hubiere establecido en el pliego que rija el contrato y se recoja en el anuncio de licitación. Que se trate de supuestos en que existan varios criterios de adjudicación. Que previamente se lleve a cabo una evaluación comparativa para determinar si las ofertas presentadas por un licitador concreto para una combinación particular de lotes cumpliría mejor, en conjunto, los criterios de adjudicación establecidos. Todas son correctas. Cuando el órgano de contratación hubiera decidido proceder a la división en lotes del objeto del contrato y, además, permitir que pueda adjudicarse más de un lote al mismo licitador, aquel podrá adjudicar a una oferta integradora, siempre y cuando se cumplan todos y cada uno de los requisitos siguientes. Que esta posibilidad se hubiere establecido en el pliego que rija el contrato y se recoja en el pliego de cláusulas administrativas particulares. Que se trate de supuestos en que exista un solo criterio de adjudicación. Que los empresarios acrediten la solvencia económica, financiera y técnica correspondiente, o, en su caso, la clasificación, al conjunto de lotes por los que licite. Que posteriormente se lleve a cabo una evaluación comparativa para determinar si las ofertas presentadas por un licitador concreto para una combinación particular de lotes cumpliría mejor, en conjunto, loQue posteriormente se lleve a cabo una evaluación comparativas criterios de adjudicación. Cuando se proceda a la división en lotes, las normas procedimentales y de publicidad que deben aplicarse en la adjudicación de cada lote o prestación diferenciada se determinarán en función de. Valor acumulado del conjunto. Precio acumulado del conjunto. Presupuesto acumulado del conjunto. Todas son correctas. En los contratos adjudicados por lotes, y salvo que se establezca otra previsión en el pliego que rija el contrato. cada lote constituirá un contrato. todas las ofertas constituirán un contrato. se podrán acumular lotes para contratos a discreción del órgano de contratación. se podrán acumular lotes para contratos a discreción del contratista. En los contratos adjudicados por lotes, y salvo que se establezca otra previsión en el pliego que rija el contrato, cada lote constituirá un contrato, salvo en casos en que se presenten. ofertas integradoras, en los que todas las ofertas constituirán un contrato. ofertas múltiples, en los que cada oferta constituirá un contrato. ofertas aisladas, en los que todas las ofertas constituirán un contrato. ofertas simplificadas, en los que cada oferta constituirá un contrato. |





