Obligaciones 2
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Título del Test:
![]() Obligaciones 2 Descripción: Para practica |



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La relación Jurídica, en virtud de la cual una de las partes, llamada parte acreedora, puede exigir compulsivamente a la otra parte, llamada parte deudora una prestación de dar, de hacer o de no hacer, que debe ser apreciable en dinero y corresponder a un interés personal de la parte acreedora aun cuando el objeto no tenga carácter patrimonial, es. Objeto obligacional. Obligación civil. Hecho jurídico. Las obligaciones deben ser necesariamente de contenido patrimonial . Verdadero. Falso. Las obligaciones encuentran su nacimiento en el Código Civil Italiano: Verdadero. Falso. En el Derecho Romano primitivo, la potestad que tenía el deudor de entregarse a sí mismo como garantía de su obligación se denominaba. Ley del Talion. Nexum. Manus inectio. Las fuentes actuales de las obligaciones actualmente son: El delito, cuasidelito, contratos y cuasicontratos. Verdadero. Falso. Son elementos de la relación obligatoria. Sujeto, objeto y causa. Sujeto, capacidad, objeto. Consentimiento, causa y objeto. Las obligaciones desprovistas de acción para exigir su cumplimiento pero que dan facultad al acreedor de retener lo que se ha pagado, son las obligaciones. Obligaciones naturales. Obligaciones civiles. Obligaciones reales. El cumplimiento in natura de la obligación hace referencia al. Cumplimiento directo. Cumplimiento indirecto. Pago por indemnización de daños. Entre las teorías que buscan explicar la relación obligacional poniendo énfasis en el carácter personal de la relación, son las teorías: Subjetivas. Objetivas. Romanistas. La culpa y el dolo son factores subjetivos de atribución de la responsabilidad. Verdadero. Falso. Para el caso de incumplimiento total o parcial, o retardo en el cumplimiento de la obligación, las partes pueden estipular una pena predeterminada, esta recibe el nombre de: Indemnización de daños. Cláusula de rescisión. Cláusula Penal. Cuando se causa un daño injusto a otra persona, actuando en marco de un vínculo nacido de la voluntad preexistente, hablamos de responsabilidad: Natural. Extracontractual. Contractual. El daño moral es el daño ocasionado en la persona en su ámbito íntimo, a sus sentimientos, imagen privada y pública. Verdadero. Falso. La Lex Poetelia Papiria es de fundamental importancia en el desarrollo de las obligaciones, ya que con su vigencia quedo establecido que. El deudor debe responder con su personal por las obligaciones. Es posible optar por la prisión en reemplazo del pago de las deudas. El patrimonio de una persona, es la prenda común de sus acreedores. La mora es exclusiva del dudor: Verdadero. Falso. Los factores de atribución objetiva de responsabilidad son: Mora. Determinados específicamente por la ley. Ninguna es correcta. La indemnización de los daños en las obligaciones a rigor del Art.420 del Código Civil Paraguayo, es subsidiaria. Verdadero. Falso. Conjunto de instituciones previstas expresamente en la Ley que tienen como objetivo central defender el Crédito, procurando que el patrimonio del Deudor se mantenga lo suficientemente integro como para responder a las Acreencias: Convocatoria de Acreedores. Medidas Conservatorias. Obligaciones divisibles. El derecho de retención no es accesorio a la relación obligacional. Verdadero. Falso. Las obligaciones disyuntivas son aquellas donde existe uno o varios deudores que deben lo mismo a uno o varios acreedores, con la característica particular y distintiva de estas obligaciones se dan por el hecho de que la elección de uno de los acreedores que recibirá la prestación de uno de los deudores que la cumplirá, desvincula a los demás que no hayan sido elegidos: Verdadero. Falso. La facultad legal concedida a los acreedores quirografarios de obtener la declaración judicial de inoponibilidad de actos jurídicos de disposición, sean a título oneroso o gratuito, realizados por el deudor en fraude o en perjuicio a dichos acreedores: Acción Pauliana. Acción Ejecutiva. Acción Oblicua. Conforme al Código Civil, los créditos con privilegios generales prevalecen sobre los créditos con privilegios especiales. Verdadero. Falso. Empresa Las Montañas S.A. fue condenada por sentencia firme y ejecutoriada de un Juzgado del fuero Civil y Comercial al pago de USD 570.000 debido a los daños y perjuicios ocasionados por no haber podido conseguir la propiedad de una maquinaria ajena vendida a la Empresa Las Palmeras SRL, en el plazo pactado en el contrato. En el contexto de los supuestos descriptos, ¿cuál es la fuente de la relación obligatoria existente entre ambas partes?: Extracontractual. Legal. Mixta. Contractual. ¿En favor de quién puede estipularse una cláusula penal?: En favor de un albacea. En favor del acreedor o de un tercero. Exclusivamente en favor del acreedor. En favor de un fiador o avalista. Pablo Melillo es un vendedor de cuadros de pintura y otras obras de arte. Para el efecto le fue encargado por la Empresa Galería Lourdes S.A., adquirir la única pintura original “Los Lirios de Vincent Van Gogh” para lo cual viajó hasta la Ciudad de Melbourne –Australia. Una vez localizado y adquirido el cuadro, contrató un vuelo interno en Australia para trasladarse hasta el aeropuerto, de lo cual resultó un accidente de aviación que ocasionó la destrucción total de la obra. Según su criterio, ¿cuál es la consecuencia jurídica de lo acontecido?: La obligación queda extinta por subrogación convencional. La obligación queda extinta por ser una obligación de pago facultativo. La obligación queda extinta por imposibilidad de pago. Debe abonar el pago de una indemnización por daños y perjuicios. El Municipio de San Bernardino, demandó por acción ejecutiva a la Empresa Forever Sun S.A., por el cobro de guaraníes 200.000.000 (doscientos millones) en concepto de tasas e impuestos de un inmueble mediante certificado de obligación tributaria correspondiente a los años 2021, 2022 y 2023. De esta situación devino el embargo ejecutivo del referido inmueble, único activo de la Empresa. Sin embargo, con posterioridad, la Empresa Líbano Préstamos S.R.L., también demandó a la Empresa Forever Sun S.A. por acción ejecutiva de un crédito quirografario otorgado con posterioridad al embargo del municipio intentando también el embargo sobre el mismo inmueble. Según su criterio, ¿cuál es la consecuencia jurídica de lo acontecido?: El crédito del Municipio goza de privilegio respecto al inmueble en cuestión por encima del crédito quirografario de la Empresa Líbano Préstamos S.R.L. Ambos acreedores deberán ser satisfechos en igual proporción de sus créditos respecto al inmueble embargado. De lo resultante del remate del inmueble, deberá abonarse los gastos, intereses y capital del crédito de la Empresa Líbano Préstamos S.R.L. por ser el más reciente. Todas son correctas. ¿Cuál es el tipo de interés que se pacta en los préstamos de dinero cuando junto con el capital se abona la suma debida antes del vencimiento del plazo de pago?: Interés Real. Interés compensatorio. Interés punitorio. Interés moratorio. ¿A qué nos referimos cuando una obligación es satisfecha mediante el pago de una indemnización de daños por el incumplimiento de la prestación debida?: Al cumplimiento facultativo. A la acción subrogatoria. Al cumplimiento directo. Al cumplimiento indirecto. Respecto a la valuación del daño, es correcto afirmar que: Solo puede valuarse judicialmente. Puede ser valuada únicamente por fuente legal. Puede ser valuada judicial, convencional e incluso legalmente. Solo puede valuarse por un perito tasador matriculado ante la Corte Suprema de Justicia. Respecto a la siguiente cláusula contractual identifique la naturaleza jurídica de lo pactado por las partes: Las partes convienen que en caso de incumplimiento total del deudor respecto a la prestación debida, en la forma y plazos establecidos en el presente contrato, el acreedor podrá reclamar desde el día siguiente al que ocurra el incumplimiento, el pago de una suma de dinero equivalente al 85% del monto total del contrato. Se estipula igualmente, que el deudor se reserva el derecho de quedar eximido del cumplimiento de la obligación principal por el pago de la pena: Cláusula a primer requerimiento. Cláusula penal. Condición resolutoria. Condición suspensiva. ¿Cuál es el efecto de la demanda de intereses entablada contra uno de los deudores solidarios?: Suspende el cómputo de los intereses para los demás deudores. Posibilita la acción de regreso de uno del deudor demandado contra los demás. Hace correr los intereses respecto de todos los demás deudores. Libera a los demás deudores de la mora. Benedicto Robles es un empresario dedicado al otorgamiento de préstamos personales a corto plazo. En una ocasión, un cliente llamado Ricardo Rotela, acudió al lugar pactado para efectuar el pago de la primera cuota del préstamo, subsistiendo un saldo de veinticuatro cuotas. En esta situación, un dependiente del acreedor entregó erróneamente el pagaré que instrumentaba la deuda total en lugar del recibo de pago parcial, lo que fue aprovechado deshonestamente por el deudor. Según su criterio, ¿cuál es la consecuencia jurídica de lo acontecido?: El deudor queda obligado de cumplir la obligación ya que se trata de un crédito privilegiado. El deudor queda liberado de la obligación por imposibilidad de pago. El acreedor podrá demandar la acción ejecutiva aún sin contar el pagaré si logra demostrar por todos los elementos de prueba la existencia de la relación obligatoria. El acreedor no podrá demandar la acción ejecutiva ya que el pagaré, por su naturaleza de ser un título de crédito, es un documento necesario para ejercer el derecho literal y autónomo inserto en el mismo. ¿Cuál es la naturaleza jurídica de las obligaciones de dar cuerpos ciertos?: Obligaciones indivisibles. Obligaciones divisibles. Obligaciones de no hacer. Obligaciones de hacer. ¿Cuál es el carácter de la mora en las obligaciones indivisibles?: El incumplimiento imputable a uno de los deudores, es personal. El incumplimiento perjudica a todos los deudores. Hace correr los intereses respecto a todos los deudores. Produce efecto respecto a todos los demás. |





