OC_3
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Título del Test:
![]() OC_3 Descripción: 41 al 60 |



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La Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi al contemplar los derechos y deberes ciudadanos, alude a: La obligación de dejar constancia escrita de todo proceso diagnóstico o terapéutico. La obligación de dejar constancia por cualquier medio de todo proceso diagnóstico. La obligación de dejar constancia por cualquier medio de todo proceso diagnóstico o terapéutico. No existe en la Ley ninguna previsión a este respecto, de modo que será el personal facultativo el que decida si el proceso diagnóstico o terapéutico debe quedar registrado. El contrato-programa, tal y como establece la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi: Es el instrumento jurídico mediante el que se articulan las relaciones entre el Gobierno Vasco y las organizaciones del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud para la provisión de servicios sanitarios. Es el instrumento jurídico mediante el que se articulan de manera directa las relaciones entre el Departamento competente en materia de sanidad y las organizaciones del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud que tiene naturaleza jurídica de concierto. Es el instrumento jurídico mediante el que se articulan de manera directa las relaciones entre el Departamento competente en materia de sanidad y las organizaciones del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud que tiene naturaleza jurídica de un convenio de carácter especial. Ninguna respuesta es correcta. El consejo de administración de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud está integrado por: La persona titular de la presidencia y por un número no superior a cinco miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. La persona titular de la presidencia y por un número no superior a tres miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. La persona titular de la presidencia y por cinco miembros en representación del Departamento competente en materia de sanidad. La persona titular de la presidencia, la Consejería del Departamento competente en materia de sanidad y tres miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Según establece la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi: El Plan de Salud de Euskadi debe ser aprobado por el Parlamento Vasco. El Departamento competente en materia de sanidad debe elaborar semestralmente y remitir al Parlamento un informe con la evaluación de los objetivos y determinaciones del Plan de Salud de Euskadi. El Departamento competente en materia de sanidad debe elaborar anualmente y remitir al Parlamento un informe con la evaluación de los objetivos y determinaciones del Plan de Salud de Euskadi. Son correctas las respuestas a) y c). A los efectos de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, las plantillas de personal del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Serán aprobadas por la Presidencia a propuesta del consejo de administración. Se denomina así al número de efectivos de carácter estructural con que cuentan tanto su organización central de administración como las organizaciones de servicios dependientes de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud. Deberán ajustarse al número máximo de efectivos, según grupos profesionales, que anualmente aprobará su consejo de administración a propuesta del Departamento de Sanidad. Deberán ajustarse al número máximo de efectivos, según grupos de titulación, que anualmente aprobará el Departamento de Sanidad. En el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, las inspecciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo previsto en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi y en el resto de la legislación sanitaria corresponde: A la inspección de trabajo del País Vasco adscrita al Departamento de trabajo y empleo del Gobierno Vasco. En todos los casos a las corporaciones locales de la Comunidad Autónoma. Al Departamento competente en materia de sanidad. La inspección en materia sanitaria no es competencia de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Señale cuál de los siguientes criterios no está contemplado en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi para la clasificación de las infracciones en leves, graves o muy graves: La cuantía de la indemnización solicitada. Los riesgos para la salud. El grado de intencionalidad. La gravedad de la alteración sanitaria y social producida. Según establece la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en materia de sanciones señale la respuesta correcta: Las infracciones serán sancionadas exclusivamente con sanción pecuniaria o económica. En los casos de infracciones muy graves, el Gobierno Vasco podrá acordar el cierre temporal del establecimiento, instalación o servicio por un plazo máximo de cinco años. Sin perjuicio de la multa que proceda imponer, en ciertos casos, la sanción económica que se imponga podrá ser incrementada hasta el triple de la cuantía del beneficio ilícito obtenido. En los casos de infracciones muy graves, el Gobierno Vasco podrá acordar el cierre temporal del establecimiento, instalación o servicio por un plazo máximo de tres años. Según la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, las organizaciones a través de las que se procede a la provisión de servicios sanitarios con medios adscritos al ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Realizarán su actividad bajo el principio de autonomía económico-financiera y de gestión. Se configurarán como instituciones de titularidad privada y con personalidad jurídica propia. Se crearán por ley como entidades de titularidad pública y con personalidad jurídica propia. Para realizar su actividad dependen presupuestariamente del ente público Osakidetza- Servicio Vasco de Salud. Respecto al personal sujeto al régimen estatutario que establece la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, señale la respuesta correcta: Este vínculo estatutario se adquiere mediante el cumplimiento de los dos siguientes requisitos: superación del proceso selectivo correspondiente y nombramiento conferido por autoridad competente. Los principios que rigen el procedimiento selectivo para la adquisición del vínculo estatutario son exclusivamente el de igualdad, mérito y capacidad. Los instrumentos de clasificación del personal sujeto a este régimen estatutario son el grupo de titulación, el grupo profesional, la categoría y el puesto funcional que se desempeñe. El grupo de titulación constituye el instrumento de clasificación del personal en base al agrupamiento unitario de las aptitudes profesionales y contenido específico da las tareas propias de la prestación. Corresponderá la presidencia del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud a: Quien ostente la presidencia del Gobierno (Lehendakari) de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La Diputación General del Territorio Histórico en que esté situado el Ente. La presidencia a quien ostente la titularidad del Departamento de Sanidad y la presidencia de honor a quien ostente la presidencia del Gobierno (Lehendakari) de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Quien ostente la titularidad de del Departamento de Sanidad. La función de nombrar y separar a quienes ocupen las Direcciones de División de la organización central del ente público corresponde a: El Consejo de Administración del Ente. La Dirección General del Ente. La Presidencia del Ente. Ninguno de los anteriores. La composición del Consejo del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud contará, además de la persona que ejerza la Presidencia: Con cinco integrantes en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma, que nombrará el Gobierno: una persona a propuesta de la titularidad del Departamento de Hacienda y Administración Pública, otra a propuesta de quien ostente la titularidad de Bienestar Social y las tres restantes a propuesta de la persona titular de Sanidad. Con cinco integrantes en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma, que nombrará el Gobierno: una persona a propuesta de la titularidad del Departamento de Hacienda y Administración Pública, otra a propuesta de la persona titular de la Consejería de Presidencia y las tres restantes a propuesta de la persona titular de Sanidad. Con cinco integrantes en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma, que nombrará el Gobierno: dos a propuesta de la persona titular del Departamento de Hacienda y Administración Pública y las tres restantes a propuesta de la persona titular de Sanidad. Ninguna de los anteriores. La propuesta de Plan Estratégico del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Será formulada por la Dirección General del Ente. Será aprobada por la Presidencia del Ente. Será sometida a informe del Consejo de Administración del Ente. Todas las anteriores son ciertas. La función de convocar, presidir, suspender y levantar las sesiones, arbitrar las deliberaciones del Consejo de Administración del ente público Osakidetza- Servicio vasco de salud y decidir los empates con su voto de calidad corresponderá a: La Dirección General. La Presidencia. La persona de mayor antigüedad del Consejo de Administración. Ninguna de las anteriores. La persona titular de la Dirección General del ente público Osakidetza- Servicio Vasco de Salud: No podrá asistir a las reuniones del Consejo de Administración del Ente. Presidirá las reuniones del Consejo de Administración del Ente. Asistirá a las reuniones del Consejo de Administración del Ente con voz y voto. Asistirá a las reuniones del Consejo de Administración del Ente con voz y sin voto. Corresponde a la organización central de administración y gestión corporativa del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, en materia de gestión asistencial (señálese la respuesta incorrecta): Supervisar el cumplimiento de las políticas generales de calidad y realizar auditorías. Definir criterios generales y proponer la política de precios correspondiente a la prestación de servicios sanitarios incluida en la cobertura pública. Coordinar los recursos y, en su caso, proponer medidas de intervención sobre las listas de espera. Promover protocolos de interés general. Corresponde a la organización central de administración y gestión corporativa del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, en materia de gestión de recursos humanos (señálese la respuesta incorrecta): Supervisar, controlar y evaluar las políticas de personal del Ente. Promover acuerdos de cooperación con centros correspondientes a la sanidad privada. Dirigir el funcionamiento del registro de personal. Gestionar los procesos de selección y de provisión que el Consejo de Administración determine, por su carácter general, previsible número de aspirantes u otras circunstancias análogas, y, a tal fin, convocarlos, establecer sus bases, programas y contenidos, y designar a los tribunales calificadores de los mismos. Corresponde a cada organización de servicios sanitarios del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud el ejercicio de todas las facultades de gestión y administración que se requieran para el ejercicio de la actividad de provisión de servicios sanitarios que tengan encomendada, quedando excluidas únicamente: Aquellas facultades de gestión centralizada que los estatutos sociales del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud atribuyen expresamente a la organización central del Ente Público y las competencias propias de otras instancias de acuerdo con las Leyes y Reglamentos vigentes. Aquellas facultades de gestión centralizada que los estatutos sociales del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud atribuyen expresamente a la Presidencia del Ente Público y las competencias propias de otras instancias de acuerdo con las Leyes y Reglamentos vigentes. Aquellas facultades de gestión centralizada que los estatutos sociales del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud atribuyen expresamente al Consejo de Administración del Ente Público y las competencias propias de otras instancias de acuerdo con las Leyes y Reglamentos vigentes. Ninguna de las anteriores. El número de integrantes del equipo directivo de las organizaciones de servicios sanitarios del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Oscilará entre dos y tres. Oscilará entre tres y cuatro. Oscilará entre cuatro y cinco. La normativa que rige su estatuto jurídico no establece un número determinado sino un máximo de cinco. |





