ocho
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Título del Test:![]() ocho Descripción: zortzi db |




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Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de caídas: los suelos se clasifican, en función de su valor de resistencia al deslizamiento RD en cuatro clases. para el caso de zonas interiores secas con pendiente menor que el 6%: Se exige Clase 1 como mínimo. Se exige Clase 2 como mínimo. Se exige Clase 3 como mínimo. Se exige Clase 0 como mínimo. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de caídas; con el fin de limitar el riesgo de caídas como consecuencia de traspiés o de tropiezos, los desniveles que no excedan de 5 cm se resolverán con una pendiente que no exceda: El 12%. El 6%. El 25%. El ancho de umbral de la puerta de acceso. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de caídas; en zonas para circulación de personas, el suelo no presentará perforaciones o huecos por los que pueda introducirse una esfera de: 1cm de diámetro. 2cm de diámetro. No hay exigencias concretas. 1,5 cm de diámetro. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de caídas; con el fin de limitar el riesgo de caída, existirán barreras de protección en los desniveles. las barreras de protección tendrán, como mínimo, una altura de: 100cm en uso de vivienda. 90cm cuando la altura que protegen excede de 7m. 110cm cuando la altura que protegen excede de 6m. 110 cm en cualquier caso. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, sección 1, seguridad frente al riesgo de caídas; las barreras de protección en los desniveles no pueden ser fácilmente escalables por los niños, para lo cual: En la altura comprendida entre 10 cm y 50 cm sobre el nivel del suelo no existirán puntos de apoyo. En la altura comprendida entre 30 cm y 50 cm sobre el nivel del suelo no existirán puntos de apoyo. En la altura comprendida entre 10 cm y 80 cm sobre el nivel del suelo no existirán puntos de apoyo. En la altura comprendida entre 10 cm y 25 cm sobre el nivel del suelo no existirán puntos de apoyo. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de caídas; las barreras de protección en edificios de uso residencial vivienda, en los desniveles estarán diseñadas de manera que no tengan aberturas que puedan ser atravesadas por: Una esfera de 10 cm de diámetro. Una esfera de 15 cm de diámetro. Una esfera de 12 cm de diámetro. Un prisma de 12 cm de lado. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de caídas; las escaleras de uso restringido deberán tener una anchura mínima de: 70 cm. 75 cm. 80 cm. 90 cm. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de caídas; las escaleras de uso restringido deberán tener las siguientes dimensiones: La contrahuella medirá como máximo 25cm y la huella 20cm como mínimo. La contrahuella medirá como máximo 20cm y la huella 22cm como mínimo. La contrahuella medirá como máximo 22cm y la huella 22cm como mínimo. La contrahuella medirá como máximo 18cm y la huella 25cm como mínimo. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de caídas; las escaleras de uso general deberán tener las siguientes dimensiones: La huella medirá 28 cm como mínimo y la contrahuella 18cm como máximo. La huella medirá 30 cm como mínimo, si tiene bocel y la contrahuella 13,5 cm como mínimo y 18 cm como máximo. La huella medirá 28 cm como mínimo y la contrahuella 16,5 cm como máximo en zonas de uso público. La huella medirá 28 cm como mínimo, y la contrahuella 13 cm como mínimo y 18,5 cm como máximo. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de caídas; las escaleras de uso general deberán tener tramos que tengan como mínimo 3 peldaños. en zonas de uso público, la máxima altura que puede salvar un tramo es de: 2,20 m. 2,25 m. 3,20 m. 3,25 m. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de caídas; las escaleras de uso general, en el caso de uso residencial vivienda, deberán tener una anchura útil mínima de: 0,80 m si la ocupación es inferior a 25 personas. 0,90 m si la ocupación es inferior a 60 personas. 1,00 m si la ocupación es inferior a 100 personas. 1,10 m si la ocupación es inferior a 100 personas. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de caídas; la anchura útil de una escalera curva excluye las zonas en las que la dimensión de la huella sea menor que: 18,5 cm. 17 cm. 22 cm. 20 cm. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, las escaleras deberán disponer de pasamanos. éstos estarán a una altura comprendida: Entre 0,80 m y 1,00 m. Entre 0,80 m y 1,10 m. Entre 0,90 m y 1,10 m. Entre 0,90 m y 1,20 m. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, a efectos de este db, para que un itinerario se considere rampa debe tener una pendiente mínima del: 4%. 6%. 2%. 5%. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de caídas; las rampas situadas en recorridos accesibles tendrán una pendiente máxima de: 12%. 10%. 8%. 6%. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de caídas; las mesetas entre tramos de una escalera de uso general con la misma dirección tendrán la siguiente dimensión mínima: La anchura de la escalera y una longitud medida en su eje de 1 m. La anchura de la escalera y una longitud medida en su eje igual a la anchura. La anchura de la escalera y una longitud medida en su eje de 1,10 m. La anchura de la escalera y una longitud medida en su eje de 0,90.m. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de caídas; las mesetas entre tramos de una rampa con la misma dirección tendrán la siguiente dimensión mínima: La anchura de la rampa y una longitud medida en su eje de 1,20 m como mínimo. La anchura de la rampa y una longitud medida en su eje igual a la anchura como mínimo. La anchura de la rampa y una longitud medida en su eje de 1,40 m como mínimo. La anchura de la rampa y una longitud medida en su eje de 1,50 m como mínimo. Según el DB-SUA 2, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento, la altura libre de paso en zonas de circulación en zonas de uso restringido será como mínimo: 2,20 m. 2,10 m. 2,00 m. 1,90 m. Según el DB-SUA 2, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento, la altura libre de paso en zonas de circulación en zonas que no sean de uso restringido será como mínimo: 2,20 m. 2,10 m. 2,00 m. 1,90 m. Según el DB-SUA 2, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento, las grandes superficies acristaladas que se puedan confundir con puertas estarán provistas en toda su longitud de señalización visual contrastada, compuesta por dos bandas situadas: A una altura inferior comprendida entre 1,00 y 1,10 m y a una altura superior comprendida entre 1,50 y 1,70 m. A una altura inferior comprendida entre 0,85 y 1,10 m y a una altura superior comprendida entre 1,40 y 1,70 m. A una altura inferior comprendida entre 0,85 y 1,10 m y a una altura superior comprendida entre 1,50 y 1,70 m. A una altura inferior comprendida entre 1.00 y 1,10 m y a una altura superior comprendida entre 1,40 y 1,70 m. Según el DB-SUA 4, Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada, en cada zona se dispondrá una instalación de alumbrado capaz de proporcionar: Una iluminancia mínima de 20 lux en zonas exteriores y de 100 lux en zonas interiores. Una iluminancia mínima de 20 lux en cualquier zona. Una iluminancia mínima de 100 lux en cualquier zona. Una iluminancia mínima de 50 lux en cualquier zona. Según el DB-SUA 4, Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada, los edificios dispondrán de un alumbrado de emergencia que, en caso de fallo del alumbrado normal, suministre la iluminación necesaria para facilitar la visibilidad a los usuarios. contarán con alumbrado de emergencia las zonas y los elementos siguientes: Todo recinto con una ocupación superior a 50 personas. Todo recinto con una ocupación superior a 100 personas. Todo recinto de uso aparcamiento. Todo recinto que albergue instalaciones. Según el DB-SUA 5, Seguridad frente al riesgo causado por situaciones de alta ocupación, en el caso de un graderío de un estadio con espectadores de pie, la pendiente del mismo no será superior a: 25 %. 35%. 45%. 50%. Según el DB-SUA 5, Seguridad frente al riesgo causado por situaciones de alta ocupación, la longitud de una fila que tenga accesos desde pasillos situados en sus dos extremos será de: 10 m como maximo. 20 m como máximo. 25 m como máximo. 50 m como máximo. Según el DB-SUA 5, Seguridad frente al riesgo causado por situaciones de alta ocupación, la diferencia de cota entre cualquier fila de espectadores y alguna salida del graderío será como máximo de: 2,50 m. 3,20 m. 4,00 m. 5,00 m. Según el DB-SUA 6, Seguridad frente al riesgo de ahogamiento, la profundidad de los vasos de piscina (exceptuando las infantiles) será: De 3 m, como máximo, y contarán con zonas cuya profundidad será menor que 1,40 m. De 3,50 m, como máximo, y contarán con zonas cuya profundidad será menor que 1,40 m. De 4 m, como máximo, y contarán con zonas cuya profundidad será menor que 1,30 m. De 3 m, como máximo, y contarán con zonas cuya profundidad será menor que 1,30 m. Según el DB-SUA 7, Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento, las zonas de uso aparcamiento dispondrán de un espacio de acceso y espera en su incorporación al exterior con las siguientes dimensiones: Una longitud de 4,5 m como mínimo y una pendiente del 6% como máximo. Una longitud de 4,5 m como mínimo y una pendiente del 5% como máximo. Una longitud de 5 m como mínimo y una pendiente del 6% como máximo. Una longitud de 5 m como mínimo y una pendiente del 3% como máximo. Según el DB-SUA 7, Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento, todo recorrido para peatones previsto por una rampa para vehículos, tendrá una anchura mínima: De 1,00 m. De 0,90 m. De 0,80 m. De 0,75 m. Según el DB-SUA 9, Accesibilidad, Anejo A: Terminología, los espacios para giro en itinerarios accesibles, en el vestíbulo de entrada y frente a ascensores accesibles, tendrán una dimensión mínima de: Diámetro 1,20 m libre de obstáculos. Diámetro 1,50 m libre de obstáculos. Diámetro 1,40 m libre de obstáculos. Diámetro 1,80 m libre de obstáculos en edificios de uso público. Según el DB-SUA 9, Accesibilidad, Anejo A: Terminología, los pasillos y pasos situados en itinerarios accesibles tendrán una dimensión mínima de: 1,20 m. 1,40 m. 1,50 m. 1,80 en edificios de uso público. Según el DB-SUA 9, Accesibilidad, Anejo A: Terminología, las puertas situadas en itinerarios accesibles dispondrán de un espacio horizontal libre del barrido de las hojas de diámetro ø 1,20 m, y la anchura libre de paso de las mismas será como mínimo de: 0,77 cm medida en el marco de la hoja. 0,80 cm medida en el marco de la hoja. 0,90 cm medida en el marco de la hoja en el caso de edificios de uso público. 0,75 cm medida en el marco de la hoja en el caso de edificios de uso residencial vivienda. Según el DB-SUA 9, Accesibilidad, Anejo A: Terminología, una plaza reservada para usuarios de silla de ruedas cumple una de las condiciones siguientes: Estar situada en un lugar cercano al escenario y disponer de un asiento anejo para el acompañante, en el caso de tratarse de un auditorio. Estar situada en un lugar con pendiente inferior al 2%. Tener unas dimensiones mínimas de 0,80 por 1,20 m, en el caso de aproximación frontal y disponer de un asiento anejo para el acompañante. Tener unas dimensiones mínimas de 0,80 por 1,40 m, en el caso da aproximación frontal y disponer de un asiento anejo para el acompañante. Según el DB-SUA 9, Accesibilidad, Anejo A: Terminología, el plano de trabajo de un punto de atención accesible cumple una de las siguientes condiciones: Tiene una anchura de 0,80 m, como mínimo, y tiene un espacio libre inferior de 70 x 80 x 50 cm (altura x anchura x profundidad), para poder posicionar una silla de ruedas. Tiene una anchura de 0,80 m, como mínimo, y está situado a una altura de 0,75 m, como máximo, para poder posicionar una silla de ruedas. Tiene una anchura de 0,80 m, como mínimo, y tiene un espacio libre inferior de 75 x 80 x 60 cm (altura x anchura x profundidad), para poder posicionar una silla de ruedas. Tiene una anchura de 0,80 m, como mínimo, y está situado a una altura de 0,80 m, como máximo, con un espacio inferior con una profundidad de 0,60m, para poder posicionar una silla de ruedas. Según el DB-SUA 9, Accesibilidad, Anejo A: Terminología, las dimensiones mínimas de la cabina de un ascensor accesible en un edificio de viviendas (s < 1000m²), donde no se prevea la existencia de viviendas accesibles para usuarios de silla de ruedas son: 1,00 x 1,20 m. 1,00 x 1,25 m. 1,00 x 1,30 m. 1,20 x 1,40 m. Según el DB-SUA 9, Accesibilidad, Anejo A: Terminología, una vivienda accesible para usuarios de silla de ruedas dispondrá de: Un dormitorio con espacio para giro de diámetro Ø 1,50 m libre de obstáculos y espacio de aproximación y transferencia en un lado de la cama de anchura ≥ 0,90 m. Un dormitorio con espacio para giro de diámetro Ø 1,20 m libre de obstáculos y espacio de aproximación y transferencia en un lado de la cama de anchura ≥ 0,80 m. Dormitorios (todos los de la vivienda) con espacio para giro de diámetro Ø 1,50 m libre de obstáculos y espacio de aproximación y transferencia en un lado de la cama de anchura ≥ 0,90 m. Dormitorios (todos los de la vivienda) con espacio para giro de diámetro Ø 1,20 m libre de obstáculos y espacio de aproximación y transferencia en un lado de la cama de anchura ≥ 0,80 m. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, seguridad frente al riesgo de caídas; con el fin de limitar el riesgo de caída, existiran barreras de protección en los desniveles con una diferencia de cota mayor que: 10 cm. 25 cm. 55 cm. 60 cm. Según el DB-SUA 1, Seguridad de utilización y accesibilidad, las escaleras dispondran de pasamanos en ambos lados, cuando su anchura libre exceda de: 100 cm. 120 cm. 110 cm. 150 m. Según el DB-SUA 2, Seguridad de utilización y accesibilidad, los elementos fijos que sobresalgan de las fachadas y que estén situados sobre zonas de circulación estarán a una altura como mínimo de: 2,20 m. 2,30 m. 2,40 m. 2,50 m. |