Oficina judicial
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Título del Test:
![]() Oficina judicial Descripción: Tes Tema 7 |



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El Expediente Judicial Electrónico (EJE) se configura como: Un conjunto ordenado de actuaciones, documentos y datos electrónicos relacionados con un procedimiento. Un sistema de archivo digital sin valor jurídico propio. Una base de datos auxiliar sin efectos procesales. Una característica esencial del EJE es: Su carácter exclusivamente documental. La imposibilidad de acceso simultáneo. La posibilidad de acceso simultáneo por distintos operadores jurídicos. El índice electrónico del expediente tiene como función principal: Sustituir a los sistemas de gestión procesal. Garantizar la integridad y orden del expediente. Permitir la firma de resoluciones judiciales. La ausencia de índice electrónico en un EJE implicaría: Un defecto que puede afectar a la integridad del expediente. Un aspecto irrelevante sin consecuencias. La nulidad automática del procedimiento. El número de identificación del expediente judicial electrónico es: Modificable en función de la fase procesal. Opcional si existe índice electrónico. Único e inalterable durante todo el procedimiento. Las grabaciones audiovisuales de vistas: No forman parte del expediente judicial electrónico. Forman parte integrante del EJE. Solo se conservan fuera del expediente. El sistema ATENEA IRIS tiene como función: Permitir la consulta del expediente judicial electrónico. Gestionar el registro de demandas. Sustituir a LexNET. LexNET, en relación con el EJE, actúa como: Sistema de foliado del expediente. Módulo de comunicación externa con los profesionales. Índice electrónico del expediente. La interoperabilidad en el EJE implica: La capacidad de intercambio de expedientes entre distintos sistemas. La uniformidad absoluta de todos los sistemas autonómicos. La eliminación de sistemas autonómicos. En la práctica, la interoperabilidad del EJE: Es inexistente en todos los casos. Es plena y sin incidencias. Presenta dificultades por la diversidad de sistemas. La remisión del expediente judicial electrónico entre órganos judiciales se realiza mediante: Envío físico obligatorio del expediente. Puesta a disposición electrónica del mismo. Correo electrónico ordinario. El acceso al EJE por parte de los ciudadanos: Requiere sistemas de identificación electrónica. Es completamente libre sin control. Está prohibido en todos los casos. La integridad del expediente electrónico implica: Que el expediente no pueda ser consultado. Que los documentos no puedan ser alterados sin dejar rastro. Que solo exista una copia en papel. Una alteración indebida de un documento en el EJE afecta principalmente a: La competencia del órgano judicial. El principio de publicidad. La integridad del expediente. El objetivo fundamental del EJE es: Sustituir completamente a los operadores jurídicos. Garantizar una tramitación digital, segura y eficiente del procedimiento. Reducir el número de litigios. |




