om caminos
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Título del Test:
![]() om caminos Descripción: infracciones om |



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Edificación o ejecución no autorizada de cualquier tipo de obras no autorizadas en terrenos de los caminos. L. G. MG. Instalación de obstaculos o realización de cualquier tipo de acto que impida totalmente el tránsito. L. G. MG. Acciones u omisiones que causen daño o menoscabo en los caminos o impidan su uso por los restantes ciudadanos. L. G. MG. Utilización del camino o realización de actividades en el mismo sin disponer de la autorización concedida por el ayto, cuando dicha autorización sea necesaria. L. G. MG. Incumplimiento de las condiciones impuestas en las autorizaciones cuando se pongan en peligro la seguridad de las personas o de los bienes. L. G. MG. Realización de obras o actividades no permitidas, sin contar con la previa autorización, cuando afecten a la seguridad en el tránsito de los caminos. L. G. MG. Deterioro o destrucción de cualquier obra o instalación, la sustracción de cualquier elemento de la infraestructura de los caminos, cuando afecten a su seguridad. L. G. MG. Haber cometido dos o más infracciones graves en el plazo de un año. L. G. MG. Realización de vertidos o derrame de residuos en los caminos. L. G. MG. Realización de obras o instalaciones no autorizadas de naturaleza provisional en los caminos. L. G. MG. Incumplimiento de las condiciones impuestas en las autorizaciones, cuando no suponga infracción muy grave. L. G. MG. Realización de obras o actividades no permitidas, sin contar con la previa autorización, cuando no constituya infracción muy grave. L. G. MG. Deterioro o destrucción de cualquier obra o instalación, la sustracción de cualquier elemento de la infraestructura de los caminos, cuando no constituya infracción muy grave. L. G. MG. Comisión en el plazo de un año, de dos o más infracciones leves. L. G. MG. La obstrucción del ejercicio de las funciones de policía, inspección o vigilancia previstas en esta ordenanza. L. G. MG. Las acciones u omisiones que causen daño o menoscabo en los caminos, sin que impidan el tránsito por los mismos. L. G. MG. Cualesquiera violaciones de las normas contenidas en este rgto cuando no constituyan infracción grave o muy grave. L. G. MG. |





