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Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas BOE 21-05-1982 El Tribunal de Cuentas, Competencias y funciones. >>> Artículo 1. 1. El Tribunal de Cuentas es el SUPREMO ÓRGANO FISCALIZADOR: >>> de las CUENTAS y >>> de la GESTIÓN ECONÓMICA del Estado y del sector público, [sin perjuicio de su propia jurisdicción], de acuerdo con la Constitución y la presente Ley Orgánica. 2. Es ÚNICO en su orden y extiende su JURISDICCIÓN a todo el ----------{ territorio NACIONAL}, sin perjuicio de los órganos fiscalizadores de cuentas que para las Comunidades Autónomas puedan prever sus Estatutos. DEPENDE directamente de las ----> <<<< Cortes Generales>>>>. 1. El Tribunal de Cuentas es el SUPREMO ÓRGANO FISCALIZADOR: >>> exclusivamente de la gestión económica del Estado y del sector público, [sin perjuicio de su propia jurisdicción], de acuerdo con la Constitución y la presente Ley Orgánica. 1. El Tribunal de Cuentas es el SUPREMO ÓRGANO FISCALIZADOR: >>> exclusivamente de las cuentas [sin perjuicio de su propia jurisdicción], de acuerdo con la Constitución y la presente Ley Orgánica. 2. No es ÚNICO en su orden y extiende su jurisdicción a todo el territorio nacional, sin perjuicio de los órganos fiscalizadores de cuentas que para las Comunidades Autónomas puedan prever sus Estatutos. Depende directamente de las Cortes Generales. 2. Es ÚNICO en su orden y extiende su JURISDICCIÓN a todo el territorio NACIONAL Y AUTONÓMICO, SIN LIMITACIONES. Depende funcionalmente y en exclusiva del Congreso. Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas BOE 21-05-1982 T. II. CAPITULO I El Tribunal de Cuentas, Competencias y funciones. >>> Artículo 2 Son FUNCIONES propias del Tribunal de Cuentas: a) La FISCALIZACIÓN: >>>------> EXTERNA >>>------> PERMANENTE y >>>------> CONSUNTIVA de la actividad económico-financiera del ..... ------> {Sector público}. b) El ENJUICIAMIENTO de la RESPONSABILIDAD CONTABLE en que incurran quienes tengan a su cargo el manejo de caudales o efectos PÚBLICOS. a) La FISCALIZACIÓN: >>> interna, y >>> consuntiva de la actividad económico-financiera del sector público. a) La FISCALIZACIÓN: >>> externa, >>> obligatoria y >>> consuntiva de la actividad económico-financiera del sector público. b) El ENJUICIAMIENTO de la responsabilidad CRIMINAL en que incurran quienes tengan a su cargo el manejo de caudales o efectos públicos. Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONAMIENTO del Tribunal de Cuentas T. II. CAPITULO I >>> Del PRESIDENTE.... del Tribunal de Cuentas Artículo 2 1. Corresponden al PRESIDENTE del Tribunal, además de las establecidas en la Ley orgánica 2/1982, las siguientes atribuciones: >>> FIJAR OD los correspondientes OD del Pleno y la Comisión de Gobierno >>> Dirigir las deliberaciones. >>> Disponer la ejecución de los acuerdos de uno y otra. >>> CONVOCAR PRUEBAS SELECTIVAS. >>> DESIGNAR LOS MIEMBROS de los Tribunales calificadores. >>> Instar la convocatoria de los procedimientos para la provisión de los puestos de trabajo correspondientes a funcionarios al servicio del propio Tribunal. >>> Efectuar los NOMBRAMIENTOS del PERSONAL al SERVICIO del Tribunal y disponer, en su caso, su publicación en el BOE. >>> Promover y >>> Ejercer la POTESTAD DISCIPLINARIA en caso de ---> [FALTAS GRAVES]. >>> DECLARAR las SITUACIONES ADMINISTRATIVAS en que deban quedar los funcionarios pertenecientes a los cuerpos del Tribunal y la jubilación de los mismos cuando proceda. >>> COMUNICAR las VACANTES de consejeros de Cuentas ....acerca de su sustitución.... a las Cortes Generales. g) Ejercer la superior INSPECCIÓN de los SERVICIOS PROPIOS del Tribunal y asegurar la coordinación, eficacia y buen funcionamiento de los mismos, adoptando las medidas que en cada caso considere necesarias y designando los funcionarios precisos dentro de las previsiones presupuestarias y de la correspondiente relación de puestos de trabajo. >>> DESIGNAR CONSEJEROS que hayan de integrar las salas de la sección de enjuiciamiento cuando no basten los inicialmente adscritos a la misma, según un turno de rigurosa rotación entre los mismos. >>> NOMBRAR Y SEPARAR LIBREMENTE al personal EVENTUAL, a propuesta, en su caso, de los consejeros, dentro de las previsiones presupuestarias y de la correspondiente RPT. >>> Disponer, con sujeción a la Ley general presupuestaria y a la legislación de contratos y patrimonio del Estado, los GASTOS PROPIOS del Tribunal y CONTRATAR las -----> obras, -----> bienes, -----> Servicios, -----> suministros y -----> demás prestaciones necesarias para su adecuado funcionamiento cuando hayan sido autorizados por el pleno o la comisión de Gobierno, o tengan carácter ordinario y periódico. >>>>> ADEMÁS DE LAS DEL ART. 20 DE LO 2/82. Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas T. II. CAPITULO I Del PRESIDENTE.... del Tribunal de Cuentas Artículo 2 1. Corresponden al PRESIDENTE del Tribunal, además de las establecidas en la Ley orgánica 2/1982, las siguientes atribuciones: >>> El PRESIDENTE----> podrá DELEGAR en el Secretario General el ejercicio de las competencias que le corresponden en {MATERIA DE PERSONAL} y como órgano de contratación, que no requiera previa autorización o conocimiento del pleno o de la comisión de Gobierno]. >>> El presidente NO podrá delegar en el secretario general el ejercicio de las competencias que le corresponden en materia de personal y como órgano de contratación, que no requiera previa autorización o conocimiento del pleno o de la comisión de Gobierno. >>> Efectuar los NOMBRAMIENTOS del personal al servicio del Tribunal y disponer, en su caso, su publicación en el BOCORTES. >>>> CONVOCAR Y PRESIDIR: -----> el PLENO Y -----> LA COMISIÓN de GOBIERNO >>>> Así como decidir con: -----> VOTO DE CALIDAD en caso de [CONFLICTO]. Efectuar los <<<< NOMBRAMIENTOS del PERSONAL>>> al SERVICIO del Tribunal y disponer, en su caso, su ---> <<<< PUBLICAIÓN en el B.O.Estado>>. Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas TII. Artículo 20 >>> Son atribuciones del PRESIDENTE.... f) Resolver las demás cuestiones de ---------------------------> <<<CARÁCTER GUBERNATIVO >>> "NO" asignadas a otros órganos del Tribunal. e) Las demás ----------------------------> que le reconozca la LEY. d) Disponer los ---------------------------> <<<<<GASTOS PROPIOS >>> del Tribunal y la contratación de obras, bienes, servicios, suministros y demás prestaciones necesarias para su funcionamiento. c) Ejercer la -------------------------------> <<<<JEFATURA SUPERIOR PERSONAL>>> del personal al servicio del mismo y las funciones relativas a su nombramiento, contratación, gobierno y administración en general. b) CONVOCAR Y PRESIDIR -----------> el PLENO Y LA COMISIÓN de GOBIERNO así como DECIDIR------------------------------------> con Y VOTO DE CALIDAD en caso de empate. a) REPRESENTAR ----------------------> <<<al Tribunal >>>. f) Resolver --------------------------------> las demás cuestiones de CARÁCTER GUBERNATIVO asignadas a otros órganos del Tribunal. >>> Promover y >>> Ejercer la -----------------------------> <<<<POTESTAD DISCIPLINARIA>>> en caso de ---> [FALTAS GRAVES]. Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas Artículo 20 >>> Son atribuciones del PRESIDENTE.... a) REPRESENTAR. b) >>> CONVOCAR Y >>> PRESIDIR. c) Ejercer la >>>> JEFATURA SUPERIOR DE PERSONAL al servicio del mismo. d) Disponer los >>> GASTOS PROPIOS del Tribunal y. e) Las demás que. f) Resolver las demás cuestiones de CARÁCTER GUBERNATIVO. >>> El presidente podrá DELEGAR en el SECRETARIO GENERAL el ejercicio de las competencias que le corresponden en materia. Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas >>> Artículo 21. DEL PLENO. 1. El Tribunal en PLENO estará integrado x. 2. El {QUORUM DEL [2/3 ]} para la VÁLIDA constitución del PLENO será. [2]...y sus ACUERDOS serán adoptados. 3. Corresponde al PLENO. Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas >>> Artículo 21.3 Corresponde al PLENO..... a) Ejercer. b) Plantear los CONFLICTOS. c) CONOCER de los recursos de ALZADA. d) Las demás funciones que se determinen. Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONAMIENTO del Tribunal de Cuentas TÍTULO II. CAPÍTULO II Son atribuciones del PLENO del Tribunal, además de las que le confiere la Ley orgánica 2/1982, las siguientes: [ 1ª PARTE ]. a) APROBAR el "PROGRAMA de FISCALIZACIONES" de C/ AÑO y -----> ELEVARLO. b) Acordar la INICIACIÓN de los Procedimientos de Fiscalización de los. c) APROBAR. d) APROBAR el INFORME Y ----> ELEVAR a las CG sobre los proyectos financiados con. Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas TÍTULO II. De las atribuciones y funcionamiento de los órganos del Tribunal de Cuentas. CAPÍTULO II Del pleno Son atribuciones del PLENO del Tribunal, además de las que le confiere la Ley orgánica 2/1982, las siguientes: [ 2ª Parte ]. e) AVOCAR el conocimiento de cuestiones sobre RESPONSABILIDAD. f) Establecer y modificar la ORGANIZACIÓN. h) APROBAR el ANTE- proyecto del presupuesto del Tribunal para su integración en los PGEº. i) Otorgar las AUTORIZACIONES, respecto del presupuesto aprobado por las Cortes Generales,. Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONAMIENTO del Tribunal de Cuentas TÍTULO II. CAPÍTULO II Son atribuciones del PLENO del Tribunal, además de las que le confiere la Ley orgánica 2/1982, las siguientes: [ 3ª Parte ]. j) RESOLVER los recursos de ALZADA contra las disposiciones y actos adoptados por el resto de los órganos del Tribunal. k) ELEGIR Y REMOVER LIBREMENTE. l) INCOAR EXPEDIENTES sobre >>> INCAPACIDAD >>> INCOMPATIBILIDAD o >>> INCUMPLIMIENTO GRAVE de los deberes del cargo en que hubieran podido incurrir los consejeros. Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas CAPÍTULO II. Son atribuciones del PLENO del Tribunal, además de las que le confiere la Ley orgánica 2/1982, las siguientes: [ 4ª Parte ]. m) Conocer de los INCIDENTES de RECUSACIÓN. n) APROBAR. ñ) Determinar los REQUISITOS exigidos para el desempeño de los puestos de trabajo del Tribunal. o) Establecer DELEGACIONES del Tribunal para la instrucción de las diligencias previas a la. p) Proponer a las Cortes Generales el planteamiento de CONFLICTOS. q) Otorgar AUTORIZACIÓN para >> contratar obras, >>> servicios y >>> suministros. Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas BOE 21-05-1982 TITULO II. Composición y organización del Tribunal de Cuentas CAPITULO II. El Presidente, el Pleno y la Comisión de Gobierno Artículo 22 >>> LA COMISIÓN DE GOBIERNO. 1. La COMISIÓN DE GOBIERNO quedará constituida por el Presidente y los Consejeros de Cuentas Presidentes de Sección. COMISIÓN GOBIERNO= [PRESIDENTE + CONSEJEROS DE CTAS. PTES. DE SECC.]. 2. Corresponde a La COMISIÓN DE GOBIERNO: a) Establecer el RÉGIMEN de TRABAJO del personal. b) Ejercer la POTESTAD DISCIPLINARIA en los casos de faltas muy graves respecto del personal al servicio del Tribunal. c) DISTRIBUIR los ASUNTOS entre las Secciones. d) NOMBRAR los Delegados Instructores. e) Las demás FACULTADES que le atribuye la Ley de Funcionamiento del Tribunal. 2. Corresponde a la Comisión de Gobierno: a) Establecer el régimen de RPT b) Ejercer la potestad disciplinaria en los casos de faltas graves respecto del personal al servicio del Tribunal. c) Distribuir los asuntos entre los Departamentos d) Nombrar los Delegados de Gobierno en Cortes e) Las demás facultades que le atribuye la Ley de Funcionamiento del Tribunal. Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas BOE 21-05-1982 TITULO II. Composición y organización del Tribunal de Cuentas CAPITULO II. El Presidente, el Pleno y la Comisión de Gobierno >>> Artículo 22 La COMISIÓN DE GOBIERNO. 1. La COMISIÓN DE GOBIERNO quedará constituida. 2. Corresponde a la COMISIÓN DE GOBIERNO. Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas TITULO II. Composición y organización del Tribunal de Cuentas CAPITULO II. El Presidente, el Pleno y la Comisión de Gobierno Artículo 22. 22.1. Quedará constituida por: La COMISIÓN DE GOBIERNO = [PRESIDENTE + CONSEJEROS de Cuentas Presidentes de Sección. ] 22.2. Corresponde a la La COMISIÓN DE GOBIERNO: a) Establecer el RÉGIMEN. b) Ejercer la POTESTAD. c) Distribuir los ASUNTOS. d) NOMBRAR. e) Las demás FACULTADES. Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONAMIENTO del Tribunal de Cuentas T.II. CAPÍTULO III Artículo 6 >>> De la COMISIÓN DE GOBIERNO: Sin perjuicio de las que se consignan en la Ley orgánica 2/1982, corresponden a la comisión de Gobierno del Tribunal de Cuentas las siguientes atribuciones: i) OTORGAR LA AUTORIZACIÓN PARA CONTRATAR: >> Obras, >> Bienes, >> Servicios y >> suministros en los casos en que el presupuesto correspondiente exceda de cinco millones de pesetas, o en que se trate de gastos que no tengan carácter ordinario y periódico. a) Mantener <<<<RELACIONES PERMANENTES con las Cortes Generales>><------> a través de la COMISIÓN MIXTA [C-S] para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas. b) PROPONER al Pleno del Tribunal la ELECCIÓN Y REMOCIÓN de los cargos de: >> Secretario General, >> Interventor y Director y >> Adjuntos del Gabinete Técnico. c) Aprobar las BASES de los CONCURSOS y PRUEBAS SELECTIVAS para el acceso a los cuerpos de funcionarios del Tribunal y los programas para la realización de las pruebas correspondientes, así como proponer al presidente la designación de los miembros de los Tribunales calificadores. d) PREPARAR las SESIONES DEL PLENO, elaborando y proponiendo al presidente el oportuno OD. e) PROPONER al Pleno del Tribunal: >>> el Proyecto de RPT, >>> así como sus MODIFICACIONES. h) EJERCER, en materia de PERSONAL y RÉGIMEN de trabajo, las FACULTADES que le atribuye esta Ley y las no reservadas específicamente al Pleno, al Presidente del Tribunal o a Órganos de la administración del Estado. f) ADSCRIBIR y REMOVER A los FUNCIONARIOS de las Unidades en que el Tribunal de Cuentas se organice una vez ultimados los oportunos procedimientos de selección y provisión. g) PROPONER AL PLENO la contratación de EXPERTOS de conformidad con el artículo 7.4 de la Ley orgánica 2/1982, con la limitación establecida en el artículo 33.4 de dicha Ley. 1. La COMISIÓN DE GOBIERNO quedará constituida por el Presidente y los Consejeros de Cuentas Presidentes de Sección. COMISIÓN GOBIERNO= [PRESIDENTE + CONSEJEROS DE CTAS. PRESIDENTES DE SECCIÓN]. VERDADERO. FALSO. Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONAMIENTO del Tribunal de Cuentas TÍTULO II. CAPÍTULO II Artículo 4 1. El PLENO se reunirá,----------------------------> [previa convocatoria del Presidente], NOTIFICADA con una--------------------------------> [antelación mínima 48 horas], ---------------------------------------------------------------> [1 vez al menos dentro de c/ mes] // o--------------------------------------------------------------> [soliciten 3 miembros del pleno], salvo en el periodo de vacaciones del Tribunal, y en cuantas ocasiones aquel lo convoque con causa justificada, o lo [soliciten 3 miembros del pleno], acompañándose a la convocatoria el correspondiente orden del día. 2. >>> Para la válida Constitución del pleno:---> El QUÓRUM [2/3 componentes] y sus >>> Se adoptarán los---------------------------->ACUERDOS x[MAYORÍA ASISTENTES] salvo en los casos en que, específicamente, se exija una mayoría cualificada en la presente Ley. 3. No obstante, quedara válidamente constituido el pleno, aunque no se hubiesen cumplido los requisitos de la convocatoria, cuando se hallen <<< REUNIDOS TODOS mbs.>>> ---------> y así lo acuerden por [UNANIMIDAD]. 4. No podrá ser objeto de acuerdo ningún asunto que no figure incluido en el orden del día, salvo que estén presentes todos los miembros del pleno y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría. VERDADERO. FALSO. Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONAMIENTO del Tribunal de Cuentas TÍTULO II. CAPÍTULO II Artículo 4. 1. El PLENO se reunirá, previa CONVOCATORIA DEL PRESIDENTE, notificada con una: >>> [antelación mínima de 48 horas], >>> [1 vez al menos c/mes], >>> SALVO en el periodo de vacaciones del Tribunal, >>> y en cuantas ocasiones aquél lo convoque con CAUSA JUSTIFICADA, >>>o lo [soliciten 3 miembros del pleno], acompañándose a la convocatoria el correspondiente OD. 2. El QUÓRUM para la valida Constitución del pleno será el de los [2/3 de sus componentes] y sus ACUERDOS se adoptaran por mayoría de los asistentes, SALVO en los casos en que, específicamente, se exija una [mayoría cualificada] en la presente Ley. QUÓRUM -----> [2/3 de sus componentes] ACUERDOS---> [mayoría de los asistentes]. 3. No obstante, quedará VÁLIDAMENTE constituido el pleno, aunque no se hubiesen cumplido los requisitos de la convocatoria, cuando se hallen REUNIDOS todos sus miembros y así lo acuerden por [UNANIMIDAD]. 4. No podrá ser objeto de acuerdo ningún asunto que no figure incluido en el OD, salvo que estén presentes todos los miembros del pleno y sea declarada la urgencia del asunto por el VOTO FAVORABLE DE LA MAYORÍA. Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCUINAMIENTO del Tribunal de Cuentas TÍTULO II. CAPÍTULO II Artículo 4. 1. El PLENO se REUNIRÁ previa convocatoria del presidente. 2. El QUÓRUM para la valida Constitución del pleno será el de los. 2...y sus ACUERDOS se adoptaran. 3. No obstante, quedará VALIDAMENTE constituido el pleno, aunque no se hubiesen cumplido los requisitos de la convocatoria,. 4. No podrá ser objeto de acuerdo ningún asunto. Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONAMIENTO del Tribunal de Cuentas T.II. CAPÍTULO III Artículo 6 >>> De la COMISIÓN DE GOBIERNO: Sin perjuicio de las que se consignan en la Ley orgánica 2/1982, corresponden a la COMISIÓN de Gobierno del Tribunal de Cuentas las siguientes atribuciones. b) PROPONER al Pleno del Tribunal la ELECCIÓN Y REMOCIÓN de los cargos de:. Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas. 1. Las DELIBERACIONES del PLENO tendrán carácter RESERVADO, debiendo guardar secreto de las mismas los asistentes y cuantos pudieran conocerlas por razón de sus funciones en el Tribunal. DELIBERACIONES PLENARIAS ----> carácter RESERVADO 2. Los {Consejeros y el Fiscal} podrán, en su caso, hacer constar en ACTA su ----> VOTO CONTRARIO al acuerdo adoptado y los motivos que lo justifiquen, siempre que estos se aporten dentro de los dos días siguientes al de la adopción del acuerdo de que se trate. Cuando voten en contra y hagan constar por escrito su motivada oposición, el contenido de tales votos particulares se incorporará a las memorias, informes, mociones o notas que deba remitir el Tribunal a las Cortes Generales, a las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, al Gobierno o a las distintas entidades y organismos del sector público. {Consejeros y el Fiscal} EN ACTA-----> VOTO CONTRARIO 3. El Secretario General ejercerá las funciones de SECRETARIO DEL PLENO, con {VOZ PERO SÍN VIOTO}, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 21.2 respecto de la elección del presidente. redactara las actas, que recogerán el resultado de las deliberaciones y los acuerdos que se adopten. Secretario General -----> {CON VOZ PERO SÍN VIOTO}. 1. Las deliberaciones del pleno NO tendrán carácter RESERVADO, debiendo guardar secreto de las mismas los asistentes y cuantos pudieran conocerlas por razón de sus funciones en el Tribunal. 2. Los consejeros y el fiscal NO podrán, en su caso, hacer constar en acta su VOTO CONTRARIO al acuerdo adoptado y los motivos que lo justifiquen, siempre que estos se aporten dentro de los dos días siguientes al de la adopción del acuerdo de que se trate. Cuando voten en contra y hagan constar por escrito su motivada oposición, el contenido de tales votos particulares se incorporara a las memorias, informes, mociones o notas que deba remitir el Tribunal a las Cortes Generales, a las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, al Gobierno o a las distintas entidades y organismos del sector público. 3. El Secretario General NO ejercerá las funciones de SECRETARIO DEL PLENO, con voz pero sin voto, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 21.2 respecto de la elección del presidente. redactara las actas, que recogerán el resultado de las deliberaciones y los acuerdos que se adopten. Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONAMIENTO del Tribunal de Cuentas >> Artículo 5. 1. Las DELIBERACIONES del PLENO tendrán carácter RESERVADO, debiendo guardar secreto de las mismas los asistentes y cuantos pudieran conocerlas por razón de sus funciones en el Tribunal. DELIBERACIONES ----> carácter RESERVADO. 2. Los consejeros y el fiscal podrán, en su caso, hacer constar en acta su VOTO CONTRARIO al acuerdo adoptado y los motivos que lo justifiquen, siempre que estos se aporten dentro de los dos días siguientes al de la adopción del acuerdo de que se trate. Cuando voten en contra y hagan constar por ESCRITO su MOTIVADA OPOSICIÓN, el contenido de tales votos particulares se incorporará a las >>>memorias, >>> informes, >>> mociones o >>> notas que deba remitir el Tribunal a las Cortes Generales, a las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, al Gobierno o a las distintas entidades y organismos del sector público. {Consejeros y el Fiscal} ... EN ACTA-----> VOTO CONTRARIO. 3. El Secretario General ejercerá las funciones de SECRETARIO DEL PLENO, con VOZ PERO SÍN VIOTO, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 21.2 respecto de la elección del presidente. redactara las actas, que recogerán el resultado de las deliberaciones y los acuerdos que se adopten. Secretario General -----> {CON VOZ PERO SÍN VIOTO}. Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas >>> Artículo 5. 1. Las deliberaciones del PLENO. 2. Los >>> CONSEJEROS y el >>> FISCAL podrán, en su caso, hacer constar en. 3. El SECRETARIO GENERAL ejercerá las funciones de SECRETARIO DEL PLENO. Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONAMIENTO del Tribunal de Cuentas TÍTULO II. CAPÍTULO II Artículo 4. >>> 1. El PLENO se reunirá. >>> El QUÓRUM para la VÁLIDA Constitución del PLENO. >>> ACUERDOS. Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONAMIENTO del Tribunal de Cuentas TÍTULO II. CAPÍTULO II Artículo 4. No obstante, quedar VÁLIDAMENTE constituido el Pleno. No podrá ser objeto de ACUERDO Ningún asunto que no figure incluido. 1. El PLENO se reunirá, previa convocatoria del presidente, notificada con una antelación mínima de [48 horas],. El QUÓRUM para la valida Constitución del pleno será. y sus ACUERDOS se adoptaran por. Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONAMIENTO del Tribunal de Cuentas TÍTULO II. CAPÍTULO II Artículo 4 1. El PLENO se reunirá.... >>> PREVIA. >>> NOTIFICADA. >>> PERIODICIDAD. >>> SALVO. >>> y en cuantas ocasiones aquél lo convoque con. >>> o lo SOLICITEN. Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONAMIENTO del Tribunal de Cuentas T. II. CAPITULO I >>> Del PRESIDENTE.... del Tribunal de Cuentas Artículo 2 1. Corresponden al PRESIDENTE del Tribunal, además de las establecidas en la Ley orgánica 2/1982, las siguientes atribuciones: >>> FIJAR OD los correspondientes. >>> Dirigir. >>> Disponer la ejecución. >>> CONVOCAR. >>> DESIGNAR LOS. >>> Instar la convocatoria. Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONAMIENTO del Tribunal de Cuentas T. II. CAPITULO I >>> Del PRESIDENTE.... del Tribunal de Cuentas Artículo 2 1. Corresponden al PRESIDENTE del Tribunal, además de las establecidas en la Ley orgánica 2/1982, las siguientes atribuciones: >>> EFECTUAR LOS NOMBRAMIENTOS. >>> PROMOVER >>> EJERCER. >>> DECLARAR las SITUACIONES ADMINISTRATIVAS. >>> COMUNICAR las VACANTES. g) Ejercer la superior INSPECCIÓN de los SERVICIOS PROPIOS del Tribunal y asegurar la coordinación, eficacia y buen funcionamiento de los mismos, adoptando. Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONAMIENTO del Tribunal de Cuentas T. II. CAPITULO I >>> Del PRESIDENTE.... del Tribunal de Cuentas Artículo 2 1. Corresponden al PRESIDENTE del Tribunal, además de las establecidas en la Ley orgánica 2/1982, las siguientes atribuciones: >>> Disponer, con sujeción a la Ley general presupuestaria y a la legislación de contratos y patrimonio del Estado, los. >>>>> ADEMÁS DE LAS DEL. >>> CONVOCAR. >>> FIJAR OD. >>> DIRIGIR DELIBERACIONES. >>> Disponer la ejecución de los ACUERDOS de uno y otra. Ley 7/1988, de 5 de abril, de FUNCIONAMIENTO del Tribunal de Cuentas >> Artículo 5 En el PLENO..... Las DELIBERACIONES del PLENO tendrán. {Consejeros y el Fiscal} PODRÁN HACER CONSTAR EN ACTA. Secretario General ----->. Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas BOE 21-05-1982 ART. 4 Integran el sector público: La Administración del Estado. Las Comunidades Autónomas. Las Corporaciones Locales. Las entidades gestoras de la Seguridad Social. Los Organismos autónomos. Las Sociedades estatales y demás Empresas públicas. Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas. Art. 4.2. Al Tribunal de Cuentas corresponde la fiscalización de las.... subvenciones. créditos. avales. otras ayudas del sector público recibidas por personas físicas o jurídicas. deudas del estado. transferencias de operaciones de crédito. |