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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: Ope 2014-15 Osakidetza Auxiliar de Enfermería Tema 4
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Título del Test:
Ope 2014-15 Osakidetza Auxiliar de Enfermería Tema 4

Descripción:
Ley 7/2002,de 12 de diciembre,Voluntades Anticipadas en sanidad

Autor:
KOITZ
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Fecha de Creación:
09/08/2015

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 11
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Temario:
El convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina fue hecho: En 1994. En 1997. En 2000. En 2002.
La Ley 7/2002,de 12 de diciembre, tiene por objeto hacer efectivo el derecho de las personas a la expresión anticipada de sus deseos con respecto a ciertas intervenciones médicas,mediante la regulación del documento de voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad: En el estado. En la Comunidad Autónoma del País Vasco. En Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, exclusivamente. En el Territorio Histórico de Bizkaia,exclusivamente.
Conforme a la Ley 7/2002,de 12 de diciembre,¿quién tiene derecho a manifestar sus objetivos vitales y valores personales,así como las instrucciones sobre su tratamiento,que el médico o el equipo sanitario que le ariendan respetarán cuando se encuentre en una situación en la que no le sea posible expresar su voluntad? Cualquier persona. Cualquier persona mayor de edad. Cualquier persona mayor de edad que no haya sido judicialmente incapacitada para ello. Cualquier persona mayor de edad que no haya sido judicialmente incapacitada para ello y actúe libremente.
Conforme a la Ley 7/2002,de 12 de diciembre,el documento de voluntades anticipadas: No puede ser modificado. No puede ser sustituido por otro. No puede ser revocado. Puede ser modificado en cualquier momento por la persona otorgante,siempre que conserve la capacidad de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.1 de dicha Ley y actúe libremente.
Conforme a la Ley 7/2002,de 12 de diciembre, el documento de voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad se formaliza: Verbalmente. Siempre ante notario. Siempre ante dos testigos. Mediante uno de tres procedimientos que establece dicha Ley,a elección de la persona que lo otorga.
Conforme a la Ley 7/2002,de 12 de diciembre, los testigos ante los cuales se formalice el documento de voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad serán: Dos,que serán personas mayores de edad,con plena capacidad de obrar. Tres.que serán personas mayores de edad,con plena capacidad de obrar y no vinculadas de ninguna forma con el otorgante. Tres, que serán personas mayores de edad,con plena capacidad de obrar y no vinculadas con el otorgante por matrimonio,unión libre o pareja de hecho,parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o relación patrimonial alguna. Cuatro,que serán personas mayores de edad,con plena capacidad de obrar y no vinculadas con el otorgante por matrimonio,unión libre o pareja de hecho,parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad o relación patrimonial alguna.
Conforme a la Ley 7/2002,de 12 de diciembre,¿qué prevalece ante cualquier intervención clínica? El criterio médico,en todo caso. Las instrucciones contenidas en el documento de voluntades anticipadas,en todo caso. Las instrucciones contenidas en el documento de voluntades anticipadas aun cuando las mismas resulten contraindicadas para su patología. La voluntad de la persona otorgante sobre las instrucciones contenidas en el documento de voluntades anticipadas,mientras dicha persona conserve su capacidad,según lo dispuesto en el artículo 2.1 de la mencionada ley,su libertad de actuación y la posibilidad de expresarse.
La Ley 7/2002,de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad comienza con: Un preámbulo. Una Exposición de Motivos. Un Título Preliminar. Directamente su artículo 1.
La expresión de los objetivos vitales y valores personales de la persona que otorga el documento de voluntades anticipadas en el mismo: Está expresamente prohibido por la Ley 7/2002. Se permite en la ley pero no se le concede valor interpretativo alguno. Tiene como fin ayudar a interpretar las instrucciones y servir de orientación para la toma de decisiones clínicas llegado el momento. Tendrá el valor que el otorgante mismo le confiera,y si no establece nada al respecto,carecerán de valor interpretativo alguno.
Solamente una de las siguientes personas no está incapacitada pr la Ley para ser representante del otorgante del documento de voluntades anticipadas.Señálela: Los testigos ante los que se formalice el documento. El médico de cabecera del otorgante. El cónyuge del otorgante. El notario.
Respecto a la eficacia del documento de voluntades anticipadas,¿cuál de las siguientes afirmaciones está recogida literalmente en la Ley? Mientras la persona otorgante conserve su capacidad,según lo dispuesto en el artículo 2.1 de esta ley,su libertad de actuación y la posibilidad de expresarse,su voluntad prevalece sobre las instrucciones contenidas en el documento de voluntades anticipadas ante cualquier intervención clínica. Se tendrá por no puestas las instrucciones que en el momento de ser aplicadas resulten contrarias al ordenamiento jurídico aunque se correspondan con los tipos de supuestos previstos por la persona otorgante al formalizar el documento de voluntades anticipadas. También se tendrán por no puestas las instrucciones relativas a las intervenciones médicas que la persona otorgante desea recibir cuando resulten contraindicadas para su patología,a juicio del facultativo que le esté atendiendo. Si el documento de voluntades anticipadas hubiera sido modificado,sustituido o revocado,se tendrá en cuenta el contenido del último documento otorgado y de los anteriores en cuanto no le contradigan.
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