OPE aux enfermería Traspaso de funciones INSALUD-SCS
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Título del Test:![]() OPE aux enfermería Traspaso de funciones INSALUD-SCS Descripción: preguntas sobre el traspaso de funciones del insalud al servicio cantabro de sal |




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La norma que determinó las reglas y el procedimiento a que habían de ajustarse los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria fue: La ley de transferencias a las comunidades autónomas. El Real Decreto 1152/1982, de 28 de mayo. El Decreto de Cantabria 43/1991. La ley orgánica 8/1981, de 30 de diciembre. El traspaso a la Comunidad Autónoma de Cantabria de las funciones y servicios del INSALUD se realizó a través de: La Ley 4/1986, de 14 de abril. La Ley de Cantabria 10/2001, de 28 de diciembre. El Real Decreto 1472/2001, de 27 de diciembre. El Real Decreto 1152/1982, de 28 de mayo. El Real Decreto 1472/2001, de 27 de diciembre daba forma a un acuerdo en el que se concretaban los servicios y funciones que se traspasaban a la Comunidad. Este acuerdo fue adoptado por: La delegación del Gobierno en Cantabria. El Parlamento de Cantabria y el Ministerio de Sanidad. Las Cortes Generales. La Comisión Mixta de Transferencias a la que se refiere el Estatuto de Autonomía. Como consecuencia del traspaso pasaron a la Comunidad de Cantabria: Funciones y servicios. Los bienes, derechos y obligaciones. El personal y los créditos presupuestarios adscritos. Todas las anteriores son ciertas. El Acuerdo de trasferencia se completaba con una relación expresa y pormenorizada de medios, personal e instalaciones que se transferían y que se contenía en: Anexos a la norma. En una Orden del Ministerio de Sanidad. Una ley de Cantabria. Decreto de la Consejería de Sanidad. El Acuerdo de Transferencia se publicó en: El BOE. El BOE, BOC, y Boletín Oficial de la Provincia. El BOC. La página web del Ministerio de Sanidad. El Acuerdo de Transferencia no contiene uno de los siguientes apartados. Competencias, servicios y funciones que se reservan los Ayuntamientos. Funciones en que han de concurrir la Administración del Estado y la de la Comunidad Autónoma. Valoración de las cargas financieras de los medios que se traspasan. Bienes, derechos y obligaciones del Estado y de la Seguridad Social que se traspasan. Sí incluye el Acuerdo de Transferencias en materia de sanidad, en cambio, uno de los siguientes apartados. Personal adscrito a los servicios e instituciones que no se traspasan. Puestos de trabajo amortizados que se traspasan. Documentación y expedientes de los servicios que se traspasan. Adscripción de financiación definitiva a cuenta de la financiación que le corresponda por el Sistema General de Financiación. En cuanto a las funciones que se transfieren en materia de sanidad habrán de referirse siempre a: Atención primaria. La prestada en el territorio de Cantabria. Gestionados por la Tesorería General de la Seguridad Social. Atención prestada en hospitales. Entre las funciones que se traspasan no se incluyen. Los centros y establecimientos sanitarios, asistenciales, de la Seguridad Social, gestionados por el INSALUD. Los centros administrativos de la Seguridad Social gestionados por el INSALUD. Los servicios y funciones encomendados por la legislación vigente a la Dirección General del INSALUD. Todos los anteriores han sido transferidos a la Comunidad de Cantabria. Respecto a los planes de inversión que se aprueben en materia de asistencia sanitaria de la Seguridad Social, se transfiere a Cantabria: La gestión de las inversiones en curso. La elaboración de los planes. La ejecución de los planes. Todas son ciertas. Respecto a los conciertos con entidades e instituciones sanitarias o asistenciales que presten servicios en la Comunidad Autónoma de Cantabria se transfiere a la Comunidad: La legislación sobre contratacION. La gestión de los conciertos. La actualización y resolución de los conciertos siempre que tengan una cuantía no superior a los que la cantidad que figure en los presupuestos de la Comunidad. No asume ninguna competencia. En cuanto a la creación de los centros y establecimientos sanitarios, se le transfiere a Cantabria. El traslado a otra comunidad y ampliación. La clasificación de centros. La inspección de actividades farmacéuticas. La destrucción de establecimientos dedicados a actividades con repercusiones sanitarias. En materia de gestión se transfieren (señala la falsa): Las funciones de gestión que realiza el INSALUD a través de sus servidos centrales. La inspección de servicios. La gestión de las prestaciones sanitarias de la Seguridad Social facilitadas por el Sistema Nacional de Salud. La gestión de los centros concertados. También se traspasa a la Comunidad: La planificación de programas y medidas de asistencia Sanitaria de la Seguridad Social. El análisis y evaluación del desarrollo y resultados de la acción sanitaria de los centros privados sanitarios. La organización y régimen de funcionamiento de los centros y servicios de asistencia social y comunitaria. La tutela y el control sobre las Fundaciones sanitarias que realizan actividades en su ámbito territoriaL. Según el acuerdo de traspaso de funciones, la Comunidad Autónoma de Cantabria se sujetará a la normativa general de la Seguridad Social en lo relativo a la determinación de (señala la falsa): Los usuarios y plazos de asistenCIA. Los requisitos e intensidad de la acción protectora. El régimen económico-financiero. El régimen económico-administrativo. ¿Cuál de las siguientes es una de las competencias que se reserva el Estado en materia de Sanidad?. La reglamentación sobre medios de difusión. La venta de alimentos. La reglamentación sobre títulos profesionales. El ejercicio de la alta dirección. ¿Cuál de las siguientes no es una de las materias que el Estado se ha reservado en el ámbito sanitario?. La coordinación general sanitaria. Las relaciones y acuerdos sanitarios internacionales. La gestión del fondo de desplazados. La administración de los programas para menores y discapacitados en la Comunidad. Una de las siguientes es una materia que el acuerdo de transferencia atribuye a la colaboración del Estado y de la Comunidad Autónoma. ¿Cuál?. La elaboración de estudios y proyectos conjuntos, propuestas y colaboración en acciones de interés particular para el Estado. El intercambio de información en materia de gestión de los servicios públicos y privados no concertados, así como el asesoramiento y cooperación con carácter permanente. El desarrollo de los programas de informática de proyección estatal y el acceso a la información derivada de los mismos. El intercambio de información sobre los conflictos laborales que puedan producirse en los centros y servicios públicos de la Comunidad Autónoma. De acuerdo con el convenio de transferencia, la Comunidad Autónoma de Cantabria queda sometida al régimen de contabilidad pública, lo que se traduce en la obligación de ésta de. Remitir al Ministerio de Sanidad y Consumo el presupuesto de gastos. Remitir al Ministerio de Hacienda la liquidación presupuestaria de los gastos destinados a la asistencia sanitaria del ejercicio anterior. Ser autorizados sus presupuestos por el Tribunal de Cuentas estaTAL. Hacer público mensualmente el estado de cuentas de la sanidad autonómica. La valoración económica que en 1999 supuso el traspaso de la competencia en materia de sanidad ascendió, aproximadamente a (en millones de pesetas): 66.500. 3.500. 530.000. 35.000. Se traspasan a la Comunidad Autónoma de Cantabria los bienes, derechos y obligaciones del INSALUD que corresponden a los servicios traspasados. ¿Qué plazo hay para la entrega y recepción de mobiliario, equipo y material inventariable?. 3 años. 3 meses. 6 meses. 1 AÑO. Se traspasan a la Comunidad Autónoma de Cantabria los bienes, derechos y obligaciones del INSALUD que corresponden a los servicios traspasados. El plazo que hay para la entrega y recepción de mobiliario, equipo y material inventariable, ES DE 3 MESES A CONTAR DESDE... Desde la creación del Servicio Cántabro de Salud. Desde la petición formal por la Comunidad de los bienes. El primero de enero de 2004. La efectividad del acuerdo de transferencia. Con el traspaso de funciones la Comunidad Autónoma se subroga en: Los derechos correspondientes a los ingresos, que por cuenta del Estado, recaudan los centros de gasto del INSALUD que se traspasan. Los derechos y obligaciones derivados de los Convenios suscritos por el INSALUD. Los contratos vigentes en el momento del traspaso. Todas las anteriores son correctas. ¿Cómo se sabe que bienes patrimoniales asume la Comunidad Autónoma de Cantabria que antes pertenecían al INSALUD?. A través de una ley que promulgará el Estado. Mediante una relación que la Intervención del Estado remitirá a la Comunidad. Mediante un inventario detallado que se incluye en la relación adjunta al Acuerdo. Por aquellos que la comunidad reclame en función de sus necesidades durante el primer ejercicio siguiente a la transferencia. Los bienes propiedad de la Tesorería General de la Seguridad Social que la Comunidad precise para sus funciones. Pasarán a ser de propiedad autonómica. Se le adscribirán para su uso, debiendo hacerse cargo de su conservación. Quedarán sujetos al Estado en cuanto al cumplimiento de las obligaciones tributarias que afecten a los mismos inmuebles a partir de la fecha de efectividad del traspaso. Deberán establecerse por convenio las condiciones de uso de cada uno de ellos en particular, ya sean muebles o inmuebles. Los bienes inmuebles del patrimonio de la Seguridad Social adscritos en el caso de no uso o cambio de destino para el que se adscriben. Perderán el carácter de bienes destinados al servicio público. Revertirán a la Seguridad Social. Se integrarán en el patrimonio de la Comunidad Autónoma. Serán subastados o adjudicados directamente al mejor postor. Las nuevas adscripciones de bienes muebles a la Comunidad Autónoma se ajustarán al procedimiento siguiente: Al que, por convenio, se establezca. Al que se fije de acuerdo con la legislación básica del Estado. Al establecido en la legislación sanitaria. Todas son falsas. ¿Qué ocurrirá con los edificios cedidos por la Comunidad a la Tesorería antes de la transferencia para la realización de las funciones propias de la Seguridad Social?. Quedarán sin efecto. Se mantendrán en los mismos términos. Se mantendrá la titularidad del inmueble por la Tesorería pero la gestión pasará a ser autonómica. Serán derribados. ¿Cómo conocerá el personal afectado que su servicio ha sido transferido a la Comunidad Autónoma?. A través del Boletín Oficial del Estado. Por el Tablón de Anunci. Por los representantes de los trabajadores. Porque se notificará a los afectados por el traspaso. El personal que se traspasa, y que pueda estar afectado por planes de empleo, programas de promoción o consolidación o por procedimientos similares del INSALUD, una vez superadas las correspondientes pruebas: Se incorporarán a la Función Pública del Estado. Se incorporarán a la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Cantabria en los términos que resulten de la ejecución de los mismos. Podrán elegir a que administración incorporarse. Se suspenderán las pruebas hasta la terminación de la transferencia y se repetirán luego. |