OPE Dipu Donosti T.S
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Título del Test:
![]() OPE Dipu Donosti T.S Descripción: Temario General 201 al 300 |



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Según el Código Ético y de Buena Gestión del Empleo Público Foral de Gipuzkoa, la imparcialidad es: La razón existencial de la institución del empleo público foral, cuya actuación profesional debe estar alejada de influencias y orientaciones políticas o de otro carácter. Que el empleado público foral dirija sus actuaciones, de forma veraz y transparente, exclusivamente hacia el objetivo del pleno cumplimiento del interés público y de los intereses de la ciudadanía guipuzcoana en su conjunto. Un valor sustantivo para el servicio público, la buena gestión y el fortalecimiento de las instituciones forales. La conducta profesional del empleado público foral, que estará guiada por un comportamiento ejemplar, en tanto que las buenas prácticas de las y los empleados públicos favorecen el cambio de la cultura cívica y la interiorización social de las normas. Según el Código Ético y de Buena Gestión del Empleado Público Foral de Gipuzkoa, la gestión de los recursos y la gestión económica-financiera de las y los empleados públicos forales estarán imbuidas por: La atención a la ciudadania. La eficiencia. La transparencia. La celeridad en la toma de decisiones. Según el Código Ético y de Buena Gestión del Empleo Público Foral de Gipuzkoa, la norma de conducta "en horas y espacios de trabajo, harán un uso razonable y ético de sus dispositivos móviles personales así como de las redes sociales o Internet para uso exclusivamente privado" corresponde al siguiente valor ético: Integridad. Ejemplaridad. Imparcialidad y objetividad. Respeto. Según el Código Ético y de Buena Gestión del Empleo Público Foral de Gipuzkoa, la norma de conducta "las y los empleados públicos forales no aceptarán ningún regalo, invitación, viajes, comidas o compensación económica por impartición de conferencias o participación en medios de comunicación siempre que se trate de actividades vinculadas exclusivamente con el ejercicio de sus funciones propias de su puesto de trabajo" corresponde al siguiente valor ético: Ejemplaridad. Eficiencia. Excelencia profesional. Honestidad y desinterés. Según el Código Ético y de Buena Gestión del Empleo Público Foral de Gipuzkoa, los principios de buena gestión son lo siguientes: Transparencia, apertura de datos, cultura de gestión e innovación, promoción del uso del euskera y responsabilidad profesional. Integridad, ejemplaridad, honestidad y desinterés, imparcialidad y objetividad, excelencia profesional, eficiencia y respeto. Trasparencia, integridad, cultura de gestión e innovación, promoción del uso del euskera y excelencia profesional. Integridad, ejemplaridad, discreción y confidencialidad, imparcialidad y objetividad, excelencia profesional, eficiencia y respecto. Según el Código Ético y de Buena Gestión del Empleo Público Foral de Gipuzkoa, ¿cuál de las siguientes normas de actuación profesional en el ámbito de la buena gestión está relacionada con la responsabilidad profesional?. Las y los empleados públicos forales desarrollarán en su actividad profesional una cultura de gestión que conlleve mayor implicación en los proyectos, creatividad e iniciativa, así como el impulso de prácticas de innovación en el ámbito de lo público. Las y los empleados públicos forales actuarán con especial diligencia garantizando respuestas rápidas, efectivas y motivadas, cuando se demande a la Administración Foral información pública por parte de la ciudadania y de sus entidades, ponderando en cada caso ls límites existentes, los derechos en juego e interpretando de forma restrictiva las causas de inadmisión y aquellos límites, con el fin de favorecer el control de la actividad pública por la ciudadanía. En la gestión cotidiana de su actividad profesional, las y los empleados públicos forales trabajarán a través de las metas y objetivos enmarcados en le Plan Estratégico de gestión de cada mandato, así como mediante el cumplimiento de los indicadores establecidos para poder evaluar los resultados de su gestión. En su actividad profesional utilizarán preferentemente el euskera tanto oralmente como por escrito, salvo en aquellos actos o relaciones en los que quienes sean sus interlocutores no tenga un conocimiento suficiente de la lengua vasca. Las normas tributarias de carácter sancionador: Nunca podrán tener efecto retroactivo. Siempre podrán tener efecto retroactivo. Tendrán efecto retroactivo respecto de los actos que no sean firmes cuando su aplicación resulte más favorable para el interesado. Podrán tener efecto retroactivo cuando su aplicación resulte más favorable para el interesado. Según la Ley del Concierto Económico del País Vasco son competencias exclusivas de Estado: La regulación, gestión, inspección, revisión y recaudación de los derechos de importación y de los gravámenes a la importación en los Impuestos Especiales. La regulación, gestión, inspección, revisión y recaudación de los derechos de importación y de los gravámenes a la importación en los Impuestos Especiales y en el Impuesto sobre el Valor Añadido. La regulación, gestión, inspección, revisión y recaudación del Impuesto sobre el Valor Añadido y de los derechos de importación y los gravámenes a la importación en los Impuesto Especiales. La regulación y la alta inspección de los derechos de importación y de los gravámenes a la importación en los Impuestos Especiales y en el Impuesto sobre el Valor Añadido. En el ámbito tributario: Queda prohibido la analogía en todo caso, por tratarse de Derecho necesario e indisponible por la Administración actuante. Se admitirá la analogía siempre que sea in bonam partem, esto es, en beneficio del contribuyente. No se admitirá la analogía como regla general, salvo para extender el ámbito del hecho imponible, las exenciones, beneficios o inventivos fiscales. No se admitirá la analogía para extender el ámbito del hecho imponible, las exenciones, beneficios o incentivos fiscales. Las normas que regulan el régimen de infracciones y sanciones tributarias: Tendrán efectos retroactivos respecto de cualquier acto firme, cuando su aplicación resulte más favorable para el interesado. Tendrán efecto retroactivo respecto de los actos que no sean firmes cuando su aplicación resulte más favorable para el interesado. No tendrán efectos retroactivos. Tendrán efectos retroactivos en todo caso. La aportación del País Vasco al Estado consistirá en un cupo global: Integrado por las aportaciones que efectúen las Diputaciones Forales, como expresión de la contribución de los Territorios Históricos a los gastos presupuestarios del País Vasco. Integrado por las aportaciones que establezca el Parlamento Vasco, como contribución a todos las cargas del Estado que no asuma la Comunidad Autónoma del País Vasco. Integrado por los correspondientes a cada uno de sus Territorios Históricos, como contribución a todas las cargas del Estado que no asuma la Comunidad Autónoma del País Vasco. Integrado por los correspondientes a cada uno de sus Territorios Históricos, como contribución a todas las cargas del Estado que asuma la Comunidad Autónoma del País Vasco. Los principios y las normas jurídicas generales del sistema tributario español: Serán de aplicación a todos las Administraciones Tributarias. Serán de aplicación a todas las Administraciones Tributarias, a excepción de las Entidades Locales. Serán de aplicación a todas las Administraciones Tributarias, a excepción de las Comunidades Autónomas. Serán de aplicación a todas las Administraciones Tributarias, a excepción de los Territorios Históricos. Dentro de la clasificación de los tributos se incluyen: Las multas. Las sanciones. Las contribuciones especiales. Las penalizaciones por incumplimiento contractual. Los tributos de carácter personal se exigirán: Conforme a las normas que establezca el Tribunal de Cuentas. Conforme al criterio de territorialidad que resulte más adecuado a la naturaleza del objeto gravado. Conforme al criterio de residencia. Conforme a las Normas que establezca la Inspección de Hacienda. Las normas que regulen el régimen de infracciones y sanciones tributarias. No tendrán efectos retroactivos en ningún caso. Tendrán efecto retroactivo respecto de los actos que sean firmes cuando su aplicación resulte más favorable para el interesado. Tendrá efecto retroactivo respecto de los actos que no sean firmes cuando su aplicación resulte más desfavorable para el interesado. Tendrá efecto retroactivo respecto de los actos que no sean firmes cuando su aplicación resulte más favorable para el interesado. ¿Cuáles son los principios del sistema tributario conforme al art. 3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria?. Los principios de justicia, generalidad, igualdad, progresividad, equitativa distribución de la carga tributaria y no confiscatoriedad. Los principios de justicia, generalidad, igualdad, progresividad, equitativa distribución de la carga tributaria y confiscatoriedad proporcinal. Los principios de justicia, generalidad, igualdad, progresividad, analogía y confiscatoriedad. La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria no recoge los principios tributarios y remite a la Constitución. Los tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente se denominan en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria: Tasas. Contribuciones especiales. Impuestos. Precios públicos. El concierto económico: Exige la adecuación integra de la Ley General Tributaria en cuanto a terminología y conceptos. Exige una presión fiscal efectiva equivalente en cada impuesto a la existente en el resto del Estado. Exige la misma clasificación de actividades ganaderas, mineras, industriales, comerciales, de servicios, profesionales y artísticas que en territorio común. Excluye planes conjuntos de inspección sobre objetivos, sectores y procedimientos selectivos. Señala la respuesta correcta. Los tributos cuyo hechos imponible consisten en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos se denominan: Impuesto. Tasas. Tarifas. Contribuciones especiales. Los tributos, cualquiera que sea su denominación, se clasifican en: Tasas, contribuciones especiales e impuestos. Tasas, impuestos y donaciones. Contribuciones especiales, donaciones e impuestos. Contribuciones especiales, impuestos y comisiones. Según lo establecido en el artículo 1 del Concierto Económico, la exacción, gestión, liquidación, inspección, revisión y recaudación de los tributos que integran el sistema tributario de los Territorios Históricos corresponderá: Al Gobierno Vasco. A las respectivas Diputaciones Forales. A las Diputaciones Forales y a los ayuntamientos. A los ayuntamientos. Las Juntas Arbitral tendrá atribuidas las siguientes funciones: Emitir los informes que sean solicitados por el Ministerio de Hacienda u los distintos Departamentos de Hacienda del Gobierno Vasco y de la Diputaciones Forales. Evaluar la adecuación de la normativa tributaria al Concierto Económico con carácter previo a su publicación. Realizar los estudios que estimen procedentes para una adecuada articulación estructural y funcional del régimen autonómica con el marco fiscal estatal. Resolver las discrepancias que puedan producirse respecto a la domiciliación de los Contribuyentes. Las normas tributarias: Se aplicarán siempre por un plazo definido. Se aplicarán a los tributos sin período impositivo devengados a partir de su entrada en vigor. Se aplicarán a los tributos con o sin período impositivo devengados a partir de su entrada en vigor. Si regulan el régimen de los recargos tendrán efectos retroactivos respecto de los actos firmes cuando su aplicación resulte más favorable para el interesado. Según la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueban el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco: En la elaboración de la normativa tributaria garantizarán la libre circulación de bienes, capitales y servicios en todo el territorio español. Podrán, dentro de su territorio, mantener y regular, pero no establecer, su régimen tributario. Podrán establecer su propio estructura general impositiva. Para la gestión de los tributos no concertados ostentarán las misma facultades que tiene reconocidas la Hacienda Pública del Estado. NO tienen la consideración de tributos: Los precios públicos. Los impuestos. Las tasas. Las contribuciones especiales. NO es un principio de ordenación del sistema tributario: La generalidad. La seguridad. La justicia. La progresividad. Ámbito temporal de las normas tributarias: La regla general es que tienen efectos retroactivos si resultan más favorables para las personas interesadas y si el acto de que se trate no es firme. La regla general es que sólo tienen efectos retroactivos las que regularan el régimen de infracciones y sanciones tributarias, siempre que su aplicación resulte más favorable para la persona interesada. Las que regulan el régimen de infracciones y sanciones tributarias y el de los recargos tienen efectos retroactivos respecto de los actos no firmes, cuando su aplicación resulte más favorable para la persona interesada. Las que regulan el régimen de infracciones y sanciones tributarias y el de los beneficios e incentivos fiscales tienen efectos retroactivo respecto de los actos de no firmes, cuando su aplicación resulte más favorable para la persona interesadas. Según dispone el Concierto Económico sobre el cupo: En la aportación del País Vasco al Estado como contribución a todas las cargas del Estado asumidas por la comunidad autónoma. La metodología para su señalamiento debe determinarse cada 5 años, mediante ley votada en el Parlamento Vasco. De la cantidad a abandonar ser resta, por compensación, la parte imputable de los tributos concertados. Se abona en tres plazos iguales, durante los meses de mayo, septiembre y diciembre de cada año. La alta inspección de la aplicación del Concierto Económico corresponde a: La Comunidad Autónoma, en colaboración con el Estado. El Consejo Vasco de Finanzas. El Estado. Comisión Mixta del Concierto Económico. La resolución de las discrepancias entre el Estado y la Comunidad Autónoma del País Vasco, que puedan producirse respecto a la domiciliación de los contribuyentes, corresponde a: La Comisión Mixta del Concierto Económico. La Comisión de Coordinación y Evaluación Normativa. La Comisión Arbitral. La Junta Arbitral. Entre las funciones de la Comisión Mixta del Concierto Económico se encuentra: Acordar el nombramiento y régimen de los componentes de la Junta Arbitral prevista en el Concierto Económico. Realizar los estudios que estimen procedentes para una adecuada articulación estructural y funcional del régimen autonómico con el marco fiscal estatal. Resolver los conflictos que se planteen entre la Administración del Estado y las Diputaciones Forales o entre éstas y la Administración de cualquier otra Comunidad Autónoma, en relación con la aplicación de los puntos de conexión de los tributos concertados. Analizar los supuestos o cuestiones que se planteen en materia de inspección entre las Administraciones del Estado y las respectivas Diputaciones Forales. Según la Ley 10/1982, ¿qué consideración tiene el euskera?. Es la lengua secundaria de la Comunidad Autónoma. Es la lengua propia del Pueblo Vasco. Es un lengua de uso meramente literario. Es la lengua oficial única del territorio. Según la Ley 10/1982, ¿cómo califica el artículo 3 el estatus del euskera en la Comunidad Autónoma?. Lengua cooficial opcional. Lengua oficial, al igual que el castellano. Lengua de interés cultural preferente. Lengua administrativa exclusiva. ¿Qué derecho reconoce el artículo 5 de la Ley 10/1982 a todos los ciudadanos del País Vasco?. El derecho a conocer y usar las dos lenguas oficiales. El derecho a recibir subvenciones para aprender euskera. El derecho a elegir una tercera lengua en la Administración. El derecho de ser atendido en cualquier lengua que elijan en la Administración. Según la Ley 10/1982, ¿cómo debe ir redactado todo acto en el que intervengan los poderes públicos sitios en la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como las notificaciones y comunicaciones administrativas?. Deberán ir redactados en forma euskera, salvo que los interesados privados elijan expresamente la utilización de otra idioma. Deberán ir redactados en forma castellano, salvo que los interesados privados elijan expresamente la utilización del euskera. Deberán ir redactados en forma bilingüe, salvo que los interesados privados elijan expresamente la utilización de una de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma. Deberán ir redactados en forma bilingüe, en todo caso. Según la Ley 10/1982, en sus relaciones con la Administración de Justicia: Todo ciudadano deberá utilizar la lengua oficial elegida por los jueces. Todo ciudadano podrá utilizar la lengua oficial de su elección, aunque se le podrá exigir realizar traducciones en caso de ser necesarios. Todo ciudadano podrá utilizar la lengua oficial de su elección, sin que se le pueda exigir traducción alguna, salvo en determinadas materias donde por su dificultad resulte necesario exigir la traducción de escritos y documentos de carácter técnico. Todo ciudadano podrá utilizar la lengua oficial de su elección, sin que se le pueda exigir traducción alguna. Según la Ley 10/1982, señala la respuesta correcta: Los impresos o modelos que hayan de utilizarse por los poderes públicos y privados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, deberán estar redactados en forma bilingüe. Los impresos o modelos oficiales que hayan de utilizarse por los poderes públicos en la Comunidad Autónoma del País Vasco, deberán estar redactados en forma bilingüe. Los impresos o modelos que hayan de utilizarse por los poderes públicos y privados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, podrán estar redactados, exclusivamente en euskera. Los impresos o modelos oficiales que hayan de utilizarse por los poderes públicos en la Comunidad Autónoma del País Vasco,podrán estar redactados, exclusivamente en castellano. ¿Qué reconoce el artículo 15 de la Ley 10/1982 a todos los alumnos del País Vasco?. El derecho a estudiar en una lengua extranjera de su elección. La obligación de cursar todas las asignaturas en euskera. El derecho a recibir la enseñanza tanto en euskera como en castellano e los diversos niveles educativos. El derecho a no ser evaluado en las asignaturas de lengua. Según la Ley 10/1982, los centros privados subvencionados con fondos públicos que impartan enseñanzas regladas tomando como base una lengua no oficial en la Comunidad: Impartirán como asignaturas obligatorias el euskera y el castellano. Impartirán como asignaturas obligatorias el euskera o el castellano. Impartirán como asignaturas optativas el euskera y el castellano. mpartirán como asignaturas optativas el euskera o el castellano. Según la Ley 10/1982, ¿qué promoverá el Gobierno en los medios de comunicación de la Comunidad Autónoma?. El uso del castellano para garantizar la difusión exterior. El empleo exclusivo del euskera a fin de garantizar la equiparación de amabas lenguas. El empleo preferente del euskera a fin de garantizar la equiparación de amabas lenguas. La obligatoriedad de que todos los periodistas sean bilingües. Según la Ley 10/1982, ¿en qué ámbitos de la vida social deben los poderes públicos fomentar el uso del euskera?. Únicamente en el ámbito laboral y administrativo. En las actividades mercantiles, culturales, asociativas, deportivas, religiosas y cualesquiera otras. En las actividades mercantiles, culturales, asociativas, deportivas, religiosas y cualquiera otras en aquellas localidades donde el euskera sea la lengua mayoritaria. En las actividades mercantiles, culturales, asociativas, deportivas, religiosas y cualquiera otras en aquellas localidades donde el euskera sea la lengua minoritaria. Según la Ley 11/2022, ¿a qué están obligadas las administraciones públicas vascas respecto a las lenguas oficiales?. A dar prioridad al euskera en las relaciones externas. A dar prioridad al euskera en las relaciones internas. A utilizar el castellano únicamente cuando el ciudadano lo solicite. A garantizar en sus relaciones, tanto internas como externas, la utilización de amabas. Según la Ley 11/2022, ¿qué instrumento deben aprobar las administraciones públicas vascas para fijar sus objetivos y medidas lingüísticas?. Un reglamento orgánico municipal de lenguas. Un instrumento de planificación lingüística. Un catálogo de puestos de bilingüismo obligatorio. Un protocolo de uso interno del euskera. Según la Ley 11/2022, todos los puestos de trabajo existentes en las administraciones públicas vascas, sus instituciones y organismos, incluidos aquellos de naturaleza temporal o coyuntural: Tendrán asignados su correspondiente perfil lingüístico, determinado según las características y necesidades comunicativas atribuidas a dichos puestos de trabajo y a las destrezas lingüísticas exigibles a dicho fin. Tendrán asignado su correspondiente perfil lingüístico, determinado según los conocimientos acreditados por la persona ocupante del puesto. Tendrán asignado su correspondiente perfil lingüístico, determinado según el nivel de conocimiento de euskera de la población en la que tenga sede la administración pública correspondiente. Tendrán asignado un idioma de trabajo, que podrá ser el euskera o el castellano. La asignación del perfil lingüístico a cada uno de los puestos de trabajo existentes en las administraciones públicas vascas, sus instituciones y organismos, así como la de su fecha de preceptividad: Se efectuarán por el departamento del Gobierno Vasco competente en materia de política lingüística. Se efectuarán por sus respectivos órganos de gobierno, previo informe preceptivo de los departamentos de las diputaciones forales competentes en materia de políticas lingüísticas. Se efectuarán por sus respectivos órganos de gobierno, previo informe preceptivo del departamento del Gobierno Vasco competente en materia de políticas lingüísticas. Se efectuarán por sus respectivos órganos de gobierno, previo informe preceptivo y vinculante de los departamentos de las diputaciones forales competentes en materia de políticas lingüísticas. Según la Ley 11/2022, ¿dónde deben quedar incorporados el perfil lingüístico y la fecha de preceptividad de cada uno de los puestos de trabajo existentes en las administraciones públicas vascas?. En el expediente del empleado público que ocupa cada puesto. En las relaciones de puesto de trabajo, así como en los instrumentos complementarios recogidos en la ley. En el Plan General de Normalización del Gobierno Vasco. En los Planes Generales de Normalización del Gobierno Vasco y de las diputaciones forales. Según la Ley 11/2022, en los procesos selectivos para el acceso al servicio de las administraciones públicas vascas, cuando el conocimiento del euskera sea mérito: La puntuación otorgada al conocimiento del euskera representará un porcentaje que no podrá ser en ningún caso superior al diez por ciento de la puntuación máxima alcanzable en el conjunto del proceso selectivo. La puntuación otorgada al conocimiento del euskera representará un porcentaje que no podrá ser en ningún caso superior al veinte por ciento de la puntuación máxima alcanzable en el conjunto del proceso selectivo. La puntuación otorgada al conocimiento del euskera representará un porcentaje que no podrá ser en ningún caso superior al diez por ciento de la puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso. La puntuación otorgada al conocimiento del euskera representará un porcentaje que no podrá ser en ningún caso superior al veinte por ciento de la puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso. Según la Ley 11/2022, el único organismo habilitado para la acreditación de perfiles lingüísticos será: El Instituto de de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE). El Instituto Vasco de Administración Pública. La Escuela Oficial de Idiomas. El Gobierno Vasco. Según el Decreto 19/2024, de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco, el perfil lingüístico determina: El nivel de competencia lingüística en comprensión oral en euskera necesario para la provisión y desempeño del puesto de trabajo. El nivel de competencia lingüística en comprensión escrita en euskera para la provisión y desempeño del puesto de trabajo. El conjunto de los niveles de competencias lingüísticas en euskera y castellano necesarios para la provisión y desempeño del puesto de trabajo. El conjunto de los niveles de competencia lingüística en euskera necesario para la provisión y desempeño del puesto de trabajo. Según el Derecho 19/2024, de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco, cuando la fecha de preceptividad esté vencida en la relación de puestos de trabajo de la entidad: El cumplimiento del perfil lingüístico se constituirá como exigencia obligatoria para el acceso y desempeño del correspondiente puesto de trabajo. El cumplimiento del perfil lingüístico se constituirá como exigencia obligatoria para el acceso y desempeño del correspondiente puesto de trabajo en el plazo de un año desde la fecha de preceptividad. El cumplimiento del perfil lingüístico se constituirá como exigencia obligatoria para el acceso y desempeño del correspondiente puesto de trabajo en el plazo de dos año desde la fecha de preceptividad. El cumplimiento del perfil lingüístico dejará de ser exigencia obligatoria para el acceso y desempeño del correspondiente puesto de trabajo. Según el Decreto 19/20224, de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco, se reconoce a todo el personal al servicio de las entidades del sector público vasco el derecho a: Utilizar como único idioma de trabajo el euskera. Utilizar el idioma que mejor domine en la relaciones con la ciudadanía. Recibir formación en euskera. Recibir formación de euskera al menos durante 5 horas semanales. Según el Decreto 19/2024, de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco, el indice de obligado cumplimiento se determinará de la siguiente forma: (Euskaldunes/2) + Cuasi euskaldunes. Euskaldunes + (Cuasi euskaldunes/2). Euskaldunes + (Cuasi euskaldunes*2). (Euskaldunes*2) + Cuasi euskaldunes. Según el Decreto 19/2024, de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco, en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo que tengan asignado el perfil lingüístico C2 y cuya fecha de preceptividad se encuentre vencida, en caso de no acreditarse este por ninguna de las personas candidatas: Se aplicará a dicho puesto el perfil lingüístico C1 a los únicos efectos de cobertura en tal convocatoria de selección o provisión. Se diferirá la fecha de preceptividad de los puestos que queden vacantes, para garantizar la cobertura de las mismas. Se modificará el perfil lingüístico de dicho puesto del perfil lingüístico C2 al perfil lingüístico C1. No se podrán cubrir los puestos con el perfil lingüístico C2 y deberá convocase un nuevo proceso de selección y provisión de puestos de trabajo en un plazo improrrogable de 6 meses. Cuando la acreditación del perfil lingüístico asignado a un puesto de trabajo sea preceptiva: La acreditación de dicho perfil o de perfiles inferiores o superiores se valorará como mérito hasta un límite de veinte por ciento. La acreditación de dicho perfil o de perfiles inferiores o superiores se valorará como mérito hasta un límite del quince por cierto. La acreditación de dicho perfil o de perfiles inferiores o superiores se valorará como mérito hasta un límite del diez por cierto. La acreditación de dicho perfil o de perfil inferiores o superiores no se valorará como mérito. Para establecer la valoración que, como mérito haya de otorgarse al conocimiento del euskera en cada convocatoria de procesos de selección o de provisión se tomará como base la puntuación máxima alcanzable en el conjunto del proceso, de modo que la puntuación otorgada al conocimiento del euskera representará un porcentaje que deberá situarse en los siguientes umbrales, no pudiendo ser inferior ni superior. En perfiles simétricos, comprensión, y expresión escrita y compresión y expresión oral B1 entre el 5% y el 10%. En perfiles simétricos, comprensión, y expresión escrita y compresión y expresión oral B2 entre el 11% y el 15%. En perfiles simétricos, comprensión, y expresión escrita y compresión y expresión oral C1 entre el 16% y el 20%. En perfiles simétricos, comprensión, y expresión escrita y compresión y expresión oral C2 entre el 21% y el 25%. Estarán exentos del cumplimiento del régimen general de preceptividad de los perfiles lingüísticos en relación con el puesto de trabajo del que son titulares: Las personas que superen la edad de 40 años el inicio de cada periodo de planificación en el que se asigne la fecha de preceptividad al puesto de trabajo del que son titulares, previa conformidad de la persona interesada. Las personas cuyo nivel de estudios realizados no alcanzara los de Bachiller Elemental, Educación General Básica o Educación Secundaria Obligatoria, ni otros que, en el futuro, pudieran sustituir a estos, prescindiendo de la equivalencias y convalidaciones que contemple el ordenamiento jurídico a otros fines respecto al Certificado de Escolaridad. Las personas con discapacidad mediante los programas vigentes de formación y capacitación lingüística de personas adultas. Las personas que declaren carencia manifiesta y contrastada de las destrezas aptitudenales necesarias en el proceso de aprendizaje del idioma mediante los programas de formación y capacitación lingüística de personas adultas. ¿Cuál es el objeto de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres Y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres?. Establecer los principios generales que han de presidir la actuación de los poderes públicos y privados en materia de igualdad de mujeres y hombres, así como regular un conjunto de medidas dirigidas a promover y garantizar la igualdad de oportunidades y trato de mujeres y hombres exclusivamente en el ámbito laboral. Establecer los principios generales que han de presidir la actuación de los poderes públicos en materia de igualdad de mujeres y hombres, así como regular un conjunto de medidas dirigidas a promover y garantizar la igualdad de oportunidades y trato de mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida y, en particular, a promover el empoderamiento de las mujeres, su autonomía y el fortalecimiento de su posición social, económica y política al objeto de eliminar la desigualdad estructural y todas las formas de discriminación por razón de sexo, incluida la violencia machista contra las mujeres. Establecer los principios generales que han de presidir la actuación de los poderes públicos en materia de igualdad de mujeres y hombres, así como regular un conjunto de medidas dirigidas a promover y garantizar la igualdad de oportunidades y trato de mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida y, en particular, a promover el empoderamiento de las mujeres, su autonomía y el fortalecimiento de su posición social, económica y política al objeto de reducir la desigualdad estructural y todas las formas de discriminación por razón de sexo, incluida la violencia machista contra las mujeres. Establecer los principios generales que han de presidir la actuación de los poderes públicos y privados en materia de igualdad de mujeres y hombres, así como regular un conjunto de medidas dirigidas a promover y garantizar la igualdad de oportunidades y trato de mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida, y en particular, a promover el empoderamiento de las mujeres, su autonomía y el fortalecimiento de su posición social, económica y política al objeto de eliminar la desigualdad estructural y todas las formas de discriminación por razón de sexo, incluida la violencia machista contra las mujeres. ¿Cuál es el fin último de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres?. Lograr una sociedad igualitaria y libre de violencia machista en la que todas las personas sean libres, en el ámbito público, para desarrollar sus capacidades personales y tomar decisiones sin las limitaciones impuestas por los roles tradicionales en función del género, y en la que se tenga en cuenta, valoren y potencien por igual las distintas conductas, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres. Lograr una sociedad igualitaria y libre de violencia machista en la que todas las personas sean libres, en el ámbito privado, para desarrollar sus capacidades personales y tomar decisiones sin las limitaciones impuestas por los roles tradicionales en función del género, y en la que se tengan en cuenta, valoren y potencien por igual las distintas conductas, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres. Lograr una sociedad igualitaria y libre de violencia machista en la que todas las personas sean libres, tanto en el ámbito público como en el privado, para desarrollas sus capacidades personales y tomar decisiones sin las limitaciones impuestas por los roles tradicionales en función del género, y en la que se tengan en cuenta, valoren y potencien por igual las distintas conductas, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres. Lograr una reducción importante de la violencia machista y fomentar una sociedad igualitaria. La Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres es de aplicación: A todas las administraciones públicas vascas, con las salvedades que a lo largo de ella se establezcan. Solo al Gobierno Vasco. Solo a entidades privadas del País Vasco. Solo a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Los principios generales del artículo 3 de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres son de aplicación: Únicamente a las administraciones públicas vascas con sus respectivas administraciones institucionales y demás entes instrumentales dependientes a adscritos a ellas. A todos los poderes públicos vascos. A todos los poderes públicos vascos, salvo el Parlamento Vasco y las Juntas genereales de los territorios históricos. A todos los poderes públicos vascos, salvo el Ararteko y el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. A las entidades privadas que suscriban contratos o convenios de colaboración con los poderes públicos vascos. No les será exigible durante ningún momento el cumplimiento de los principios generales del artículo 3 de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aunque se valorará su cumplimiento en el momento de suscribir los contratos o convenios de colaboración. Les será exigible en un plazo de tres años desde el inicio de su relación con el poder público correspondiente el cumplimiento de los principios generales del artículo 3 de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres. Les será exigible únicamente en el momento de la suscripción del contrato o convenio de colaboración el cumplimiento de los principios generales del artículo 3 de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres. Les será exigible durante el tiempo y materia sobre la que verse su relación con el poder público correspondiente el cumplimiento de los principios generales del artículo 3 de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres. ¿Cuál de los siguientes No es un principio general del artículo 3 de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres?. Igualdad de trato. Neutralidad institucional. Respeto a la diversidad y a la diferencia. Eliminación de roles y estereotipos en función del género. ¿Cuál de los siguientes NO es un principio general del artículo 3 de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres?. Igualdad del trato. Igualdad de oportunidades. Prevención, atención y erradicación de la violencia machista contra las mujeres. Respeto a la homogeneidad y a la igualdad. De acuerdo con el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, cuando una persona sea, haya sido o pudiera ser tratada de manera menor favorable que otra en situación análoga por razón de su sexo a o de circunstancias directamente relacionadas con el sexo, como el embarazo o la maternidad: Existirá discriminación indirecta. Existirá discriminación indirecta, salvo que dicho acto jurídico, criterio o práctica resulte adecuada y necesaria, y pueda justificarse con criterios objetivos que no estén relacionadas con el sexo. Existirá discriminación directa únicamente cuando se demuestre un perjuicio económico. Existirá discriminación directa. De acuerdo con el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, sin perjuicio de su posible tipificación como delito, el acoso sexual: Tiene la consideración de discriminación directa por razón de sexo. Tiene la consideración de discriminación indirecta por razón de sexo. No tiene la consideración de discriminación por razón de sexo. Puede tener la consideración de discriminación directa por razón de sexo en determinados casos. De acuerdo con el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, cuando un acto jurídico, criterio o práctica aparentemente neutra perjudique a una proporción sustancialmente mayor de personas de un mismo sexo: Existirá discriminación indirecta. Existirá discriminación indirecta, salvo que dicho acto jurídico, criterio o práctica resulte adecuada y necesaria, y pueda justificarse con criterios objetivos que no estén relacionados con el sexo. Existirá discriminación directa únicamente cuando se demuestre un perjuicio económico. Existirá discriminación directa. De acuerdo con el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, las medidas que, aunque planteen un tratamiento diferente para las mujeres y los hombres, tienen, una justificación objetiva y razonable, entre las que se incluyen aquellas que se fundamentan en la acción positiva para las mujeres, en la necesidad de una protección especial de los sexos por motivos biológicos, o en la promoción de la incorporación de los hombres al trabajo doméstico y de cuidado de las personas y al trabajo a favor de la igualdad de trato y oportunidades: No se considerarán constitutivas de discriminación por razón de sexo. Se considerarán constitutivas de discriminación directas por razón de sexo. Se considerarán constitutivas de discriminación indirecta por razón de sexo. Se considerarán constitutivas de discriminación indirecta por razón de sexo si así se recoge expresamente en la norma reguladora de las medidas a adoptar. La Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres establece que los poderes públicos vascos: Deben adoptar las medidas oportunas para garantizar el ejercicio efectivo por parte de mujeres y hombre, en condiciones de igualdad, de los derechos políticos, civiles, económicos, laborales, sociales, culturales, medioambientales y del resto de derechos fundamentales que puedan ser reconocidos en las normas, incluido el control y acceso al poder y a los recursos y beneficios económicos y sociales. Pueden adoptar las medidas oportunas para garantizar el ejercicio efectivo por parte de mujeres y hombres, en condiciones de igualdad, de los derechos políticos, civiles, económicos, laborales, sociales, culturales, medioambientales y del resto de derechos fundamentales que puedan ser reconocidos en las normas, incluido el control y acceso al poder y a los recursos y beneficios económicos y sociales. Deben adoptar las medidas oportunas para fomentar el ejercicio efectivo por parte de mujeres y hombres, en condiciones de igualdad, de los derechos políticos, civiles, económicos, laborales, sociales, culturales, medioambientales y del resto de derechos fundamentales que puedan ser reconocidos en las normas, incluido el control y acceso al poder y a los recursos y beneficios económicos y sociales. Puedan adoptar las medidas oportunas para fomentar el ejercicio efectivo por parte de mujeres y hombre, en condiciones de igualdad, de los derechos políticos, civiles, económicos, laborales, sociales, culturales, medioambientales y del resto de derechos fundamentales que puedan ser reconocidos en las normas, incluido el control y acceso al pode y a los recursos y beneficios económicos y sociales. En cuanto a la prevención, atención y erradicación de la violencia machista contra las mujeres, señale la respuesta correcto: Los poderes públicos vascos integrarán de forma transversal en sus políticos y acciones el objetivo de prevenir, atender y erradicar la violencia machista contra las mujeres en sus diferentes formas. Los poderes públicos vasco integrarán de forma transversal en sus políticas y acciones el objetivo de prevenir, atender y reducir la violencia machista contra las mujeres en sus diferentes formas. Los poderes públicos vascos integrarán de forma transversal en sus políticas y acciones el objetivo de atender y reducir la violencia machista contra las mujeres en sus diferentes formas. Los poderes públicos vascos integrarán de forma transversal en sus políticas y acciones el objetivo de prevenir y reducir la violencia machista contra las mujeres en sus diferentes formas. Señale la respuesta INCORRECTA: Los poderes públicos pondrán los medios necesarios para que le proceso hacia la igualdad de sexos se realice respetando tanto la diversidad y las diferencias existentes entre mujeres y hombres en cuanto a su biología, condiciones de vida, aspiraciones y necesidades, como la diversidad y diferencias existentes dentro de los propios grupos de mujeres y de hombres. Será una prioridad de los poderes públicos vascos la atención integral, recuperación y reparación de las victimas de las violencia machista contra las mujeres. Existirá discriminación indirecta cuando un acto jurídico, criterio o práctica aparentemente neutra perjudique a una proporción sustancialmente mayor de personas de un mismo sexo, salvo que dicho acto jurídico, criterio o práctica resulte adecuada y necesaria, y pueda justificarse con criterios objetivos que no estén relacionados con el sexo. Se considerarán constitutivas de discriminación por razón de sexo las medidas que planteen un tratamiento diferente para las mujeres y los hombres, entre las que se incluyen aquellas que se fundamentan en la acción positiva para las mujeres, en la necesidad de una protección especial de los sexos por motivos biológicos, o en la promoción de la incorporación de los hombres al trabajo doméstico y de cuidado de las personas y al trabajo a favor de la igualdad de trato y oportunidades. A efectos de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres se entiende por integración de la perspectivas de género: La consideración sistemática de las diferentes situaciones, condiciones, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres, incorporando objetivos y actuaciones específicas dirigidas a eliminar las desigualdades y promover la igualdad en todas las políticas y acciones, a todos los niveles y en la fase de planificación. La consideración sistemática de las diferentes situaciones, condiciones, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres, incorporando objetivos y actuaciones específicas dirigidas a eliminar las desigualdades y promover la igualdad en todas las políticas y acciones, a todos los niveles y en la fase de ejecución. La consideración sistemática de las diferentes situaciones. condiciones, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres, incorporando objetivos y actuaciones específicas dirigidas a eliminar las desigualdades y promover la igualdad en todas las políticas y acciones, en la fase de evaluación. La consideración sistemáticas de las diferentes situaciones, condiciones, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres, incorporando objetivos y actuaciones específicas dirigidas a eliminar las desigualdades y promover la igualdad en todas las políticas y acciones, a todos los niveles y en todas sus fases de planificación, ejecución y evaluación. Las medidas específicas y temporales adoptadas por los poderes públicos destinadas a eliminar o reducir las desigualdades de hecho por razón de sexo existentes en los diferentes ámbitos de la vida se consideran: Eliminación de roles y estereotipos en función del género. Discriminación directa. Acción positiva. Integración de la perspectiva interseccional. De acuerdo con el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, Señala la respuesta correcta respecto a la eliminación de roles y estereotipos en función del género: Los poderes públicos vascos podrán promover la eliminación de los roles sociales y estereotipos en función de género sobre los que se asienta la desigualdad entre mujeres y hombres y según los cuales se asigna a las mujeres la responsabilidad del ámbito público, con una muy desigual valoración y reconocimiento económico y social. Los poderes públicos vasco podrán promover la eliminación de los roles sociales y estereotipos en función del género sobre los que se asienta la desigualdad entre mujeres y hombres y según los cuales se asigna a los hombres la responsabilidad del ámbito de lo doméstico y a las mujeres la del ámbito público, con una muy desigual valoración y reconocimiento económico y social. Los poderes públicos vascos deben promover la eliminación de los roles sociales y estereotipos en función del género sobre los que se asienta la desigualdad entre mujeres y hombres y según los cuales se asigna a las mujeres la responsabilidad del ámbito de lo doméstico y a los hombres la del ámbito público, con una valoración y reconocimiento económico y social muy similar. Los poderes públicos vascos deben promover la eliminación de los roles sociales y estereotipos en función del género sobre los que se asienta la desigualdad entre mujeres y hombres y según los cuales se asigna a las mujeres la responsabilidad del ámbito de los doméstico y a los hombres la del ámbito público, con una muy desigual valoración y reconocimiento económico y social. De acuerdo con el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, para promover la consecución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres. Los poderes público deben desarrollar las políticas públicas necesarias que aseguren la subordinación corporal de todas las personas. Los poderes públicos deben adoptar las medidas necesarias para reducir de todos los ámbitos de la vida las discriminaciones relacionadas con la identidad sexual o de género y la orientación sexual. Los poderes públicos deben desarrollar la autodeterminación de todas las personas, en particular las mujeres y, en especial, el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos, desde una perspectiva integral y multidisciplinar. Los poderes públicos deben, por un lado, adoptar las medidas necesarias para erradicar de todos los ámbitos de la vida las discriminaciones relacionadas con la identidad sexual o de género y la orientación sexual, así como, por otro lado, desarrollo las políticas públicas necesarias que aseguren la autonomía corporal y la autodeterminación de todas las personas, en particular las mujeres y, en especial, el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos, desde una perspectiva integral y multidisciplinar. Por lo que respecta a los órganos pluripersonales, a los efectos de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, se considera que existe una representación equilibrada cuando: En los órganos de más de seis miembros las personas de cada sexo están representadas al menos al 30%. En el resto, cuando personas de ambos sexos estén representadas. En los órganos de más de diez miembros las personas de cada sexo están representadas al menos al 30%. En el resto, cuando personas de ambos sexos estén representadas. En los órganos de más de cuatro miembros las personas de cada sexo están representadas al menos al 40%. En el resto, cuando personas de ambos sexos estén representadas. En los órganos de más de seis miembros las personas de cada sexo están representadas al menos al 40%. En el resto, cuando personas de ambos sexos estén representadas. De acuerdo con el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, señala la respuesta INCORRECTA: Los poderes públicos vascos tienen la obligación de colaborar y coordinar sus actuaciones en materia de igualdad de mujeres y hombres para que sus intervenciones sean más eficaces y acordes con una utilización racional de los recursos. Los poderes públicos vascos han de promover la incorporación de la perspectiva de género en las políticas de cooperación para el desarrollo, así como la internacionalización de las políticas de igualdad, a fin de captar e intercambiar conocimiento y recursos y de posicionar de forma destacada al País Vasco en la acción internacional para dar cumplimiento al objetivo global de la agenda internacional de desarrollo sostenible de lograr la igualdad entre los sexos y el empoderamiento de las personas. Los poderes públicos vascos tienen que establecer las condiciones y realizar las adaptaciones necesarias para favorecer el empoderamiento de las mujeres, considerando su homogeneidad. Los poderes públicos vascos han de adoptar las medidas oportunas para lograr un presencia equilibrada de mujeres y hombres con capacitación, competencia y preparación adecuadas en los distintos ámbitos de toma de decisiones. De acuerdo con el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, ¿cuál de las siguientes afirmaciones define correctamente el objetivo del empoderamiento de las mujeres?. Se refiere exclusivamente al éxito individual de las mujeres en el ámbito económico para construir economías más fuertes y estables, que permita optimizar el talento y el potencial financiero individual de las mujeres y así corregir ineficiencias históricas, derivando en estructuras financieras más robustas y sistemas económicos capaces de resistir mejor las crisis internacionales. Es el proceso que las mujeres lleven a cabo para la toma de conciencia individual y colectiva de la situación estructural de desigualdad y discriminación que sufren por el hecho de ser mujeres, y para la adquisición de la competencia, el poder y el control que les permitan tomar decisiones estratégicas sobre sus propias vidas y trasformar las estructuras e instituciones que refuerzan y perpetúan la desigualdad y discriminación por razón de género en los distintos ámbitos de la vida. Es una metodología de trabajo centrada únicamente en identificar y cuestionar las diferencias biológicas entre hombres y mujeres en el ámbito laboral con el objetivo de desmontar los sesgos que justifican la desigualdad de oportunidades. Al examinar rigurosamente qué diferencias son reales y cuáles son construcciones sociales, esta metodología permite separar la capacidad profesional de los prejuicios biológicos, garantizando que el acceso a puestos de liderazgo se base en la competencia y no en suposiciones físicas. Consiste en garantizar una cuota del 40% de representación femenina en todas las listas electorales y órganos de gobierno de las administraciones públicas vascas. ¿Qué deben promover los poderes públicos vascos respecto a los hombres según el principio general "Implicación de los hombres" de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres?. La participación exclusiva de los hombres en políticas económicas. La participación preferente de los hombres en la ejecución de las políticas de igualdad. La concienciación, responsabilidad, participación e implicación de los hombres a favor de la igualdad. No existe ningún principio general sobre la implicación de los hombres en la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres. Según el principio general "Participación" de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencias Machista contra las Mujeres, ¿que deben impulsar los poderes públicos vascos en el desarrollo de las políticas públicas?. La participación exclusiva de la administraciones públicas. La participación e interlocución de los grupos feministas y de mujeres, de los agentes sociales y de la ciudadanía en su conjunto. La participación de expertos técnicos. La participación mayoritarias de las mujeres. Según el principio general "Innovación, trasparencia y rendición de cuentas" de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, los poderes públicos vascos deben: Frenar la innovación y la mejor continua de las políticas de igualdad hasta que se garantice el cumplimiento de las misma y garantizar la trasparencia y la rendición de cuentas a la ciudadanía sobre cómo se contribuye a la igualdad de mujeres y hombres a través de los recursos públicos. Fomentar la innovación y la mejora continua de las políticas de igualdad y garantizar la trasparencia y la rendición de cuentas a la ciudadania sobre cómo se contribuye a la igualdad de mujeres y hombres a través de los recursos públicos. Fomentar la innovación y la mejora continua de las políticas de igualdad y garantizar la trasparencia y la rendición de cuentas a la ciudadania sobre cómo se contribuye a la igualdad de mujeres y hombres a través de los recursos privados. Fomentar la innovación y la mejora continua de las entidades privadas en relación a las políticas de igualdad y garantizar la transparencia y la rendición de cuentas a los poderes públicos. En relación al principio general protección de los derechos lingüísticos y promoción del uso del euskera, ¿qué deben asegurar los poderes públicos en el desarrollo de políticas de igualdad?. Que los servicios se presten en la lengua cooficial elegida por la persona interesada. Que los servicios se presten únicamente en euskera. Que los servicios se presten únicamente en castellano. Que los servicios se presten en cualquier lengua elegida por la persona interesada. ¿Cuál es el fin último de la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres?. Establecer exclusivamente el régimen sancionador en materia de discriminación por razón de sexo. Garantizar las condiciones necesarias para la consecución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres en todos sus ámbitos de actuación, a fin de contribuir a la construcción de un modelo de organización social en el Territorio de Gipuzkoa que coloque la sostenibilidad de la vida en el centro de las políticas públicas de la Diputación Foral de Gipuzkoa. Regular únicamente la estructura interna de la Dirección de Igualdad de la Diputación Foral de Gipuzkoa. Promover la autonomía de las mujeres exclusivamente en el ámbito laboral y de la empresa privada. De acuerdo con la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, para igualdad de mujeres y hombres, ¿a cuál de las siguientes entidades NO se le aplica esta Norma Foral?. A las fundaciones del sector público foral del Territorio Histórico de Gipuzkoa, que se definan como tal en la normativa que les sea aplicable. A las sociedades mercantiles forales. A las empresas privadas que no tengan contratos vigentes con la Administración Foral. A los organismos autónomos forales y entidades públicas empresariales forales. De acuerdo con la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, ¿a qué entidades privadas les son de aplicación los principios generales de igualdad?. A todas las entidades privadas con sede social en el Territorio Histórico de Gipuzkoa. Únicamente a aquellas entidades privadas que tengan más de 50 trabajadores en plantilla. A las entidades privadas que suscriban contratos, convenios de colaboración o sean beneficiarias de ayudas o subvenciones de los poderes públicos forales. Las entidades privadas están exentas de cumplir estos principios, ya que solo afectan al sector público foral. De acuerdo con la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, ¿cuál de las siguientes tareas corresponde a la Diputación Foral de Gipuzkoa para garantizar la Igualdad de mujeres y hombres?. La aprobación de leyes orgánicas en materia de violencia de género. La ejecución de medidas de acción positiva en su ámbito territorial. El análisis de estudios e investigaciones sobre la situación de mujeres y hombres encargados al Gobierno Vasco. El establecimiento de medidas de fomento a fin de exigir a los ayuntamientos y demás entidades locales que dediquen recursos materiales, económicas y personales para el desarrollo de programas y actividades dirigidas a la consecución de la igualdad de mujeres y hombres. La organización de la Diputación Foral de Gipuzkoa en materia de igualdad de mujeres y hombres estará conformado por: El Órgano para la Igualdad de Mujeres y Hombres, las unidades departamentales para la igualdad de mujeres y hombres, las estructuras de coordinación interdepartamental de carácter político y de carácter técnico y las estructuras de coordinación interdepartamental de carácter político y de carácter técnico. El Órgano para la Igualdad de Mujeres y Hombres, las unidades departamentales para la igualdad de mujeres y hombres y las estructuras de coordinación interdepartamental de carácter político y de carácter técnico. El Órgano para la Igualdad de Mujeres y Hombres, las unidades departamentales para la igualdad de mujeres y hombres. El Órgano para la Igualdad de Mujeres y Hombres. De acuerdo con la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, ¿cuál es la configuración y el ámbito exclusivo de actuación del Órgano para la Igualdad de Mujeres y Hombres?. Se configura como un organismo autónomo cuyo ámbito es la gestión de subvenciones en materia de género. Se configura como un órgano de carácter transversal cuyo ámbito exclusivo de actuación será garantizar el impulso de las políticas forales en materia de igualdad de mujeres y hombres. Se configura como una unidad administrativa consultiva cuyo ámbito es la inspección de las empresas privadas de Gipuzkoa. Se configura como un departamento independiente cuyo ámbito exclusivo es la atención a víctimas de discriminación. Señala cual es una de las funciones de las unidades departamentales para la igualdad de mujeres y hombres ejercerán, en cumplimiento de los criterios y bajo la coordinación del Órgano para Igualdad de Mujeres y Hombres: Velar por la aplicación efectiva del principio de igualdad de mujeres y hombres dentro de su respectivo departamento, y en los organismos autónomos, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles forales en su caso adscritos al mismo. Asistir a los órganos del su departamento y, en su caso, a los órganos de los organismos autónomos, entidades públicas empresariales y de las sociedades mercantiles forales adscritas al mismo, en la atención, prevención, actuación y eliminación de posibles situaciones de discriminación que se produzcan en el ámbito de sus organizaciones. Diseñar e impulsar medidas especificas de acción positiva en las áreas de actuación de su departamento y en su caso, de los organismos autónomos, entidades públicas empresariales y de las sociedades mercantiles forales adscritas al mismo. Las tres opciones anteriores son correctas. Las estructuras de coordinación y de interlocución social para la igualdad de mujeres y hombres están formados por: Estructuras de coordinación interdepartamental para la igualdad de mujeres y hombres, estructuras de coordinación intradepartamental para la igualdad de mujeres y hombres y estructuras de interlocución social para la igualdad de mujeres y hombres. Estructuras de coordinación interdepartamental para la igualdad de mujeres y hombres y estructuras de coordinación intradepartamental para la igualdad de mujeres y hombres. Estructuras de coordinación interdepartamental para la igualdad de mujeres y hombres y estructuras de interlocución social para la igualdad de mujeres y hombres. Estructuras de coordinación intradepartamental para la igualdad de mujeres y hombres y estructuras de de interlocución social para la igualdad de mujeres y hombres. De acuerdo con la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, la Diputación Foral de Gipuzkoa garantizará la capacitación especializada en materia de igualdad de mujeres y hombres de: Todo el personal. Los y las jefes y jefas de servicio. Los y las jefes y jefas de servicio, los y las jefes y jefas de sección y el personal técnico de igualdad. El personal técnico de igualdad. El órgano competente de la Diputación Foral de Gipuzkoa para el desarrollo de las políticas específicas para la igualdad de mujeres y hombres será: El Órgano para la Igualdad de Mujeres y Hombres. La Diputación Foral de Cuidados y Políticas Sociales. El Órgano de coordinación interdepartamental de carácter político y de carácter técnico. El Órgano de coordinación intradepartamental de carácter político y de carácter técnico. De acuerdo con la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, ¿a qué área de actuación corresponde la promoción del cambio de valores y lucha contra los prejuicios que obstaculizan la participación sociopolítica de las mujeres y otras personas transgresoras del orden heteropatriarcal?. El fomento de las políticas públicas locales para la igualdad de mujeres y hombres. Garantizar el apoyo a redes y prácticas feministas. El desarrollo de medidas de sensibilización social, conocimiento y práctica que permitan transitar hacia un modelo de organización socio-económica en igualdad que coloque el cuidado de las personas en el centro. Impulsar la coordinación en el diseño, seguimiento y evaluación de la política foral de lucha contra la violencia machista con el departamento de la Diputación Foral de Gipuzkoa al que se le atribuyen las funciones y competencias en materia de política social, articulada en el marco de la política foral para la igualdad de mujeres y hombres. Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos: Podrán solicitar al responsable del tratamiento el acceso a los datos personales de la personas fallecida. No podrán solicitar al responsable del tratamiento el acceso a los datos personales de la persona fallecida. Podrán acceder a los datos personales de la persona fallecida aunque ésta lo hubiese prohibido expresamente. No podrán solicitar al responsable del tratamiento la rectificación de los datos personales de la persona fallecida. Según la Ley Orgánica 3/2016, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Personales y garantía de los derechos digitales, ¿cómo casa el deber de secreto impuesto en esta Ley Orgánica con el deber médico de secreto profesional?. Prevalece el secreto médico profesional sobre la protección de datos de carácter personal. Prevalece la protección de datos de carácter personal sobre el secreto médico profesional. Ambos serán complementarios. No puede darse la confluencia entre ambos, ya que la Ley Orgánica 3/2018 no es de aplicación a datos personales relacionados con la salud. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales NO es de aplicación a: A cualquier tratamiento totalmente automatizado de datos personales. Al tratamiento no automatizado de datos personales contenidos o destinados a ser incluidos en un fichero. A cualquier tratamiento parcialmente automatizado de datos personales. A los tratamientos de datos personales sometidos a la normativa sobre protección de materias clasificadas. El tratamiento de datos personales podrá considerase fundado en el cumplimiento de una obligación legal exigible al responsable, cuando así lo prevea: Una norma de Derecho de la Unión Europea o una norma con rango de ley. Una norma de Derecho de la Unión Europea o una norma con rango de ley o de reglamento. Una decisión motivada del órgano administrativo competente. Una decisión motivada del órgano administrativo competente únicamente amparada en motivos de interés general. Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos: No podrán acceder a los datos del causante cuando la persona fallecida lo hubiese prohibido expresamente. No podrán dirigirse en ningún caso al responsable o encargado del tratamiento al objeto de solicitar el acceso a los datos personales. Podrán acceder en cualquier caso a los datos personales del fallecido. No podrán acceder a los datos de carácter patrimonial del causante. El derecho de acceso del afectado se ejercitará sin ninguna limitación: Cualquiera que sea la cantidad de datos relativos al afectado. Aunque el ejercicio del derecho de acceso se haya producido en más de una ocasión durante el plazo de seis meses. Aunque el ejercicio del derecho de acceso se haya producido en más de una ocasión durante el plazo de tres meses. Cualquiera que sea la cantidad de datos relativos al afectado siempre que especifique los datos o actividades de tratamiento a los que se refiere la solicitud. Las imágenes captadas a través de sistemas de cámaras o videocámaras para el ejercicio de las funciones de control de los trabajadores: Se podrá obtener aunque los empleadores no hayan informado con carácter previo. No se podrán obtener en ningún caso. No se podrán obtener en lugares destinados al descanso o esparcimiento de los trabajadores. Se podrán obtener en todo caso para la grabación de sonidos en el lugar de trabajo. Según la Ley 372018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, los datos serán: Genericos. Secretos. Exactos. Inexactos. |





