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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: OPE OSAKIDETZA 2018/19. OPERARIO DE SERVICIOS
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Título del Test:
OPE OSAKIDETZA 2018/19. OPERARIO DE SERVICIOS

Descripción:
TEMA 13. LEY 1/2022, 3 DE MARZO, IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES

Autor:
AVATAR
TRuMoi
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Fecha de Creación:
09/10/2022

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 40
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AVATARTRuMoi ( hace 10 meses )
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Corregida.
AVATARnahiduzuna ( hace 1 año )
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Kaixo. Creo que hay una errata en la pregunta 16. Dice "promoverán la valoración desigual de los trabajos" pero es "abordarán la valoración desigual de los trabajos" Por lo que esa sería incorrecta. Mil esker zure lanagatik
Temario:
1.- Señalar la respuesta incorrecta. La Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres, tiene por Objeto establecer los principios generales que han de presidir la actuación de los poderes públicos en materia de igualdad de mujeres y hombres, así como regular un conjunto de medidas dirigidas a promover y garantizar la igualdad de oportunidades y trato de mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida y, en particular: a promover el empoderamiento de las mujeres. a promover la autonomía de las mujeres. el fortalecimiento de su posición social, económica y política al objeto de eliminar la desigualdad estructural. la eliminación todas las formas de discriminación por razón de sexo, sin incluir la violencia machista contra las mujeres.
2.- La Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres, tiene como fin último de lograr una sociedad igualitaria y libre de violencia machista en la que todas las personas sean libres, tanto en el ámbito público como en el privado: para desarrollar sus capacidades personales. para tomar decisiones sin las limitaciones impuestas por los roles tradicionales en función del sexo. para que se tengan en cuenta, valoren y potencien por igual las distintas conductas, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres. Todas las respuestas son correctas.
3.- Indicar la respuesta correcta. Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Artículo 3. Los principios generales que deben regir y orientar la actuación de los poderes públicos vascos en materia de igualdad de mujeres y hombres son los siguientes: la desigualdad de trato, la desintegración de la perspectiva interseccional y la desigualdad de oportunidades. la prevención y erradicación de la violencia machista contra las hombres. el respeto a la diversidad, a la diferencia y el derecho al libre desarrollo de la identidad sexual y/o de género y orientación sexual. los derechos sexuales y reproductivos, sin garantizar en ningún caso la libre decisión de las personas en el momento de su ejercicio.
4.- Marcar la respuesta incorrecta. Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Artículo 3. Los principios generales que deben regir y orientar la actuación de los poderes públicos vascos en materia de igualdad de mujeres y hombres son los siguientes: la integración de la perspectiva de género, la acción positiva y la eliminación de roles y estereotipos en función del sexo. la representación desequilibrada, la no colaboración, la descoordinación y la desinternacionalización. el empoderamiento de las mujeres, la implicación de los hombres, la participación, la innovación, la transparencia y la rendición de cuentas. la protección de los derechos lingüísticos y la promoción del uso del euskera.
5.- En la igualdad de trato e integración de la perspectiva interseccional, se prohíbe toda discriminación basada en el sexo de las personas, tanto directa como indirecta y cualquiera que sea la forma utilizada para ello. A los efectos de esta ley: existirá discriminación directa cuando una persona sea, haya sido o pudiera ser tratada de manera menos favorable que otra en situación análoga por razón de su sexo o de circunstancias directamente relacionadas con el sexo, como el embarazo o la maternidad. Sin perjuicio de su posible tipificación como delito, el acoso sexual y el acoso por razón de sexo tienen la consideración de discriminación directa por razón de sexo. existirá discriminación indirecta cuando un acto jurídico, criterio o práctica aparentemente neutra perjudique a una proporción sustancialmente mayor de personas de un mismo sexo, salvo que dicho acto jurídico, criterio o práctica resulte adecuada y necesaria, y pueda justificarse con criterios objetivos que no estén relacionados con el sexo. no se considerarán constitutivas de discriminación por razón de sexo las medidas que, aunque planteen un tratamiento diferente para las mujeres y los hombres, tienen una justificación objetiva y razonable, entre las que se incluyen aquellas que se fundamentan en la acción positiva para las mujeres, en la necesidad de una protección especial de los sexos por motivos biológicos, o en la promoción de la incorporación de los hombres al trabajo doméstico y de cuidado de las personas y al trabajo a favor de la igualdad de trato y oportunidades. Todas las respuestas son correctas.
6.- Los poderes públicos vascos combatirán la discriminación múltiple y garantizarán el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales de aquellas mujeres o grupos de mujeres en quienes concurran otros factores que puedan dar lugar a situaciones de discriminación como: raza, color, origen étnico, lengua, religión, opiniones políticas o de otro tipo y pertenencia a una minoría nacional. patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, proceso migratorio, estatus de refugiado, cultura, origen rural y situación de discriminación social, situación de seropositividad, familia monoparental, configuración familiar o cualquier otra condición o circunstancia personal y social o administrativa. Todas las respuestas son correctas.
7.- Los poderes públicos vascos han de promover un enfoque interseccional, lo que, a los efectos de esta ley, supone tener en cuenta cómo el sexo y/o género: se interrelacionan e interaccionan con el resto de los referidos factores en múltiples y, a menudo, simultáneos niveles. generan identidades solapadas e intersecadas. generan diferentes e interrelacionadas situaciones y ejes de poder y opresión. Todas las respuestas son correctas.
8.- Los poderes públicos vascos deben adoptar las medidas oportunas para garantizar el ejercicio efectivo por parte de mujeres y hombres, en condiciones de igualdad, de los derechos: políticos, civiles, económicos, laborales, sociales, culturales y medioambientales. del resto de derechos fundamentales que puedan ser reconocidos en las normas. el control y acceso al poder y a los recursos y beneficios económicos y sociales. Todas las respuestas son correctas.
9.- Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Solo una de las afirmaciones es verdadera. Indicar cual. A efectos de esta ley, la igualdad de oportunidades se ha de entender referida no solo a las condiciones de partida o inicio en el acceso al poder y a los recursos y beneficios, sino también a las condiciones para el ejercicio y control efectivo de aquellos. A efectos de esta ley, la desigualdad de oportunidades se ha de entender referida no solo a las condiciones de partida o inicio en el acceso al poder y a los recursos y beneficios, sino también a las condiciones para el ejercicio y control efectivo de aquellos. A efectos de esta ley, la igualdad de oportunidades se ha de entender referida solo a las condiciones de partida o inicio en el acceso al poder y a los recursos y beneficios y no a las condiciones para el ejercicio y control efectivo de aquellos. Ninguna de las respuestas es correcta.
10.- Los poderes públicos vascos garantizarán la accesibilidad universal, de modo que el ejercicio efectivo de los derechos y el acceso a los recursos regulados en esta ley no se vea obstaculizado o impedido por la existencia de barreras cuya eliminación se contemple en la legislación sobre la promoción de la accesibilidad. A tal fin, adoptarán las medidas pertinentes para asegurar la realización de ajustes razonables en los recursos, servicios y procedimientos de acuerdo con lo establecido en: la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. otros tratados internacionales. normas aplicables sobre la materia. Todas las respuestas son correctas.
11.- Los poderes públicos vascos integrarán de forma transversal en sus políticas y acciones el objetivo de prevenir, atender y erradicar la violencia machista contra las mujeres en sus diferentes formas. Será una prioridad de los poderes públicos vascos: la atención integral. la recuperación de las víctimas de la violencia machista contra las mujeres. la reparación de las víctimas de la violencia machista contra las mujeres. Todas las respuestas son correctas.
12.- Los poderes públicos pondrán los medios necesarios para que el proceso hacia la igualdad de sexos se realice respetando tanto la diversidad y las diferencias existentes entre mujeres y hombres en cuanto a su: biología y condiciones de vida. aspiraciones y necesidades. diversidad y diferencias existentes dentro de los propios grupos de mujeres y de hombres. Todas las respuestas son correctas.
13.- Los poderes públicos vascos han de incorporar la perspectiva de género en todas sus políticas y acciones, de modo que establezcan en todas ellas el objetivo general de: a) eliminar las desigualdades. b) promover la igualdad de mujeres y hombres. c) Ninguna de las respuestas es correcta. d) Las respuestas a) y b) son correctas.
14.- A efectos de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres, se entiende por integración de la perspectiva de género la consideración sistemática de las diferentes situaciones, condiciones, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres, incorporando objetivos y actuaciones específicas dirigidas a eliminar las desigualdades y promover la igualdad: en todas las políticas y acciones. a todos los niveles. en todas sus fases de planificación, ejecución y evaluación. Todas las respuestas son correctas.
15.- Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres. En lo referente a la Acción positiva: para promover la consecución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres, los poderes públicos no deben adoptar medidas específicas y temporales destinadas a eliminar o reducir las desigualdades de hecho por razón de sexo existentes en los diferentes ámbitos de la vida. para promover la consecución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres, los poderes públicos deben adoptar medidas específicas y temporales destinadas a eliminar o reducir las desigualdades de hecho por razón de sexo existentes en los diferentes ámbitos de la vida. para no promover la consecución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres, los poderes públicos deben adoptar medidas específicas y temporales destinadas a eliminar o reducir las desigualdades de hecho por razón de sexo existentes en los diferentes ámbitos de la vida. Ninguna de las respuestas es correcta.
16.- Los poderes públicos vascos deben promover la eliminación de los roles sociales y estereotipos en función del sexo sobre los que se asienta la desigualdad entre mujeres y hombres para hacer frente a la segregación horizontal que se produce en el ámbito del empleo. En particular han de: promover el reconocimiento del trabajo doméstico. promover el reconocimiento del trabajo de cuidado. abordar la valoración desigual de los trabajos para hacer frente a la segregación en el ámbito del empleo. Todas las respuestas son correctas.
17.- Derecho al libre desarrollo de la identidad sexual y/o de género y orientación sexual y a la autonomía corporal y autodeterminación, como garantía para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos. Para promover la consecución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres, los poderes públicos deben: adoptar las medidas necesarias para erradicar de todos los ámbitos de la vida las discriminaciones relacionadas con la identidad sexual y/o de género y orientación sexual. desarrollar las políticas públicas necesarias que aseguren la autonomía corporal y la autodeterminación de todas las mujeres. promover el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos, desde una perspectiva integral y multidisciplinar. Todas las respuestas son correctas.
18.- En el Artículo 43 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres sobre Seguridad y salud laboral, la Administración de la Comunidad Autónoma promoverá la incorporación de la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad y salud laboral y para ello: considerará la variable sexo y otras variables que permitan un análisis de género tanto en los sistemas de recogida y tratamiento de datos como en los estudios e investigaciones en materia de prevención de riesgos laborales. impulsará acciones de sensibilización y formación dirigidas a agentes sociales y colectivos implicados en la prevención de riesgos laborales sobre la incorporación de la perspectiva de género en materia de seguridad y salud laboral. tendrá en cuenta las necesidades específicas de las mujeres relacionadas con sus características anatómicas, fisiológicas y psicosociales en el diseño de políticas, estrategias y programas de seguridad y salud, estableciendo las medidas necesarias para su adecuado abordaje. Todas las respuestas son correctas.
19.- Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Señalar la respuesta correcta. Las administraciones públicas vascas considerarán, dentro de la protección, promoción y mejora de la salud laboral, el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. Las administraciones públicas vascas no considerarán, dentro de la protección, promoción y mejora de la salud laboral, el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. Las administraciones públicas vascas considerarán, fuera de la protección, promoción y mejora de la salud laboral, el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. Las administraciones públicas vascas considerarán, dentro de la protección, promoción y mejora de la salud laboral, el acoso sexual pero no el acoso por razón de sexo.
20.- Se considera acoso por razón de sexo en el trabajo cualquier comportamiento verbal, no verbal o físico no deseado, que se produzca en el ámbito o con ocasión de las relaciones de trabajo, dirigido contra una persona por razón de su sexo y con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de una persona o de crear un entorno: intimidatorio y hostil. degradante. humillante u ofensivo. Todas las respuestas son correctas.
21.- Cualquier comportamiento que se produzca en el ámbito o con ocasión de las relaciones de trabajo, dirigido contra una persona por razón de su sexo y con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de esa persona, que sea de índole sexual se considerará: acoso sexual. acoso por razón de sexo. Ninguna de las respuestas es correcta. Las respuestas a) y b) son correctas.
22.- Para el personal funcionario de las Administraciones Públicas Vascas y de conformidad con lo previsto por el artículo 2.1 de la presente ley, el acoso sexual y el acoso por razón de sexo tendrán la consideración de: falta disciplinaria muy grave. falta disciplinaria grave. falta disciplinaria leve. Ninguna de las respuestas es correcta.
23.- Una de las respuestas no es correcta. Señalar cual. Los poderes públicos vascos actuarán de oficio ante denuncias de acoso sexual y acoso por razón de sexo. Así mismo, han de poner en marcha políticas específicas dirigidas a su personal para prevenir y erradicar el acoso en el trabajo. Dichas políticas, entre otras medidas, deben: prever evaluaciones de riesgos psicosociales. adoptar medidas preventivas. incluir cláusulas en la contratación privada. elaborar y aplicar protocolos de actuación.
24.- Las administraciones públicas vascas, en el ámbito de sus competencias, han de garantizar a las víctimas de acoso sexual y de acoso por razón de sexo el derecho a una atención integral, gratuita, accesible y de calidad que responda a sus necesidades derivadas de dichas situaciones de violencia, de conformidad con lo establecido en el: capítulo VII de este título. capítulo V de este título. capítulo VI de este título. capítulo IV de este título.
25.- ¿Cuál es el título del Artículo 1 de la Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres? Objeto. Principios generales. Seguridad y salud laboral. Ámbito de aplicación.
26.- ¿Cómo se denomina el Artículo 3 de la Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres? Objeto. Principios generales. Seguridad y salud laboral. De la Administración local.
27.- ¿Qué nombre tiene el Artículo 43 de la Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres? Objeto. Principios generales. Seguridad y salud laboral. Negociación colectiva.
28.- En los distintos ámbitos de toma de decisiones los poderes públicos vascos han de adoptar las medidas oportunas para lograr una presencia equilibrada de mujeres y hombres con: capacitación. competencia. preparación adecuada. Todas las respuestas son correctas.
29.- El principio de representación equilibrada se aplicará en: el nombramiento de jurados, tribunales de selección y demás órganos administrativos pluripersonales. la designación de cargos públicos y de personas integrantes de los consejos de administración de las sociedades públicas. la designación de los órganos de gobierno de las entidades que integran el sector público vasco. Todas las respuestas son correctas.
30.- Por lo que respecta a los órganos pluripersonales, se considera que existe una representación equilibrada cuando en los órganos de más de cuatro miembros las personas de cada sexo están representadas al menos al: 40 %. 50 %. 60 %. 45 %.
31.- En la designación de cargos públicos y de personas integrantes de los consejos de administración de las sociedades públicas y de los órganos de gobierno de las entidades que integran el sector público vasco se considera que existe una representación equilibrada cuando: personas de ambos sexos estén representadas. las personas de cada sexo están representadas al menos al 40 %. las personas de cada sexo están representadas al menos al 50 %. Ninguna de las respuestas es correcta.
32.- Excepcionalmente, y con el informe favorable del órgano u organismo competente en materia de igualdad de mujeres y hombres de la institución pública correspondiente, se podrá justificar la no aplicación del criterio de representación equilibrada en los órganos pluripersonales en los siguientes casos: cuando se demuestre de forma objetiva que la presencia de personas de alguno de los dos sexos en el sector o ámbito de referencia al que concierne el órgano en cuestión no alcanza el 30 %. cuando, existiendo una representación de mujeres superior al 60  % en el órgano, esa sobrerrepresentación se considere contraria al objetivo de corregir la histórica situación de desigualdad que han sufrido las mujeres. cuando se demuestre de forma objetiva que no hay personas de un sexo determinado con competencia, capacitación y preparación adecuadas para participar en el órgano en cuestión, o que, a pesar de haberlas, no pueden hacerlo por motivos debidamente justificados. cuando se trate de órganos en los que la designación de sus integrantes no se hace en función del cargo o cuando esta designación no sea realizada por varias instituciones u organizaciones.
33.- Cuando se demuestre de forma objetiva que la presencia de personas de alguno de los dos sexos en el sector o ámbito de referencia al que concierne el órgano en cuestión no alcanza el 40 %: se deberá garantizar que en dicho órgano la presencia de las personas del sexo menos representado sea al menos proporcional a su presencia en el referido sector o ámbito. no se deberá garantizar que en dicho órgano la presencia de las personas del sexo menos representado sea al menos proporcional a su presencia en el referido sector o ámbito. se deberá garantizar que en dicho órgano la presencia de las personas del sexo menos representado no sea al menos proporcional a su presencia en el referido sector o ámbito. Ninguna de las respuestas es correcta.
34.- Cuando se trate de órganos en los que la designación de sus integrantes se hace en función del cargo o cuando esta designación sea realizada por varias instituciones u organizaciones: el criterio de representación equilibrada no se deberá mantener por lo que respecta al grupo de personas designadas por una misma institución. el criterio de representación equilibrada se deberá mantener por lo que respecta al grupo de personas designadas por una misma institución. el criterio de representación equilibrada se deberá mantener por lo que respecta al grupo de personas designadas por distintas instituciones. Ninguna de las respuestas es correcta.
35.- Los poderes públicos vascos han de promover la incorporación de la perspectiva de género en las políticas de cooperación para el desarrollo, así como la internacionalización de las políticas de igualdad para: captar e intercambiar conocimiento y recursos y de posicionar de forma destacada al País Vasco en la acción internacional. lograr la igualdad entre los sexos y el empoderamiento de las mujeres hacer frente al problema universal de la desigualdad de mujeres y hombres en un mundo globalizado. Todas las respuestas son correctas.
36.- Los poderes públicos vascos tienen que establecer las condiciones y realizar las adaptaciones necesarias para favorecer el empoderamiento de las mujeres, considerando su diversidad. Se considera empoderamiento de las mujeres el proceso que estas llevan a cabo para: el proceso que estas llevan a cabo para la toma de conciencia individual y colectiva de la situación estructural de desigualdad y discriminación que sufren por el hecho de ser mujeres. la adquisición de la competencia, el poder y el control que les permitan tomar decisiones estratégicas sobre sus propias vidas. transformar las estructuras e instituciones que refuerzan y perpetúan la desigualdad y discriminación por razón de género en los distintos ámbitos de la vida. Todas las respuestas son correctas.
37.- Como refuerzo y complemento del trabajo prioritario de empoderamiento de las mujeres y como vía para el desarrollo humano de todas las personas y la consecución de la justicia social y la igualdad, los poderes públicos vascos deben promover, de forma trasversal y a través de acciones específicas, la concienciación, responsabilidad, participación e implicación de los hombres: a favor de la igualdad. en contra de la violencia machista. en el cuestionamiento y erradicación de las masculinidades no igualitarias. Todas las respuestas son correctas.
38.- Los poderes públicos vascos tienen que impulsar, en el desarrollo de las políticas públicas, la participación e interlocución de los grupos feministas y de mujeres, de los agentes sociales y de la ciudadanía en su conjunto, para favorecer un modelo de participación más democrático que dé mayor legitimidad a sus aportaciones y facilite que estas tengan incidencia real. A tal fin se adaptarán o crearán los oportunos espacios y vías de participación, que garantizarán la accesibilidad universal. A tal fin no se adaptarán ni crearán los oportunos espacios y vías de participación, que garantizarán la accesibilidad universal. A tal fin se adaptarán o crearán los oportunos espacios y vías de participación, que no garantizarán la accesibilidad universal. Ninguna de las respuestas es correcta.
39.- Innovación, transparencia y rendición de cuentas. Los poderes públicos vascos deben fomentar la innovación y la mejora continua de las políticas de igualdad y garantizar la transparencia y la rendición de cuentas a la ciudadanía sobre: cómo se contribuye a la igualdad de mujeres y hombres a través de los recursos públicos. cómo no se contribuye a la igualdad de mujeres y hombres a través de los recursos públicos. cómo se contribuye a la desigualdad de mujeres y hombres a través de los recursos públicos. cómo se contribuye a la igualdad de mujeres y hombres a través de los recursos privads.
40.- Los poderes públicos vascos deben garantizar el ejercicio de los derechos lingüísticos y la promoción del uso del euskera en el ámbito de la igualdad de mujeres y hombres. En el desarrollo de las políticas de igualdad se asegurarán, entre otras medidas: de que los servicios se presten en la lengua cooficial elegida por la persona interesada. de que se garanticen los derechos lingüísticos en las actividades de formación, participación y sensibilización dirigidas a la ciudadanía. de que se fomente el uso del euskera en las actividades dirigidas a las personas trabajadoras y profesionales. Todas las respuestas son correctas.
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