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Operadores de instalaciones radiactivas **

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Título del Test:
Operadores de instalaciones radiactivas **

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Módulo básico

Fecha de Creación: 2024/02/15

Categoría: Otros

Número Preguntas: 40

Valoración:(2)
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El número máximo de personas expuestas a radiaciones ionizantes en una instalación radiactiva: Quedará previamente especificado en la autorización de puesta en marcha. Será el menor posible en cualquier circunstancia. Será de cinco, en instalaciones de segunda categoría. Sera cualquiera, pero todos ellos deberán poseer la Licencia de Operador o Supervisor.

Las personas que participen en operaciones que impliquen exposiciones de emergencia: Deberán ser mayores de 20 años. Deberán ser informadas previamente de los riesgos existentes. No trabajarán durante un año en instalaciones radiactivas. Deberán hospitalizarse para recibir tratamiento médico excepcional.

Según los criterios actuales de la C.I.P.R (Comisión Internacional de la Protección radiológica) cualquier dosis de radiación por debajo de los límites: Está autorizada bajo control del Supervisor. Está permitida automáticamente. Está permitida si su recepción está justificada y la operación que da lugar a la misma ha sido perfeccionada para hacerla lo mejor posible. Está permitida si existe conocimiento por parte del operador implicado.

La limitación de dosis NO aplica a: Trabajadores que realicen intervenciones en caso de exposiciones perdurables. Trabajadores mayores de edad de sexo masculino. Exposiciones por diagnóstico o tratamiento médico. Personal médico debidamente autorizado.

Señala qué medida de protección NO reduce la dosis en caso de exposición externa a la radiación: Disminuir el tiempo de operación. Aumentar la distancia a la fuente. Interponer un blindaje adecuado entre la fuente y el individuo. Llevar un dosímetro personal de solapa.

El sistema de Protección radiológica establece que una "práctica" es: Una actividad que supone la exposición de las personas como consecuencia exclusivamente de su diagnostico o tratamiento médico. Una actividad que aumenta la exposición global a la radiación al introducir nuevas fuentes o modificar las vías de exposición al hombre. Una actividad que reduce la exposición global de los trabajadores expuestos. Una actividad que reduce el número máximo de individuos expuestos a la radiación.

Los límites de dosis representan. La diferencia entre una situación segura y una peligrosa. Un control para asegurar que ningún individuo sea expuesto a un riesgo de irradiación considerados inaceptables en circunstancias normales. Son valores que se establecen aun sabiendo que las dosis que reciban los trabajadores no están justificadas. Representan los valores que garantizan la justificación de una práctica radiológica.

Si un trabajador expuesto recibe una dosis debida a una exposición ocupacional, estamos hablando de una exposición que. Se produce durante el desarrollo del trabajo con fuentes radiactivas artificiales o naturales incrementadas por acción humana. Se produce durante el desarrollo del trabajo con fuentes naturales de radiación. Se produce durante la exposición debida a un tratamiento médico. Se produce durante la exposición debida a una situación de emergencia.

Qué afirmación es la correcta. Una exposición potencial es una exposición que se produce de forma previsible. Una exposición potencial es aquella en la que no se superan los límites de dosis. Los límites de dosis no son directamente aplicables a una exposición potencial. Las "exposiciones potenciales", son las que se producen en caso de fallo o accidente de los sistemas de seguridad y protección.

Los límites de dosis representan los requisitos para asegurar una protección adecuada y por tanto: Representan los valores superiores de dosis que pueden recibir los trabajadores expuestos. Representan los valores inferiores de la dosis efectiva y de la dosis equivalente que no deben ser sobrepasados teniendo en cuenta que incluyen los valores del fondo radiactivo natural. Para la dosis efectiva tienen un valor de 100 mSv en un periodo de 5 años oficiales, no superando 50 mSv en un año. En el caso de un trabajador expuesto, el límite para la dosis efectiva tiene un valor de 100 mSv en un periodo de 5 años oficiales, no superando l50mSv en un año.

En la legislación española se define como zona controlada aquella en la que: No es improbable recibir dosis equivalentes superiores a 6 mSv en un año. Se prohíbe el acceso a los trabajadores no expuestos a radiaciones ionizantes. Se suelen recibir dosis equivalentes superiores a los 1/5 de los límites anuales. No se pueden recibir dosis superiores a 5 mSv en un año.

En la zona vigilada debe estar restringido: El acceso a los trabajadores expuestos sin autorización especial. La permanencia continuada del trabajador expuesto. La permanencia continuada del público en general. El acceso a los operadores.

Una zona señalizada con un trébol gris azulado bordeado de puntas radiantes es: Una zona controlada con riesgo de contaminación. Una zona vigilada con riesgo de irradiación. Una zona de permanencia limitada. Una zona de acceso prohibido.

En una instalación radiactiva de tercera categoría, los trabajadores expuestos: Deben usar siempre un dosímetro personal. No precisan control médico periódico. No pueden trabajar con fuentes de neutrones. No pueden trabajar con emisores alfa.

Un operador de un laboratorio, trabajador expuesto de categoría A, ha recibido en un año, en las manos, 400 mSv siendo despreciable la dosis en el resto del cuerpo y, en consecuencia: Se ha superado el límite recomendado de 50 mSv/año. No se ha superado el límite de dosis recomendado. Ha estado sometido a gravísimo riesgo para efectos estocásticos. Se ha infringido gravemente la legislación.

En el historial dosimétrico correspondiente a personas de la categoría A, se registrarán: Únicamente las dosis mensuales y las acumuladas cada 5 años. Obligatoriamente las dosis semanales, mensuales y anuales. Las dosis mensuales y las dosis acumuladas por cada año oficial y las acumuladas durante cada periodo de 5 años. Ocasionalmente las dosis acumuladas anuales.

La vigilancia dosimétrica de los trabajadores expuestos: Deberá realizarse mensualmente o anualmente dependiendo de la clasificación del trabajador expuesto. Deberá realizarse con periodicidad no superior a un mes para la dosimetría externa por entidades autorizadas por el CSN. No es obligatoria para los trabajadores de categoría B. Deberá realizarse por entidades autorizadas por el Ministerio de Sanidad y Consumo con una periocidad mensual para los trabajadores de categoría A.

Un área donde la dosis equivalente anual estimada para un trabajador expuesto sea de 9 mSv, debe ser clasificado como: Vigilada. De permanencia limitada. Controlada. De acceso prohibido.

El personal expuesto de categoría B. Requiere dosímetro personal. No necesita ningún tipo de control dosimétrico. Requiere dosimetría personal individual y de área. No requiere necesariamente dosímetro personal pero sí que haya dosimetría de área para su control y estimación de la dosis.

Para estimar el conjunto de dosis recibidas por un trabajador expuesto es una instalación radiactiva, no se tendrán en cuenta las recibidas: En otras instalaciones radiactivas. En exámenes o tratamientos médicos. En operaciones no rutinarias. En cualquier circunstancia siempre que no se superen los límites establecidos.

Los residuos radiactivos sólidos que contienen exclusivamente radionucleidos de periodo corto: Serán evacuados inmediatamente con los residuos que contienen radionucleidos de periodo largo. Deben almacenarse hasta que su actividad haya disminuido y se puedan evacuar sin riesgo con los residuos corrientes. Pueden evacuarse sin mas con los residuos corrientes no radiactivos. Pueden evacuarse únicamente con autorización precia del Consejo de Seguridad Nuclear.

Se define el índice de transporte como: La tasa de dosis equivalente a 1 metro del bulto medida en mSv/h. Un número que dividido por cien corresponde al nivel máximo de radiación existente a 1 m de su superficie exterior en mSv/h. La tasa de exposición a 1 metro del bulto medida en mR/h. Un número que corresponde a la tasa de dosis absorbida a 1 metro del bulto medida en mGy/h.

Si se recibe un paquete radiactivo, señalizado con una etiqueta II-amarilla, cullo índice de transporte es 0.5, significa: Que la tasa de dosis a 1 metro de distancia del paquete es 0.5 mSv/h. Que la tasa de dosis a 1 metro de distancia del paquete es 0.005 mSv/h. Que la tasa de dosis a 1 metro de distancia del paquete es 50 mSv/h. Que su riesgo es la mitad que un bulto cuya etiqueta fuese I-blanca.

Los materiales residuales con contenido radiactivo que se han desclasificado incondicionalmente: No podrán utilizarse en la construcción de viviendas. Se tratarán igualmente como material radiactivo. Se podrá gestionar como un residuo no radiactivo. Deberán manipularse con vestimenta adecuada.

En cada etiqueta fijada a un bulto radiactivo debe figurar obligatoriamente: La fecha de embalaje. La actividad. El destino del bulto. El peso bruto.

La seguridad en el transporte de material radiactivo se basa en: las instrucciones para casos de emergencia. la aprobación del CSN. la seguridad en el embalaje. la contratación de un seguro de cobertura de riesgos.

¿Existe algún requisito para las empresas de transporte de sustancias nucleares y de material radiactivo?. Estas empresas estarán sujetas a un régimen de declaración para su inscripción en un Registro de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Estas empresas deberán estar en posesión de un carné especial emitido por el CSN. No necesitan ningún requisito especial. Deben contar con un supervisor de instalaciones radiactivas y varios operadores.

Se considera residuo de baja actividad a aquellos que. Debido a su contenido radiactivo, generan calor. Su decaimiento requiere de largos periodos tiempo lo que dificulta el control de las instituciones. Requieren blindajes para su manipulación y transporte. Aquellos que normalmente no requieren blindajes para su manipulación.

Residuos de muy baja actividad (RBMA) son aquellos que: tienen concentraciones bajas de material radiactivo, debido fundamentalmente a la presencia de radionucleidos de periodo de semidesintegración inferior a 30 años y un contenido en radionucleidos de periodo largo limitado. Contienen radionucleidos en concentraciones muy bajas, lo que permite que, en determinadas condiciones, puedan ser gestionadas como residuos convencionales. Se componen de materiales en forma gaseosa, liquida o sólida para los que no está previsto ningún uso, que contienen o están contaminados con elementos químicos radiactivos. Contienen concentraciones elevadas de radionucleidos de vida corta y media y concentraciones considerables de radionucleidos de vida larga.

Cuando los residuos que se producen en las instalaciones radiactivas (residuos de media y baja actividad), no pueden ser evacuados de forma convencional, ENRESA realiza la gestión integral de dichos residuos. ¿Qué 4 fases pueden distinguirse atendiendo a su gestión?. Envasado, evacuación, solidificación y almacenamiento definitivo. Dilución, dispersión, clasificación y producción de calor. Evacuación, clasificación, dilución y solidificación. Retirada, transporte, tratamiento y acondicionamiento, y almacenamiento definitivo.

Entre las funciones del CSN se encuentra: emitir informes preceptivos en materias diversas. informar a los supervisores y operadores de sus competencias. conceder autorizaciones para la puesta en marcha de instalaciones nucleares y radiactivas. garantizar la seguridad en las instalaciones radiactivas.

Una instalación donde se almacenan fuentes de neutrones es: una instalación de primera categoría. una instalación de segunda categoría. una instalación de tercera categoría. una instalación nuclear.

Las licencias de operador de instalación radiactivas con fines científicos, médicos agrícolas e industriales: tienen un periodo de validez de tres años. tienen un periodo de validez de cuatro años. tienen un periodo de validez de cinco años. tienen un periodo de validez indefinido.

Un Servicios de Protección Radiológica propio (SPR). debe incluirse como servicio propio para cualquier práctica que incluya radiaciones ionizantes. debe estar debidamente autorizadas por el CSN. no requiere autorización. se autorizará solamente para las instalaciones nucleares y del ciclo de combustible, así como para las instalaciones radiactivas de primera categoría.

El Operador de una instalación radiactiva, si estima que se han reducido las debidas condiciones de seguridad de la instalación y no puede consultar con el Supervisor de servicio, la primera medida que debe adoptar es: abandonar la instalación. detener el funcionamiento de la instalación. comunicar la alteración al Consejo de Seguridad Nuclear. solicitar instrucciones del Titular de la instalación.

Quién debe firmar el Diario de Operación: el titular. el supervisor. el operador. el supervisor o el operador.

La evacuación de efluentes radiactivos al medio ambiente: siempre debe estar autorizada por el Ministerio y el CSN. puede hacerse libremente si la actividad está por debajo del valor de exención. basta con una comunicación al CSN. está prohibido en cualquier caso.

Las Directivas de la Unión Europea: son de obligado cumplimiento directamente. deben ser traspuestas a nuestra legislación. son recomendaciones. La UE no legisla en temas de protección radiológica.

Los operadores deben cumplir: con las instrucciones del supervisor. con lo indicado en el Reglamento de Funcionamiento. con los condicionados establecidos en las especificaciones técnicas. todas las anteriores son ciertas.

La renovación de una licencia de operador. la hace automáticamente el CSN. la hace automáticamente el Ministerio. se debe solicitar al CSN dos meses antes de que caduque. se debe solicitar al Ministerio dos meses antes de que caduque.

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