Orden 1/2016 de Sanidad y Salud y Orden 5/2021 de Educación, Cultura y Deporte
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Título del Test:![]() Orden 1/2016 de Sanidad y Salud y Orden 5/2021 de Educación, Cultura y Deporte Descripción: Educación Social CV |



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1. ¿Cuál es el ámbito de actuación de la hoja de notificación según la Orden 1/2016 del ámbito sociosanitario infantil y protección de menores?. a) Centros públicos y aquellos de acción concertada de carácter sanitario. b) Centros y servicios sanitarios públicos y privados, tanto a nivel de atención primaria como especializada. c) Centros y servicios sanitarios públicos y privados, tanto a nivel de atención primaria como especializada, previa autorización. d) Centros y servicios sanitarios públicos y privados, en atención primaria. 2. Según la Hoja notificación aprobada en la Orden 5/2021, el indicador ‘’Muestra actitudes de rechazo y discriminación hacia las personas de su entorno’’ es: a) Conductual. b) Emocional. c) Actitudinal. d) De escolarización. 3. ‘’Aquella situación debida a factores de riesgo socio-familiares que puede ser detectada y abordada mediante la intervención de los profesionales sanitarios y sociales desde el propio ámbito sanitario’’. Según la Orden 1/2016, esta definición corresponde a: a) Riesgo prenatal. b) Desprotección social. c) Riesgo sociosanitario. d) Riesgo social. 4. Según la Orden 1/2016, los centros sanitarios tienen el deber de colaborar con los servicios sociales municipales y con el departamento competente en materia de protección de menores de la Generalitat en: (señala la incorrecta). a) La detección de situaciones de desprotección del menor. b) La notificación de las situaciones de desprotección del menor. c) Ofrecer la información y los datos que sean requeridos, que afecten a los menores en situación de guarda o tutela por la Generalitat, cuando posean la autorización para tal fin. d) Ofrecer la información y los datos que sean requeridos. 5. Según la Orden 1/2016, la Desprotección social es: a) Aquella situación de riesgo o desamparo que requiere la intervención de las entidades locales o de la conselleria competente en materia de protección de menores. b) Aquella situación de riesgo o desamparo que requiere la asunción de la guarda por ministerio de la Ley. c) Todas las situaciones en las que se sospecha o evidencia riesgo social de un menor. d) Aquella situación debida a factores de riesgo socio-familiares que puede ser detectada y abordada mediante la intervención de los profesionales sanitarios y sociales desde el propio ámbito sanitario. 6. Según la Orden 5/2021, ante indicadores y factores de posible situación de desprotección observados en las niñas, niños y/o adolescentes escolarizados en un centro educativo, el centro debe: a) Llamar a servicios sociales. b) Llamar a Dirección Territorial competente en materia de infancia y adolescencia. c) Cumplimentar y remitir la Hoja de notificación. d) Comunicarse con Fiscalía de Menores. 7. ¿Quién compone, según la Orden 5/2021, el equipo de intervención en casos en los que se detecta una situación de posible desprotección?. a) La dirección del centro educativo, jefatura de estudios y coordinador de igualdad y convivencia. b) La dirección del centro educativo, el psicopedagogo/a u orientador educativo y el tutor. c) La dirección del centro educativo y la persona coordinadora de bienestar. d) La dirección del centro educativo, el/la tutora de la niña, niño o adolescente, el orientador/orientadora educativa y la persona coordinadora de igualdad y convivencia. 8. ¿Qué dos tipos de procedimientos existen, según la Orden 5/2021, de actuación en caso de tener evidencias o indicios de una posible situación de desprotección social de una persona menor de edad ?. a) Ordinario y de urgencia. b) Ordinario y preferente. c) Ordinario y extraordinario. d) Leve y de urgencia. 9. Una vez remitidas las oportunas copias de la Hoja de notificación cumplimentada y firmada en los centros educativos, según la Orden 5/2021, qué hace la dirección del centro educativo?. a) Realiza la comunicación al Registro Central del plan PREVI, a través de la plataforma ITACA. b) Realiza la comunicación al Registro Central del plan ITACA, a través de la plataforma PREVI. c) Realiza la comunicación al registro General PREVI. d) Comunica a Inspección Educativa el Protocolo PREVI. 10. Según la Orden 1/2016, se atenderá sanitariamente al menor y, sin perjuicio de la remisión de la hoja de notificación al equipo municipal de servicios sociales, se comunicará con inmediatez esta circunstancia, siempre telefónicamente y además mediante fax o correo electrónico, a los servicios territoriales de la Conselleria competente en materia de protección de menores o cuando dichos Servicios no estén en funcionamiento a los centros de recepción de menores de cada provincia. ¿Cuándo se procederá de esta forma?. a) En situaciones de desprotección social. b) En situaciones de riesgo sociosanitario. c) En la detección de factores asociados al abuso sexual. d) En supuestos de peligro grave e inminente para la integridad física o psicológica del menor. 11. ¿Cuál NO es un bloque de indicadores y factores de riesgo observados recogido en la Hoja de notificación del ámbito para la atención sociosanitaria infantil y la protección de menores?. a) Físicos en el menor. b) De abuso sexual en el menor. c) Negligencia. d) Psicológicos. 12. Según la Orden 1/2016 y tal y como se recoge la Hoja de notificación para la atención sociosanitaria infantil y la protección de menores, ¿qué condiciones de salud incrementan el riesgo?. a) Enfermedad o posible trastorno mental. b) Consumo de sustancias. c) Conducta desadaptativa. d) Dependencia moderada. 13. Según la Orden 5/2021 ¿Quién podrá solicitar el asesoramiento o la intervención de la Unidad de Atención e Intervención (UAI)?. a) Dirección del centro educativo. b) El Equipo de Servicios Sociales de Atención Primaria Básica. c) Inspección de educación. d) El tutor/a. 14. En virtud de qué principio, el Equipo de Atención Primaria y las direcciones territoriales con competencias en materia de protección de la Infancia y Adolescencia deberán, a la mayor brevedad posible, valorar la situación de riesgo o desamparo de la niña, niño o adolescente, comunicarse con los servicios y centros escolares e informarles de las actuaciones inmediatas realizadas. a) Celeridad. b) Diligencia. c) Colaboración institucional. d) Cooperación institucional. 15. ¿Cuál no es una finalidad de los procedimientos que regula la Orden 5/2021?. a) Prevenir situaciones de riesgo socioeducativo y de desprotección del alumnado menor de edad. b) Favorecer las actuaciones de promoción del buen trato a la infancia y adolescencia. c) Informar a la ciudadanía sobre su obligación respecto a la infancia y adolescencia. d) Servir de cauce de comunicación de la posible situación de desprotección de las personas menores de edad dentro del ámbito educativo y, entre este y el ámbito de la acción social. 16. En aplicación del procedimiento de urgencia cuando existan indicios de peligro inminente y grave para la integridad física o psíquica de una niña, niño o adolescente, la dirección del centro, en caso de sospecha de delito: a) Llamará de inmediato a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. b) Lo comunicará de forma inmediata a la Dirección Territorial. c) Notificará a la autoridad judicial o al Ministerio Fiscal. d) Interpondrá la debida denuncia en un plazo máximo de 24 horas. 17. ¿Cuál NO es un indicador observable en un alumno/a de posible violencia intrafamiliar y/o de género, según recoge la Hoja de Notificación desde el ámbito educativo para la atención socioeducativa y la protección del alumnado menor de edad?. a) Verbaliza que algún miembro de la familia padece violencia psicológica. b) Hay evidencias de un posible matrimonio concertado. c) A menudo solicita dinero para cubrir sus necesidades básicas. d) Verbaliza que padece violencia física. 18. ¿Qué es la UAI, según la Orden 5/ 2021?. a) Las Unidades de Atención e Intervención. b) Las Unidades de Atención Individualizada. c) Las Unidades de Asistencia Intensiva. d) Las Unidades de Atención Intensiva. 19. ¿En qué centros educativos es de aplicación la Orden 5/2021?. a) Tanto en los centros educativos públicos como privados. b) En los centros educativos públicos, pero no en los privados. c) En todos los centros educativos públicos, excluyendo los concertados. d) En los centros educativos públicos y en los privados que se adhieran a la Orden. 20. La persona titular de la subsecretaría de la conselleria competente en materia de protección de la infancia y la adolescencia, en materia de protección de datos, garantizará: a) La adopción de medidas técnicas y organizativas apropiadas con el fin de garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, asegurando en todo caso la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en el Reglamento general de protección de datos. b) La adopción de medidas técnicas y organizativas apropiadas con el fin de garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, asegurando en todo caso la inalterabilidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en el Reglamento general de protección de datos. c) La adopción de medidas técnicas y organizativas apropiadas con el fin de garantizar un nivel de confidencialidad adecuado al riesgo, asegurando en todo caso la preservación, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en el Reglamento general de protección de datos. d) La adopción de medidas técnicas y organizativas apropiadas con el fin de recomendar un nivel de seguridad adecuado a la edad, asegurando en todo caso la seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en el Reglamento general de protección de datos. |




