orden 11 de marzo
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Título del Test:![]() orden 11 de marzo Descripción: por la que se crean las Unidades de Prevención en los Centros Asistenciales del |




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ORDEN de 11 de marzo de 2004, conjunta de la Consejerías de Empleo y Desarrollo Tecnológico y de Salud, por la que se. crean las Unidades de Prevención en los Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud. crean las Unidades de Coordinación de la Prevención del Servicio Andaluz de Salud. ORDEN por la que se crean las Unidades de Prevención en los Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud. ORDEN de 11 de marzo de 2004. ORDEN de 11 de marzo de 2014. ORDEN por la que se crean las Unidades de Prevención en los Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud ORDEN de 11 de marzo de. ORDEN por la que se crean las Unidades de Prevención en los Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud ORDEN de ? de ? 2004. Artículo 1. Objeto. Por la presente Orden se establecen los criterios organizativos para la constitución de las Unidades de Prevención propias en los Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud, a fin de promover la mejora de las condiciones de trabajo y obtener un nivel eficaz de protección de sus trabajadores con relación a los riesgos derivados del trabajo. verdadero. falso. Artículo 1. Objeto. normativa reguladora. articulo 1 objeto Por la presente Orden se establecen los criterios organizativos para la creacion de las unidades de prevencion en los centros asistenciales del servicio andaluz con el fin de promover. La mejora de las condiciones de trabajo y obtener un nivel eficaz de protección de sus trabajadores con relación a los riesgos derivados del trabajo. Un mayor y completo regimen autonomo en materia de prevencion para Andalucia. Artículo 2. Constitución y ámbito funcional de las Unidades de Prevención. Ambito funcional de las Unidades de Prevención. Constitución de las unidades de prevencion. Artículo 2. Que son Areas de Prevención de Riesgos Laborales ?. Areas territoriales del Servicio Andaluz de Salud divididas en demarcaciones geográficas denominadas areas de prevencion a efectos de organización y gestión en sus centros asistenciales. Estructuras dentro del marco normativo andaluz en las cuales se especifica las responabilidades de cadas departamento en los centros asistenciales. Artículo 2. Constitución y ámbito funcional de las Unidades de Prevención. En cada una de las citadas Areas se constituirá. Una Unidad de Prevención integrada por el conjunto de medios materiales y humanos necesarios para realizar las actividades preventivas, a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de sus trabajadores,. De una a tres Unidades de Prevención integradas por el conjunto de medios materiales y humanos necesarios para realizar las actividades preventivas, a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de sus trabajadores,. Artículo 2. Constitución y ámbito funcional de las Unidades de Prevención. En cada una de las citadas Areas se constituirá una Unidad de Prevención integrada por. el conjunto de medios materiales y humanos necesarios para realizar las actividades preventivas, a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de sus trabajadores. el conjunto de medios humanos necesarios para realizar las actividades preventivas, a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de sus trabajadores. La normativa de aplicacion propia para cada area, con sus limitaciones geograficas perfectamente demarcadas. Artículo 2. Constitución y ámbito funcional de las Unidades de Prevención. En cada una de las citadas Areas se constituirá una Unidad de Prevención integrada por el conjunto de medios materiales y humanos necesarios para realizar las actividades preventivas, a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de sus trabajadores. asesorando y asistiendo. asesorando asistiendo y ejecutando en el terreno las medidas de prevencion a traves de sus tecnicos sanitarios. asesorando y asistiendo y desarrollando normativa sobre prevencion. Artículo 2. Constitución y ámbito funcional de las Unidades de Prevención. En cada una de las citadas Areas se constituirá una Unidad de Prevención integrada por el conjunto de medios materiales y humanos necesarios para realizar las actividades preventivas, a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de sus trabajadores, asesorando y asistiendo a. a hospitales y centros asistenciales. a las consejerias andaluzas en materia de prevencion. sus órganos de dirección, a sus representantes y a sus órganos de representación especializados. Artículo 2. Constitución y ámbito funcional de las Unidades de Prevención. Cual es la funcion de las unidades de prevencion?. asesorar y asistir a sus órganos de dirección, a sus representantes y a sus órganos de representación especializados. inspeccionar y controlar el cumplimento de la normativa en los centros asistenciales. Artículo 2. Constitución y ámbito funcional de las Unidades de Prevención. Las Unidades de Prevención, atendiendo a las actividades preventivas asumidas, se clasificarán en los Niveles que a continuación se señalan. Unidades de Prevención de Nivel 1,2,3 y 4. Unidades de Prevención de Nivel 1,2,3. Artículo 3. Constitución de la Unidad de Coordinación de la Prevención. La Unidad de Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales se crea como. órgano de gestión de la prevención. organo de control y vigilancia. Artículo 2. Constitución y ámbito funcional de las Unidades de Prevención. La unidad de prevencion depende de. La Dirección Gerencia del Hospital en que la misma se ubica. De la direccion del Distrito de Atención Primaria en que la misma se ubica. ambas respuestas son correctas. Artículo 3. Constitución de la Unidad de Coordinación de la Prevención. En el Servicio Andaluz de Salud, como órgano de gestión de la prevención, se constituirá la Unidad de Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales, dependiente de. la Dirección General de Personal y Servicios. la Dirección General y Servicios de prevencion. ORDEN de 11 de marzo de 2004, conjunta. de la Consejerías de Empleo y Desarrollo Tecnológico y de Salud. de la Consejerías de Empleo y salud. Artículo 3. Constitución de la Unidad de Coordinación de la Prevención. En el Servicio Andaluz de Salud, como órgano de gestión de la prevención, se constituirá la Unidad de Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales, dependiente de la Dirección General de Personal y Servicios y compuestas por. Por personal en posesión de la certificación de Nivel Superior en Prevención de Riesgos Laborales. Por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada para llevar a cabo la vigilancia y control de la salud de los trabajadores de los Centros Asistenciales. Por personal en posesión de la certificación de Nivel inferior y medio en Prevención de Riesgos Laborales. las respuestas a y b son correctas. Artículo 3. Constitución de la Unidad de Coordinación de la Prevención. En el Servicio Andaluz de Salud, como órgano de gestión de la prevención, se constituirá la Unidad de Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales, dependiente de la Dirección General de Personal y Servicios y compuestas por. por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada para llevar a cabo la vigilancia y control de la salud de los trabajadores de los Centros Asistenciales. por personal sanitario y No-Sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada para llevar a cabo la vigilancia y control de la salud de los trabajadores de los Centros Asistenciales. Artículo 4. Funciones de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Sin perjuicio de las funciones de coordinación atribuidas por el artículo 4.3 del Decreto 117/2000, de 11 de abril, a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, la Unidad de Coordinación asumirá. Conocer e informar sobre el mapa de riesgos del ámbito de la Comunidad Autónoma. Conocer sobre el mapa de riesgos del ámbito de la Comunidad Autónoma e informar a la inspeccion de trabajo sobre violaciones de normativa. Artículo 4. Funciones de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Sin perjuicio de las funciones de coordinación atribuidas por el artículo 4.3 del Decreto 117/2000, de 11 de abril, a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, la Unidad de Coordinación asumirá. Intervenir en la elaboración de los planes y programas de prevención que se estimen convenientes. propuesta de planes de formación adecuados en materia preventiva. ambas respuestas son correctas. Artículo 4. Funciones de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Sin perjuicio de las funciones de coordinación atribuidas por el artículo 4.3 del Decreto 117/2000, de 11 de abril, a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, la Unidad de Coordinación asumirá. Implantar protocolos de procedimientos unificados en materia de salud laboral. vigilar los protocolos de procedimiento de la junta de andalucia. Artículo 4. Funciones de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Sin perjuicio de las funciones de coordinación atribuidas por el artículo 4.3 del Decreto 117/2000, de 11 de abril, a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, la Unidad de Coordinación asumirá. Coordinar un sistema regional de información y documentación en materia de prevención de riesgos laborales. Delimitar la informacion y documentacion sobre prevencion de riesgos laborales. Indicando la informacion que esta en desfase con la nueva normativa. Artículo 4. Funciones de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Sin perjuicio de las funciones de coordinación atribuidas por el artículo 4.3 del Decreto 117/2000, de 11 de abril, a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, la Unidad de Coordinación asumirá. Elaborar y aprobar la memoria anual del Servicio Andaluz de Salud en materia de prevención de riesgos laborales. Elaborar la memoria anual del Servicio Andaluz de Salud en materia de prevención de riesgos laborales. Artículo 4. Funciones de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Sin perjuicio de las funciones de coordinación atribuidas por el artículo 4.3 del Decreto 117/2000, de 11 de abril, a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, la Unidad de Coordinación asumirá. Coordinar, informar y dar apoyo técnico a las Unidades de Prevención. Ejercer el control de inspeccion sobre las unidades de prevencion. Artículo 4. Funciones de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Sin perjuicio de las funciones de coordinación atribuidas por el artículo 4.3 del Decreto 117/2000, de 11 de abril, a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, la Unidad de Coordinación asumirá. Proponer a la Dirección General de Personal y Servicios cambios en la plantilla de las unidades de prevencion. Proponer a la Dirección General de Personal y Servicios modificaciones en la organización de las Unidades de Prevención establecidas en el Anexo. Artículo 4. Funciones de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Sin perjuicio de las funciones de coordinación atribuidas por el artículo 4.3 del Decreto 117/2000, de 11 de abril, a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, la Unidad de Coordinación asumirá. Informar y solicitar a la Consejería de Salud y a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, la información que fuera precisa sobre las actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales a fin de conseguir la necesaria coordinación en las mismas. Ejercer la vigilancia y control sobre la Consejería de Salud y a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, la información que fuera precisa sobre las actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales a fin de conseguir la necesaria coordinación en las mismas. Artículo 4. Funciones de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Sin perjuicio de las funciones de coordinación atribuidas por el artículo 4.3 del Decreto 117/2000, de 11 de abril, a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, la Unidad de Coordinación asumirá Informar y solicitar a. la Consejería de Salud y a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, la información que fuera precisa sobre las actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales a fin de conseguir la necesaria coordinación en las mismas. Los grupos sindicales mas representativos y a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, la información que fuera precisa sobre las actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales a fin de conseguir la necesaria coordinación en las mismas. Artículo 4. Funciones de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Sin perjuicio de las funciones de coordinación atribuidas por el artículo 4.3 del Decreto 117/2000, de 11 de abril, a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, la Unidad de Coordinación asumirá. Coordinar, informar y dar apoyo técnico a los delegados de prevención. coordinar un sistema regional de información y documentación en materia de prevención de riesgos laborales. Proponer a la Dirección General de Personal y Servicios modificaciones en la organización de las Unidades de Prevención establecidas en el Anexo. Coordinar la inspecion de las unidades de prevencion. La propuesta de planes de formación adecuados en materia preventiva. Artículo 4. Funciones de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Sin perjuicio de las funciones de coordinación atribuidas por el artículo 4.3 del Decreto 117/2000, de 11 de abril, a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, la Unidad de Coordinación asumirá. Coordinar, informar y dar apoyo técnico a las unidades de prevencion. Coordinar un sistema regional de información y documentación en materia de prevencion. Conocer y, si resulta preciso por las características que concurran, informar sobre jusrisprudencia en materia de prevencion. Intervenir en la elaboración de los planes y programas de prevención que se estimen convenientes. La propuesta de planes de formación adecuados en materia preventiva. Implantar protocolos de procedimientos unificados en materia de salud laboral. Artículo 4. Funciones de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Sin perjuicio de las funciones de coordinación atribuidas por el artículo 4.3 del Decreto 117/2000, de 11 de abril, a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, la Unidad de Coordinación asumirá. Elaborar y aprobar la memoria anual del Servicio Andaluz de Salud en materia de prevención de riesgos laborales. Coordinar un sistema regional de información y documentación en materia de prevencion. Conocer y, si resulta preciso por las características que concurran, informar sobre el mapa de riesgos del ámbito de la Comunidad Autónoma. Informar y solicitar a la Consejería de Salud y a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, la información que fuera precisa sobre las actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales. La propuesta de planes de formación adecuados en materia preventiva. Implantar protocolos de procedimientos unificados en materia de salud laboral. Artículo 5. Dependencia de las Unidades de Prevención. Los centros asistenciales en los que se ubiquen las Unidades de Prevención, asumen entre sus funciones. La de prestar a todos los demás centros del Area de Prevención la asistencia y asesoramiento que la misma tiene encomendada para la adecuada protección de la seguridad y salud de los trabajadores. La de prestar los centro que se encuentren a 20 km de su area de Prevención la asistencia y asesoramiento que la misma tiene encomendada para la adecuada protección de la seguridad y salud de los trabajadores. Artículo 5. Dependencia de las Unidades de Prevención. Cada Unidad de Prevención dependerá directamente de. la Dirección-Gerencia del Hospital o de la Dirección del Distrito de Atención Primaria en que la misma se ubica. Dirección General de Personal y Servicios. Artículo 5. Dependencia de las Unidades de Prevención. Cada Unidad de Prevención dependerá directamente de la. la Dirección-Gerencia del Hospital o de la Dirección del Distrito de Atención Primaria en que la misma se ubica. Dirección General de Personal y Servicios. Artículo 5. Dependencia de las Unidades de Prevención. la Dirección-Gerencia del Hospital o de la Dirección del Distrito de Atención Primaria ejercerán, entre otras, las siguientes funciones. Definir el ámbito de responsabilidad e implantar la Unidad de Prevención. El nombramiento, de conformidad con el procedimiento reglamentario, de todos los miembros de la unidad de prevencion. Artículo 5. Dependencia de las Unidades de Prevención. la Dirección-Gerencia del Hospital o de la Dirección del Distrito de Atención Primaria jercerán, entre otras, las siguientes funciones. Conocer y aprobar el informe anual de la Unidad de coordinacion. El nombramiento, de conformidad con el procedimiento reglamentario, de la persona que deba asumir la Jefatura de la Unidad de Prevención. Artículo 5. Dependencia de las Unidades de Prevención. la Dirección-Gerencia del Hospital o de la Dirección del Distrito de Atención Primaria jercerán, entre otras, las siguientes funciones. Conocer y aprobar el informe anual de la Unidad de Prevención. Dotar a la Unidad de Prevención de los medios legales necesarios para su actuacion. Artículo 5. Dependencia de las Unidades de Prevención. la Dirección-Gerencia del Hospital o de la Dirección del Distrito de Atención Primaria jercerán, entre otras, las siguientes funciones. Conocer los riesgos y adoptar las decisiones sobre las actuaciones y medidas de prevención de riesgos laborales en los centros que directamente dependan del mismo. Dotar a la Unidad de Prevención de los medios necesarios y determinar la ubicación física de la misma. ambas respuestas son correctas. Artículo 5. Dependencia de las Unidades de Prevención. la Dirección-Gerencia del Hospital o de la Dirección del Distrito de Atención Primaria jercerán, entre otras, las siguientes funciones. Informar sobre riesgos, medidas de prevencion de los centros que dependan de ellos, a través de la Unidad de Prevención, a los órganos de dirección de los centros. Inspeccionar a la unidad de prevencion ejerciendo el derecho de vigilancia y control. ambas respuestas son correctas. Artículo 5. Dependencia de las Unidades de Prevención. La Dirección General de Personal y Servicios del Servicio Andaluz de Salud determinara la ubicación física de las unidades de prevencion , de acuerdo con las instrucciones que dicte en coordinacion con. con la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico. con la Dirección General de Seguridad Social de la Consejería de Empleo. Artículo 6. Organización y medios de las Unidades de Prevención. 1. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2000, las Unidades de Prevención podrán integrar las cuatro especialidades y disciplinas correspondientes a la prevención de riesgos laborales, pero atendiendo a su nivel funcional contarán, como mínimo, con la siguiente estructura: Señala la correcta. Unidades de Prevención Nivel 2: Integran las especialidades- disciplinas preventivas de medicina del trabajo (1 Médico) y de seguridad en el trabajo (1 Técnico de Nivel Superior). Además contarán con un ATS de Empresa. Unidades de Prevención Nivel 1: Integran las especialidades- disciplinas preventivas de seguridad en el trabajo e higiene industrial. Cada una de ellas será desempeñada por un técnico de nivel superior. Unidades de Prevención Nivel 3: Integran las especialidades- disciplinas preventivas de seguridad en el trabajo, higiene industrial y ergonomía y psicosociología aplicada, que serán desempeñadas, cada una de ellas, por un técnico superior. Además la ergonomía y psicosociología aplicada contará con el apoyo de un técnico de nivel intermedio. Artículo 6. Organización y medios de las Unidades de Prevención. 1. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2000, las Unidades de Prevención podrán integrar las cuatro especialidades y disciplinas. disciplinas preventivas de medicina del trabajo, disciplinas preventivas de seguridad en el trabajo, higiene industrial ,ergonomía y psicosociología aplicada. disciplinas preventivas de riesgos laborales, disciplinas preventivas de seguridad en el trabajo, higiene integral en la empresa y ergonomía y psicosociología aplicada. Artículo 6. Organización y medios de las Unidades de Prevención. 1. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2000, las Unidades de Prevención podrán integrar las cuatro especialidades y disciplinas correspondientes a la prevención de riesgos laborales, pero atendiendo a su nivel funcional contarán, como mínimo, con la siguiente estructura: Señala la correcta. Unidades de Prevención Nivel 1: Integran las especialidades- disciplinas preventivas de medicina del trabajo (1 Médico) y de seguridad en el trabajo (1 Técnico de Nivel Superior). Además contarán con un ATS de Empresa. Unidades de Prevención Nivel 1: Integran las especialidades- disciplinas preventivas de medicina del trabajo (1 Médico) y de seguridad en el trabajo (1 Técnico de Nivel medio). Además contarán con un ATS de Empresa. Artículo 6. Organización y medios de las Unidades de Prevención. 1. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2000, las Unidades de Prevención podrán integrar las cuatro especialidades y disciplinas correspondientes a la prevención de riesgos laborales, pero atendiendo a su nivel funcional contarán, como mínimo, con la siguiente estructura: Señala la correcta. Unidades de Prevención Nivel 2: Integran las especialidades- disciplinas preventivas de seguridad en el trabajo e higiene industrial. Cada una de ellas será desempeñada por un técnico de nivel superior. Unidades de Prevención Nivel 2: Integran las especialidades- disciplinas preventivas de seguridad en el trabajo e higiene industrial. Cada una de ellas será desempeñada por un técnico de nivel medio. Artículo 6. Organización y medios de las Unidades de Prevención. 1. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2000, las Unidades de Prevención podrán integrar las cuatro especialidades y disciplinas correspondientes a la prevención de riesgos laborales: Además la ergonomía y psicosociología aplicada contará con el apoyo de un técnico de nivel intermedio. verdadero. falso. Artículo 6. Organización y medios de las Unidades de Prevención. 1. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2000, las Unidades de Prevención podrán integrar las cuatro especialidades y disciplinas correspondientes a la prevención de riesgos laborales: 2. De entre estos profesionales integrantes de cada Unidad de Prevención que desempeñan actividades preventivas de nivel superior, se designará aquel que asumirá. la Jefatura de la unidad de prevencion. La vicepresidencia del comite de empresa. Artículo 6. Organización y medios de las Unidades de Prevención. 2. De entre estos profesionales integrantes de cada Unidad de Prevención que desempeñan actividades preventivas de nivel superior, se designará aquel que asumirá la Jefatura de la unidad de prevencion y que desempeñará, entre otras, las siguientes funciones: Dirigir las actividades de los componentes de la Unidad de Prevención específica. Dirigir las actividades de los componentes de la Unidad coordinacion. Artículo 6. Organización y medios de las Unidades de Prevención. 2. De entre estos profesionales integrantes de cada Unidad de Prevención que desempeñan actividades preventivas de nivel superior, se designará aquel que asumirá la Jefatura de la unidad de prevencion y que desempeñará, entre otras, las siguientes funciones: Asumir ante la Autoridad Laboral la responsabilidad en relación con el desempeño de las funciones preventivas. Asumir ante la Autoridad de salud y prevencion de riesgo laboralesl la responsabilidad en relación con el desempeño de las funciones preventivas. Artículo 6. Organización y medios de las Unidades de Prevención. 2. De entre estos profesionales integrantes de cada Unidad de Prevención que desempeñan actividades preventivas de nivel superior, se designará aquel que asumirá la Jefatura de la unidad de prevencion y que desempeñará, entre otras, las siguientes funciones: Promover la actuación coordinada con todas aquellas disciplinas o especialidades existentes en los Centros y que resulten necesarias para el desarrollo de las funciones de. evaluación de riesgos, planes de prevención, diseño preventivo de puestos de trabajo y formación de los trabajadores. evaluación de riesgos, planes de prevención, formación de los trabajadores. Artículo 7. Funciones de las Unidades de Prevención. Las Unidades de Prevención asumirán las funciones que se derivan de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. verdadero, a pesar de que la unidades operan en la junta de andalucia tienen que ajustarse a la ley 31/1995 8 noviembre. falso, las unidades de prevencion operan bajo la orden de 11 de marzo. 1. Las Unidades de Prevención asumirán las funciones que se derivan de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Reglamento de los Servicios de Prevención en función de las especialidades y disciplinas preventivas que la integran, y del mismo modo y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2000, podrán prestar, en su nivel funcional su asesoramiento y apoyo en lo referente a: La evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores en los términos previstos en el artículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. El diseño, aplicación y coordinación de los planes y programas de actuación preventiva. La determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas y la vigilancia de su eficacia. La vigilancia y control de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo. Todas las respuestas son correctas. 1. Las Unidades de Prevención asumirán las funciones que se derivan de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Reglamento de los Servicios de Prevención en función de las especialidades y disciplinas preventivas que la integran, y del mismo modo y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2000, podrán prestar, en su nivel funcional su asesoramiento y apoyo en lo referente a: La información y asesoramiento a los órganos de participación y representación. La información y asesoramiento a los delegados de prevencion. 1. Las Unidades de Prevención asumirán las funciones que se derivan de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Reglamento de los Servicios de Prevención en función de las especialidades y disciplinas preventivas que la integran, y del mismo modo y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2000, podrán prestar, en su nivel funcional su asesoramiento y apoyo en lo referente a: La información y formación de los los trabajadores. La información y formación de los los órganos de participación y representación. 1. Las Unidades de Prevención asumirán las funciones que se derivan de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Reglamento de los Servicios de Prevención en función de las especialidades y disciplinas preventivas que la integran, y del mismo modo y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2000, podrán prestar, en su nivel funcional su asesoramiento y apoyo en lo referente a: La determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas y la vigilancia de su eficacia. La determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas. 1. Las Unidades de Prevención asumirán las funciones que se derivan de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Reglamento de los Servicios de Prevención en función de las especialidades y disciplinas preventivas que la integran, y del mismo modo y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2000, podrán prestar, en su nivel funcional su asesoramiento y apoyo en lo referente a: La evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores en los términos previstos en el artículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. La evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores en los términos previstos en el artículo 17 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. 1. Las Unidades de Prevención asumirán las funciones que se derivan de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Reglamento de los Servicios de Prevención en función de las especialidades y disciplinas preventivas que la integran, y del mismo modo y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2000, podrán prestar, en su nivel funcional su asesoramiento y apoyo en lo referente a: asesoramiento y apoyo La información y formación de los trabajadores. La información y formación de los trabajadores. asesoramiento y apoyo el diseño, aplicación y coordinación de los planes y programas de actuación preventiva. El diseño, aplicación y coordinación de los planes y programas de actuación preventiva. asesoramiento y apoyo en elaboración de planes y actuaciones a desarrollar en situaciones de emergencia. asesoramiento y apoyo en el nombramiento de los delegados de administracion de la administracion publica. Artículo 7. Funciones de las Unidades de Prevención. . La asistencia de primeros auxilios y urgencias será prestada por la Unidad de Urgencias que corresponda al. Centro asistencial en el que el trabajador se encuentre prestando sus servicio. Esta asistencia estará sujeta a un Registro específico y será comunicada por aquella a los profesionales sanitarios responsables de la vigilancia de la salud del trabajador. Centro asistencial que le corresponda al trabajador. Esta asistencia estará sujeta a un Registro específico y será comunicada por aquella a los profesionales sanitarios responsables de la vigilancia de la salud del trabajador. Artículo 8. Vigilancia de la salud. La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo se realizará, dependiendo del nivel funcional de la Unidad de Prevención constituida en el ámbito, con arreglo a las modalidades siguientes: Trabajadores de Centros con Unidad de Prevención Nivel 1. Trabajadores de Centros con Unidad de Prevención de Nivel 2 o Nivel 3. El Servicio de Medicina Preventiva asumirá la responsabilidad de la ejecución de las actividades y funciones de vigilancia y control de la salud de los trabajadores contando para ello con la colaboración del resto de las especialidades básicas, médicas y quirúrgicas del centro. Trabajadores de Centros con Unidad de Prevención de Nivel 2 o Nivel 3. Trabajadores de Centros con Unidad de Prevención de Nivel 1. El Servicio de Medicina Preventiva asumirá la responsabilidad de la ejecución de las actividades y funciones de vigilancia y control de la salud de los trabajadores en los centros de Trabajadores de Centros con Unidad de Prevención de Nivel 1. verdadero. falso. El Servicio de Medicina Preventiva asumirá la responsabilidad de la ejecución de las actividades y funciones de vigilancia y control de la salud de los trabajadores en los centros de Trabajadores de Centros con Unidad de Prevención de Nivel 2 y 3. verdadero. falso. Artículo 9. Instrumentos de control. En el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, las funciones que según el artículo 8 del Decreto 117/2000, de 11 de abril, corresponden a la Dirección General de Organización Administrativa e Inspección de Servicios serán realizadas conjuntamente con. la Inspección de trabajo. la Inspección de Prestaciones de Servicios Sanitarios. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.a) del Estatuto Jurídico de Personal No Sanitario de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, quienes presten sus. quienes presten sus servicios en las Unidades de Prevención con nombramiento de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales,. quienes presten sus servicios en las Unidades con nombramiento de Técnico Intermedio en Prevención de Riesgos Laborales estarán incluidos. En las unidades de prevencion prestaran sus servicios. solo personal titulado. personal titulado y personal no titulado. Los Médicos especialistas en Medicina del Trabajo o Diplomados en Medicina de Empresa, así como el personal de Enfermería de Empresa que lleven a cabo las funciones de vigilancia y control de la salud de los trabajadores como miembros de las Unidades de Prevención, o en los Servicios de Medicina Preventiva, prestarán sus servicios en virtud de nombramiento de Personal estatutario. verdadero. falso. pinche. Plantillas de Areas Hospitalarias, en el grupo de personal de mantenimiento. plantillas de Distritos de Atención Primaria se incluyen:. Los puestos de trabajo que se creen en las Unidades de Prevención serán cubiertos preferentemente con personal que ya venga prestando servicios como personal fijo o temporal en el Servicio Andaluz de Salud. Solamente de no ser cubiertas, procederá su cobertura por personal ajeno. verdadero. falso. Artículo 3. Constitución de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Artículo 2. Constitución y ámbito funcional de las Unidades de Prevención. La Unidad de Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales se crea como. La Unidad de Prevención de Riesgos Laborales. Artículo 4. Funciones de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Sin perjuicio de las funciones de coordinación atribuidas por el artículo 4.3 del Decreto 117/2000, de 11 de abril, a la. Consejeria De Empleo Y Desarrollo Tecnologico y salud. Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, la Unidad de Coordinación asumirá. Que organismo tendra la capacida de Proponer a la Dirección General de Personal y Servicios modificaciones en la organización de las Unidades de Prevención establecidas en el Anexo. Unidades de prevencion. unidades de coordinacion de prevencion. Direccion General de Personal y servicios. Direccion general de trabajo y seguridad social. Artículo 4. Funciones de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Sin perjuicio de las funciones de coordinación atribuidas por el artículo 4.3 del Decreto 117/2000, de 11 de abril, a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, la Unidad de Coordinación asumirá. Informar y solicitar a la Consejería de Salud y a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, la información que fuera precisa sobre las actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales a fin de conseguir la necesaria coordinación en las mismas. Informar y solicitar a la Consejería de trabajo y seguridad socilal, la información que fuera precisa sobre las actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales a fin de conseguir la necesaria coordinación en las mismas. Artículo 5. Dependencia de las Unidades de Prevención. Cada Unidad de Prevención dependerá directamente de la Dirección-Gerencia del Hospital o de la Dirección del Distrito de Atención Primaria en que la misma se ubica. Dichos organos tendrán la función de dotar a la Unidad de Prevención de los medios necesarios y determinar la ubicación física de la misma, de acuerdo con las instrucciones que dicte la Dirección General de Personal y Servicios del Servicio Andaluz de Salud en coordinación en su caso con..... con la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico. con la Dirección General de Seguridad Social de la Consejería de Empleo . Artículo 6. Organización y medios de las Unidades de Prevención. 2. De entre estos profesionales integrantes de cada Unidad de Prevención que desempeñan actividades preventivas de nivel superior, se designará aquel que asumirá la Jefatura de la unidad de prevencion y que desempeñará, entre otras, las siguientes funciones: Promover la actuación coordinada con todas aquellas disciplinas o especialidades existentes en los Centros y que resulten necesarias para el desarrollo de las funciones de. evaluación de riesgos, planes de prevención, diseño preventivo de puestos de trabajo y formación de los trabajadores. evaluación de riesgos, planes de prevención, formación de los trabajadores.. 1. Las Unidades de Prevención asumirán las funciones que se derivan de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Reglamento de los Servicios de Prevención en función de las especialidades y disciplinas preventivas que la integran, y del mismo modo y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2000, podrán prestar, en su nivel funcional su asesoramiento y apoyo en lo referente a. La información y asesoramiento a los órganos de participación y representación. La información y asesoramiento a los delegados de prevencion. Artículo 8. Vigilancia de la salud. La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo se realizará, dependiendo del nivel funcional de la Unidad de Prevención constituida en el ámbito, con arreglo a las modalidades siguientes: Trabajadores de Centros con Unidad de Prevención Nivel 1. Trabajadores de Centros con Unidad de Prevención de Nivel 2 o Nivel 3. Artículo 9. Instrumentos de control. En el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, las funciones que según el artículo 8 del Decreto 117/2000, de 11 de abril, corresponden a la Dirección General de Organización Administrativa e Inspección de Servicios serán realizadas conjuntamente con. la Inspección de trabajo. la Inspección de Prestaciones de Servicios Sanitarios. Artículo 3. Constitución de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Artículo 2. Constitución y ámbito funcional de las Unidades de Prevención. . La Unidad de Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales se crea como. La Unidad de Prevención de Riesgos Laborales. Artículo 3. Constitución de la Unidad de Coordinación de la Prevención. Artículo 2. Constitución y ámbito funcional de las Unidades de Prevención. . La Unidad de Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales se crea como. La Unidad de Prevención de Riesgos Laborales. La voluntad del Gobierno de la Junta de Andalucía se puso de manifiesto con la publicación del Decreto , por el que se crean los Servicios de Prevención de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía. 117/2000, de 11 de abril. 118/2000, de 11 de abril. La voluntad del Gobierno de la Junta de Andalucía se puso de manifiesto con la publicación del Decreto , por el que se crean los Servicios de Prevención de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía. 117/?, de 11 de abril. La voluntad del Gobierno de la Junta de Andalucía se puso de manifiesto con la publicación del Decreto , por el que se crean los Servicios de Prevención de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía ?./2000, de 11 de abril. La voluntad del Gobierno de la Junta de Andalucía se puso de manifiesto con la publicación del Decreto , por el que se crean los Servicios de Prevención de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía 117/2000, de. La voluntad del Gobierno de la Junta de Andalucía se puso de manifiesto con la publicación del Decreto , por el que se crean los Servicios de Prevención de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía 117/2000, de. El Real Decreto , por el que se aprueba en Reglamento de los Servicios de Prevención, establece la organización de los recursos para desarrollar las actividades preventivas y define las modalidades de los Servicios de Prevención. El Real Decreto , por el que se aprueba en Reglamento de los Servicios de Prevención, establece la organización de los recursos para desarrollar las actividades preventivas y define las modalidades de los Servicios de Prevención. ?/1997 de 17 de enero. El Real Decreto , por el que se aprueba en Reglamento de los Servicios de Prevención, establece la organización de los recursos para desarrollar las actividades preventivas y define las modalidades de los Servicios de Prevención. 39/ ? de 17 de enero. El Real Decreto , por el que se aprueba en Reglamento de los Servicios de Prevención, establece la organización de los recursos para desarrollar las actividades preventivas y define las modalidades de los Servicios de Prevención. 39/1997 de 17 de enero. 37/1997 de 17 de enero. ORGANO de gestión de la prevención. la Unidad de Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales. unidad de prevencion. Elaborar y aprobar la memoria anual del Servicio Andaluz de Salud en materia de prevención de riesgos laborales. la Unidad de Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales. unidad de prevencion. Definir el ámbito de responsabilidad e implantar la Unidad de Prevención. la Unidad de Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales. unidad de prevencion. DIRECCION DISTRITO ATENCION PRIMARIA. DIRECCION GERENCIA HOSPITAL. las respuestas c y d son correctas. Dotar a la Unidad de Prevención de los medios necesarios y determinar la ubicación física de la misma, de acuerdo con las instrucciones que dicte la Dirección General de Personal y Servicios del Servicio Andaluz de Salud en coordinación en su caso, con la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico. la Unidad de Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales. unidad de prevencion. DIRECCION DISTRITO ATENCION PRIMARIA. DIRECCION GERENCIA HOSPITAL. las respuestas c y d son correctas. Conocer y aprobar el informe anual de la Unidad de Prevención. la Unidad de Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales. unidad de prevencion. DIRECCION DISTRITO ATENCION PRIMARIA. DIRECCION GERENCIA HOSPITAL. las respuestas c y d son correctas. El nombramiento, de conformidad con el procedimiento reglamentario, de la persona que deba asumir la Jefatura de la Unidad de Prevención. la Unidad de Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales. unidad de prevencion. DIRECCION DISTRITO ATENCION PRIMARIA. DIRECCION GERENCIA HOSPITAL. las respuestas c y d son correctas. La memoria anual es el documento que informa de la evolución de la empresa durante un ejercicio, ampliando y comentando la información recogida en el resto de documentos que forman las cuentas anuales (balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto. . Instrumentos de control de las unidades de prevencion. Dirección General de Organización Administrativa e Inspección General de Servicios de la Consejería de Gobernación y Justicia. consejeria de salud y consumo. Inspección de Prestaciones de Servicios Sanitarios. las respuestas a y c son correctas. 1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.a) del Estatuto Jurídico de Personal No Sanitario de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, quienes presten sus servicios en las Unidades de Prevención con nombramiento de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, estarán incluidos en el Grupo _________, debiendo estar en posesión de título de Diplomado Universitario, Formación Profesional de Tercer Grado o equivalente. Dicho personal percibirá las retribuciones previstas en las disposiciones sobre retribuciones del personal de Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud, para los Técnicos Medios de Función Administrativa. de Personal Técnico Titulado. de Personal Técnico sanitario Titulado. 1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.a) del Estatuto Jurídico de Personal No Sanitario de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, quienes presten sus servicios en las Unidades de Prevención con nombramiento de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, estarán incluidos en el Grupo de Personal Técnico Titulado, debiendo estar en posesión de título de ____________________. Dicho personal percibirá las retribuciones previstas en las disposiciones sobre retribuciones del personal de Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud, para los Técnicos Medios de Función Administrativa. Diplomado Universitario,. Formación Profesional de Tercer Grado o equivalente. Formación Profesional de Tercer Grado. todas las respuestas son correctas. Igualmente en virtud del apartado b) del citado artículo, quienes presten sus servicios en dichas Unidades con nombramiento de Técnico Intermedio en Prevención de Riesgos Laborales estarán incluidos en el Grupo de personal Técnico no Titulado, debiendo estar en posesión de ___________ Dicho personal percibirá las retribuciones previstas en las disposiciones sobre retribuciones del personal de Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud para el. Diplomado Universitario,. Formación Profesional de Tercer Grado o equivalente. Formación Profesional de Tercer Grado. todas las respuestas son correctas. personal Técnico no Titulado. título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente. Los Médicos especialistas en Medicina del Trabajo o Diplomados en Medicina de Empresa, así como el personal de Enfermería de Empresa que lleven a cabo las funciones de vigilancia y control de la salud de los trabajadores como miembros de las Unidades de Prevención, o en los Servicios de Medicina Preventiva, prestarán sus servicios en virtud de nombramiento de Personal estatutario. de nombramiento de Personal estatutario. de nombramiento de Personal estatutario no sanitario. . Los Médicos Especialistas en Medicina del Trabajo o Diplomado en Medicina de Empresa que presten sus servicios en las Unidades de Nivel I percibirán las retribuciones previstas en las Disposiciones sobre retribuciones del personal de los Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud para. Médicos de Familia de Atención Primaria. Médicos de atencion de prevencion de riesgos laborales. Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud. Areas Hospitalarias, en el grupo de personal de mantenimiento se incluyen: Como puestos básicos. los de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales. Técnico Intermedio en Prevención de Riesgos Laborales. ambas respuestas son correctas. Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud. Plantillas de Distritos de Atención Primaria En el grupo de personal no sanitario, como puestos básicos,. los de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales. Técnico Intermedio en Prevención de Riesgos Laborales. ambas respuestas son correctas. Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud. Plantillas de Distritos de Atención Primaria En el grupo de personal de Dirección y Gestión, como cargo intermedio y a desempeñar por encargo complementario de funciones,. los de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales. Técnico Intermedio en Prevención de Riesgos Laborales. ambas respuestas son correctas. el de Jefe de Unidad de Prevención. Los puestos de trabajo que se creen en las Unidades de Prevención serán cubiertos preferentemente con personal que ya venga prestando servicios como personal fijo o temporal en el Servicio Andaluz de Salud. Solamente de no ser cubiertas, procederá su cobertura por personal ajeno. verdadero. falso. Las condiciones en que un equipo de protección deba ser utilizado, en particular en lo que se refiere al tiempo durante el cual haya de llevarse, se determinará en función de: a) La gravedad del riesgo. b) El tiempo o frecuencia de exposición al riesgo. c) Las condiciones del puesto de trabajo. d) Las prestaciones del propio equipo. e) Los riesgos adicionales derivados de la propia utilización del equipo que no hayan podido evitarse. ¿Qué es el comunicado de riesgo? La comunicación de riesgo (documento), se refiere al intercambio en tiempo real, de información, recomendaciones y opiniones, entre expertos y/o funcionarios y personas que se enfrentan a una amenaza (riesgo) para su sobrevivencia, su salud o su bienestar económico o social. verdadero. falso. A los solos efectos de __________ de la prevención de riesgos laborales en sus Centros Asistenciales, el ámbito territorial del Servicio Andaluz de Salud se divide en demarcaciones geográficas denominadas Areas de Prevención de Riesgos Laborales. la organización y gestión. la planificacion. La vigilancia y el control de la salud de los trabajadores, según la Orden de 11 de marzo de 2004, será asumida por. el Servicio de Medicina Preventiva. unidades de coordinacion de prevencion. las unidades de prevencion. las respuestas a y c son correctas. |