Orden Departamental 11-2026
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Título del Test:
![]() Orden Departamental 11-2026 Descripción: Estudio de la orden departamenta 11-2026 |



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Según el propósito de la Orden Departamental, ¿cuál de las siguientes afirmaciones refleja de manera más precisa el alcance de la regulación sobre el uso de dispositivos móviles en los centros educativos?. Restringir el uso de dispositivos móviles para evitar distracciones, priorizando el control disciplinario sobre cualquier otra finalidad. Regular el uso de dispositivos móviles para promover prácticas pedagógicas y responsables que contribuyan al aprendizaje, la convivencia escolar, la protección de la privacidad y el bienestar estudiantil. Autorizar el uso libre de dispositivos móviles siempre que los estudiantes los utilicen con fines académicos fuera del horario de clases. En un centro educativo, los estudiantes utilizan sus teléfonos móviles durante una actividad de investigación guiada por el docente. Sin embargo, algunos alumnos comienzan a grabar a sus compañeros sin autorización y a compartir los videos en redes sociales. De acuerdo con el objeto de la Orden Departamental, ¿cuál sería la actuación más coherente?. Permitir la actividad porque el uso inicial de los dispositivos tenía una finalidad pedagógica y la conducta posterior corresponde al ámbito privado de los estudiantes. Suspender definitivamente el uso de dispositivos móviles en el centro, ya que cualquier incidente relacionado con ellos demuestra que son incompatibles con el aprendizaje. Reforzar las normas de uso responsable de los dispositivos, garantizando el aprovechamiento pedagógico de la tecnología y la protección de la privacidad y la convivencia escolar. De acuerdo con el Artículo 2, los protocolos internos sobre el uso de dispositivos móviles elaborados por cada centro educativo deben: Adaptarse a las necesidades particulares del centro, aun cuando contradigan disposiciones previas sobre convivencia y ética. Integrarse al manual de convivencia y mantenerse alineados con las normativas vigentes sobre convivencia escolar, ética y los lineamientos de la presente Orden Departamental. Constituir un documento independiente del manual de convivencia para facilitar su actualización periódica por parte de la dirección del centro. Un centro educativo decide crear un reglamento sobre el uso de dispositivos móviles. El documento establece normas claras para estudiantes y docentes, pero no se incorpora al manual de convivencia y contiene disposiciones que contradicen algunas medidas previstas en la normativa nacional sobre convivencia escolar. Según el Artículo 2, ¿cuál es la valoración más adecuada de esta situación?. El reglamento es válido porque los centros educativos tienen autonomía para establecer las normas que consideren más convenientes para su contexto. El reglamento cumple parcialmente con lo establecido, ya que basta con que regule el uso de dispositivos móviles, independientemente de su relación con otras normativas institucionales. El reglamento no cumple con lo dispuesto, debido a que debe integrarse al manual de convivencia y mantener coherencia con las normativas de convivencia, ética y los principios de la Orden Departamental. Un centro educativo actualiza su protocolo sobre el uso de dispositivos móviles. La propuesta fue elaborada exclusivamente por el equipo de gestión y aprobada sin consultar a docentes, estudiantes, familias ni personal administrativo. ¿Cuál es la valoración más adecuada según la Orden Departamental?. El procedimiento es válido porque la responsabilidad normativa corresponde exclusivamente a la gestión del centro. El procedimiento presenta una debilidad, ya que debió promover la participación de distintos actores de la comunidad educativa para fortalecer la corresponsabilidad en el uso de la tecnología. El procedimiento es correcto siempre que el protocolo haya sido difundido posteriormente a la comunidad educativa. Dos centros educativos aplican exactamente el mismo protocolo sobre dispositivos móviles. Uno cuenta con conectividad limitada y escaso personal de supervisión, mientras que el otro posee infraestructura tecnológica avanzada y personal especializado. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones se ajusta mejor a la Orden Departamental?. Los protocolos deben ser idénticos en todos los centros para garantizar uniformidad normativa. Los protocolos pueden adaptarse a las características institucionales siempre que respeten los lineamientos generales establecidos por la Orden Departamental. Las diferencias de contexto solo pueden considerarse en centros privados. Durante el horario de clases, los estudiantes tienen acceso libre a internet mediante la red escolar. No existen filtros de contenido ni supervisión docente sobre las actividades realizadas en línea. ¿Cuál es la situación descrita?. Cumple con la normativa siempre que los estudiantes utilicen dispositivos autorizados por el centro. Cumple parcialmente, pues la responsabilidad principal recae en las familias. No cumple con las disposiciones establecidas, debido a la ausencia de controles y supervisión para garantizar fines educativos específicos. Ante las restricciones de la red escolar, varios estudiantes utilizan datos móviles personales para acceder a plataformas de entretenimiento durante la jornada académica. El centro argumenta que no puede intervenir porque la conexión no pertenece a la institución. ¿Cuál es la interpretación más adecuada?. El centro educativo conserva la facultad de regular estas conexiones, ya que las disposiciones alcanzan tanto la conectividad institucional como la personal. El centro únicamente puede regular las redes que administra directamente. La regulación de datos móviles personales corresponde exclusivamente a las familias. Un centro educativo implementa un sistema de monitoreo del uso de dispositivos móviles, pero lo hace sin involucrar a la Asociación de Padres, Madres, Tutores y Amigos de la Escuela (APMAE). ¿Cuál de las siguientes opciones refleja mejor lo establecido en la Orden Departamental?. La medida es suficiente porque el seguimiento corresponde exclusivamente al personal docente. La medida resulta incompleta, ya que la normativa promueve mecanismos de seguimiento coordinados con la APMAE. La participación de la APMAEB solo es necesaria cuando ocurren faltas disciplinarias graves. Un estudiante utiliza un reloj inteligente para enviar mensajes y acceder a información en línea durante una evaluación. El protocolo del centro regula únicamente los teléfonos celulares. ¿Cuál es la interpretación más adecuada?. La conducta no está regulada porque el dispositivo utilizado no es un teléfono celular. El reloj inteligente puede quedar sujeto a las mismas disposiciones aplicables a los teléfonos celulares debido a sus capacidades tecnológicas. El uso del reloj inteligente solo puede regularse mediante autorización expresa del estudiante. La dirección de un centro educativo declara la biblioteca como zona libre de dispositivos móviles con el objetivo de favorecer la concentración y minimizar interrupciones. Según la Orden Departamental, esta medida: Es compatible con la normativa, ya que los centros pueden establecer espacios donde no se permita el uso o la tenencia visible de dispositivos móviles. Solo puede aplicarse durante períodos de evaluación. Requiere autorización previa del MINERD para cada espacio restringido. Un centro educativo aprobó su protocolo sobre el uso de dispositivos móviles y lo archivó en la oficina de la dirección. Aunque el documento está disponible para quien lo solicite, no se ha colocado en murales, tablones informativos ni otros espacios visibles del plantel. ¿Cuál es la valoración más adecuada?. El centro cumple con la normativa porque el protocolo existe y puede consultarse cuando sea necesario. El centro cumple parcialmente, ya que el protocolo debe colocarse en lugares visibles para garantizar su conocimiento por la comunidad educativa. El centro incumple únicamente si algún miembro de la comunidad educativa presenta una queja formal. La dirección de un centro educativo presentó el protocolo únicamente al personal docente. Los estudiantes, las familias y el personal administrativo no recibieron ninguna orientación sobre su contenido. ¿Cuál de las siguientes opciones se ajusta mejor a la Orden Departamental?. La actuación es suficiente porque los docentes son los responsables directos de aplicar las normas. La actuación es adecuada si los estudiantes reciben la información cuando surja una situación disciplinaria. La actuación es insuficiente porque el protocolo debe socializarse formalmente con todos los sectores de la comunidad educativa. Un centro educativo publica el protocolo en lenguaje técnico-jurídico y únicamente en formato digital. Varias familias manifiestan dificultades para comprender su contenido. ¿Cuál es la valoración más adecuada?. El centro ha cumplido, ya que la publicación del documento es suficiente independientemente de su comprensión. El centro debe procurar formatos y lenguajes accesibles que favorezcan la comprensión de toda la comunidad educativa. La adaptación del lenguaje solo es necesaria para los estudiantes de niveles iniciales. Un docente permite el uso de teléfonos móviles durante toda la clase sin relacionarlos con objetivos de aprendizaje ni actividades curriculares específicas. ¿Cuál es la interpretación más adecuada?. El uso es correcto porque fomenta la familiarización de los estudiantes con la tecnología. El uso resulta cuestionable porque la integración de dispositivos debe responder a criterios pedagógicos previamente definidos. El uso es apropiado siempre que no genere conflictos disciplinarios. Durante una jornada escolar, los estudiantes permanecen varias horas consecutivas utilizando dispositivos electrónicos sin que se tomen medidas relacionadas con su bienestar físico o emocional. ¿Cuál es la valoración más adecuada?. La situación es compatible con la normativa siempre que las actividades sean académicas. La situación es adecuada si los estudiantes utilizan dispositivos proporcionados por el centro. La situación no refleja plenamente lo establecido, ya que el uso de la tecnología debe considerar recomendaciones de salud. En una escuela, todas las actividades de una mañana completa se realizan mediante dispositivos electrónicos, sin establecer límites al tiempo de exposición a pantallas. ¿Cuál es la valoración más adecuada?. La práctica es válida porque maximiza el aprovechamiento de los recursos tecnológicos. La práctica contradice el principio de limitar la exposición a pantallas durante la jornada escolar. La práctica solo sería incorrecta en los niveles de educación primaria. En una clase de tres horas apoyada en recursos digitales, la docente intercala ejercicios de estiramiento, dinámicas grupales presenciales y actividades escritas en papel. ¿Cuál de las siguientes opciones se ajusta mejor a la Orden Departamental?. La actuación es coherente con la promoción de pausas activas y la alternancia entre actividades con y sin pantallas. La actuación limita innecesariamente el uso de la tecnología disponible. La actuación solo sería recomendable en estudiantes con dificultades de aprendizaje. Un centro educativo decide aplicar exactamente las mismas reglas sobre dispositivos móviles a estudiantes de Nivel Inicial, Primario y Secundario, argumentando que ello facilita la supervisión institucional. ¿Cuál de las siguientes valoraciones se ajusta mejor a la Orden Departamental?. La medida es adecuada porque garantiza uniformidad administrativa y facilita la aplicación de las normas institucionales. La medida es cuestionable porque las restricciones y orientaciones deben considerar las particularidades de cada nivel educativo. La medida es válida siempre que haya sido aprobada por el equipo de gestión y el consejo escolar. Durante una jornada escolar, varios niños de Nivel Inicial llevan teléfonos celulares personales para utilizarlos durante los períodos de recreación bajo supervisión de sus familias. ¿Cuál es la interpretación más adecuada?. La situación es admisible porque los dispositivos se utilizan únicamente en momentos distintos a las actividades académicas. La situación es compatible con la norma siempre que exista supervisión permanente de adultos responsables. La situación contradice la norma debido a la prohibición total de presencia y uso de celulares personales. Una maestra sustituye diariamente las actividades de juego, exploración y manipulación de materiales por ejercicios realizados mediante aplicaciones digitales. ¿Cuál es la valoración más adecuada?. La práctica resulta apropiada porque fortalece tempranamente las competencias tecnológicas de los estudiantes. La práctica se ajusta a la normativa si los recursos digitales presentan contenidos educativos pertinentes. La práctica es inconsistente con el enfoque que prioriza juego, movimiento e interacción directa. Un docente de preprimario utiliza tabletas para desarrollar actividades de reconocimiento de formas y colores vinculadas a los objetivos curriculares del nivel. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones se ajusta mejor a la Orden Departamental?. La utilización es procedente porque responde a una finalidad pedagógica concreta y dirigida por el docente. La utilización requiere autorización excepcional debido a las restricciones generales sobre dispositivos tecnológicos. La utilización solo sería admisible si sustituye completamente los recursos tradicionales de enseñanza. En una sección de preprimario, las actividades tecnológicas ocupan la mayor parte de la jornada, reduciendo significativamente los espacios de exploración, interacción y juego. ¿Cuál es la valoración más adecuada?. La práctica es aceptable siempre que las aplicaciones empleadas tengan contenidos educativos debidamente seleccionados. La práctica puede afectar el propósito de que la tecnología complemente las experiencias activas propias del nivel. La práctica es recomendable cuando el centro dispone de suficientes recursos tecnológicos para implementarla. Durante una actividad educativa, los estudiantes de preprimario utilizan tabletas durante treinta y cinco minutos continuos bajo la supervisión del docente. ¿Cuál es la interpretación más adecuada?. La actividad es válida porque se desarrolla bajo orientación pedagógica y supervisión profesional permanente. La actividad resulta incompatible con el límite diario de exposición tecnológica establecido para este nivel. La actividad puede realizarse libremente cuando forma parte de una secuencia didáctica planificada. |





