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Orden PCM/1382/2021 del Registro Electrónico General

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Título del Test:
Orden PCM/1382/2021 del Registro Electrónico General

Descripción:
Registro Electrónico General

Fecha de Creación: 2025/09/18

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 30

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Temario:

¿Qué regula la Orden PCM/1382/2021?. El acceso de los ciudadanos a los servicios públicos. El Registro Electrónico General en el ámbito de la Administración General del Estado. El funcionamiento del Ministerio de la Presidencia.

¿Qué ley anterior establecía la creación de registros electrónicos?. Ley 39/2015. Ley 11/2007. Real Decreto 203/2021.

¿Qué Real Decreto desarrolló parcialmente la Ley 11/2007?. Real Decreto 1671/2009. Real Decreto 203/2021. Real Decreto 389/2021.

¿Qué artículo de la Ley 39/2015 establece la obligación de tener un Registro Electrónico General?. Artículo 14. Artículo 16. Artículo 38.

¿Qué establece el artículo 38 del Reglamento de actuación y funcionamiento del Sector Público?. La creación de oficinas de asistencia. La naturaleza y funcionamiento del Registro Electrónico General. El acceso electrónico de los ciudadanos.

¿A qué principios de buena regulación se ajusta la orden?. Necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. Eficiencia, rapidez y transparencia. Proporcionalidad, legalidad y seguridad jurídica.

¿Quién es competente para la gobernanza y gestión funcional del REG-AGE?. La Secretaría General de Administración Digital. La Dirección General de Gobernanza Pública. El Ministerio de la Presidencia.

¿Quién se encarga del diseño, implantación y gestión técnica de la plataforma tecnológica del REG-AGE?. La Dirección General de Gobernanza Pública. La Secretaría General de Administración Digital. El Ministerio de Hacienda y Función Pública.

¿Quién designa a la persona delegada del REG-AGE en cada Ministerio?. El Ministro correspondiente. El titular de la Subsecretaría o en su caso el Presidente o Director del organismo o entidad. La Secretaría General de Administración Digital.

¿A través de qué vías se puede acceder al REG-AGE?. Presencialmente, por internet y a través de sedes electrónicas. Solo por internet. Solo presencialmente.

¿A través de qué vía se puede acceder presencialmente al REG-AGE?. En las oficinas de correos. En las oficinas de asistencia en materia de registros y representaciones diplomáticas. En las entidades bancarias.

¿Qué información debe contener el Punto de Acceso General?. Solo información sobre las vías de acceso. Información sobre las vías de acceso y enlace al servicio REG-AGE, junto con información técnica. Solo información técnica del servicio.

¿Qué datos deben indicar los asientos registrales en el REG-AGE?. Fecha y hora de presentación. Número de registro y epígrafe. Todos los anteriores.

¿Qué documentos son admisibles a través del servicio electrónico del Punto de Acceso General?. Cualquier solicitud, escrito o comunicación. Solo documentos originales. Solo documentos con firma electrónica.

¿Qué ocurre si la documentación complementaria supera la extensión máxima?. Se rechaza la presentación. Se presenta mediante una nueva presentación. Se debe presentar en papel.

¿Qué contenido debe tener el acuse de recibo?. Número de registro, fecha y hora, copia del escrito. Solo número de registro. Solo fecha y hora de presentación.

¿El acuse de recibo prejuzga la admisión definitiva del escrito?. Sí. No. A veces.

¿Qué se puede consultar desde el servicio electrónico del REG-AGE?. El estado de las presentaciones. El recibo de los asientos. Todo lo anterior.

¿En qué horario se pueden presentar documentos en el REG-AGE?. 24 horas todos los días del año. Solo en horario de oficina. Solo de lunes a viernes.

¿Qué ocurrirá si hay interrupciones de mantenimiento técnico?. Se suspenderá la presentación. Se anunciarán con antelación. No afecta al plazo.

¿Quién es responsable de la custodia de los ficheros de los escritos presentados?. Los usuarios. Los departamentos ministeriales, entidades y organismos públicos destinatarios. La Secretaría General de Administración Digital.

¿En qué se fundamenta el tratamiento automatizado de datos personales en el REG-AGE?. En el artículo 6.1 c) y e) del Reglamento (UE) 2016/679. En el consentimiento del interesado. En una ley específica sobre protección de datos.

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos en el REG-AGE?. La Dirección General de Gobernanza Pública. La Secretaría General de Administración Digital. El Ministerio de Hacienda y Función Pública.

¿Quién se encarga del tratamiento de datos en el REG-AGE?. La Dirección General de Gobernanza Pública. La Secretaría General de Administración Digital. El Ministerio de Hacienda y Función Pública.

¿Cómo se comunicarán las Administraciones Públicas entre sí a efectos registrales?. A través del servicio electrónico del Punto de Acceso General. A través del sistema de interconexión de registros (SIR). Mediante correo ordinario.

¿Qué orden queda derogada por la disposición derogatoria única?. Orden HAP/566/2013. Ley 39/2015. Real Decreto 203/2021.

¿Cuándo entrará en vigor la Orden PCM/1382/2021?. El mismo día de su publicación. El día siguiente a su publicación. A los treinta días de su publicación.

¿Dónde se publicará el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos?. En el Portal de Administración Electrónica. En el «Boletín Oficial del Estado». En la sede electrónica del Punto de Acceso General.

¿Para qué sirve el Centro de Transferencia Tecnológica (CTT)?. Para publicar los protocolos y formatos para la integración de sistemas en el REG-AGE. Para tramitar solicitudes. Para la gestión de la plataforma tecnológica del REG-AGE.

¿Qué medidas se deben adoptar para asegurar la integridad de la fecha y hora de las anotaciones del REG-AGE?. Firmar electrónicamente todos los documentos. Adoptar medidas precisas. Utilizar un notario.

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