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ORDENANZA MOSTOLES

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Título del Test:
ORDENANZA MOSTOLES

Descripción:
INFRACCIONES TENENCIA ANIMALES

Fecha de Creación: 2026/09/09

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

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Temario:

Transportar perros en vehículos particulares de forma que se perturbe la actuación del conductor o se comprometa la seguridad del tráfico. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

Permitir la entrada o permanencia de perros en locales o vehículos destinados a la fabricación, venta, alimentación, transporte o manipulación de alimentos. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

Introducir o mantener perros en locales o recintos de espectáculos públicos, deportivos y culturales y en piscinas o lugares de baño público, (exceptuando lo indicado en el artículo 11, punto octavo de la presente ordenanza). LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

No facilitar el dueño de un perro que haya mordido a una persona, los datos que le requiera la persona agredida o las autoridades competentes. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

No cumplir las prescripciones de carácter sanitario. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

Dejar sueltos en espacios exteriores animales dañinos o feroces. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

No proporcionar o facilitar a un animal el tratamiento adecuado, cuando presuntamente padezca algún tipo de enfermedad o epizootía. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

Abandonar animales muertos. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

No presentar al animal a observación antirrábica, tras haber causado éste una agresión y haber sido requerido para ello. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

Incumplir la obligación de recogida inmediata de las deposiciones y deyecciones de perros y otros animales, y en su caso la obligación de limpieza de la zona u espacio que hubiere resultado afectado. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

Presencia y circulación de perros en parques infantiles, de recreo u ocio. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

El baño de animales en fuentes ornamentales, estanques o similares y beber directamente de las fuentes de agua potable. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

La permanencia continuada de animales en el interior del vehículo, y en todo caso su permanencia en vehículo estacionado en más de veinte minutos. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

El transporte de animales con vulneración de las disposiciones contenidas en esta ordenanza. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

Mantener a los animales atados a un lugar fijo o limitar de forma duradera el movimiento necesario para ellos. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

La no vacunación antirrábica o la no realización de tratamientos declarados obligatorios. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

La negativa a facilitar información, documentación o prestar colaboración con los servicios municipales, así como el suministro de información o documentación falsa. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

Multa de 100 a 300€. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

Multa de 300 a 600€. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

Multa de 600 a 1200€. LEVE. GRAVE. MUY GRAVE.

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