Ordenanza Municipal P. C. contra incendios de Zaragoza
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() Ordenanza Municipal P. C. contra incendios de Zaragoza Descripción: Ordenanza Zaragoza |




Comentarios |
---|
NO HAY REGISTROS |
Cuántos artículos ,capítulos ,disposiciones y anexos tiene la ordenanza municipal de protección civil contra incendios en Zaragoza. 12 artículos, dos capítulos, tres disposiciones y cinco anexos. 14 artículos, dos capítulos, cuatro disposiciones y cinco anexos. Dos capítulos, cuatro disposiciones, cinco anexos y 16 artículos. Quien son responsables de las infracciones según la ordenanza municipal de protección civil contra incendios en Zaragoza. Únicamente los titulares de las licencias y los titulares del negocio o actividad. Los titulares de la actividad por no acatar la ordenanza. Los titulares de la licencias, los titulares del negocio y el técnico que expidan la certificación de finalización de las obras de forma inexacta o incompletas. La ocupación de la vía pública en lugares señalizados como salida de emergencia o de acceso exclusivo para vehículos de bomberos. Tendrán consideración de. Faltas leves. Faltas Graves. Faltas muy graves. Las multas para faltas muy graves están comprendidas. Entre 601 y 60000€. Entre 6001 y 60000€. Más de 60000€. La ordenanza municipal tendrá como objeto. Establecer las condiciones de protección contra incendios que deben cumplir los edificios y sus instalaciones, así como los proyectos de urbanización, para garantizar la seguridad de personas y bienes y facilitar la intervención de bomberos. Solamente establece las condiciones de protección contra incendios que debe cumplir los edificios y sus instalaciones, ya que los proyectos de urbanización será de acuerdo con base del código técnico de edificación. Establece las garantías de seguridad de personas y bienes ,facilita la intervención de bomberos, así como los proyectos de urbanización. Esta ordenanza será aplicable a... A todo lo nuevo, a todo tipo de reformas ampliaciones y cambios de uso. A todo lo nuevo, a las reformas ,cambios de uso y actividades. A todo lo nuevo, a las reformas (siempre que mejore en seguridad), ampliaciones y cambios de uso o actividades. La actuación preventiva del cuerpo de bomberos será mediante informes técnicos ,inspecciones y sobre.... Aparcamientos en local cerrado y de uso público a partir de 1500 m². Comercial y restauración de más de 500 m² y para recreativos y espectáculos por encima de 100 m². Comercial y restauración de >500 m² y para recreativos y espectáculos >200 m². Quien tendrá carácter y ejercerá como agente de la autoridad municipal. Miembros del cuerpo de bomberos y técnicos municipales que desarrollen funciones de inspección. Los coordinadores de protección civil integrados en el cuerpo de bomberos. El órgano competente del ayuntamiento de Zaragoza. Las condiciones de protección contra incendios dentro del ámbito territorial municipal de Zaragoza se regularán por. Por las normativas de esta ordenanza. Por las normativas de carácter estatal y autonómico que sean aplicables complementadas por las disposiciones de esta ordenanza. Por las disposiciones de carácter estatal y autonómico complementadas por la normativa de esta ordenanza. Qué superficie construida deberán tener en uso administrativo, docente, deportivo, religioso y residencial público para que el cuerpo de bomberos realice actuaciones preventivas. >500 m². >1500 m². >2000 m². Que infracción será, la deficiencia de mantenimiento de equipos de protección contra incendios que afecten a menos del 50 % de los medios necesarios y un aumento de la carga de fuego autorizada hasta un 50 % de exceso. Faltas leves. Faltas graves. Faltas muy graves. El funcionamiento deficiente de los dispositivos de ventilación y evacuación de humos, así como el alumbrado de emergencia y la falta de implantación real del plan de emergencias en los edificios o actividades obligados a tenerlo. Tendrán la consideración de faltas. Leves. Graves. Muy graves. Para evitar la propagación vertical u horizontal por fachada entre sectores diferentes. Mantener las franjas que dice el código técnico de edificación, entre las dos fachadas, salvo que la exterior disponga de un 75 % de la superficie permanentemente abierta. Mantener las franjas que dice el código técnico de edificación, entre las dos fachadas, salvo que la exterior disponga de un 50 % de la superficie permanentemente abierta. Estarán separados por 5 m. La solicitud de legalización de una actividad iniciada con anterioridad a la entrada en vigor del código técnico edificación que no disponga de la licencia de construcción. Se regirán por las aplicadas que ya disponían. Se exigirá al interesado de las obras necesarias para adaptar sus instalaciones, local o establecimiento según esta ordenanza siempre y cuando no se trate de modificaciones estructurales de imposible ejecución o muy difícil ejecución. Se exigirá al interesado las obras necesarias para adaptar sus instalaciones, local o establecimiento según esta ordenanza, el código técnico de edificación y o el reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales siempre y cuando no se trate de modificaciones estructurales de imposible o muy difícil ejecución. Cualquiera aparición de nueva normativa de rango superior. Podrán ser acomodadas a las nuevas medidas mediante resolución municipal del órgano competente. Tendrán que acomodarlas a las nuevas medidas en un plazo mínimo de un año. Podrán ser acomodadas a las nuevas medidas mediante resolución motivada. Las estructuras de carpas, circos, recintos feriales y similares deberán soportar velocidades del viento. Superiores de 110 km/hora. A partir de 90 km/hora. Entre 90 y 110 km/hora. Para instalaciones de superficie inferior a 500 m² útil destinada al público, para una puesta de funcionamiento de circo, carpas, recintos feriales y similares. Se presentará proyecto firmado por técnico competente y en su caso visado por el colegio oficial correspondiente. Se presentará proyecto firmado por técnico competente y con la aprobación del cuerpo de bomberos. Se presentará certificado firmado por técnico competente y en su caso visado por el colegio oficial correspondiente. Es obligatorio presentar un plan de autoprotección en los siguientes casos. -Edificio a uso vivienda si la altura de evacuación es igual o superior a 50 m -Uso docente y Sanitario -Uso comercial, administrativo, pública concurrencia, teatros, cines con una superficie construida superior a 200 m² -Aparcamientos públicos para más de 20 vehículos -Toda actividad al aire libre con asistencia para igual o más de 10.000 personas. -Uso industrial, de riesgo intrínseco bajo, medio y alto -Uso Docente y Sanitario -Uso residencial público si el número de plazas es superior a 20 -Edificios ocupados por personas que son incapaces de cuidarse por sí mismos y la vocación es igual o superior a 20 personas. -Edificios a uso vivienda si la altura de vacaciones igual o superior a 50 m -Uso docente y sanitario -Edificios ocupados por personas que son incapaces de cuidarse por sí mismos si la ocupación es igual o superior a 20 personas -Instalaciones cerradas temporales o de temporada una superficie útil destinada al público superior a 500 m² -uso industrial de riesgo intrínseco medio con una ocupación igual o superior a 200 personas -Uso industrial, de riesgo intrínseco alto. Para la eficacia del plan de autoprotección. Se realizarán dos simulacros al año y se comunicarán a Bomberos en 10 días hábiles. A iniciativa del titular se comunicará a Bomberos con al menos 10 días antelación para supervisión del simulacro. Se realizará una al año a disposición de bomberos. Si nos encontramos una cocina colocada dentro de un recinto ferial. Esta se colocarán a una distancia superior a 1 m de cualquier materia que no sea M1 o A2 y dispondrá de extintores 21A113 B. Éste se colocará a una distancia superior a 3 m de cualquier materia que no sea M1 o A2 y dispondrá de extintor 21A113 B. Éste se colocará una distancia superior a 3 m de cualquier materia que no sea M0 o A1 y dispondrá de extintor 21A113B. En los edificios de gran altura para facilitar las tareas de intervención del cuerpo de bomberos. Dispondrán de ascensor de emergencia comunicado directamente con la escalera protegida. Dispondrán de una zona con una superficie mínimo de 6 m² en la planta 25. Cada 8 plantas se dispondrá de una zona de 25 m². En los edificios de gran altura dispondremos de. Una reserva de agua mínima de 2 horas, y tendremos dos depósitos, uno de ellos por encima de los 45 m de altura y su alimentación mediante columna seca. Una reserva mínima de 2 horas y tendremos dos depósitos colocados a partir de los 45m y su alimentación mediante columna seca. Una reserva mínima de 2 horas y tendremos un depósito a partir de los 45m en caso de necesidad. Para los recorridos de evacuación en uso industrial, excepcionalmente podrán admitirse recorridos de evacuación hasta 100 m máximo a espacio exterior seguro siempre que. En edificios o establecimientos tipo C para uso de almacenamiento y que cuenten con sistema control de temperatura y evacuación de humos, sistema rociadores automáticos de agua, dos salidas de evacuación mínimo y una ocupación inferior a 25 personas. En edificios o establecimientos tipo C para uso de almacenamiento y que cuenten con sistema control de temperatura y evacuación de humos, sistema rociadores automáticos de agua, dos salidas de evacuación mínimo y una ocupación inferior a 50personas. En edificios o establecimientos tipo B para uso de almacenamiento y que cuenten con sistema de control de temperatura y evacuación de humos, sistema rociadores automáticos de agua, dos salidas de evacuación mínimo y una ocupación inferior a 25 personas. Instalaciones de protección contra incendios que dispondrán para uso industrial. - BIE obligatorio que supere los 500 m² -Extintores si la Carga de fuego ponderado es inferior a 50Mcal/m² con Independencia de la superficie -Se duplicará la reserva de agua cuando las agrupaciones de naves sean más de 10.000 m². - BIE obligatorio que supere los 1000m² -Extintores si la Carga de fuego ponderado es inferior a 50Mcal/m² con Independencia de la superficie -Se duplicará la reserva de agua cuando las agrupaciones de naves sean más de 10.000 m². - BIE obligatorio que supere los 10000 m² -Extintores si la Carga de fuego ponderado es inferior a 50Mcal/m² con Independencia de la superficie -Se duplicará la reserva de agua cuando las agrupaciones de naves sean más de 10.000 m². La salas de carga de baterías con superficie superior a 20 m² deberán ubicarse. Locales de riesgo especial bajo. Locales de riesgo especial medio. Locales de riesgo especial alto. Para muros cortafuegos. Cuando una medianería o elemento constructivo acometa a la cubierta según reglamento seguridad incendios establecimientos industriales ,se ejecutará 3 m de franja. Cuando una medianería o elemento constructivo acometa a la cubierta según reglamento seguridad incendios establecimientos industriales se ejecutará 5m de franja. Cuando una medianería o elemento constructivo acometa a la cubierta según reglamento seguridad incendios establecimientos industriales se ejecutará 1m de franja. En el proyecto, para realizar el cálculo de riesgo intrínseco es preciso indicar. El tipo de material, su volumen así como su ubicación. El volumen que ocupan los productos almacenados así como su ubicación del establecimiento. Las unidades y el volumen que ocupan los productos almacenados, así como su ubicación. Para almacenes de logística o tránsito, que se desconozcan los productos almacenados y, por lo tanto, no se pueda calcular la carga de fuego. Como mínimo se considerarán establecimientos de nivel de riesgo intrínseco medio. Se considerará como riesgo intrínseco alto, Por utilizar el procedimiento más exigente bajo el punto de vista de la seguridad. Establecimientos de riesgo especial medio. Según la ordenanza Los hidrantes exteriores estarán debidamente señalizados conforme UNE23-033 y distribuidos de manera que la distancia entre ellos medida por espacios públicos. No sea superior a 100 m. No sea superior a 40m en otras zonas. No sea superior a 200m. Para edificios con una red de agua insuficiente, tendrán una reserva de agua de. 120m³/minuto. 60m³/minuto. 65 m³/minuto. |