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Ordenanza de Protección de Zonas Verdes

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Título del Test:
Ordenanza de Protección de Zonas Verdes

Descripción:
Tema 14 OGPMAU

Fecha de Creación: 2026/02/10

Categoría: Otros

Número Preguntas: 52

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¿Cuál es el objeto principal de la Ordenanza TÍTULO I Disposiciones generales?. Regular la construcción de edificios en zonas verdes. Regular la implantación, conservación, uso y disfrute de las zonas verdes. Establecer normas sobre el tráfico en parques. Definir las especies de árboles permitidas en la ciudad.

Según el Artículo 193, ¿qué se considera zonas verdes a efectos de esta ordenanza?. Únicamente los grandes parques y jardines públicos. Espacios destinados a plantación de arbolado y jardinería. Cualquier área con árboles, independientemente de su tamaño. Solo los jardines privados con permiso municipal.

¿Qué tipo de espacios se consideran también zonas verdes según el Artículo 193.3?. Solo las plazas principales de la ciudad. Los jardines privados de las embajadas. Plazas y pequeños jardines públicos, jardines en torno a monumentos, isletas viarias y alineaciones de árboles en aceras. Las terrazas de los edificios con plantas.

¿A quiénes se aplican las normas sobre zonas verdes en lo que les afecte, según el Artículo 194?. Exclusivamente a los servicios municipales. A los propietarios de grandes fincas rústicas. A los jardines y espacios verdes de propiedad privada. Solo a las empresas de jardinería.

Según el Artículo 205, ¿qué derecho tienen los ciudadanos sobre las zonas verdes públicas?. El derecho a construir en ellas. El derecho al uso y disfrute de las mismas. El derecho a privatizar su uso. El derecho a extraer recursos naturales.

De acuerdo con el Artículo 206, ¿pueden ser objeto de privatización de su uso las zonas verdes públicas?. Sí, si se obtienen los permisos necesarios. No, no pueden ser objeto de privatización de su uso. Solo para eventos culturales. Solo para actividades deportivas.

¿Qué medidas se deben tomar si se autorizan actos públicos en zonas verdes (Artículo 207)?. No es necesario tomar medidas adicionales. Se deben tomar medidas previsoras para evitar el detrimento de las plantas y el mobiliario urbano. Solo se deben retirar las plantas afectadas después del evento. Se debe limitar la entrada de público.

¿Quiénes deben ser atendidas sus indicaciones por los usuarios de las zonas verdes (Artículo 208)?. Únicamente los vigilantes privados. Los Agentes de la Policía Municipal y personal de Parques y Jardines. Solo los empleados de mantenimiento. Los visitantes más habituales.

¿Qué consideración tienen los Agentes de Parques en el ejercicio de sus funciones (Artículo 208.3)?. Ciudadanos comunes. Agentes de la autoridad. Personal de limpieza. Voluntarios.

¿Cuál de los siguientes actos está prohibido en las zonas verdes según el Artículo 209.1?. Pisar el césped ornamental. Sentarse en los bancos. Regar las plantas. Caminar por los senderos.

¿Es necesario un informe preceptivo para talar un árbol en un espacio público o privado (Artículo 209.1.c)?. No, solo se necesita permiso verbal. Sí, se requiere el informe preceptivo del órgano competente. Solo si el árbol es muy grande. Solo si el árbol está en un espacio privado.

¿Qué se requiere antes de podar árboles situados en espacios privados (Artículo 209.1.d)?. Nada, se puede hacer libremente. Solo informar a los vecinos. La previa comunicación en modelo normalizado al órgano competente. Un permiso especial del Ayuntamiento.

¿Qué acción está prohibida en zonas verdes relacionada con residuos (Artículo 209.1.e)?. Depositar los residuos en papeleras. Arrojar en zonas verdes cualquier tipo de residuo que pueda dañar las plantas. Reciclar los residuos orgánicos. Enterrar los residuos orgánicos.

Según el Artículo 209.1.f, ¿se permite encender fuego en cualquier lugar de las zonas verdes?. Sí, siempre que sea con precaución. No, solo en lugares expresamente autorizados. Sí, si se trata de una barbacoa portátil. Solo durante festividades.

En caso de tala de un árbol, ¿qué debe hacer el responsable según el Artículo 209.2?. Pagar una multa. Reponer un mínimo de ejemplares igual a los años del árbol talado. Plantar un árbol de otra especie. Informar a los servicios municipales.

¿Qué actos están prohibidos respecto a los animales en las zonas verdes (Artículo 210)?. Alimentar a las palomas. Cazar cualquier tipo de animal, espantar pájaros o perseguirlos. Observar los animales a distancia. Fotografiar la fauna local.

¿Está permitido pescar en los lagos y estanques de las zonas verdes (Artículo 210.b)?. Sí, sin restricciones. No, está prohibido pescar e inquietar o causar daño a los peces. Solo si se tiene licencia de pesca. Solo si los peces son de gran tamaño.

¿Qué utensilios o armas están prohibidos en las zonas verdes relacionados con la caza (Artículo 210.c)?. Binoculares. Cámaras fotográficas. Tiradores de goma, cepos o escopetas de aire comprimido. Redes para mariposas.

¿Pueden los usuarios abandonar especies animales en las zonas verdes (Artículo 211.1)?. Sí, si son animales domésticos. No, los usuarios no pueden abandonar especies animales de ningún tipo. Solo si los animales son abandonados temporalmente. Solo si el animal es un reptil.

¿Puede el Ayuntamiento autorizar la entrada de animales para pastoreo (Artículo 211.2)?. No, el pastoreo está completamente prohibido. Sí, el Ayuntamiento puede autorizar la entrada de animales con fines de pastoreo. Solo si se trata de ovejas. Solo si el pastoreo es temporal.

¿En qué horario pueden los perros estar sueltos en parques y jardines durante el horario oficial de invierno (Artículo 212.1)?. De 8:00 a 20:00. De 19:00 a 10:00 del día siguiente. Durante todo el día. De 10:00 a 19:00.

¿Qué excepción se aplica a los perros potencialmente peligrosos respecto al uso de correa (Artículo 212.1)?. Pueden ir sueltos si son adiestrados. Deben ir siempre provistos de correa y bozal en lugares públicos. Solo necesitan bozal si son agresivos. No se les aplica ninguna excepción, deben llevar correa.

¿Quiénes son responsables de cualquier acción de los animales y de la recogida de sus excrementos (Artículo 212.2)?. Los dueños de las zonas verdes. Los propietarios o tenedores de los perros. El Ayuntamiento de Madrid. Los servicios de limpieza.

¿Quiénes quedan eximidos de la obligación de recogida y limpieza de excrementos (Artículo 212.2)?. Los dueños de perros pequeños. Los propietarios de perros de raza pura. Las personas invidentes titulares de perros guía. Los turistas.

¿Dónde pueden circular las caballerías en parques y jardines públicos (Artículo 213)?. Por cualquier zona del parque. Solo por las zonas especialmente señalizadas y permitidas. Solo por los caminos principales. Nunca.

¿Qué exige la protección de la tranquilidad y el sosiego en las zonas verdes (Artículo 214)?. Permitir todo tipo de ruidos. Que la práctica de juegos y deportes se realice en zonas acotadas si pueden causar molestias o daños. Restringir el acceso a todas las zonas. Prohibir cualquier tipo de actividad recreativa.

¿Dónde se permite exclusivamente el vuelo de aviones de modelismo (Artículo 214.b)?. En cualquier lugar del parque. En zonas acotadas sin supervisión. En los lugares expresamente señalizados al efecto. Sobre áreas de agua.

¿Requieren autorización municipal las actividades publicitarias en zonas verdes (Artículo 214.c)?. No, son de libre realización. Sí, requieren expresa y previa autorización municipal. Solo si son de corta duración. Solo si se realizan en días laborables.

¿Qué tipo de actividades industriales se restringen al máximo en zonas verdes (Artículo 214.e)?. Actividades culturales. Actividades deportivas. Venta ambulante y la instalación de comercios, restaurantes, etc. Actividades artísticas.

¿Se permite acampar en zonas verdes salvo en lugares habilitados (Artículo 214.f)?. Sí, se permite acampar libremente. No, no se permite acampar, instalar tiendas de campaña o practicar camping salvo en lugares especialmente habilitados. Solo se permite acampar una noche. Solo se permite si es con autorización del personal de parques.

¿Qué acciones están prohibidas en zonas verdes según el Artículo 215?. Hacer ejercicio. Leer un libro. Lavar vehículos, ropas o tenderlas, y tomar agua de las bocas de riego. Pasear a las mascotas con correa.

¿Está permitido hacer inscripciones o pegar carteles en elementos de parques y jardines (Artículo 215.b)?. Sí, si son carteles informativos. No, está prohibido hacer inscripciones o pegar carteles en cerramientos, soportes de alumbrado o cualquier elemento existente. Solo si son autorizados por el Ayuntamiento. Solo en áreas designadas para ello.

¿Qué tipo de trabajos están prohibidos realizar en los recintos de las zonas verdes (Artículo 215.d)?. Trabajos de jardinería por personal autorizado. Reparación de automóviles, albañilería, jardinería, electricidad, etc. Mantenimiento de fuentes decorativas. Instalación de mobiliario urbano por concesionarios.

¿Cómo se regula la entrada y circulación de vehículos en los parques (Artículo 216)?. De forma general y sin restricciones. Mediante señalización específica y concreta para cada parque. Solo se permite la entrada a vehículos de servicio municipal. No se permite la entrada de ningún vehículo.

¿Por dónde pueden transitar las bicicletas y motocicletas en parques y jardines (Artículo 216.a)?. Por cualquier camino. Solo por los paseos interiores reservados para peatones. En las calzadas donde esté permitida la circulación y zonas especialmente señalizadas. En zonas acotadas para deportes.

¿En qué condiciones pueden los niños hasta diez años circular en bicicleta por los paseos interiores de los parques (Artículo 216.a)?. Siempre que quieran. Solo si van acompañados de un adulto. Siempre que la escasa afluencia de público lo permita y no causen molestias. Solo en horario de verano.

¿Qué vehículos de transporte pueden circular por los parques y en qué condiciones (Artículo 216.b)?. Todos los vehículos de transporte sin excepción. Solo los destinados al servicio de quioscos y similares, con peso inferior a tres toneladas y en horas de reparto. Vehículos de reparto de comida. Vehículos de mantenimiento, sin restricciones.

¿Qué tipo de vehículos pueden circular por los parques y a qué velocidad (Artículo 216.d)?. Cualquier vehículo a cualquier velocidad. Vehículos de inválidos a no más de 10 km/h por paseos peatonales y otros vehículos motorizados solo en calzadas permitidas si superan los 10 km/h. Coches eléctricos sin límite de velocidad. Motocicletas de alta cilindrada.

¿Quiénes son responsables del resarcimiento de daños y de las sanciones por deterioro o destrucción del mobiliario urbano (Artículo 217.1)?. Únicamente los servicios de mantenimiento. Los causantes del deterioro o destrucción. El Ayuntamiento de Madrid en todos los casos. Los visitantes ocasionales.

¿Qué limitaciones se establecen para el uso de los bancos (Artículo 217.a)?. Solo pueden usarse para sentarse. No se permite el uso inadecuado, arrancar los fijos, trasladar los no fijados, agruparlos desordenadamente, realizar comidas que los manchen, hacer inscripciones o pintadas. Solo pueden usarse por adultos. Solo pueden usarse durante el día.

¿Quiénes deben evitar que los niños depositen arena, agua o barro en los bancos (Artículo 217.a)?. Los propios niños. El personal de limpieza. Las personas encargadas del cuidado de los niños. Los dueños de los parques.

¿Para qué grupo de edad se limita principalmente la utilización de los juegos infantiles (Artículo 217.b)?. Adolescentes. Adultos. Niños con edades comprendidas en las señales a tal efecto establecidas. Bebés.

¿Qué se debe depositar en las papeleras (Artículo 217.c)?. Solo papeles. Solo desperdicios orgánicos. Los desperdicios o papeles a tal fin establecidas. Cualquier tipo de residuo.

¿Está permitido manipular las cañerías o elementos de las fuentes decorativas (Artículo 217.d)?. Sí, para realizar reparaciones. No, los usuarios deben abstenerse de manipularlas, excepto para su funcionamiento normal. Solo el personal autorizado. Solo los niños para jugar.

¿Qué acciones están prohibidas sobre la señalización, farolas y elementos decorativos (Artículo 217.e)?. Limpiarlos. Trepar, subirse, columpiarse o hacer cualquier acción o manipulación sobre ellos, o cualquier acto que ensucie o deteriore los mismos. Instalarlos. Repararlos.

¿Quién puede denunciar las infracciones a esta ordenanza (Artículo 218)?. Únicamente la Policía Municipal. Solo los inspectores de parques. Cualquier persona natural o jurídica. Los partidos políticos.

¿Cómo se clasifican las infracciones según el Artículo 219.2?. Leves, graves y muy graves. Simples y complejas. Leves y graves. Administrativas y penales.

¿Cuál de las siguientes se considera una infracción leve (Artículo 220.1)?. Talar un árbol sin autorización. Causar daños graves al mobiliario urbano. Deficiencias en la limpieza de las zonas verdes. Celebrar fiestas sin autorización municipal.

¿Cuál de las siguientes se considera una infracción grave (Artículo 220.2)?. Pisar césped ornamental. Arrojar residuos que dañen las plantas. Usar indebidamente el mobiliario urbano. Destruir elementos vegetales o causar daños a animales por pastoreo no autorizado.

¿Qué se considera una infracción muy grave (Artículo 220.3)?. La reincidencia en infracciones leves. Causar daños al mobiliario urbano. La celebración de fiestas, actos públicos o competiciones deportivas sin autorización municipal. Usar bicicletas en lugares no autorizados.

¿Qué tipo de multas se aplican a las infracciones leves (Artículo 221.1.a)?. De 10.001 a 15.000 pesetas. De 5.000 a 10.000 pesetas. De 15.001 a 25.000 pesetas. Una multa de amonestación.

¿Qué se debe resarcir adecuadamente en todo caso (Artículo 221.2)?. Los daños morales. Los daños causados en los bienes de dominio público. Los gastos de limpieza. El tiempo perdido por los inspectores.

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