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LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO ESPAÑOL

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Título del Test:
LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO ESPAÑOL

Descripción:
La Administración local y las Comunidades Autónomas

Fecha de Creación: 2009/06/24

Categoría: Otros

Número Preguntas: 25

Valoración:(149)
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Según la Constitución, las Entidades que forman parte de la organización territorial del Estado tienen la nota común de: Autogobierno. Autonomía. Financiación propia. Independencia.

La titularidad de la soberanía española radica en el/las: Pueblo mismo. Rey como Jefe del Estado. Nacionalidades y regiones que integran España. Cortes Generales como representantes del pueblo español.

No pueden constituirse en Comunidades Autónomas los territorios: Interinsulares. Que, no siendo superiores a una Provincia, no tengan entidad regional histórica. Que, no siendo superiores a una Provincia, tengan una entidad regional histórica. Que no estén integrados en la organización provincial.

La vía ordinaria de acceso a la autonomía por el art. 143 de la Constitución se sigue por los/las: Provincia sin entidad regional histórica directamente. Territorios que en el pasado hubieren plebiscitado afirmativamente proyecto de Estatuto de Autonomía. Supuestos especiales de Ceuta, Melilla y Gibraltar. Provincias con entidad regional histórica.

Entre las determinaciones de los Estatutos de Autonomía no es necesario incluir la: Delimitación de su territorio. Denominación de las instituciones autónomas propias. Denominación de la Comunidad. Denominación, organización y sede de sus instituciones administrativas.

En las Comunidades Autónomas que siguen la vía común, el Proyecto de Estatuto será elaborado por la/los: Miembros de la Diputación u órgano interinsular y por los Diputados y Senadores. Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados. Asamblea de Parlamentarios que se constituye al efecto. Diputación Provincial correspondiente.

El voto de ratificación por los Plenos del Senado y del Congreso se dará en el/las: Acceso a la autonomía de Ceuta y Melilla. Acceso a la autonomía de Gibraltar. Comunidades Autónomas que siguen la vía especial. Comunidades Autónomas que siguen la vía común.

La responsabilidad política del Presidente de una Comunidad Autónoma se exige por el/la: Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma. Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma. Congreso de los Diputados. Sala de lo Penal del Tribunal supremo.

La Asamblea Legislativa de las Comunidades Autónomas se elige: Con criterios de representación provincial. Por sufragio individual. Con criterios de representación proporcional. Con criterios de representación territorial.

El principio de coordinación con la Hacienda estatal se consigue por: El fondo de Compensación Interterritorial. Los preceptos de las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado. La creación del Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas. Imperativo de la propia Constitución.

Los Estatutos de Autonomía deberán contener el/la/las: Competencias que se dejan al Estado y las que asume la Comunidad. Competencias que, en función de la Constitución, asume cada Comunidad Autónoma. Desarrollo de la Administración Autonómica. División provincial y órganos de gobierno.

En la reforma de los Estatutos intervienen las Cortes Generales: Siempre. Nunca. Sólo cuanto se trata de Comunidades Autónomas que accedieron por la vía común. En las Comunidades Autónomas de vía especial exclusivamente.

Los miembros de las Diputaciones u órganos interinsulares intervienen en la elaboración de los Estatutos de Autonomía. En todo caso. Nunca. En las Comunidades Autónomas de vía común. En las Comunidades Autónomas de vía especial.

Los Estatutos de Autonomía en la vía común se aprueban por el: Congreso mediante Ley Orgánica. Congreso y Senado por Ley Orgánica. Congreso y Senado por Ley Ordinaria. Parlamento Autónomico solamente.

La más alta representación de una Comunidad Autónoma la ostenta el: Presidente del Parlamento Autonómico. Presidente de la Comunidad Autónoma. Rey. Presidente del Gobierno.

La asunción de competencias y de mayor autonomía por las Comunidades Autónomas es, como regla general: Regresiva. Progresiva. Automática. Inmediata.

En la elaboración por la vía común de los Estatutos de Autonomía: No intervienen los Municipios afectados. Intervendrán en todo caso. Sólo intervienen las Diputaciones Provinciales u órganos interinsulares. Sólo intervienen los Municipios y los Diputados y Senadores.

El principio de solidaridad consagrado por el art. 138 de la Constitución exige una atención especial a : Las Islas. Todas las partes del territorio nacional. Las Entidades Locales Menores. Las Comunidades Autónomas de economía más deprimida.

La federación de Comunidades Autónomas, según la Constitución: Sólo se permite respecto de las limítrofes. Requiere Ley Orgánica de las Cortes Generales. Ha de efectuarse previa reforma de la propia Constitución. Está absolutamente prohibida.

Según la Constitución, las Haciendas Locales deben: Ser autosuficientes. Carecer de recursos propios. Supeditarse a la estatal. Nada de lo anterior es cierto.

El carácter de cauce inmediato de participación ciudadana se predica del/de la: Comunidad Autónoma. Municipio. Estado. Provincia.

La administarción descentralizada de núcleos de población separados, bajo la denominación de aldeas, anteiglesias, etc..., se refiere a las: Entidades de ámbito territorial inferior al municipal. Mancomunidades. Äreas Metropolitanas. Comarcas.

Tiene el carácter de división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado un/una: Comarca. Provincia. Municipio. Comunidades Autónomas.

Un Colegio Oficial de Abogados: Sólo tiene personalidad respecto de los asuntos que determine la Ley. Depende del Ente que lo crea. Carece de esta personalidad respecto de los asuntos que determine la Ley. Tiene personalidad jurídica propia.

El substrato de una Fundación es una: Pluralidad de bienes. Pluralidad de personas. Comunidad de Entes. Comunidad de bienes.

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