option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php
TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: TEST OSAKIDETZA OPERARIO DE SERVICIOS
COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
TEST OSAKIDETZA OPERARIO DE SERVICIOS

Descripción:
TEMA 3 DERECHOS Y OBLIGACIONES

Autor:
EVA


Fecha de Creación:
01/06/2012

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 27
COMPARTE EL TEST
COMENTARNuevo Comentario
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
Los Derechos y Obligaciones de los Pacientes y Usuarios del Servicio Vasco de Salud Osakidetza se encuentran regulados en: Capitulo I del Decreto 175/1989, de 18 de Julio. Capitulo II del Decreto 175/1989, de 18 de Julio. Capitulo III del Decreto 175/1989, de 18 de Julio. Capítulo IV del Decreto 175/1989, de 18 de Julio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley General de Sanidad, los pacientes y usuarios del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza o los servicios concertados por éste, no tienen las siguiente Obligaciones: A disponer de la Tarjeta Individual Sanitaria del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza como documento de naturaleza personal e intransferible, válida en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma y acreditativo del derecho a la asistencia sanitaria para la población a la que es aplicable el Decreto 26/1988 de 16 de Febrero. Firmar el documento de alta voluntaria en los casos de no aceptación de los métodos de tratamiento. Tratar con el máximo respeto al personal de las instituciones sanitarias, a los otros enfermos y a sus acompañantes. A utilizar los servicios de urgencia con la finalidad, de necesidad , para la que están creados, acudiendo preferentemente a los circuitos de servicios ordinarios.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley General de Sanidad, los pacientes y usuarios del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza o de servicios concertados por éste, no tienen los siguientes derechos: Firmar el documento de alta voluntaria en los casos de no aceptación de los métodos de tratamiento. A no ser sometido a procedimientos diagnósticos o terapéuticos de efectividad no comprobada. A asegurar la confidencialidad de su Historia Clínica y a que la misma no pueda ser utilizada, salvo consentimiento expreso para otro fin que no sea la investigación sanitaria anónima y la evaluación de la calidad de los servicios. A ser atendidos con el máximo respeto, con corrección y comprensión y de forma individual y personalizada.
De Conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley General de Sanidad, los pacientes y usuarios del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza o de servicios concertados por éste, no tienen los siguientes derechos: A poner en conocimiento de los responsables de las Instituciones Sanitarias las irregularidades que observe en el funcionamiento de los Centros. A utilizar los servicios de urgencia con la finalidad, de necesidad, para la que están creados, acudiendo preferentemente a los circuitos de servicios ordinarios. A negarse ser sujeto de investigación sanitaria y a rechazar cualquier cuidado o exámen que el citado acto no afecte a la salud y seguridad pública. A la tutela de los derechos individuales y sociales por las Autoridades sanitarias en el caso de pacientes con problemas de salud mental en los términos previstos en la Constitución Española.
En el artículo 2 del Decreto 175/1989 sobre los derechos específicos del niño como paciente y usuario del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza, tendrán derecho a: A una recepción y seguimiento individuales, destinándose en la medida de lo posible los mismos médicos y enfermeras para dicha recepción y los cuidados necesarios. A contactar con sus padres o con la persona que los sustituya, en momentos de tensión, disponiendo a tal efecto de los medios adecuados. A la hospitalización obligatoriamente diurna. A disponer durante su permanencia en el hospital de juguetes adecuados a su edad, de libros y medios audiovisuales. Todas la respuestas anteriores son correctas.
En el artículo 3 del Decreto 175/1989 sobre Derechos Específicos de la Mujer como paciente y usuaria del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza, tendrán derecho a: A que se le facilite su participación pasiva como protagonista de su parto. A llevar la Tarjeta Individual Sanitaria siempre que se requieran servicios sanitarios. A obtener información y asesoramiento necesario para la elección de un método anticonceptivo. Todas las respuestas anteriores son correctas.
Artículo 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley General de Sanidad, los pacientes y usuarios del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza o de servicios concertados por éste, tienen los derechos: A conocer en todo momento al médico responsable de su diagnóstico y tratamiento hospitalario. A utilizar los servicios de urgencia con la finalidad, de necesidad, para la que están creados acudiendo preferentemente a los circuitos de servicios ordinarios. A solicitar, en caso de duda, una segunda opinión a otro Médico del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza antes de acceder a tratamientos, intervenciones quirúrgicas o procedimientos terapéuticos que generen riesgo para su salud o su vida, de acuerdo con la regulación que se estable al efecto. Firmar el documento de alta voluntaria en los casos de no aceptación de los métodos de tratamiento.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley General de Sanidad, los pacientes usuarios del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza o de servicios concertados por éste, tienen : El derecho a poder elegir su médico de cabecera (Médico General y Pediatra) dentro del ámbito y con los requisitos establecidos en el Decreto 252/1988 de 4 de Octubre. El derecho a poder elegir su médico de cabecera (Médico General y Pediatra) dentro del ámbito y con los requisitos establecidos en el Decreto 235/1988 de 4 de Octubre. El derecho a poder elegir su médico de cabecera (Médico General y Pediatra) dentro del ámbito y con los requisito establecidos en el Decreto 26/1988 de 16 de Febrero. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
En qué Decreto se reconoce el derecho a la asistencia sanitaria prestada por el Servicio Vasco de Salud(Osakidetza, en la comunidad autónoma del País Vasco de Salud/Osakidetza a quienes carezcan de los suficientes recursos económicos y no esten protegidos por el sistema seguridad social? Decreto 26/1988 de 16 de Febrero. Decreto 232/1988 de 4 de Octubre Decreto 31/1995 de 8 de Noviembre. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
Artículo 3- Son derechos específicos de la mujer como paciente y usuaria del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza: A que se le facilite su participación pasiva como protagonista de su parto. A poder distinguir y reconocer fácilmente el estatus profesional del personal sanitario que le atiende a través del uniforme u otros signos. A tener a su lado al niño así como a su padre, tan pronto sea posible, después del parto y durante la estancia en el hospital. A ser informada y a poder decidir cuando se planteen intervenciones estrictamente necesarias desde un punto de vista clínico, y que pueden obviarse sin perjuicio para su salud o la del niño, tales como intervenciones tendentes exclusivamente a acelerar o retardar el parto, aplicación de analgesia, enema, rasurado, episiotomía,etc.
Son derechos específicos de la mujer como paciente y usuaria del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza: A obtener información y el asesoramiento para la práctica de la interrupión voluntaria del embarazo en las condiciones y con los requísitos legalmente establecidos, garantizando la máxima seguridad y confidencialidad en todo el proceso. A obtener la información y asesoramiento necesario para la elección de un método anticonceptivo. A recibir instrucciones claras y escritas sobre la utilización de los medicamentos recetados. A elegir Hospital y un Servicio especializado de acuerdo con su médico de cabecera en los términos que determine su regulación futura en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Artículo 2- Son derechos específicos del niño como paciente y usuario del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza: A disponer durante su permanencia en el hospital de juguetes adecuados a su edad, de libros y medios audiovisuales A proseguir su formación escolar durante su permanencia en el hospital, y a beneficiarse de las enseñanzas de los maestros y del material didáctico que las autoridades escolares pongan a su disposición, sólamente en el caso de una hospitalización prolongada, con la condición que dicha actividad no cause perjuicios a su bienestar y/o que no obstaculice los tratamientos que se siguen. A ser hospitalizado junto a otros niños, evitando todo lo posible su hospitalización entre adultos. Todas las respuestas anteriores son correctas.
Artículo 11- Serán obligaciones de los ciudadanos: Cuidar las instalaciones y colaborar en el mantenimiento de la habitabilidad de las instituciones sanitarias. A utilizar los servicios de urgencia con la finalidad, de necesidad , para la que están creados acudiendo primeramente a los circuitos de servicios ordinarios. A que, en el caso de que existan, listas de espera refléjen con criterios de equidad, únicamente las prioridades de urgencia médica y tiempo de espera. Y a ser informado periódicamente de la demora existente y sus causas. Todas las respuestas anteriores son correctas.
Obtener la información y asesoramiento necesario para la elección de un método anticonceptivo Es un derecho específico de la mujer como paciente y usuaria del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza. Es un derecho general de los pacientes y usuarios del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza.
No son derechos específicos del Niño como paciente y usuario del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza: Ser atendido con máximo respeto, con correción y comprensión de forma individual y personalizada. A disponer de locales amueblados y equipados de modo que respondan a sus necesidades en materia de cuidados, e educación y de juegos, de acuerdo con las normas oficiales de seguridad. A la seguridad de recibir los cuidados que necesita, incluso en el caso de que fuese necesaria la intervención de la justicia, si los padres o la persona que los sustituya se los niegan por razones religiosas, de retraso cultura, de prejuicios o no están en condiciones de dar los pasos oportunos para hacer frente a la urgencia.
El decreto que regula el uso de la Historia Clínica es: Decreto 272/86, de 25 de noviembre. Decreto 252/1988, de 4 de octubre. Decreto 217/2008, de 23 de diciembre.
¿En qué fecha aprobó el Gobierno Vasco el Decreto 175/1989? 18 de julio 8 de julio 18 de junio 11 de julio.
¿Puede usarse la Historia Clínica de un ciudadano sin su consentimiento? No, en ningún caso. Si, en todo caso. Si, a efectos educativos. Si, para investigación sanitaria anónima.
El ciudadano puede rechazar exámenes cuyo propósito primordial sea: Educativo Terapéutico Diagnóstico No puede negarse a ninguno.
El ciudadano puede renunciar a un tratamiento: En todo caso. Nunca, si se lo ha prescrito un médico de Osakidetza. Siempre que el citado acto no afecte a la salud pública. Sólo si puede poner en peligro su vida.
¿Cuál de las siguientes prioridades deberán reflejar las listas de espera? a) Urgencia médica b) Tiempo de espera c) Edad del usuario d) Las respuestas a) y b) son correctas.
Los ciudadanos tienen derecho a conocer al médico responsable de su tratamiento quirúrgico: En todo momento. Cuando se vaya a ser objeto de operación quirúrgica. Al inicio de su tratamiento Al inicio y al final de su tratamiento.
El derecho a elegir Hospital y Servicio especializado, debe hacerlo el ciudadano: Por iniciativa propia De acuerdo con su médico de cabecera De acuerdo con cualquier médico de Osakidetza Ninguna es correcta.
Respecto de los gastos originados por el uso de los recursos hospitalarios en el centro sanitario, el ciudadano tiene derecho a conocer: Los que sean abonados directamente por él. Todos. Los ocasionados por intervenciones quirúrgicas. Los que superen los 6.000 euros.
Durante la permanencia de los niños en el hospital de Osakidetza: Dejarán de lado los estudios para centrarse en el tratamiento hospitalario. Proseguirán su formación escolar con los medios de que disponga el hospital Proseguirán su formación escolar con el material didáctico que las autoridades escolares pongan a su disposición El propio niño elegirá si quiere seguir recibiendo formación escolar.
¿Qué documento deben firmar los usuarios del Servicio Vasco de Salud /Osakidetza en caso de no aceptar los métodos de tratamiento? Documento de no aceptación del tratamiento. No deben firmar nada, sólo abandonar el hospital. Documento de alta médica. Documento de alta voluntaria.
La Carta de Derechos y Obligaciones de los pacientes y usuarios del Servicio Vasco de Salud ha sido aprobada por: Decreto 70/1989. La Ley General de Sanidad. Decreto 175/1989 Decreto 27/1987.
Denunciar Test