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OTV05 Derechos y deberes de los conductores y conductoras

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Título del Test:
OTV05 Derechos y deberes de los conductores y conductoras

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Resolución de incidencias

Fecha de Creación: 2026/01/29

Categoría: Otros

Número Preguntas: 42

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Los derechos y deberes de los conductores y del personal de las empresas de transporte de viajeros quedan establecidos en: Únicamente en los contratos individuales de trabajo. Las normas dictadas por cada conductor. La legislación vigente y los procedimientos internos de actuación de las empresas. Las decisiones de los viajeros.

Uno de los deberes del conductor destinado al transporte de viajeros es: Estar provisto de la autorización administrativa que le habilite para ello. Elegir libremente las rutas. Modificar los horarios establecidos. Permitir viajar sin billete.

Respecto al consumo de alcohol y drogas, los conductores: Pueden ingerir bebidas alcohólicas en pequeñas cantidades. Pueden consumir medicamentos aunque alteren su estado. Solo tienen prohibidas las drogas ilegales. No podrán ingerir alcohol, drogas ni circular bajo efectos de sustancias que alteren el estado físico o mental.

En relación con el tabaco, los conductores: Pueden fumar solo en trayectos largos. Pueden fumar si no hay viajeros. Solo pueden fumar en paradas. No podrán fumar en los vehículos.

Durante la conducción, los conductores deben: Abstenerse de realizar actos o gestos que puedan suponer una distracción. Ajustar la música durante la marcha. Hablar por teléfono con manos libres. Realizar gestos para comunicarse con otros vehículos.

Uno de los deberes del conductor respecto a los viajeros es: Velar durante el trayecto y especialmente en subidas y bajadas por la seguridad de los viajeros. Controlar solo a los viajeros conflictivos. Vigilar solo el equipaje. Velar por la seguridad solo al iniciar el viaje.

El conductor debe mantener: Una postura relajada sin importar la visión. La posición que le resulte más cómoda. Una postura fija sin moverse. La posición adecuada a la conducción, con libertad de movimientos, campo de visión y atención permanente.

Además de mantener su propia posición adecuada, el conductor debe procurar: Que los pasajeros duerman durante el viaje. Que los pasajeros se levanten con frecuencia. Que los pasajeros cambien de asiento. Que los pasajeros mantengan la posición adecuada para garantizar su seguridad.

Respecto a la conducción del vehículo, el conductor debe: Realizar movimientos bruscos para ahorrar tiempo. Acelerar rápidamente al salir de las paradas. Evitar movimientos bruscos, especialmente en paradas e inicios de marcha. Frenar bruscamente cuando sea necesario.

El conductor debe conducir: Con profesionalidad, diligencia y precaución para evitar daños propios o ajenos. Solo siguiendo las indicaciones de los viajeros. Únicamente respetando los horarios. Según su propio criterio.

En las paradas, el conductor debe: Detener el vehículo lo más cerca posible de las aceras y usar las dársenas habilitadas. Abrir las puertas aunque no esté en la parada. Parar siempre en medio de la calzada. Detener el vehículo en cualquier lugar disponible.

Respecto a la apertura de puertas, está: Prohibida fuera de las paradas. Permitida si lo solicita un viajero. Permitida solo en emergencias. Permitida en cualquier punto del recorrido.

El conductor debe cumplir con: El Real Decreto Legislativo 339/1990, su Reglamento, el Código de la Circulación y las Ordenanzas Municipales. Las instrucciones verbales de los viajeros. Solo las normas de la empresa. Las normas internas únicamente.

El conductor: Puede conducir de forma negligente si no hay viajeros. Solo debe evitar negligencias en ciudad. Puede asumir riesgos si recupera tiempo. No debe conducir de forma negligente.

Entre los deberes del conductor se encuentra: Seleccionar destinos. Fijar el precio del billete. Decidir las reclamaciones. Atención al usuario.

Respecto a los billetes de los viajeros, el conductor debe: Emitirlos en la estación. Cobrar y/o revisar los billetes de los usuarios. Guardarlos hasta el final del viaje. Romperlos al iniciar el trayecto.

En relación con el estado del vehículo, el conductor debe: Reparar personalmente todas las averías. Ignorar pequeños fallos. Esperar a que el vehículo se detenga por completo. Detectar e informar sobre averías en el vehículo.

Los deberes y derechos de los conductores y conductoras están identificados: En la normativa vigente y en los procedimientos internos de actuación de la empresa. Solo en los contratos individuales. Únicamente en la normativa estatal. Solo en las normas de circulación.

Además de las normas de circulación, seguridad y prevención, los derechos y deberes del conductor deben: Ser designados por la propia empresa en sus procedimientos internos. Ser opcionales. Estar fijados por cada conductor. Ser decididos por los viajeros.

El conductor o conductora de una empresa de transporte de viajeros es responsable de: Vender billetes en taquilla. Organizar los horarios de salida. Gestionar las reclamaciones. Trasladar a los viajeros por carretera en autobús de forma segura, responsable y económica.

Para garantizar un traslado seguro, el conductor debe: Confiar únicamente en su experiencia. Verificar el estado técnico del vehículo y sus equipos auxiliares. Revisar los neumáticos. Esperar a que el vehículo falle.

La verificación del estado del vehículo implica: Controles visuales ocasionales. Revisiones solo cuando hay averías. Confirmaciones periódicas de su estado y mantenimiento. Una revisión anual.

La finalidad de estas comprobaciones periódicas es: Evitar reclamaciones de viajeros. Garantizar la seguridad. Cumplir con horarios estrictos. Reducir el consumo de combustible.

De la misión del conductor, la propia empresa puede: Evitar responsabilidades. Confeccionar su lista de derechos. Delegar sus funciones en los viajeros. Eliminar sus derechos.

Uno de los derechos del conductor es: Tener condiciones de trabajo que garanticen seguridad y salud. Modificar las rutas. No realizar revisiones del vehículo. Elegir libremente las normas de circulación.

Uno de los derechos del conductor es: Elegir libremente los horarios de los viajes. Ignorar las normativas internas. Modificar las rutas según su criterio. Recibir las instrucciones y formación adecuada para actuar en caso de accidente.

El conductor tiene derecho a: Aprender solo con la experiencia. Evitar cualquier formación obligatoria. Delegar su formación en otro trabajador. Recibir formación adecuada para evitar riesgos físicos de la conducción y accidentes de trabajo.

El conductor debe ser asignado a: Vehículos cualquiera, sin importar su estado. Vehículos antiguos para ahorrar costes. Vehículos solo según preferencias del viajero. Vehículos que estén en perfectas condiciones técnicas y sometidos a mantenimientos periódicos.

El conductor tiene derecho a ser dotado de: Equipos de seguridad y equipamientos de emergencias. Herramientas mecánicas. Solo uniformes de trabajo. Billetes gratuitos.

Durante su jornada laboral, el conductor debe: Trabajar sin pausas. Reducir descansos según demanda de la empresa. Cambiar descansos con los pasajeros. Realizar los tiempos de descanso correspondientes.

Antes del inicio de ruta, el conductor tiene derecho a: Comenzar la ruta sin información. Recibir información solo de pasajeros frecuentes. Recibir todas las informaciones necesarias para conducción preventiva, condiciones meteorológicas, tráfico, contaminación, etc. Ignorar cualquier aviso sobre condiciones del trayecto.

Es la empresa, apoyada en la normativa, la que debe: Delegar todos los derechos del conductor en los viajeros. Evitar establecer procedimientos internos. Limitar los derechos a los mínimos legales. Detallar en sus procedimientos internos todos los derechos del conductor, además de los que marca la normativa, buscando garantizar seguridad y contribuir a la gestión y rentabilidad.

Los derechos y deberes del personal de la empresa de transportes, al igual que los de los conductores, están marcados por: La legislación vigente y los procedimientos internos de la organización. Las condiciones del mercado únicamente. Las preferencias de los viajeros. La experiencia del personal.

La principal obligación de los titulares de la empresa de transporte de viajeros es: Aumentar el número de rutas sin importar la normativa. Efectuar y desarrollar la prestación del servicio conforme a las condiciones de la concesión o normativa aplicable. Contratar más conductores que los necesarios. Cobrar billetes sin prestar el servicio.

Los titulares de la empresa deben: Ignorar los tiempos de descanso de los conductores. Reducir los descansos para optimizar rutas. Dejar que los conductores gestionen su descanso libremente. Respetar los tiempos de conducción y los períodos de descanso obligatorios de los conductores.

El departamento o personal destinado al mantenimiento de los vehículos e infraestructuras debe: Mantener en perfecto estado de funcionamiento y conservación los bienes e instalaciones afectos al servicio. Dejar el mantenimiento a cargo de los conductores. Realizar mantenimientos solo cuando hay averías graves. Supervisar solo vehículos nuevos.

El jefe o jefa de tráfico debe: Organizar las rutas y gestionar los incidentes que afecten al desarrollo de los servicios. Ignorar los incidentes de tráfico. Decidir rutas de manera aleatoria. Solo supervisar al personal administrativo.

El jefe o jefa de tráfico también debe: Dejar que los conductores decidan los itinerarios. Informar a los conductores sobre los itinerarios e indicar instrucciones precisas que permitan garantizar conducción segura y sin imprevistos. Ignorar la seguridad de los viajeros. No comunicar cambios en rutas.

Deberes – Relaciona con: Velar por la seguridad de los viajeros durante el trayecto. Cobrar y/o revisar los billetes de los usuarios. Detectar e informar sobre averías en el vehículo. Mantener los vehículos e infraestructuras en perfecto estado. Respetar los tiempos de conducción y los períodos de descanso de los conductores. Organizar las rutas y gestionar los incidentes que afecten al servicio. Trasladar a los viajeros por carretera de forma segura, responsable y económica.

Deberes – Relaciona con: Efectuar y desarrollar la prestación del servicio conforme a la normativa y concesión. Evitar movimientos bruscos del vehículo, especialmente en paradas e inicios de marcha. No conducir de forma negligente. Cumplir con normas de circulación, reglamentos y ordenanzas municipales. Abstenerse de ingerir alcohol, drogas o sustancias que alteren el estado físico o mental. Atención al usuario y gestión de incidencias menores durante el trayecto. Detener el vehículo en paradas autorizadas y respetando las dársenas habilitadas.

Derechos del conductor/a o deberes de la empresa de transporte – Relaciona con: Recibir formación para actuar en caso de accidente. Recibir formación para evitar riesgos físicos de la conducción y accidentes de trabajo. Tener condiciones de trabajo que garanticen seguridad y salud. Establecer procedimientos internos de actuación que definan derechos y deberes del personal. Ser asignado a vehículos en perfectas condiciones técnicas y con mantenimiento periódico. Realizar los tiempos de descanso correspondientes en la jornada laboral.

Derechos del conductor/a o deberes de la empresa de transporte – Relaciona con: Ser dotado de equipos de seguridad y equipamientos de emergencia. Garantizar que los bienes e instalaciones afectos al servicio estén en perfecto estado. Informar a los conductores sobre itinerarios e instrucciones precisas que permitan conducción segura. Definir y garantizar la gestión, coordinación y rentabilidad de la empresa. Recibir, antes del inicio de ruta, información sobre condiciones meteorológicas, tráfico, contaminación y demás que afecten a la conducción.

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