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Título del Test:![]() p.f 31 Descripción: preguntas falladas 31 |




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La normativa reguladora del régimen disciplinario de los cuerpos de policía local además de en el EBEP se contienen en: a) El Capítulo IV de la Ley Orgánica de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. b) El Real Decreto 884/1989, de 14 de julio, por el que se aprueba el reglamento del régimen disciplinario del cuerpo nacional de policía. c) La Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo del régimen disciplinario del cuerpo nacional de policía. d) El decreto 2038/1975, de 17 de julio, por el que se aprueba el reglamento orgánico de la policía gubernativa. ¿Todas las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del régimen disciplinario del cuerpo nacional de policía son aplicables a los cuerpos de policía local?. a) Sí, pues todo el contenido de la Ley Orgánica 4/2010 no tiene carácter de Ley Orgánica. b) No, pues parte del contenido de la Ley Orgánica 4/2010 no tiene carácter de Ley Orgánica. c) Solo las disposiciones generales del procedimiento disciplinario, así como los aspectos del procedimiento a seguir en las faltas graves y muy graves. d) Ninguna la respuesta es correcta. Las personas integrantes de los cuerpos de policía local tendrán la obligación de comunicar por escrito a su superior jerárquico los hechos de los que tengan conocimiento que sean considerados constitutivos, ¿de qué tipos de faltas?. a) De cualquier tipo de falta que lleve aparejada una sanción. b) De las faltas muy graves. c) De las faltas muy graves y graves. d) De las faltas muy graves, graves y leves. El EBEP considera falta muy grave: a) El incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución. b) El incumplimiento del deber de respeto a la Constitución. c) El incumplimiento del deber de acatar la Constitución. d) El incumplimiento del deber de proteger la Constitución. ¿Qué condición se impone al instructor de un procedimiento sancionador del personal funcionario de la policía local?. a) Deberá de ser obligatoriamente personal funcionario de policía local perteneciente a superior escala a la de la persona inculpada. b) Deberá de ser obligatoriamente personal funcionario de policía local perteneciente a la misma o superior escala a la de la persona inculpada. c) Deberá de ser obligatoriamente, para cualquier tipo de falta, personal funcionario de policía local perteneciente a un cuerpo de policía local distinto de aquel al que pertenezca a la persona presuntamente infractora. d) Deberá de ser obligatoriamente personal funcionario de policía local perteneciente a la misma o superior categoría profesional a la de la persona inculpada. El art 95.2.e) del EBEP considera falta muy grave por parte de los empleados públicos: a) La publicación o utilización indebida de la documentación o información a que tengan o hayan tenido acceso por razón del cargo o función. b) La publicación o utilización indebida de documentos cualificados a que tengan o hayan tenido acceso por razón del cargo o función. c) La publicación o utilización indebida de la documentación o información a la que tengan o hayan tenido acceso por razón del cargo o función excepto a que se trate de comunicaciones sindicales. d) La publicación o utilización indebida de la documentación o información a que tengan o hayan tenido acceso por razón del cargo o función siempre que cause daño o perjuicio para los ciudadanos. El art 95.2.g) del EBEP considera falta muy grave por parte de los empleados públicos: a) El notorio incumplimiento de las funciones esenciales inherentes al puesto de trabajo o funciones encomendadas. b) La notoria falta de rendimiento que comporte inhibición en el cumplimiento de las tareas encomendadas. c) El notorio incumplimiento de las funciones esenciales inherentes al puesto de trabajo o funciones encomendadas siempre que comporten un daño a la administración. d) La notoria falta de rendimiento que comporte inhibición en el cumplimiento de las tareas encomendadas causando graves daños a la administración. La desobediencia abierta a las órdenes o instrucciones de un superior, salvo que constituya infracción manifiesta del ordenamiento jurídico de acuerdo con el EBEP constituye: a) Falta muy grave. b) Falta grave. c) Falta leve. d) Delito. El artículo 56 del EBEP establece como requisito general para poder participar en los procesos selectivos: a) No haber sido separado mediante sentencia judicial del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas. b) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas. c) No haber sido suspendido de funciones mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas. d) Ninguna respuesta es correcta. La sanción de separación del servicio mediante expediente disciplinario. a) No tiene carácter permanente. b) Es de duración temporal. c) Debe tener prevista la posibilidad de rehabilitación. d) Si tiene carácter firme, la pérdida de la condición de funcionario es permanente. ¿Cuál de las siguientes opciones de respuesta no se considera una sanción disciplinaria?. a) La suspensión firme de funciones. b) La suspensión provisional de funciones. c) El traslado forzoso. d) El demérito. ¿En qué supuesto la sanción de traslado forzoso con cambio de residencia obligaría a efectuar un cambio de residencia al funcionario sancionado?. a) En el supuesto en que así se viniera dispuesto por una sentencia judicial. b) En el supuesto en que así fuera deseable para cumplir mejor los deberes del cargo. c) En el supuesto en que el funcionario estuviera sujeto al deber de residir en la misma localidad en que presta sus servicios. d) En el supuesto en que se plantearán problemas con el nivel de nuevo destino por ser inferior. ¿Sería posible la sanción de traslado forzoso en caso de funcionarios de la administración local?. a) Sí, en cualquier caso. b) No, en ningún caso. c) Sí, en caso de traslado forzoso sin cambio de residencia. d) Ninguna respuesta es correcta. La incomparecencia injustificada en las comisiones de investigación de las Cortes generales y de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas tiene la consideración de: a) Falta muy grave. b) Falta grave. c) Falta leve. d) Falta muy grave o delito. Según lo previsto en el EBEP el procedimiento disciplinario ha de estructurarse atendiendo a los principios de: a) Eficacia, eficiencia y presunción de inocencia. b) Eficacia, celeridad e {in dubio pro reo}. c) Eficacia, celeridad y economía procesal. d) Eficacia, colaboración y economía procesal y presunción de inocencia. La suspensión provisional de funciones es una medida cautelar que podrá acordarse: a) A consecuencia de un procedimiento administrativo sancionador. b) Durante la tramitación de un procedimiento judicial. c) A consecuencia de un procedimiento administrativo sancionador o durante la tramitación de un procedimiento judicial. d) A consecuencia de un procedimiento administrativo sancionador, durante la tramitación de un procedimiento judicial o después de recaída sentencia firme judicial. Si un funcionario de la administración local indujera a un compañero a cometer una falta disciplinaria, ¿podría ser sancionado de la misma manera que el autor material de la misma?. a) No ya que ni el Estatuto básico del empleado público ni su legislación de desarrollo contemplan la posibilidad de sancionar a los inductores de faltas disciplinarias. b) Sí, pero solo en el caso de que la falta a sancionar sea muy grave. c) Sí, aunque la falta no se hubiera consumado. d) Sí, en caso de que la falta se hubiera consumado. Si un funcionario de la administración local encubriera la falta cometida por un compañero: a) No podría ser sancionado disciplinariamente al no ser autor material de la misma. b) No podría ser sancionado al no ser que hubiera sido al mismo tiempo inductor y encubridor. c) Podría ser sancionado si se trata de faltas graves o muy graves y si se deriva daño grave para la administración o los ciudadanos. d) Podría ser sancionado por cualquier tipo de falta aun cuando esta no se hubiera consumado. Si durante la instrucción del procedimiento administrativo se advierten indicios fundados de la comisión de un ilícito penal: a) Deberá suspenderse la tramitación administrativa del expediente, y deberá darse conocimiento del mismo el Ministerio fiscal. b) El procedimiento administrativo tendrá prioridad frente al procedimiento penal debiendo resolverse el mismo con anterioridad a dar conocimiento del mismo al Ministerio Fiscal. c) Se tramitará tanto el procedimiento administrativo como el procedimiento penal debiendo estar subordinado la causa penal al relato aprobado administrativamente. d) La autoridad administrativa se deberá pronunciar sobre la conveniencia de instruir el procedimiento penal. El EBEP Considera falta muy grave: a) El incumplimiento de la obligación de atender los servicios esenciales en caso de huelga. b) La participación en huelgas a los que la tengan expresamente prohibida por la ley. c) La participación en huelgas, en acciones sustitutivas de éstas o en actuaciones concertadas con el fin de alterar el normal funcionamiento de los servicios. d) La participación en huelgas a los que la tengan expresamente prohibida por la ley y el incumplimiento de la obligación de atender los servicios esenciales en caso de huelga. La LCPLCV tipifica como falta muy grave: a) El abuso de autoridad que cause grave daño a la ciudadanía. b) El abuso de autoridad que cause grave daño al personal subordinado. c) El abuso de autoridad que cause grave daño a la administración o a las entidades con personalidad jurídica. d) Ninguna respuesta es correcta. El abandono del servicio se considera falta muy grave salvo que: a) Exista un impedimento que impida el traslado a las dependencias donde se presten los servicios. b) Hubiera que asistir a cualquier deber inexcusable sin que exista desamparo de los deberes propios del funcionario. c) Exista causa de fuerza mayor que impida comunicar a un superior dicho abandono. d) Hubiera que cumplir una orden de dudosa legalidad. El abuso de atribuciones se considera infracción grave: a) Cuando no constituye delito. b) Cuando causa un daño a los ciudadanos pero no a los subordinados. c) Cuando solamente causa un daño leve a la administración. d) Cuando no constituya infracción muy grave. La embriaguez se considerará falta grave: a) Cuando no se considere falta muy grave. b) Cuando el consumo se realice fuera del servicio. c) Cuando el consumo se realice fuera del servicio si tiene carácter habitual o afecta la imagen del cuerpo de policía local. d) Cuando el consumo se realice durante el servicio aunque no afecte a la imagen del cuerpo de policía local. ¿Cuál de los siguientes no es un criterios degradación de las sanciones?. a) La intencionalidad. b) La reincidencia. c) El historial profesional. d) El perjuicio causado a los ciudadanos. ¿Cuál de las siguientes es una sanción que se puede imponer por la comisión de una infracción grave?. a) La suspensión de funciones desde cinco días a tres meses, y pérdida de remuneración por el mismo periodo. b) La suspensión de funciones de uno a cuatro días, y pérdida de la remuneración por el mismo periodo. c) La suspensión de funciones desde tres meses y un día hasta un máximo de seis años. d) El traslado forzoso. |