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PAC-T9-PKM

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Título del Test:
PAC-T9-PKM

Descripción:
PAC-T9-PKM

Fecha de Creación: 2016/10/24

Categoría: Otros

Número Preguntas: 55

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¿EN QUE LEY SE REGULA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO?. LEY 5/2015 DE 1 DE OCTUBRE. LEY 39/2015 DE 30 DE OCTUBRE. LEY 39/2015 DE 1 DE OCTUBRE. LEY ORGÁNICA 39/2015 DE 1 DE OCTUBRE.

¿CUÁNDO ENTRÓ EN VIGOR LA LEY 39/2015 DE 1 DE OCTUBRE?. AL AÑO DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOE. A LOS 20 DÍAS DE LA PUBLICACIÓN EN EL BOE. AL AÑO DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOE EXCEPTO LO REFERENTE A LOS REGISTROS ELECTRÓNICOS QUE LO HARÁ A LOS DOS. AL DÍA SIGUIENTE DE SU APROBACIÓN.

¿CUÁL O QUÉ ES EL CONCEPTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO?. ES LA FORMA O CAUCE FORMAL DE PRODUCIR LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS, EN LA CUAL INTERVIENE LA ADMINISTRACIÓN PARA SATISFACER LOS INTERESES GENERALES. ES EL PROCESO MEDIANTE EL CUAL SE INSTRUYE UN ACTO ADMINISTRATIVO. ES LA FORMA O CAUCE FORMAL DE PRODUCIR LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS. NINGUNA OPCIÓN ES CORRECTA.

¿CUÁL ES LA FINALIDAD DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO?. A)GARANTIZAR QUE LA ADMINISTRACIÓN SEGUIRÁ UN PROCEDIMIENTO PARA CONSEGUIR EL ACIERTO EN LA RESOLUCIÓN AL IMPONERLA CON EFICACIA Y CELERIDAD. B)RESOLVER LAS DUDAS PLANTEADAS POR LAS PERSONAS FÍSICAS O JURIDICAS. C)IMPONER UNA SANCIÓN ADMINISTRATIVA. D)LA A Y LA C SON CIERTAS.

¿SE PUEDE AFIRMAR QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ES UNA GARANTÍA FORMAL?. SI. NO. SI, YA QUE APORTA A LOS ADMINISTRADOS SEGURIDAD JURÍDICA PUESTO QUE TODO INTERESADO PUEDE VISIONAR TODOS LOS PASOS DEL P.A. Y DEFENDERSE ANTE ALGUNA IRREGULARIDAD. SI, YA QUE APORTA A LOS ADMINISTRADOS SEGURIDAD JURÍDICA PUESTO QUE TODO INTERESADO PUEDE DEFENDERSE ANTE ALGUNA IRREGULARIDAD.

¿QUIÉNES SON LOS SUJETOS QUE INTERVIENEN EN UN ACTO ADMINISTRATIVO?. LA ADMINISTRACIÓN. LOS INTERESADOS. LAS PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS. LA ADMINISTRACIÓN Y LOS INTERESADOS.

¿A QUIÉN SE LE CONSIDERA INTERESADO EN UN P.A.?. Todas son ciertas. Quienes lo promuevan como titulares de derechos o in­tereses legítimos individuales o colectivos. Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colecti­vos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definiti­va.

EN CUANTO A LA REPRESENTACIÓN: A)Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado. B)Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. A) Y B) SON FALSAS. A) Y B) SON VERDADERAS.

¿EN QUE CASOS SE PUEDE OTORGAR REPRESENTACIÓN?. Para presentar recursos, solicitar la nulidad del acto, la revocación. Para formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona. Para formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del inte­resado. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación.

¿LA FALTA O INSUFICIENCIA DE REPRESENTACIÓN?. no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de 20 días que deberá conceder al efecto el órgano administrativo, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran. impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de diez días que deberá conceder al efecto el órgano administrativo, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran. no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de diez días que deberá conceder al efecto el órgano administrativo, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran. no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de diez días naturales que deberá conceder al efecto el órgano administrativo, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran.

¿CÓMO SE DEBERÁ ACREDITAR LA REPRESENTACIÓN?. A)apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica, o a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente. A) Y B) SON FALSAS. A) Y B) SON CIERTAS. B)mediante cualquier medio válido en Derecho.

¿CUÁL DE LOS MENCIONADOS A CONTINUACIÓN TIENE CAPACIDAD DE OBRAR EN UN P.A.?. A)Los menores de edad para el ejercicio y defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. B)Los menores incapacitados, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y defensa de los derechos o intereses de que se trate. C) La respuesta A) y D) son correctas. D)Las personas físicas o jurídicas que ostenten capacidad de obrar con arreglo a las normas civiles.

¿A QUIÉN SE DARÁ TRASLADO CUÁNDO EXISTA PLURALIDAD DE INTERESADOS?. Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado. Cuando en un escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término. Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o con el que figure en primer término. Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término.

¿QUÉ TIEMPO CONCEDE, COMO NORMA GENERAL, LA ADMINISTRACIÓN PARA SUBSANAR LOS DEFECTOS DE REPRESENTACIÓN?. 10 DÍAS NATURALES. 10 DÍAS HÁBILES. 15 DÍAS NATURALES. DE 10 A 15 DÍAS HÁBILES.

¿LA FALTA O INSUFICIENCIA DE REPRESENTACIÓN PUEDE IMPEDIR QUE SE TENGA POR REALIZADO?. La falta o insuficiente acreditación de la representación si impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate. No, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de quince días que deberá conceder al efecto el órgano administrativo, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran. Si, siempre. No, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de diez días que deberá conceder al efecto el órgano administrativo, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran.

¿SE PUEDEN AÑADIR NUEVOS INTERESADOS A UN P.A. YA INICIADO?. Si. No. Si, mientras no haya tenido publicidad, se comunicará a dichas personas la tramitación del procedimiento. Si, mientras no haya tenido publicidad y son personas que sean titulares de derechos o intereses legítimos y directos cuya identificación resulte del expediente y que puedan resultar afectados por la resolución que se dicte, se comunicará a dichas personas la tramitación del procedimiento.

¿CUÁL DE ESTAS NO ES UNA FASE DEL P.A.?. INICIACIÓN. INSTRUCCIÓN. TRAMITACIÓN. ORDENACIÓN.

¿CÓMO SE PUEDEN INICIAR LOS P.A.?. Solo puede iniciarse de oficio. Puede iniciarse tanto de oficio como a solicitud de persona interesada. A solicitud de la persona física o jurídica interesada. Por denuncia de un tercero.

¿QUIÉN DE LOS MENCIONADOS A CONTINUACIÓN TIENE LA OBLIGACIÓN DE RELACIONARSE CON LA ADMINISTRACIÓN DE FORMA ELECTRÓNICA?. Las entidades sin personalidad jurídica. Todas son ciertas. Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración. Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

¿CUÁL SERÁ LA LENGUA QUE SE USA EN UN P.A.?. Será el castellano. No obstante, los interesados que se dirijan a los órganos de la Administración General del Estado con sede en el territorio de una Comunidad Autónoma podrán utilizar también la lengua que sea cooficial en ella. Será el la lengua oficial de la Comunidad Autónoma si está recogida en sus Estatutos. Solamente podrá se el castellano. La que elija la parte interesada.

¿ES UNA FORMA O TIPO DE INICIACIÓN DE OFICIO?. Por propia iniciativa o por orden del órgano superior. Por petición razonada de órganos inferiores. Por denuncia de particulares. Todas son formas de iniciación de oficio.

¿Una vez iniciado el procedimiento, el órgano administrativo que inicie o trámite podrá acumular el expediente a otros?. Si, con los que guarde íntima conexión. No, una vez uniciado se deberán resolver de forma individual. Si, por propia iniciativa o a solicitud de los mismos interesados, con los que guarde íntima conexión. Si, siempre.

¿SE PODRÍA PRESENTAR UN RECURSO A UN ACTO DE ACUMULACIÓN DE EXPEDIENTES?. NO, EN NINGÚN CASO. SI, SIEMPRE QUE EL QUE LO INTERPONGA SEA UN PARTE INTERESADA. SI, EN CUALQUIER CASO, YA QUE ES UN DERECHO JURÍDICO. SI, SIEMPRE QUE EL P.A. NO HAYA SIDO PUBLICADO.

¿SE PUEDEN ADOPTAR MEDIDAS PROVISIONALES INICIADO UN P.A.?. Si, el órgano administrativo competente para resolverlo, de forma motivada de acuerdo con los principios de proporcionalidad, efectividad y menor onerosidad. No, ya que se entiende que una vez iniciado un P.A. este ya es susceptible de resolución. Si, por el órgano administrativo competente para resolverlo, de oficio o a intancia de parte y de forma motivada de acuerdo con los principios de proporcionalidad, efectividad y menor onerosidad. Si, por cualquiera de las partes.

En cuanto a la subsanación y mejora de la solicitud en la iniciación de un P.A.: A)Se otorgará un plazo de 10 días para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, de no hacerlo así, se archivará la instancia sin más trámite. B)Siempre que no se trate de procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva, este plazo podrá ser ampliado prudencialmente, hasta cinco día a petición del interesado o iniciativa del órgano. A) y B) son ciertas. No existe este tipo de requerimiento por parte de la Administración.

DE LOS CITADOS A CONTINUACIÓN, ¿CUÁL ES UN LUGAR VÁLIDO PARA LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN UN P.A.?. En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. Todos son lugares válidos.

¿QUÉ DATOS DEBERÁ CONTENER UNA SOLICITUD DE INICIACIÓN DE EXPEDIENTE?. Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente. Identificación del medio electrónico, o en su defecto, lugar físico en que desea que se practique la notificación. Adicionalmente, los interesados podrán aportar su dirección de correo electrónico y/o dispositivo electrónico con el fin de que las Administraciones Públicas les avisen del envío o puesta a disposición de la notificació. Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud. Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige y su correspondiente código de identificación. Todos son datos obligatorios.

¿QUÉ SE ENTIENDE POR IMPULSO EN LA FASE DE ORDENACIÓN DE UN P.A.?. Es el procedimiento, sometido al principio de celeridad, se impulsará de oficio en todos sus trámites y a través de medios electrónicos, respetando los principios de transparencia y publicidad. Es el procedimiento, sometido al principio de rapidez, se impulsará de oficio en todos sus trámites y a través de medios electrónicos, respetando los principios de transparencia y publicidad. Es el procedimiento, sometido al principio de celeridad, se impulsará a través de medios electrónicos, respetando los principios de transparencia y publicidad. Es una fase en si del P.A. No es una fase de la ordenación.

EN CUANTO A LA CONCENTRACIÓN DE TRÁMITES: De acuerdo con el principio de complejidad administrativa, se acordarán en un solo acto todos los trámites que, por su naturaleza, admitan un impulso simultáneo y no sea obligado su cumplimiento sucesivo. De acuerdo con el principio de simplificación administrativa, se acordarán en un solo acto todos los trámites que, por su naturaleza, admitan un impulso simultáneo y no sea obligado su cumplimiento sucesivo. De acuerdo con el principio de simplificación administrativa, se acordarán en un solo acto todos los trámites que, por su naturaleza, admitan un impulso simultáneo y sea obligado su cumplimiento sucesivo. Nada de lo expuesto es cierto.

¿PUEDEN LAS CUESTIONES INCIDENTALES SUSPENDER UN P.A.?. Si, si este no da opción a una resolución. Si, sino son subsanadas. No, nunca. No suspenderán la tramitación del mismo, salvo la recusación.

¿QUÉ PLAZO OTORGARÁ LA ADMINISTRACIÓN EN EL CUMPLIMIENTO DE TRÁMITES?. Los trámites que deban ser cumplimentados por la administración deberán realizarse en el plazo de diez días a partir del siguiente al de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto. Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse en el plazo de quince días a partir del siguiente al de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto. Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse en el plazo de diez días a partir del siguiente al de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto. Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse en el plazo de diez días desde el día de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto.

¿CÓMO SE REALIZARÁN LOS ACTOS DE INSTRUCCIÓN?. Se realizarán a través de medios electrónicos, por el órgano que tramite el procedimiento. Se realizarán de oficio y a través de medios electrónicos, por el órgano que tramite el procedimiento. Se realizarán de oficio y a través de medios electrónicos, por cualquier órgano interesado en el procedimiento. Se realizarán de oficio y a través de papel, por el órgano que tramite el procedimiento.

¿EN QUE MOMENTO DEL P.A. SE PUEDEN PRESENTAR ALEGACIONES AL MISMO?. En cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio. Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio. Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento después del trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio. Las alegaciones se presentarán cuando la administración nos otorgue un plazo para presentarlas.

¿QUIÉN RESOLVERÁ LAS ALEGACIONES EN UN P.A.?. Cualquier órgano de la administración. El órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución. El órgano al que va dirigido aunque no tenga potestad para resolverlo. La administración competente.

¿CÓMO DEBERÁN PRACTICARSE LOS ACTOS DE INSTRUCCIÓN QUE REQUIERAN LA INTERVENCIÓN DE LOS INTERESADOS?. Por medios electrónicos siempre, salvo que el interesado no disponga de certificado electrónico. Por cualquier medio ya sea electrónico o papel. Por la presencia del interesado en las dependencias del órgano instructor. Habrán de practicarse en la forma que resulte más conveniente para ellos y sea compatible, en la medida de lo posible, con sus obligaciones laborales o profesionales.

¿CUÁNDO SE ABRE EL PERIODO PROBATORIO?. Cuando el interesado no tenga por ciertos los hechos del procedimiento o la naturaleza del procedimiento lo exija. Cuando la Administración no tenga por ciertos los hechos alegados por los interesados o la naturaleza del procedimiento lo exija. Una vez presentadas las alegaciones y ser estas desestimandas. Cuando la Administración no tenga por ciertos los hechos recurridos por los interesados o la naturaleza del procedimiento lo exija.

¿QUIÉN ABRE EL PERIODO PROBATORIO?. El instructor del mismo. El procedimiento, ya que es una fase del. El interesado. Cualquier Órgano de la Adminstración.

¿CUÁL ES UN MEDIO PROBATORIO VÁLIDO?. Cualquiera presentado por el interesado que contenga su nombre, nº de expediente y su firma. Cualquiera presentado por la administración que contenga una resolución. Cualquiera admisible en derecho para acreditar los hechos relevantes. Cualquiera que resuelvan las alegaciones presentadas por el interesado.

¿CUÁL ES EL PLAZO QUE SE ESTABLECE PARA LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA?. No menos de 10 días y no más de 20. No menos de 10 días y no más de 30. No menos de 10 días y no más de 15. No menos de 15 días y no más de 30.

¿QUÉ PRUEBAS PUEDEN SER RECHAZADAS POR EL INSTRUCTOR?. Las alegaciones presentadas por los interesados cuando sean manifiestamente improcedentes o innecesarias, mediante resolución motivada. Las que se hayan presentado fuera del plazo aunque por su contenido fueran susceptibles de ser estimadas. Las pruebas propuestas por los interesados cuando sean manifiestamente improcedentes o innecesarias, mediante resolución no motivada. Las pruebas propuestas por los interesados cuando sean manifiestamente improcedentes o innecesarias, mediante resolución motivada.

¿QUÉ DEBERÁ CONSIGNAR LA ADMINISTRACIÓN EN LA COMUNICACIÓN A LOS INTERESADOS PARA LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA?. Lugar, fecha, hora y prácticas que se realizarán por los técnicos. Lugar, fecha y hora. Lugar, fecha, hora y técnicos. Lugar y fecha.

En cuanto a los gastos que puedan originar las prácticas de las pruebas: ¿quién deberá hacer frente a ellas?. La administración, ya que es la instructora del procedimiento. Los interesados, siendo exigidos por la administación el anticipo de los mismos, a reserva de la liquidación definitiva, una vez practicada la prueba. Serán repartidos entre el órgano instructor y los interesados. Las prácticas de las pruebas no conllevarán gastos adicionales, ya que estos se contemplan desde el inicio del procedimiento.

¿CÓMO DEBERÁN DE SER LOS INFORMES EMITIDOS EN UN P.A.?. Serán no facultativos y vinculantes. Serán facultativos y vinculantes. Serán facultativos y no vinculantes. Serán no facultativos y no vinculantes.

En cuanto al plazo de emisión de los informes: ¿cuál será?. Serán emitidos en el plazo de quince días, salvo que una disposición o el cumplimiento del resto de los plazos del procedimiento permita o exija otro plazo mayor o menor. Serán emitidos a través de medios electrónicos en el plazo de diez días, salvo que una disposición o el cumplimiento del resto de los plazos del procedimiento permita o exija otro plazo mayor o menor. Serán emitidos a través de medios electrónicos en el plazo de quince días, salvo que una disposición o el cumplimiento del resto de los plazos del procedimiento permita o exija otro plazo mayor o menor. Serán emitidos en el plazo de diez días, salvo que una disposición o el cumplimiento del resto de los plazos del procedimiento permita o exija otro plazo mayor o menor.

En cuanto a la participación de los interesados en los trámites de audiencia: Los interesados, en un plazo inferior a diez días ni superior a quince, podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. Los interesados, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. La administración, podrá presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, para proseguir con el procedimiento. Los interesados, en un plazo de diez días, podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.

¿CUÁNDO SE PRODUCEN LOS TRAMITES DE AUDIENCIA A LOS INTERESADOS?. Instruidos los procedimientos y después de redactar la propuesta de resolución. Instruidos los procedimientos y en mismo momento de redactar la propuesta de resolución. En cualquier momento, cuando el interesado decida ser oído por la Administración. Instruidos los procedimientos, e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución.

¿CUÁLES SON LAS FORMAS DE PONER FIN AL PROCEDIMIENTO?. La resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se funde la solicitud y la declaración de caducidad. la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas. La resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se funde la solicitud, la declaración de caducidad y la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas. La resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se funde la solicitud. La caducidad nunca será una forma de poner fin a un procedimiento.

¿QUÉ CONTENIDO DEBERÁ FIGURAR EN UN RESOLUCIÓN DE UN P.A.?. Las resoluciones contendrán la decisión. Expresarán, además, los recursos que contra la misma procedan, órgano administrativo o judicial ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos. Las resoluciones contendrán la decisión, que será motivada. Expresarán, además, los recursos que contra la misma procedan, órgano judicial ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos. Las resoluciones contendrán la decisión. Expresarán, además, los recursos que contra la misma procedan y plazo para interponerlos. Las resoluciones contendrán la decisión, que será motivada. Expresarán, además, los recursos que contra la misma procedan, órgano administrativo o judicial ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos.

EN CUANTO A EL DESISTIMIENTO Y RENUNCIA DE LOS INTERESADOS ¿CUÁLES SON LAS DIFERENCIAS ENTRE AMBAS?. En el desistimiento el interesado abandona su pretensión pero no el Derecho y en la renuncia el interesado abandona el Derecho. En la renuncia el interesado abandona su pretensión pero no el Derecho y en desistimiento el interesado abandona el Derecho. No hay diferencia, ya que tanto en una como en otra lo que desea el interesado es desvincularse del procedimiento. No hay diferencia, ambas buscan dar por finalizado el procedimiento.

En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, cuando se produzca su paralización por causa imputable al mismo, ¿en que plazo advertirá la administración que se producirá la caducidad del procedimiento?. En un plazo de tres meses. En un plazo de dos meses. En un plazo de treinta días. En un plazo de cuarenta días.

¿Cabe recurso contra la resolución que declare la caducidad?. Si, el recurso de reposición. No. Si, procederán los recursos pertinentes. No, salvo que exista la posibilidad de acudir a la Jurisdicción Contencioso Administrativa por el tipo de P.A que se este tramitando.

Una vez trascurridos los tres meses que se establecen para la caducidad, ¿se puede aplicar este a todo tipo de procedimientos?. A)No, no podrá ser aplicable la caducidad en el supuesto de que la cuestión suscitada afecte al interés general, o fuera conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento. B)Si en todo caso, ya que la caducidad existe en todos los procedimientos. C)No, solo en los procedimientos que sean iniciados a solicitud del interesado. D) A y C son correctas.

¿ES LA EJECUCIÓN UN FASE DEL P.A?. Si es una fase del P.A. No es una fase del P.A.

¿QUÉ TIPOS DE EJECUCIÓN SE PUEDEN DAR EN UN P.A.?. Voluntaria y obligatoria. Voluntaria y forzosa. Voluntaria y ejecutiva. Por iniciativa propia y forzosa.

¿CUÁL DE LOS SIGUIENTES MEDIOS ES UNA EJECUCIÓN FORZOSA?. Multa coercitiva y compulsión sobre las personas. Apremio sobre el patrimonio. Ejecución subsidiaria. Todos son medios de ejecución forzosa.

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