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LA PACA 3.0

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Título del Test:
LA PACA 3.0

Descripción:
Dos pistolas tengo

Fecha de Creación: 2023/09/19

Categoría: Otros

Número Preguntas: 33

Valoración:(1)
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Los actos administrativos producidos por silencio administrativo se podrán hacer valer ante: la Administración. cualquier persona física. cualquier persona jurídica, pública o privada. todas son correctas.

Los actos administrativos producidos por silencio administrativo producen efectos: desde el vencimiento del plazo máximo en que debe dictarse y notificarse la resolución expresa sin que la misma se haya expedido. desde que se obtenga el certificado acreditativo del silencio producido. pasados tres meses desde el vencimiento del plazo máximo en el que debía haber dictado y notificado la resolución expresa. ninguna es correcta.

El certificado acreditativo del silencio producido se expedirá de oficio por el órgano competente para resolver en el plazo de: 15 días desde que expire el plazo máximo para resolver el procedimiento. 10 días desde que expire el plazo máximo para resolver el procedimiento. 20 días desde que expire el plazo máximo para resolver el procedimiento. 30 días desde que expire el plazo máximo para resolver el procedimiento.

En los procedimientos de revisión de oficio iniciados a solicitud de los interesados el sentido del silencio. será desestimatorio. será estimatorio. producirá la caducidad del procedimiento. todas son correctas.

El interesado podrá pedir certificado acreditativo del silencio producido: en cualquier momento. al día siguiente desde que expire el plazo máximo para resolver el procedimiento. a los 15 días desde que expire el plazo máximo para resolver el procedimiento. ninguna es correcta.

En los procedimientos iniciados de oficio, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución: no exime a la Administración del cumplimiento de la obligación legal de resolver. exime a la Administración del cumplimiento de la obligación legal de resolver. implica la prórroga automática del plazo para resolver por un mes. ninguna es correcta.

Una vez vencido el plazo para dictar y notificar resolución, en procedimientos iniciados de oficio de los que pudiera derivarse el reconocimiento o la constitución de derechos u otras situaciones jurídicas favorables: los interesados que hubieren comparecido podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo. los interesados que hubieren comparecido podrán entender estimadas sus pretensiones por silencio administrativo. se producirá la caducidad. se producirá la prescripción.

Una vez vencido el plazo para dictar y notificar resolución, en procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras o, en general, de intervención, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen: se producirá la caducidad. los interesados que hubieren comparecido podrán entender estimadas sus pretensiones por silencio administrativo. los interesados que hubieren comparecido podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo. se producirá la prescripción.

El artículo 25.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece que en los supuestos en los que el procedimiento se hiubiera paralizado por: causa imputable al interesado se interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución. causa no imputable al interesado se interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución. causa imputable al interesado no se interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución. causa no imputable al interesado no se interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución.

Se entiende por documentos públicos administrativos: los válidamente emitidos por los órganos de las Administraciones Públicas. los remitidos por personas físicas o jurídicas a los órganos de las Administraciones Públicas. a y b son correctas. a y b son incorrectas.

Las Administraciones Públicas emitirán los documentos administrativos: por escrito, a través de medios electrónicos, a menos que su naturaleza exija otra forma más adecuada de expresión y constancia. por escrito, a través de medios electrónicos, o verbalmente si así lo solicita el interesado. por escrito, a través de medios no electrónicos, a menos que su naturaleza exija otra forma más adecuada de expresión y constancia. por escrito, a través de medios no electrónicos, o verbalmente si así lo solicita el interesado.

Para ser considerados válidos, los documentos electrónicos administrativos deberán: disponer de datos de identificación que permitan su individualización. incorporar una referencia temporal del momento en que han sido emitidos. incorporar las firmas electrónicas que correspondan de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable. todas son correctas.

Los documentos electrónicos emitidos por las Administraciones Públicas: no requerirán de firma electrónica si se publican con carácter meramente informativo y aquellos que no formen parte de un expediente administrativo. requerirán, en todo caso, de firma electrónica. no requerirán de firma electrónica, salvo aquellos que se publiquen con carácter meramente informativo. no requerirán, en ningún caso, de firma electrónica.

Señala la correcta: cada Administración Pública determinará los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de los documentos públicos administrativos o privados. la Administración General del Estado determinará los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de los documentos públicos administrativos o privados. cada Administración Pública determinará los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de los documentos públicos administrativos. la Administración General del Estado determinará los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de los documentos públicos administrativos.

Las copias auténticas de documentos privados. surten únicamente a efectos administrativos. no tendrán ningún efecto administrativo. tendrán validez en todas las Administraciones. ninguna es correcta.

Las copias auténticas realizadas por una Administración Pública: tendrán validez en las restantes Administraciones. únicamente tendrán validez en la misma Administración. no tendrán ningún efecto administrativo. surten únicamente efectos administrativos.

La Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales podrán realizar copias auténticas: mediante funcionario habilitado. mediante actuación administrativa automatizada. a y b son correctas. a y b son incorrectas.

Tendrán la consideración de copia auténtica de un documento público administrativo o privado las realizadas: cualesquiera que sea su soporte, por los órganos competentes de las Administraciones Públicas en las que quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia y su contenido. mediante medios electrónicos, por los órganos competentes de las Administraciones Públicas en las que quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia y su contenido. cualquiera que sea su soporte, por los órganos competentes de las Administraciones Públicas en las que quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia. mediante medios electrónicos, por los órganos competentes de las Administraciones Públicas en las que quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia.

Las copias auténticas. tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales. siempre que se trate de documentos no electrónicos tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales. tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales durante los siguientes 10 años de su expedición. tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales siempre y cuando vayan acompañadas de estos últimos.

Para garantizar la identidad y contenido de las copias electrónicas o en papel, y por tanto su carácter de copias auténticas, las Administraciones Públicas deberán ajustarse a lo previsto en: el Esquema Nacional de Interoperabilidad. el Esquema Nacional de Seguridad. las normas técnicas de desarrollo del Esquema Nacional de Seguridad. todas son correctas.

Las Administraciones harán públicos los códigos seguros de verificación u otro sistema de validación utilizado a través de: la sede electrónica correspondiente. las oficinas de asistencia en materia de registros. el órgano administrativo correspondiente. la Agencia Española de Seguridad Informática.

Las copias auténticas de los documentos públicos administrativos que hayan sido válidamente emitidos por las Administraciones Públicas se expedirán en un plazo de: 15 días desde la recepción de la solicitud en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente. 10 días desde la recepción de la solicitud en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente. 20 días desde la recepción de la solicitud en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente. 30 días desde la recepción de la solicitud en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente.

Señala la incorrecta: los interesados podrán solicitar, en cualquier momento, la expedición de copias auténticas de los documentos públicos administrativos que hayan sido válidamente emitidos por las Administraciones Públicas. las Administraciones Públicas estarán obligadas a expedir copias auténticas electrónicas de cualquier documento que presenten los interesados y que se vaya a incorporar a un expediente administrativo. cuando las Administraciones Públicas expidan copias auténticas electrónicas, deberá quedar expresamente así indicado en el documento de la copia. la expedición de copias auténticas de documentos públicos notariales, registrales y judiciales, así como de los diarios oficiales, se regirá por la presente ley.

No es correcto respecto a los interesados: deberán aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos exigidos por las Administraciones Públicas de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante. tienen derecho a no aportar documentos que hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. no podrán aportar cualquier documento que estimen conveniente.

Las Administraciones no exigirán a los interesados la presentación de documentos originales: salvo que, con carácter excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. en ningún caso. salvo que ya obraran en poder de la Administración. ninguna es correcta.

Las Administraciones Públicas no requerirán a los interesados datos o documentos: no exigidos por la normativa reguladora aplicable o que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración. exigidos por la normativa reguladora aplicable o que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración. exigidos por la normativa reguladora aplicable o que no hayan sido aportados anteriormente por el interesado a ninguna Administración. no exigidos por la normativa reguladora aplicable o que no hayan sido aportados anteriormente por el interesado a ninguna Administración.

Señala la incorrecta: excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, las Administraciones podrán solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el interesado, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información original. los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. todas son correctas. las copias que aporten los interesados al procedimiento administrativo tendrán eficacia, dentro y fuera del ámbito de la actividad de las Administraciones Públicas.

Cuando los plazos se señalen por horas, se entiende que éstas son hábiles. salvo que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea se disponga otro cómputo. salvo que reglamentariamente se disponga otro cómputo. salvo que por Ley se disponga otro cómputo. salvo que una norma con rango de ley o una norma de Derecho de la Unión Europea o de Derecho internacional disponga otro cómputo.

Son hábiles: todas las horas del día que formen parte de un día hábil. las horas comprendidas entres las 8 de la mañana y las 9 de la noche del día. las horas comprendidas entres las 8 de la mañana y las 9 de la noche de un día hábil. todas las horas del día que formen parte del día.

Los plazos expresados por horas se contarán: se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la hora y minuto en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate. se contarán de hora en hora desde la hora en que tenga lugar la realización del acto de que se trate. se contarán de hora en hora desde la hora en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate. se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la hora y minuto en que tenga lugar la realización del acto de que se trate.

Los plazos expresados por horas no podrán tener una duración: superior a 24 horas, en cuyo caso se expresarán en días. inferior a 1 hora, en cuyo caso se expresarán en minutos. inferior a 2 horas, en cuyo caso se expresarán en minutos. superior a 48 horas, en cuyo caso se expresarán en días.

Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días: se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos. se entiende que éstos son hábiles. se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los declarados festivos. se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los domingos y los declarados festivos.

Los plazos expresados en días se contarán a partir de: el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo. el día en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo. el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el día en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo. el día en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el día en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo.

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