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PADRÓN MUNICIPAL (Repaso)

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Título del Test:
PADRÓN MUNICIPAL (Repaso)

Descripción:
PADRÓN MUNICIPAL

Fecha de Creación: 2021/09/17

Categoría: Otros

Número Preguntas: 42

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Padrón municipal Introducción Qué es el Padrón municipal. El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos y las vecinas de un municipio. Sus datos constituyen prueba de residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. ambas son correctas. ambas son falsas.

Padrón municipal Para qué sirve el Padrón. Acreditar la residencia y el domicilio. Obtener el Censo Electoral. Obtener la cifra oficial de población. Elaborar estadísticas oficiales. todas son correctas.

Padrón municipal Quién tiene obligación de empadronarse. Toda persona que vive en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. Quien vive en varios municipios debe inscribirse únicamente en el que habita más tiempo al año. ambas son correctas. ambas son falsas.

Padrón municipal Glosario de términos. Alta por omisión Se refieren a inscripciones en el Padrón de personas que, viviendo habitualmente en el municipio, no figuran inscritas en el mismo. Los motivos pueden ser diversos: no se inscribieron cuando llegaron al municipio, han sido dados de baja en procedimientos de baja por caducidad, baja de oficio, etc. Las altas por omisión pueden ser a solicitud de la persona o declaradas de oficio por el Ayuntamiento. Domicilio colectivo Vivienda o inmueble destinado a ser habitado por un colectivo, es decir, por un grupo de personas sometidas a una autoridad o régimen común, no basado en lazos de convivencia (residencia, cuartel, pensión declarada, piso de acogida…). ENCSARP Personas extranjeras no comunitarias, sin autorización de residencia permanente o de larga duración. Cada 2 años deben comunicar que mantienen su residencia en el municipio. En el caso de personas mayores de 16 años, la renovación la debe realizar la persona interesada en la OAC. Si son menores de 16 años, la renovación puedehacerla el padre o la madre. IMC Número identificativo de las personas que conviven en un mismo domicilio. Nudo propietario o propietaria Persona con derecho de propiedad sobre algo, especialmente, sobre bienes inmuebles. No tiene derecho de uso. MENAS Personas menores extranjeras no acompañadas. Menor de edad A efectos de Padrón, persona con menos de 18 años. Sus trámites relacionados con Padrón los hará la madre, el padre o la persona que ejerza como tutora legal. Las personas menores no tienen que acudir a la oficina de atención. No ENCSARP Ciudadanos y ciudadanas de: • estados miembros de la Unión Europea; • Islandia, Noruega, Liechtenstein, Suiza; • personas con tarjeta de residencia de régimen comunitario; • quienes tienen autorización de residencia permanente o de larga duración. El Instituto Nacional de Estadística (INE) remite de forma periódica al Ayuntamiento el listado de ciudadanos y ciudadanas que deben confirmar la residencia. Estas personas reciben en su domicilio una notificación donde se les indica que, en el plazo de 3 meses, deben confirmar su residencia o, en caso contrario, se procederá a tramitar de oficio su baja de Padrón. todas son correctas.

Padrón municipal Glosario de términos. Persona usufructuaria Persona con derecho a disfrutar de los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia; es decir, no puede ni venderlos, ni donarlos, ni gravarlos, pero sí puede alquilar el bien inmueble del que tiene derecho y disfrute. La causa más frecuente del usufructo es la transmisión a viudos o viudas. La nuda propiedad, en estos casos, suele recaer en los hijos e hijas, quienes no pueden usar y disfrutar de los bienes mientras exista persona usufructuaria. Quien ostenta la nuda propiedad puede realizar contratos de arrendamiento solo si la vivienda está vacía, sin nadie empadronado. Volante de padrón El volante es un justificante, emitido por el Ayuntamiento, que acredita el empadronamiento de una persona o personas, tal y como constan en el Padrón municipal. Volante individual Este documento informa de la situación padronal de la persona empadronada a día de la fecha. En el documento aparecen los datos personales y el domicilio actual. Volante de convivencia El documento muestra la situación padronal de todas las personas que están empadronadas en un domicilio a día de la fecha. En el documento aparecen los datos de todas las personas empadronadas. Volante histórico Documento informativo que indica todas las inscripciones padronales de una persona desde la renovación padronal de 1 de mayo de 1996 a día de la fecha. Si se necesitan datos más antiguos se debe pedir un certificado histórico de padrón. El volante histórico se puede obtener al momento, previa identificación, en las OAC y en la oficina de atención de San Martín. También, desde la Sede electrónica de la web municipal, con certificado digital o tarjeta municipal ciudadana (TMC). Volante de vivienda El documento muestra la situación padronal de todas las personas que han estado o están empadronadas en una vivienda en un periodo determinado (de fecha a fecha). Certificado histórico de padrón Documento que acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento. Se solicita por escrito (instancia) y solo en los siguientes casos: • Trámites que se realizan para embajadas, consulados, adopción de menores y organismos en el extranjero. • Solicitudes de información padronal de personas que residen en viviendas colectivas. • Solicitudes de inscripciones padronales entre fechas concretas. • Tramitación de herencias de personas que causan baja antes del 1 de mayo del año 2001. Si la fecha es posterior es suficiente con el volante histórico de la persona fallecida, que se facilita en las OAC y en San Martín. todas son correctas.

Padrón municipal Documentación Para solicitar un movimiento padronal la persona deberá presentar: Documento de identidad. Documentación que justifique la relación con la vivienda donde se quiere empadronar. ambas son correctas. ambas son falsas.

Padrón municipal Documento de identidad de la persona solicitante El documento de identidad debe de estar en vigor en la fecha del alta o cambio de domicilio, tanto para personas de nacionalidad española como extranjera. En ningún caso puede efectuarse el trámite con una documentación caducada. En general, los documentos identificativos válidos son: DNI: obligatorio a partir de 14 años para personas con nacionalidad española. Certificado de nacimiento o libro de familia: para menores de 14 con nacionalidad española. ▪ Menores extranjeros nacidos en España: también presentan certificado de nacimiento o libro de familia, ya que es obligatoria su inscripción en el Registro Civil. En la inscripción padronal, les grabaremos con la nacionalidad de los padres. En un plazo máximo de tres meses desde su nacimiento, deben solicitar la misma documentación exigida para los mayores de edad. ▪ Menores extranjeros no nacidos en España: presentaran la misma documentación exigida para los mayores de edad. Lo más habitual es que presenten un pasaporte. Carné de conducir: es valido, pero para realizar un alta de padrón será necesario acreditar, mediante otro documento, los datos obligatorios que no constan en el carné de conducir: sexo, nacionalidad y lugar de nacimiento. • Pasaporte. En caso de ciudadanía de la Unión Europea (UE), documento de identidad del país. Relación de países: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República, Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia , Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia y Reino Unido. Permiso de residencia (tarjeta de identidad de extranjero - TIE): documento único y exclusivo destinado a dotar de documentación a las personas extranjeras en situación de permanencia legal en España. En la tarjeta figura el NIE (número de identidad de extranjero). todas son correctas.

Padrón municipal Documentos válidos para legitimar la ocupación de la vivienda Los documentos que debe aportar quien acude a empadronarse para acreditar la ocupación de la vivienda son: Escritura de propiedad o nota simple del Registro de la Propiedad. En el título de propiedad de la vivienda es indiferente el porcentaje de propiedad que se posea. Contrato de arrendamiento de toda la vivienda. Puede ser con contraprestación económica o sin ella (contrato a coste cero). Contrato de arrendamiento parcial (más de una habitación). Contrato de subarriendo parcial o de toda la vivienda. Contrato de habitación. Autorización – invitación. NOTA: todos los contratos de arrendamiento, sean del tipo que sean, deben estar en vigor y firmados por todas las partes. Si no estuvieran en vigor, se deberáaportar, además, el recibo de pago de la última mensualidad del alquiler. todas son correctas.

Padrón municipal Quién puede solicitar el empadronamiento Persona propietaria de la vivienda. Se comprueba la propiedad a través de la aplicación informática. Si no consta la propiedad en la base de datos del Ayuntamiento, la persona solicitante debe presentar el título original de propiedad de la vivienda (escrituras) o la nota simple del Registro de la Propiedad. En caso de que la persona propietaria haya fallecido, y la vivienda no figure todavía a nombre de una persona heredera que solicita un empadronamiento, deberá aportar la documentación (últimas voluntades y testamento) para acreditar que, efectivamente, ha heredado la propiedad. ambas son correctas. ambas son falsas.

Padrón municipal Persona titular del derecho de arrendamiento total sobre la vivienda. Puede ser con contraprestación económica o sin ella. Esta persona debe presentar: contrato de arrendamiento en vigor y firmado por todas las partes (la propiedad y la persona arrendataria). El personal de la OAC debe: 1. comprobar que la persona propietaria que figura en el contrato de arrendamiento es la misma que quien aparece en la de la base de datos Si2. Si no es así, NO se puede realizar el empadronamiento. 2. verificar que el contrato está en vigor. Si el contrato no estuviera en vigor, es obligatorio presentar el último recibo de pago. 3. Si el contrato de arrendamiento fuera a coste cero -es decir, sin contraprestación económica- y no estuviera en vigor, será necesario un justificante de la persona propietaria que lo acredite. Solo se puede realizar un contrato a coste cero de la vivienda si esta está vacía. todas son correctas.

Padrón municipal Casos especiales: personas jurídicas. Si una persona jurídica (empresa-propietaria) arrienda la vivienda, se exigirá el contrato de arrendamiento. Si el contrato está firmado por un representante de la empresa, también será necesaria la acreditación de la representación. Si esa acreditación ya está presentada, esa vivienda tendrá el botón de Responsable. En estos casos, la empresa debe realizar una autorización especificando los nombres de trabajadores que se van a empadronar. todas son correctas.

Padrón municipal Persona titular del derecho de arrendamiento de habitación o parcial de vivienda Esta persona debe presentar: • Contrato de arrendamiento en vigor y firmado por todas las partes (persona arrendataria y arrendadora-propietaria), para los casos de arrendamiento parcial. Contrato de arrendamiento de habitación en vigor y firmado por todas las partes (persona arrendataria y arrendadora-propietaria), para los casos de arrendamiento de una habitación. El personal de la OAC debe:  comprobar que la persona propietaria que figura en el contrato de arrendamiento es la misma que la de la base de datos Si2. Si no es así, NO se puede realizar el empadronamiento;  verificar que en el contrato figura que la persona propietaria de la vivienda se reserva una parte de la misma, en los casos de arrendamiento parcial;  certificar que el contrato de arrendamiento está en vigor. Si no lo estuviera, es obligatorio presentar el último recibo de pago. Si no hay recibo, deberá presentar algún documento donde se certifique que el contrato sigue vigente. NOTA: una persona con contrato de habitación no está autorizada a promover nuevos empadronamientos. Si quiere empadronar a otra persona en la misma habitación, tendrá que presentar un nuevo contrato de habitación a nombre de todas las personas mayores de 18 años que van a residir en esa habitación. todas son correctas.

Padrón municipal Persona titular del derecho de subarriendo sobre vivienda o habitación. Esta persona debe presentar: • Contrato de arrendamiento en vigor, firmado por todas las partes. • Contrato de subarrendamiento en vigor, firmado por todas las partes. El personal de la OAC debe comprobar que:  la persona propietaria que figura en el contrato de arrendamiento es la misma que la de la base de datos Si2. Si no es así, NO se puede realizar el empadronamiento;  los contratos de arrendamiento y subarriendo están en vigor. Si no lo estuvieran, es obligatorio presentar el último recibo de pago. Si no hay recibo por falta de pago, deberá presentar algún documento donde se certifique la vigencia del contrato.  En el contrato de arrendamiento debe figurar que está permitido el subarriendo. En este caso, solo deben acudir a la OAC para hacer el trámite la persona arrendataria y la subarrendataria.  Si en el contrato no estuviera especificada la posibilidad de que se puede subarrendar, debe presentar: - Declaración responsable de la persona titular del derecho de ocupación de la vivienda – AUTORIZACIÓN DEL SUBARRIENDO de las personas propietaria y arrendataria (Anexo 3). En este caso deben acudir todas las partes a la OAC. NOTA: una persona con contrato de subarriendo de habitación no está autorizada a promover nuevos empadronamientos. En caso de que quiera empadronar a otra persona en la misma habitación, tendrá que presentar un nuevo contrato de habitación a nombre de todas las personas mayores de 18 años que van a residir en esa habitación. todas son correctas.

Padrón municipal Persona que carece de título de ocupación de vivienda (tiene invitación) Las personas que no tengan titulo de propiedad sobre la vivienda o contrato de arrendamiento, se puede empadronar mediante invitación. En estos casos hay que tener en cuenta quién autoriza o invita. Autoriza la persona propietaria de la vivienda - El personal de la OAC debe comprobar la propiedad en la base de datos municipal. - Si la propiedad no consta en la base de datos, la persona interesada debe aportar documentos para acreditar la titularidad de la vivienda: escrituras, nota simple del Registro de la Propiedad. - La persona propietaria debe estar empadronada en el domicilio, si no lo está, NO puede invitar. - La persona propietaria debe acudir a la OAC junto a la invitada para poder realizar el trámite. - Autoriza la persona titular del contrato de arrendamiento La persona interesada tiene que aportar: - Contrato de arrendamiento en vigor. Si no lo lleva a la OAC, se puede consultar en imagen el que presentó la persona arrendataria cuando se empadronó. - La persona arrendataria debe estar empadronada en el domicilio, si no lo está, NO puede invitar. - La persona arrendataria debe acudir a la OAC junto a la invitada para poder hacer el trámite. NOTAS: • Una persona con contrato de subarriendo de habitación NO puede invitar. Si quiere empadronar a otra persona en la misma habitación, tendrá que presentar un nuevo contrato de habitación a nombre de todas las personas mayores de 18 años que van a residir en esa habitación. • Una persona que se ha empadronado con una autorización/invitación NO puede, a su vez, invitar/autorizar otros empadronamientos. todas son correctas.

Padrón municipal Consideraciones generales Empadronamiento en domicilio colectivo. Las viviendas colectivas son hoteles, moteles, pensiones, residencias de personas mayores, estudiantes, trabajadores, centros de personas con discapacidad, de asistencia social, religiosos y residencias militares. Estas viviendas tienen que estar declaradas como colectivas y tener una persona responsable. Para empadronarse en un domicilios colectivo, debe acudir a la OAC la persona interesada y aportar autorización de la responsable del colectivo. Como excepción, solo se permite la inscripción padronal sin presencia de la persona interesada en el siguiente caso: personas ancianas que van a empadronarse en centros residenciales (viviendas comunitarias o residencias). En este caso, su representante tiene que aportar una autorización por parte del centro residencial. todas son correctas.

Padrón municipal Personas menores de edad, tuteladas por entidad pública. Estas personas son menores de edad tuteladas por la administración pública, que van a empadronarse en centros tutelados. Tienen que presentan un certificado de la entidad que tiene la tutela, y que es quien solicita el empadronamiento: Diputación, ONG…. ambas son correctas. ambas son falsas.

Padrón municipal Derivaciones a la Unidad técnica de Padrón Los casos que se derivan a la Unidad técnica de Padrón son: El caso presenta dudas razonables Si para llevar a efecto cualquiera de los casos recogidos en este protocolo, existe duda razonable, el personal de la OAC derivará a la persona interesa a la Unidad técnica de Padrón para que realice allí el trámite (mediante cita previa). En el campo 'Observaciones' hay que escribir el motivo por la que se deriva el caso. En caso de duda, consultar con la Coordinación de Atención Ciudadana. Empadronamiento de menores En las OAC solo se realizaran las altas y cambios de domicilios de menores en los siguientes casos: 1. cuando en el domicilio se empadronan los dos progenitores/tutores legales con la persona menor; 2. cuando solo uno de los progenitores/tutores se empadrona con la persona menor. En este caso deberá presentar la declaración responsable del progenitor (anexo 1), firmada por ambos y adjuntar fotocopia de sus documentos de identidad. Igualmente, para el caso de padres/madres/tutores separados con sentencia de custodia compartida deberán presentar el impreso con ambas firmas. Para los casos en los que exista tutela ejercida solo por un progenitor o tutor, deberá presentar documento que lo acredite. Cualquier duda al realizar estos movimientos se derivará, con cita, a la oficina técnica de Padrón. Pueden ser estos casos: • uno, o los dos progenitores, solicita el empadronamiento de la persona menor en un domicilio donde ninguno de ellos está empadronando; • una persona, sin ser progenitora/tutora legal, solicita empadronarla en una vivienda donde ninguno de sus progenitores está empadronado. todas son correctas.

Padrón municipal Persona menor extranjera no acompañada (MENAS). Las personas menores extranjeras no acompañadas (MENAS) acuden al Ayuntamiento, acompañadas por representantes de la Diputación Foral de Álava, o de la asociación que ostente la delegación de este servicio. Hay que derivar a la Unidad técnica de Padrón, si se trate de un alta en el municipio. ambas son correctas. ambas son falsas.

Padrón municipal. Adopciones Todas las adopciones, sin excepción, serán atendidas en la Unidad técnica de Padrón. Personas que están en centros penitenciarios Las altas o cambios de domicilio de personas que están en centros penitenciarios, se derivan a la Unidad técnica de Padrón. ambas son correctas. ambas son falsas.

Padrón municipal Cuando hay más de siete personas de alta en una dirección. Si la solicitud de empadronamiento da como resultado más de 7 personas en un mismo domicilio padronal, el personal de la OAC debe derivar a esa persona a la Unidad técnica de Padrón para que realice allí el trámite. Este criterio NO se debe aplicar en el caso de que se empadrone una familia, y alguno de sus miembros quede fuera de ese límite. En este caso, el personal de la OAC tiene que empadronar en ese domicilio a la familia completa, aunque se supere el límite de 7 personas. Para saber si se supera el límite de 7 personas de alta, no se tendrá en cuenta a aquellas personas que aparezcan marcadas en la aplicación con un expediente de baja en trámite o marcado como posible baja. todas son correctas.

Padrón municipal Documentación para escanear Documentación de identidad de las personas. La documentación se escanea, una a una, en documentos separados. No se puede generar un único pdf con todos los documentos presentados. El cambio de domicilio de toda una unidad de convivencia puede tramitarlo en la OAC una de las personas de la unidad, pero tiene que aportar el autorización de la representación por cambio de domicilio (anexo 8), firmada por todas las representadas mayores de edad, junto a la fotocopia del documento de identidad de estas, así como el de la persona representante. Representación: es válida en casos muy concretos (imposibilidad de acudir a las oficinas por enfermedad, incapacidad…) La persona representada debe encontrarse siempre en el municipio, es decir, no se puede empadronar con representación a una persona que está viviendo fuera del municipio de Vitoria-Gasteiz. En caso de representación hay que presentar: • documento que acredita la representación (poder notarial o documento privado); • documentos de identidad de la persona representante y de la representada; tiene que ser originales. En el caso de personas ancianas: ◦ Justificante médico (original), que acredite la incapacidad para acudir a la oficina de la persona interesada. Esto si se trata de un empadronamiento en una vivienda particular, y no colectiva. En viviendas colectivas, autorización del centro residencial. todas son correctas.

Padrón municipal Documentación referida a la ocupación de la vivienda En cuanto a la documentación referida a la ocupación de la vivienda, hay que escanear: titulo de propiedad,. contrato de arrendamiento, subarriendo…. autorización responsable – invitación. autorización – invitación,. recibo de pago, si el contrato de arrendamiento no está en vigor,. documento de la persona propietaria que pruebe que el contrato de arrendamiento a coste 0 sigue en vigor. todas son correctas.

Padrón municipal Aplicación informática de Padrón Cómo acceder a la aplicación informática. Para acceder a la aplicación informática de Padrón hay que situarse en la intranet municipal y clicar en el enlace Herramientas:. Para acceder a la aplicación informática de Padrón hay que situarse en la intranet municipal y clicar en el enlace Herramientas:. Para acceder a la aplicación informática de Padrón hay que situarse en la intranet municipal y clicar en el enlace Herramientas: Conectar. Introducir usuario y contraseña, y pulsar el botón Conectar. En el buscador de pantalla, escribir la palabra E.V.A. y hacer clic en el botón Buscar: La aplicación destaca en amarillo el resultado de la búsqueda. Hacer doble clic en E.V.A.: Desplegar la aplicación: E.V.A. / General / Gestión de entradas Seleccionar en los listados desplegables: • Departamento: Alcaldía y relaciones institucionales • Tema: Padrón • Procedimiento: Consulta de padrón. Se pueden iniciar las consultas o trámites relacionados con Padrón. Clicar en la lupa para pasar a la pantalla Localizar habitante. En la pantalla Localizar habitante, hay que acceder ‘por vivienda’; es decir hay que introducir la dirección de la vivienda, para conocer en qué situación está esa vivienda, cuántas personas hay empadronadas... todas son correctas.

Tabla 1. Aclaraciones sobre cómo registrar en E.V.A. IMPORTANTE: clicar el botón Registrar para que quede grabado. PROCEDIMIENTO: Alta padronal CONSULTA: ¿Borrar la cara que no lleva firma? SOLUCIÓN: No se borra. PROCEDIMIENTO: Alta Padrón de más de una persona CONSULTA: Se dan alta en el municipio 2 o más personas en la misma dirección (salen todos en la misma hoja SOLUCIÓN: Se hace un único registro, a nombre de una de las personas. PROCEDIMIENTO: Alta y cambio a un mismo domicilio CONSULTA: 2 o más personas: una es alta y la otra un cambio de domicilio a la misma dirección SOLUCIÓN: 2 registros en E.V.A.: uno para el alta y el otro para el cambio de domicilio, escaneando, para cada registro, la documentación correspondiente. PROCEDIMIENTO: Cambios de domicilios CONSULTA 1: Se cambian 2 personas, desde 2 direcciones distintas, a la misma dirección. SOLUCIÓN: Son 2 movimientos. Hay que hacer un registro para cada persona, adjuntando a cada registro el título que legitima la ocupación de la vivienda. CONSULTA 2: 2 cambios de domicilio de 2 personas: uno como inquilino y otro como subarrendatario, en la misma dirección. SOLUCIÓN: Son 2 movimientos. Hay que hacer un registro para cada persona, adjuntando a cada registro el título que legitima la ocupación de la vivienda. CONSULTA 3: Cambio de toda la unidad de convivencia, o de más de una persona de esa unidad,(provienen de una misma dirección y se empadronan en otra común). SOLUCIÓN: 1 registro en E.V.A. a nombre de una de las personas adultas. En un cambio de toda la unidad de convivencia, si a la OAC acude solo una persona, hay que escanear autorización de la representación, firmada por todas las mayores de edad, junto a los documentos de identidad de representante y representadas. PROCEDIMIENTO: Declaración jurada por invitación CONSULTA: Qué se escanea SOLUCIÓN: El impreso de declaración jurada invitación y aparte, en Otros Documentos, el DNI o documento de identidad de la persona que firma (declarante). PROCEDIMIENTO: DNI, permiso de residencia, pasaporte.. CONSULTA: Alta o cambio de 2 personas más: ¿dónde se escanean los documentos de identidad? (cuando hay más de un documento de la misma clasificación, por ejemplo, el DNI). SOLUCIÓN: En DNI de la persona solicitante,el documento de la persona titular del registro. El resto, en 'Otros documentos', poniendo DNI (o el documento que se presente) 1… DNI 2… DNI 3… y así, sucesivamente, según el nº de personas que se den de alta. No poner parentescos, por ejemplo, DNI padre; en todo caso, poner el nombre: DNI José García. todas son correctas.

PADRÓN MUNICIPAL Tabla 1. Aclaraciones sobre cómo registrar en E.V.A. IMPORTANTE: clicar el botón Registrar para que quede grabado. PROCEDIMIENTO: Títulos que legitiman la ocupación de la vivienda CONSULTA: Escrituras, contratos, invitaciones... SOLUCIÓN: Escanear cada documento en la línea que corresponda. PROCEDIMIENTO: ENCSARP CONSULTA 1: Solicita renovar al hacer un cambio de domicilio SOLUCIÓN: Escanear la renovación en 'Otros documentos'. Si son 2 renovaciones en un mismo cambio, escanear separado, poniendo ENCSARP 1, ENCSARP 2. CONSULTA 2: 2 personas adultas van a renovar a la oficina (por ejemplo marido y mujer) SOLUCIÓN: Son 2 registros en E.V.A. PROCEDIMIENTO: Finalización ENCSARP CONSULTA 1: Hay que finalizar el ENCSARP porque el tipo de documento el tipo de documento DNI, permiso de residencia o larga duración o de régimen comunitario. SOLUCIÓN: Se registra en E.V.A. en el procedimiento 'Renovación ENCSARP'. Hay que escanear la fotocopia del documento de identidad en 'Hoja renovación ENCSARP', poniendo en el extracto: FINALIZACIÓN. CONSULTA 2: 1 persona adulta y 1 menor van a renovar a la oficina. SOLUCIÓN: Hacer un registro a nombre de la persona adulta y, en 'Otros documentos', escanear la renovación de la menor. PROCEDIMIENTO: Menores CONSULTA: NO se puede registrar a nombre de menores, aunque tengan documento de identidad SOLUCIÓN: Registrar a nombre de la persona representante legal que firma el movimiento. PROCEDIMIENTO: Menores con tutela de la Diputación Foral de Álava (DFA) CONSULTA: Va a la oficina el educador o educadora a realizar el trámite. ¿A nombre de quién se registra? SOLUCIÓN: A nombre de la institución que tiene la tutela: DFA. PROCEDIMIENTO: Fallecidos CONSULTA: NO se puede registrar a nombre del fallecido SOLUCIÓN: Registrar el parte de defunción del Registro Civil a nombre de quien lo trae (sin instancia). PROCEDIMIENTO: Extractos de E.V.A CONSULTA: Qué escribir SOLUCIÓN: Utilizar los que están ya grabados, sin añadir otra información (salvo que sea necesario). todas son correctas.

PADRÓN MUNICIPAL Tabla 1. Aclaraciones sobre cómo registrar en E.V.A. IMPORTANTE: clicar el botón Registrar para que quede grabado. Clasificar el procedimiento: Alcaldía/ Padrón /procedimiento (el que corresponda). Buscar Tercero que va a realizar el registro (en menores siempre la persona adulta que va a la oficina). Ir a la lupa de la clave para acceder a la aplicación de Padrón. Cambiar domicilio en el apartado de Tercero para poner el de empadronamiento y que, en el registro en E.V.A., conste la dirección donde se ha empadronado. La documentación siempre firmada. Cada documentación, en su apartado clasificado. Si hay más de un documento, por ejemplo DNI, se pone en 'Otros Documentos' – DNI 1, DNI2…. 'Otros Documentos': definir el documento que se escanea, (por ejemplo, DNI de Ramón Ruiz). No utilizar siglas. Borrar las caras en blanco del los documentos escaneados. Dar al botón REGISTRAR (hasta que visualicemos el justificante). No es necesario imprimir el justificante. La documentación se devuelve a la ciudadanía (no se envía ningún documento a Padrón). No hacer anotaciones a mano en las hojas padronales, puesto que se devuelven después de escanearlas. Todas son correctas.

PADRÓN MUNICIPAL Otros recordatorios. Es obligatorio rellenar la declaración jurada conjunta siempre que haya un subarriendo. Es obligatorio rellenar la declaración responsable de progenitor en caso de menores que no se empadronan con los padres o tutores legales, o con solo uno de ellos. Es obligatorio rellenar la Declaración Jurada-Invitación, cuando proceda, y adjuntar fotocopia del DNI por la cara con la rúbrica de la persona que firma. Pasaporte: escanear la parte de los datos del pasaporte, no la de los visados. Cambio de domicilio de unidad de convivencia: si solo acude a la OAC una de las personas de la unidad, tiene que entregar autorización de la representación por cambio de domicilio (anexo 8), firmada por todas las representadas mayores de edad, junto a la fotocopia del documento de identidad de estas, así como del documento de la representante. todas son correctas.

PADRÓN MUNICIPAL Alta en el Padrón municipal Evitar duplicidades en la base de datos. Una vez que el personal de atención con la persona solicitante ha hecho las comprobaciones previas de identidad, documentación relacionada con la vivienda y situación de esta última, hay que verificar si figura o no en la base de datos municipal, para evitar duplicidades. Clicar en la lupa. Hacer la búsqueda por: • Documento de identidad. • Apellidos y nombre. . Fecha de nacimiento • Fecha de nacimiento. Cuando se elige fecha de nacimiento, aparece la siguiente pantalla. Introducir la fecha de nacimiento: En caso de que la persona conste en la base de datos del Ayuntamiento, hay que seleccionar ese nombre y apellidos y pulsar el botón CONFIRMAR. Si la persona no consta en la base de datos, se utilizará el botón ALTA para, efectivamente, darle de alta en la base de datos (Terceros). Cómo dar de alta en Terceros Tras pulsar el botón Alta, se accede a la pantalla denominada ALTA DE DATOSGENERALES DEL TERCERO. En esa pantalla hay que introducir los siguientes datos: • Tipo de Tercero: en el desplegable, elegir ‘nacional’ o ‘extranjero’. • Número Externo: número del documento de identidad. • Dígito Control. Escribir: ◦ letra del DNI; ◦ 1, si es pasaporte; ◦ 2, si es permiso de residencia; ◦ 3, no se utiliza; ◦ 4, si es DNI comunitario; ◦ 5, si es NIE. • Nombre y apellidos. • El personal de atención preguntará al ciudadano o ciudadana si desea dejar un número de teléfono y un correo electrónico (dirección internet). Estos datos no son obligatorios. Una vez cumplimentados los campos anteriores, VALIDAR y ACEPTAR. Tras validar y aceptar, esa persona ha sido dada de alta en la base de datos (Terceros) del Ayuntamiento. todas son correctas.

PADRÓN MUNICIPAL Alta padronal desde E.V.A. Seleccionar el Tercero a través de la lupa. Escribir el DNI y Buscar. Confirmar el Tercero que interesa. Aceptar. Una vez seleccionado el Tercero, clicar en la lupa. Se accede a la pantalla de Gestión de Habitantes, donde hay que seleccionar el tipo de alta padronal que proceda. En la aplicación informática, hay que seleccionar la opción que corresponda al caso concreto: • Alta cambio residencia procedente otro municipio, si son personas españolas o extranjeras que vienen de un municipio distinto al de VitoriaGasteiz. ◦ Como ayuntamiento de procedencia se escribe el que indique la persona solicitante. ◦ La fecha de alta en Padrón es la del día en que se realiza el trámite. • Alta cambio residencia procedente de Consulado. Son personas de nacionalidad española, que se trasladaron al extranjero y regresan a España, o personas menores españolas, nacidas en el extranjero, que aportan libro de familia, donde consta su inscripción en el Registro Consular de España en el país de nacimiento. ◦ Como procedencia, señalar la del Consulado donde estén inscritos. ◦ Si la persona manifiesta que está inscrita en Consulado, pero figura de alta en el padrón de Vitoria-Gasteiz, se le deriva a la Unidad técnica de Padrón, ya que se puede haber dado un desfase en las comunicaciones con el Instituto Nacional de Estadística. ◦ La fecha de alta en Padrón es la del día en que se realiza el trámite. • Alta cambio residencia procedente del extranjero, si son personas de nacionalidad extranjera que vienen a Vitoria-Gasteiz desde otro país. ◦ La procedencia puede ser diferente al país de nacionalidad. ◦ La fecha de alta en padrón es la del día en que se realiza el trámite. Las personas extranjeras comunitarias deben presentar el documento de intención de voto, que facilita la aplicación al hacer el alta. El procedimiento de alta por cambio de residencia es siempre el mismo, independientemente de la procedencia; solo varía el código de Mvto: Como ejemplo, se detalla a continuación el alta de una persona procedente de otro municipio. En la pantalla 'Localizar habitante', introducir DNI y Aceptar. Nota. Si la persona no está dada de alta en Terceros, la ‘Relación de Terceros Coincidentes por Número Externo’ sale vacía y hay que darle de alta. El siguiente paso sería seleccionar la documentación. Seleccionar la documentación que presenta. En la siguiente pantalla, aparece señalado y explicado el código del movimiento y la documentación que ha presentado para ello. Hay que prestar atención a la selección del tipo de documento, puesto que una selección errónea puede generar una baja de oficio. Después, Aceptar. A continuación, añadir dirección (calle, portal, letra…), introduciendo y seleccionando los datos de acuerdo a las siguientes pantallas. [Los datos se pueden escribir o solicitar listado haciendo doble clic en los campos]. Hacer clic en el botón Ver propietario, de esa forma se ve quién es el propietario y qué tipo de vivienda es. Una vez comprobado el dato de propietario, Cerrar. En la siguiente pantalla, introducir el resto de datos personales (fecha, país, provincia y municipio de nacimiento + sexo + titulación + año, país, provincia, municipio de procedencia): Repasar los datos y Confirmar el proceso padronal realizado. Aceptar la siguiente pantalla. En pantalla aparece la pregunta: ¿Existen más altas para esta familia?: Si solo se va a dar de alta una persona en esa dirección, marcar NO e imprimir la hoja de alta. Si se van a dar de alta más personas en esa dirección, seleccionar SI, y realizar la misma operación con cada persona hasta llegar a la última. Con el último, marcar NO e imprimir la hoja de alta. Esta debe ser firmada por todos, excepto por las personas menores de edad. Tanto la impresión de la hoja como la firma de esta, se recoge en la aplicación, como se indica en las pantallas siguientes. La persona interesada, debe firmar la hoja. Esta se adjunta a la documentación y se marca SÍ. Para finalizar, comprobar que la situación de ese habitante es Alta: El alta ya se ha realizado. Para salir, botón Cancelar. Se retorna a la pantalla inicial Localizar habitante. Si hubiera más altas para ese mismo domicilio, se introducen los datos de la persona y se procede igual que antes. Si no existen más altas, clicar en Cancelar y el sistema retorna automáticamente a E.V.A. Las hojas de alta estarán firmadas. Se procede al registro de la documentación. Si la dirección que ha arrastrado previamente no se corresponde con la dirección donde se ha empadronado, hay que cambiarla. Clicar en la lupa. Cambiar domicilio. A través del botón Domi. Padrón, incorporar la dirección y seleccionarla. Aceptar y continuar y el registro en E.V.A. TODA la documentación se escanea y se devuelve a la persona interesada. [Puedes consultar la tabla1. Aclaraciones sobre cómo escanear en la aplicación E.V.A.]. No hay que remitir ningún documento a la oficina técnica de Padrón (UTP). todas son correctas.

PADRÓN MUNICIPAL Alta por omisión. El alta por omisión se refieren a inscripciones en el Padrón de personas que, viviendo habitualmente en el municipio, no figuran inscritas en el mismo. Los motivos pueden ser diversos: no se inscribieron cuando llegaron al municipio, han sido dados de baja en procedimientos de baja por caducidad, baja de oficio, etc. Las altas por omisión pueden ser a solicitud de la persona o declaradas de oficio por el Ayuntamiento. Una vez seleccionado el movimiento 'Alta por omisión', no es necesario poner el año ni rellenar los datos de procedencia. En el caso de niñas y niños adoptados, derivar a la oficina técnica de Padrón. todas son correctas.

PADRÓN MUNICIPAL Alta por nacimiento. En las altas por nacimiento lo primero que se debe hacer siempre (tras las comprobaciones de identidad y vivienda) es registrar los datos del bebé en Terceros, con algunas especificidades, referidas a la nacionalidad, documento de identidad…. [Puedes consultar el apartado Cómo dar de alta en Terceros]. Por tanto, hay que situarse ante la pantalla denominada Localizar habitante. Escribir nombre y apellidos del bebé y Aceptar. En la pantalla Alta de Datos Generales del Tercero: • desplegar Tipo Tercero y elegir nacional o extranjero. Hay que tener en cuenta: ◦ Padres de la misma nacionalidad: nacionalidad de los padres. ◦ Padres extranjeros de nacionalidades distintas: los padres eligen la nacionalidad. ◦ Un progenitor español y otro no: nacionalidad española. • Número externo y dígito de control: número de documento de identidad de la persona recién nacida: el del padre o madre (solicitante) + TUT (ejemplo: 16245367TUT). • Teléfono: dato opcional. En la pantalla Gestión de habitantes, aparecen los datos (nombre y apellidos) del niño o niña. Elegir el código del movimiento (Cód.Mvto.) haciendo doble clic en el campo verde. Aparece en pantalla el listado de posibles tipos de movimientos, con su código (CID). En este caso, situarse sobre Alta por nacimiento y hacer clic en el botón Seleccionar. La aplicación devuelve a la pantalla Gestión de habitantes, donde aparece el Cód. Mvto. seleccionado, y la denominación elegida. Aceptar y seguir con el proceso de alta. Recordar que el alta de personas menores la firma el padre, la madre o la persona que ejerza como tutora legal. NOTA: en caso de dar de alta a una persona menor sola, el sistema avisará con el siguiente mensaje: Hay que tener en cuenta que una persona menor nunca puede estar sola en una vivienda. Se deberá empadronar con alguna persona adulta. Por tanto, en la anterior pantalla, hacer clic en NO. Hay que informar a la persona solicitante de dicha incidencia, para que subsane las posibles situaciones. todas son correctas.

PADRÓN MUNICIPAL Cambio de domicilio dentro del mismo municipio. Cambio individual Como norma general, NO se admite la representación. Se pueden tramitar varios cambios de domicilio individuales en un documento único. Este caso supone que varias personas (no todas) de un IMC (número asignado a las personas que conviven en un domicilio) se mueven juntas de un domicilio a otro. (Si se trata de toda la unidad de convivencia, se admite la representación por parte de uno de sus miembros: autorización de la representación por cambio de domicilio – anexo 8). En la aplicación: • La fecha del cambio en padrón es la del día del trámite. • Tras el cambio de domicilio, nunca pueden quedar solas personas menores empadronadas en esa vivienda. Observaciones: • Para el cambio de domicilio de menores no emancipados con uno solo de los progenitores, se debe acreditar la guardia y custodia, mediante resolución judicial, libro de familia que así lo acredite o declaración responsable del progenitor. [Ver modelo de impreso en ANEXO 1]. • Para el cambio de domicilio de menores no emancipados con terceros, hay que aportar autorización expresa de los tutores. En Mantenimiento de habitantes, hay que buscar a la persona solicitante, e introducir como Cod Mvto: Cambio de domicilio individual. En este momento, se puede elegir si se cambia alguna persona más del domicilio. ambas son correctas. ambas son falsas.

PADRÓN MUNICIPAL Baja en el Padrón municipal. Defunción Cuando una persona se persona en el Ayuntamiento para comunicar el fallecimiento de un familiar, el personal de la OAC debe solicitarle la partida de defunción, junto con la solicitud o instancia. La partida de defunción puede ser: • expedida por el Registro Civil de Vitoria-Gasteiz, si el fallecimiento se ha producido en este municipio; • expedida por otro Registro Civil, si el fallecimiento ha sido en otro municipio. NOTA. En caso de necesitar llevarse un volante histórico de la persona fallecida, las técnicos de gestión grabarán la baja por defunción. Destino al extranjero Otra causa de baja en el Padrón municipal es el traslado de una persona al extranjero. Esa baja pueden solicitarla personas extranjeras. No cabe la representación, salvo para las personas menores de edad (18 años). Documentación que debe presentar en la OAC: • Instancia donde comunique el cambio de domicilio al extranjero. Debe estar firmada por la persona interesada, señalando además el país de destino. • Documento de identidad de la persona solicitante. Las personas nacionales NO pueden solicitar su baja en Padrón. El personal de la OAC les informarán de que deben darse de alta en el Consulado del país al que se trasladen. Desde el Consulado, comunicarán el cambio al Ayuntamiento. Traslado a otro municipio Como norma general, en el caso de traslado a otro municipio, desde la OAC se informará a la persona solicitante que deberá darse de alta en el municipio al que se traslade. Desde ese ayuntamiento comunicarán el alta al Padrón de Vitoria-Gasteiz. El personal técnico de gestión podrá mecanizar la baja por traslado a otro municipio, siempre que la persona manifieste su deseo de darse de alta de nuevo en Vitoria-Gasteiz, y todavía no conste su baja, siempre y cuando aporte el volante de empadronamiento del municipio de destino. Baja de terceras personas empadronadas Esta solicitud la tramitará la persona propietaria o la arrendataria, cuando existan otras personas empadronadas en el domicilio, que ya no viven ahí. Documentación: solicitud de apertura de expediente de baja en el Padrón municipal (impreso específico). En ese documento se especifican las personas que actualmente residen, y se solicita la baja en el Padrón de quienes no viven. IMPORTANTE: • No podemos dar datos personales relacionados con expedientes que el Ayuntamiento inicia de oficio. Esto afecta, directamente, al trámite de baja de oficio de padrón. • Por tanto, NO podemos REVELAR los datos personales de quien ha comunicado al Ayuntamiento que otra persona no vive en determinado domicilio, dando lugar a que Padrón inicie el expediente de baja. Todas son correctas.

PADRÓN MUNICIPAL Renovaciones / confirmaciones padronales ENCSARP. Cada 2 años, las personas extranjeras no comunitarias (ENCSARP) deben comunicar, que mantienen su residencia en el municipio, ante las oficinas que gestionan el registro municipal del Padrón de habitantes; de esa forma, se renueva el asiento de alta en dicho registro. La renovación hay que hacerla cada dos años desde la inscripción o la última modificación en el Padrón. Las personas obligadas a hacer este trámite reciben una carta en el domicilio donde figuran empadronadas. En ella, se les comunica que deberán realizar la renovación antes de la fecha de caducidad especificada, y se les advierte que se les dará de baja si no hacen la renovación. En el caso de personas mayores de 16 años, la renovación puede realizarla la persona interesada, o hacerlo a través de representante debidamente acreditado. En menores de 16 años la renovación puede hacerla el padre, la madre, o representante debidamente acreditado. Para realizar el trámite de renovación, en la OAC se pedirá a la persona interesada el documento de identidad en vigor. Importante: antes de proceder a la renovación, comprobar, si por el tipo de documento, el movimiento es finalizar en lugar de renovar. No obstante, esta renovación también se hará cuando una persona ENCSARP acuda a una OAC para hacer alguna gestión diferente a la renovación del alta padronal (por ejemplo, un cambio de domicilio o una modificación de datos personales), con independencia del tiempo transcurrido desde la última renovación (ha podido pasar solo un mes desde la última). Acceder a la aplicación de Padrón / Mantenimiento de habitantes y hacer la consulta por alguno de los parámetros: DNI, TIE, IMH, nombre y apellidos… Cuando se llegue a esta pantalla, clicar en Otros botones: En esta pantalla, se podrán consultar los movimientos, renovar el ENCSARP o finalizarlo. Cuando se clica en ENCSARP Renovación, sale la siguiente pantalla, donde se le renueva. Si la persona es menor de edad, tiene que acudir con representante, dato que hay que introducir en la aplicación, de acuerdo a las dos pantallas siguientes. En el caso de querer finalizar el proceso de ENCSARP, porque a esa persona le han concedido el DNI, TIE de larga duración o la tarjeta de régimen comunitario, hay que elegir el tipo de finalización. Al mecanizar otros trámites en la aplicación, se mostrará en pantalla un aviso informando de la obligación de renovación. En estos casos, después de tramitar el movimiento padronal demandado, el personal de la OAC requerirá al ciudadano o ciudadana que renueve, en ese momento, su situación de alta en dicho registro de Padrón. Para ello, deberá firmar el documento normalizado existente para estos casos (sale cumplimentado de la aplicación: anexo 4). Esta obligación de renovación periódica de la inscripción padronal, finaliza (indicándolo en la aplicación mediante el botón Finalizar), cuando el ciudadano o ciudadana: • Obtiene la residencia permanente. • Adquiere la nacionalidad española o permiso de régimen comunitario. todas son correctas.

PADRÓN MUNICIPAL Renovaciones / confirmaciones padronales NO ENCSARP. El Instituto Nacional de Estadística (INE) remite, de forma periódica, al Ayuntamiento el listado de personas que deben confirmar la residencia. Estas personas reciben una carta, en el domicilio donde figuran empadronadas, para que, en el plazo de 3 meses, confirmen su residencia o, en caso contrario, se procederá a tramitar de oficio su baja de Padrón. En el momento que el Ayuntamiento genera las cartas, en la aplicación se activará el botón Hay que clicar en él para hacer la confirmación NO ENCSARP. Pasados unos meses, se iniciará el expediente de baja con la providencia y se activará el botón 'Tramitándose expte. baja oficio'. Aunque estén los dos botones activados, se podrá confirmar el NO ENCSARP. Cuando se confirma, o se le da de baja por no confirmación, se desactivarán los dos botones. Documentación: documento de identidad de la persona solicitante. No se admite la representación, salvo para personas menores de 16 años. La realización de cualquier otro trámite que conlleve una modificación en los datos, supone la confirmación de residencia, y hace innecesaria la confirmación. Cuando una persona no ha confirmado su residencia y se le da de baja de oficio, al consultar la causa de la baja en la aplicación aparece reflejado: ‘Baja por inscripción indebida’. Acceder a la aplicación Padrón/Mantenimiento de habitantes y hacer la consulta por algunos de los siguientes parámetros: DNI, TIE, IMH, nombre y apellidos… 1. Si la persona interesada, que tiene el botón azul activado, manifiesta seguir viviendo en el mismo domicilio y no tener ninguna variación en sus datos personales, deberá únicamente confirmar su residencia, siempre y cuando acuda personalmente y previa comprobación de su documentación identificativa. 2. Si la persona interesada, que tiene el botón azul activado, realizase un cambio de domicilio o una modificación de datos personales, ◦ hacer el Cambio de Domicilio y/o la Modificación de Datos. En ese momento, se desactivará el botón azul, de modo que ya no será necesario confirmar la residencia. Para confirmar la residencia de una persona, clicar el botón azul “NO ENCSARP Confirmar Residencia”. Sale un aviso para revisar la documentación antes de seguir. Clicar en SÍ o NO, según sea el caso. En esta siguiente pantalla, elegir si la Confirmación se realiza con representante o sin representante. Si la confirmación se realiza sin representante, marcar 'Presentada por representante: NO'. La aplicación mostrará un mensaje para advertir que el impreso ha sido sometido. 'Aceptar'. Sale el impreso que debe firmar la persona interesada. Una vez firmado, hay que escanearlo y entregarlo a la ciudadanía. En este momento hay que confirmar la operación. Una vez realizado el proceso, el botón activado anteriormente en azul (NOENCSARP Confirmación Residencia) se habrá desactivado. En el histórico del habitante se podrá ver el movimiento de confirmación que se acaba de realizar. Si la confirmación se hace a través de representante, primero clicar en el botón azul 'NO-ENCSARP Confirmación Residencia'. A continuación, la aplicación muestra un aviso para revisar la documentación antes de seguir. Clicar en SÍ o NO, según sea el caso. En la siguiente pantalla, marcar Sí en el campo 'Presentada por representante'. Clicar dos veces en el campo verde 'Documento', de forma que se abra el desplegable y elegir la opción correspondiente, según el caso y la documentación que presente. En la siguiente pantalla, introducir el documento de identidad, o nombre y apellidos de la persona representante. El programa conectará con 'Terceros'. Si la aplicación devuelve los datos del tercero que interesa, clicar en Confirmar. Los datos de la persona representante aparecen plasmados en la pantalla de confirmación, tal y como se puede ver en la siguiente pantalla. A continuación sale un mensaje para informar que el impreso ha sido sometido. 'Aceptar'. Se imprime un impreso que debe firmar la persona interesada (en este caso la representante). Una vez firmado, hay que escanearlo y entregar a la ciudadanía. En este momento, hay que confirmar la operación. Una vez realizado el proceso, los botones activados anteriormente en azul ('NOENCSARP Confirmación Residencia' y 'Tramitándose Expte Baja Oficio') se habrán desactivado. Todas son correctas.

PADRÓN MUNICIPAL Expedición de volantes y certificados. Aplicación de Padrón > carpeta Gestión de habitantes > Mantenimiento de habitantes. Volante individual El volante individual es un justificante, emitido por el Ayuntamiento, que informa de la situación padronal de la persona a día de la fecha. En el documento aparecen los datos personales y el domicilio actual En las OAC, se entrega este volante: • a quien aporta documento identificativo original de la persona empadronada (DNI, tarjeta de residencia, NIE, o pasaporte. NO es válido el libro de familia). • A quien facilita verbalmente TODOS los datos identificativos de la persona empadronada: DNI, nombre, dos apellidos, calle y portal. Si se está tramitando un expediente de baja, se le puede facilitar el volante. En ese documento aparecerá reflejada la tramitación de la baja. Volante de convivencia El volante de convivencia es un justificante, emitido por el Ayuntamiento, que incluye a todas las personas empadronadas en el mismo domicilio, tengan entre sí vínculos familiares o no. No se emiten volantes familiares sino de convivencia, ya que Padrón no posee ningún dato relativo a las relaciones y vínculos familiares En principio, solo se entrega el volante de convivencia en las OAC a las personas empadronadas en esa vivienda, mayores de 16 años. Deben aportar documento identificativo original (DNI, tarjeta de residencia, NIE, o pasaporte. NO es válido el libro de familia). En la aplicación aparecerá un aviso para recordar que, para obtener el volante de convivencia, el solicitante debe estar empadronado en el domicilio. Al clicar en 'Sí' el volante se imprimirá de forma automática. No obstante, si el volante de convivencia lo solicita en la OAC una persona NO empadronada en ese domicilio, se le entregará el volante SOLO SI APORTA... • autorización firmada por la persona que autoriza y por la autorizada (en E.V.A. hay un modelo descargable como preimpreso); • documentos de identidad de la persona que autoriza y de la autorizada; • instancia, detallando la solicitud. En este caso, una vez recogida la documentación, hay que registrarla en E.V.A. (procedimiento: 'Solicitud de volante – Registrar si trae autorización'). Además, en la pantalla anterior, se clicará 'Sí' para imprimir el volante de convivencia y entregarlo al momento. Por otra parte, dadas las características de las vivienda colectivas, NO se puede facilitar el volante de convivencia. A las personas que residan en este tipo de viviendas, solo se les podrá facilitar el volante individual o histórico Si se está tramitando un expediente de baja, sí se le puede facilitar este volante. En ese documento aparecerá reflejada la tramitación de la baja. Volante y certificado histórico de Padrón Volante histórico El volante histórico de Padrón es un documento informativo, que indica todas las inscripciones padronales de una persona desde la renovación del Padrón de mayo de 1996 hasta la actualidad. Se puede obtener al momento, previa identificación, en las OAC y en la oficina de atención de San Martín. También, desde la sede electrónica de la web municipal, con certificado digital o Tarjeta Municipal Ciudadana (TMC). Certificado histórico El certificado histórico acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento, y se solicita mediante instancia, junto a los documentos de identidad (DNI, NIE o pasaporte), pero solo en los siguientes casos: • Trámites en embajadas, consulados, adopción de menores, y organismos en el extranjero. • Solicitudes de información padronal de quienes residen en vivienda colectiva. • Tramitación de herencias de personas que causaron baja antes del 1 de mayo de 2001. Si la fecha es posterior, es suficiente con el volante histórico de la persona fallecida, que se facilita en las OAC y en San Martín. • Solicitudes padronales entre fechas concretas. Una vez elaborado, el certificado histórico de Padrón puede recogerlo: • la persona interesada, presentando su documento de identidad; • otra persona que se identifique con DNI... y presente autorización y documento de identidad de la interesada (original o copia). En las OAC, NO hay que recoger ninguna solicitud de certificado histórico cuyo destino sea Lanbide. Los datos se intercambian de oficio entre las dos administraciones. todas son históricas.

PADRÓN MUNICIPAL Expedición de volantes y certificados. Volante individual El volante individual es un justificante, emitido por el Ayuntamiento, que informa de la situación padronal de la persona a día de la fecha. En el documento aparecen los datos personales y el domicilio actua. En las OAC, se entrega este volante: • a quien aporta documento identificativo original de la persona empadronada (DNI, tarjeta de residencia, NIE, o pasaporte. NO es válido el libro de familia). • A quien facilita verbalmente TODOS los datos identificativos de la persona empadronada: DNI, nombre, dos apellidos, calle y portal. Si se está tramitando un expediente de baja, se le puede facilitar el volante. En ese documento aparecerá reflejada la tramitación de la baja. todas son correctas.

PADRON MUNICIPAL. Volante de convivencia El volante de convivencia es un justificante, emitido por el Ayuntamiento, que incluye a todas las personas empadronadas en el mismo domicilio, tengan entre sí vínculos familiares o no. No se emiten volantes familiares sino de convivencia, ya que Padrón no posee ningún dato relativo a las relaciones y vínculos familiares En principio, solo se entrega el volante de convivencia en las OAC a las personas empadronadas en esa vivienda, mayores de 16 años. Deben aportar documento identificativo original (DNI, tarjeta de residencia, NIE, o pasaporte. NO es válido el libro de familia). En la aplicación aparecerá un aviso para recordar que, para obtener el volante de convivencia, el solicitante debe estar empadronado en el domicilio. Al clicar en 'Sí' el volante se imprimirá de forma automática. No obstante, si el volante de convivencia lo solicita en la OAC una persona NO empadronada en ese domicilio, se le entregará el volante SOLO SI APORTA... • autorización firmada por la persona que autoriza y por la autorizada (en E.V.A. hay un modelo descargable como preimpreso); • documentos de identidad de la persona que autoriza y de la autorizada; • instancia, detallando la solicitud. En este caso, una vez recogida la documentación, hay que registrarla en E.V.A. (procedimiento: 'Solicitud de volante – Registrar si trae autorización'). Además, en la pantalla anterior, se clicará 'Sí' para imprimir el volante de convivencia y entregarlo al momento. Por otra parte, dadas las características de las vivienda colectivas, NO se puede facilitar el volante de convivencia. A las personas que residan en este tipo de viviendas, solo se les podrá facilitar el volante individual o histórico. Si se está tramitando un expediente de baja, sí se le puede facilitar este volante. En ese documento aparecerá reflejada la tramitación de la baja. Volver. Todas son correctas.

PATRÓN MUNICIPAL Volante y certificado histórico del Padrón. Volante y certificado histórico de Padrón Volante histórico El volante histórico de Padrón es un documento informativo, que indica todas las inscripciones padronales de una persona desde la renovación del Padrón de mayo de 1996 hasta la actualidad. Se puede obtener al momento, previa identificación, en las OAC y en la oficina de atención de San Martín. También, desde la sede electrónica de la web municipal, con certificado digital o Tarjeta Municipal Ciudadana (TMC). El certificado histórico acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento, y se solicita mediante instancia, junto a los documentos de identidad (DNI, NIE o pasaporte), pero solo en los siguientes casos: • Trámites en embajadas, consulados, adopción de menores, y organismos en el extranjero. • Solicitudes de información padronal de quienes residen en vivienda colectiva. • Tramitación de herencias de personas que causaron baja antes del 1 de mayo de 2001. Si la fecha es posterior, es suficiente con el volante histórico de la persona fallecida, que se facilita en las OAC y en San Martín. • Solicitudes padronales entre fechas concretas. Una vez elaborado, el certificado histórico de Padrón puede recogerlo: • la persona interesada, presentando su documento de identidad; • otra persona que se identifique con DNI... y presente autorización y documento de identidad de la interesada (original o copia). En las OAC, NO hay que recoger ninguna solicitud de certificado histórico cuyo destino sea Lanbide. Los datos se intercambian de oficio entre las dos administraciones. todas son históricas.

BUZÓN MUNICIPAL Actualizar o modificar datos en el Padrón. Cambio de datos personales Una persona puede acudir a una OAC para solicitar el cambio de los datos personales, distintos del domicilio, que obran en poder de Padrón. En estos casos, debe presentar: Documento de identidad de la persona solicitante. Procedimiento en la OAC: - Facilitar una hoja de modificación, que la ciudadanía debe entregar de nuevo firmada. - Si alguien desea modificar los estudios que figuran en Padrón, no necesita presentar ninguna documentación para acreditarlos. En estos casos hay que seleccionar como tipo de movimiento en la aplicación. Cambio datos personales, y Aceptar. En la siguiente pantalla, se puede cambiar los datos personales y Aceptar. Si se quiere cambiar datos que no son personales, clicar Cambio Datos Básicos. Clicar en Modificación. Tras hacer los cambios, clicar en Validar y la aplicación pasará a la siguiente pantalla para confirmar si hay otra persona con esos mismos datos. Si no aparece nada, clicar en Cerrar. En la siguiente pantalla confirmar los datos pinchando en Aceptar. De nuevo en la pantalla Cambio datos personales, Aceptar. Confirmar el proceso. En este momento saldrá el documento que deberá firmar la persona interesada. Una vez firmado, hay que escanear esa hoja junto a la documentación necesaria. todas son correctas.

BUZÓN MUNICIPAL Reclamaciones al censo electoral. De forma periódica, y antes de cada proceso electoral, el Instituto Nacional de Estadística (INE) informa a aquellas personas que han tenido cambios en sus datos padronales para que, en caso de error, puedan dirigirse a las oficinas municipales correspondientes y presentar reclamación. La ciudadanía puede reclamar por: • error en los datos; • exclusión: alguien que debe estar en el censo y no aparece en él. • inclusión: alguien que no debe estar en el censo y aparece en él. Documentación para poder presentar reclamación: documento de identidad de la persona solicitante. Procedimiento en la OAC: • En periodo de exposición de listas previo a las elecciones: la reclamación se realizará a través de la aplicación 'Conoce' del INE. • Fuera de este periodo: facilitar a la solicitante una hoja de reclamación (autocopiativa), que debe entregar de nuevo firmada (solo la interesada). Recuerda… Cómo comprobar la propiedad de la vivienda Ir a la aplicación de Padrón – Mantenimiento de habitantes. Introducir el código de la calle. También se puede clicar dos veces e introducir la calle. todas son correctas.

BUZÓN MUNICIPAL Seleccionar. En la siguiente pantalla, elegir el portal y Seleccionar. Posicionarse sobre el piso y la mano que interesa consultar y clicar Ver Propietario. En la siguiente pantalla se ven todas las personas propietarias, su porcentaje de la vivienda, tipo de vivienda, superficie de la vivienda, tipo de propiedad…. En la siguiente pantalla se ven todas las personas propietarias, su porcentaje de la vivienda, tipo de vivienda, superficie de la vivienda, tipo de propiedad…. Una vez verificada la propiedad, se puede ver cuántas personas están empadronadas en esa vivienda. Para ello, cerrar esta pantalla y, en la anterior, clicar en Seleccionar. todas son correctas.

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