PATRIMONIO 2025 PARTE 2
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Título del Test:
![]() PATRIMONIO 2025 PARTE 2 Descripción: DECRETO Nº 4504/92 |



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El Decreto 4504/92 aprueba el uso obligatorio de la “Solicitud de Compra y/o Contratación” solo para organismos fuera de la Administración Central. Falso. Verdadero. La descripción de los bienes y/o servicios en la Solicitud debe ser exhaustiva, incluyendo cantidad, medidas, material, precio unitario estimado y todo dato que posibilite la mejor definición, pero no puede mencionar marcas determinadas con carácter excluyente. Verdadero. Falso. El Decreto 4504/92 exceptúa las contrataciones directas de la autorización previa del Decreto Nº 155/03. Verdadero. Falso. La Solicitud de Compra y/o Contratación es solo un formulario opcional y no constituye la documentación esencial del trámite. Falso. Verdadero. En gestiones directas, los organismos responsables deben solicitar a los proveedores que inserten en sus ofertas: Lugar de Entrega, Plazo de Entrega, Muestras, Análisis, Control de Calidad, Mantenimiento de oferta, Plazo de Garantía y Condiciones de Pago. Verdadero. Falso. El Decreto 4504/92 mantiene vigentes los Decretos Nº 580/89, Nº 877/90, Nº 610/92 y Nº 155/2003 sin ninguna excepción para contrataciones directas. Falso. Verdadero. La registración del compromiso presupuestario se realiza exclusivamente por la Dirección General de Suministros y nunca por la Dirección General de Administración jurisdiccional. Falso. Verdadero. El ingreso de la actuación a Mesa de Entrada de Gobernación debe producirse con una antelación no inferior a 5 días hábiles al vencimiento de ofertas cuando la gestión deba ser resuelta por el Poder Ejecutivo. Verdadero. Falso. El Decreto 4504/92 deroga completamente la Ley Nº 12.510 en materia de contrataciones directas. Falso. Verdadero. El formulario de Solicitud de Compra y/o Contratación debe incluir, en caso de servicios, Lugar de Prestación, Unidad de Medida y Costo Estimado (Unitario, Parcial y Total). Verdadero. Falso. El principal objetivo del Decreto 4504/92 es: Centralizar todas las compras en un solo organismo. Revertir dilaciones en los trámites mediante el uso obligatorio de la Solicitud de Compra y/o Contratación y flexibilizar restricciones. Solo aprobar el RUPC. Solo crear el SGA. La Solicitud de Compra y/o Contratación debe contener en su descripción: Solo marca comercial excluyente. Cantidad, medidas, material, precio unitario estimado y todo dato que posibilite la mejor definición, sin marcas excluyentes. Solo precio total. Solo firma del jefe. Las excepciones a las restricciones del Decreto Nº 0580/89 para contrataciones directas las dispone: Solo la Dirección de Contrataciones. Los funcionarios competentes según el Régimen General de Compras y Contrataciones vigente. Solo el Gobernador. d) Solo el Tribunal de Cuentas. El ingreso a Mesa de Entrada de Gobernación para gestiones que resuelve el Poder Ejecutivo debe realizarse: El mismo día del vencimiento. Con antelación no inferior a 5 días hábiles al vencimiento de ofertas. Solo después de la adjudicación. Solo por fax. En el instructivo, si la Dirección General de Administración observa insuficiencias crediticias, la solicitud se remite: Directamente al Gobernador. Al Subsecretario competente para resolver la cuestión. Solo al Tribunal de Cuentas. Se archiva. La Dirección General de Suministros inserta en la carátula del expediente un cartel indicador con el diseño para evitar: Solo la firma. El vencimiento de los plazos de mantenimiento de las ofertas. Solo la Foja Cero. Solo el RUPC. La tramitación posterior al proyecto de adjudicación no podrá exceder: 30 días. El plazo previsto por el artículo 12º del Decreto 4059/79. Solo 5 días. Solo el plazo del RUPC. El Decreto 4504/92 fue firmado en acuerdo de ministros por: Solo el Gobernador. Dr. Jaime Wolf Belfer, Carlos Alberto Rutemann, Ing. José Augusto Weber y Fernando Ignacio Bondsby. c) Solo Binner. Solo Sciara. La Solicitud de Compra y/o Contratación debe incluir, para bienes, la columna “COSTO ESTIMADO” con: Solo total. Unitario, Parcial y Total. Solo unitario. Solo parcial. El Decreto 4504/92 se dicta para: Derogar la Ley 12.510. Revertir dilaciones en los trámites de compras y contrataciones mediante un formulario único y flexibilización de restricciones. Solo crear el SIGAL. Solo el SGA. |





