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PEC 3 Civil

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Título del Test:
PEC 3 Civil

Descripción:
PEC 3 Civil

Fecha de Creación: 2026/05/20

Categoría: Otros

Número Preguntas: 10

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Temario:

1.- La sociedad Cadena hotelera Luxus es la propietaria de un hotel en Santa Cruz de Tenerife. Esta sociedad tiene arrendado el hotel a una sociedad denominada Hoteles en funcionamiento para su actividad hotelera. La sociedad Hoteles en funcionamiento interpone una demanda contra la sociedad Cadena hotelera Luxus. La sociedad Hoteles en funcionamiento solicita que el tribunal reduzca en un 50% el importe de la renta mientras se mantengan las medidas gubernativas provocadas por la pandemia de coronavirus, que han restringido la movilidad de las personas, y que ha reducido la clientela del hotel más de un 90%. En este caso, ¿cuál de los siguientes extremos se encuentra exento de prueba?. a.- La disminución de la clientela alegada por la sociedad Hoteles en funcionamiento. b.- La existencia de la pandemia de coronavirus. c Las pérdidas económicas de la sociedad. d.- Ninguno de los extremos anteriores se encuentra exento de prueba.

2.- Eres el abogado/a de la parte demandada. Al contestar a la demanda, no admites ni niegas los hechos tercero y cuarto alegados en esa demanda. ¿Qué consecuencias tienen a nivel práctico la falta de pronunciamiento sobre dos extremos de la demanda?. a.- Ninguno, pues en ningún caso la falta de pronunciamiento puede conllevar efectos perjudiciales para el demandado. b.- Esta omisión podrá ser subsanada en el acto de la audiencia previa, en la fase de delimitación del objeto del proceso. c.- El órgano judicial podrá considerar admitidos tácitamente los hechos que le sean perjudiciales. d.- Al no pronunciarse sobre los hechos tercero y cuarto, el órgano judicial debe omitirlo en la sentencia.

3.- Margarita interpone demanda contra Esteban. Margarita aporta como prueba una grabación de una conversación que supuestamente mantuvo con Esteban, quien impugna la autenticidad de la grabación. Esteban encarga a un perito que emita dictamen sobre la autenticidad de la grabación. El perito llega a la conclusión de que la grabación no es auténtica. Margarita no propuso ninguna prueba pericial, pero la jueza no resulta convencida por las conclusiones del perito, y cree que la grabación es auténtica. En este caso la jueza ha de declarar en la sentencia que: a.- La grabación es impertinente. b.- La grabación es auténtica. c.- La grabación no es auténtica. d.- La grabación solo sería auténtica si no se hubiese impugnado.

4.- Acude a tu despacho, el Sr. Carlos Jiménez, el cual manifiesta que su esposa murió en una intervención quirúrgica, y, por ello, formula demanda contra el médico y el hospital donde fue intervenida su esposa. El Sr. Carlos Jiménez considera que las explicaciones dadas por el centro hospitalario no se corresponden con la realidad, que aparece descrita en el historial clínico de su esposa y que se encuentra en posesión del centro hospitalario. En relación a la carga de la prueba de las actuaciones médicas, en este supuesto: a.- La carga de la prueba le corresponde a la parte demandada, de acuerdo con el principio de disponibilidad y facilidad probatoria y como excepción a las reglas generales. b.- La carga de la prueba le corresponde a la parte demandante, por ser un hecho constitutivo de su demanda, sin ninguna excepción. c.- La carga de la prueba le corresponde a la parte demandante, por ser un hecho excluyente de su demanda, sin ninguna excepción. d.- La carga de la prueba le corresponde a la parte demandante, por ser un hecho impeditivo de su demanda, sin ninguna excepción.

5.- Susana, de nacionalidad alemana, falleció en Mallorca, donde tuvo su último domicilio. Ante un tribunal de Mallorca está pendiente un proceso promovido por Hansen contra Ángela, hijos ambos de Susana. El objeto del proceso es la distribución de la herencia de Susana. El juez se encuentra en la siguiente situación: a) se da cuenta que el Derecho sustantivo aplicable en el proceso es el Derecho Civil alemán; b) pero ninguno de los dos litigantes ha conseguido probar el contenido y la vigencia de las normas de ese Derecho que resultan aplicables a las cuestiones suscitadas en el proceso. En este caso el juez: a.- Debe resolver el conflicto jurídico planteado aplicando el Código Civil español, sin más. b.- El derecho extranjero está exento de prueba. c.- Debe desestimar la demanda, pues no puede en los procesos sustanciados en España fundamentarse la resolución judicial en normas de derecho extranjeras. d.- Tiene la facultad de intentar la averiguación del contenido y la vigencia de las normas del Derecho alemán que son aplicables.

6.- Sebastián interpone demanda contra Mauro y la Aseguradora de éste, reclamando la indemnización de los daños que ha sufrido en un accidente de tráfico que, según la demandante, es imputable a Mauro, quien, por el contrario, sostiene que el accidente fue causado por Sebastián. Entre las pruebas propuestas por Sebastián, figura el interrogatorio testifical de Fernando. Sebastián reconoce que Fernando no presenció el accidente de tráfico, pero se encontraba en el bar en el que, una media hora antes del accidente, Mauro estuvo ingiriendo abundantes bebidas alcohólicas. En este caso, la prueba testifical propuesta por Sebastián: a.- Es útil pero impertinente. b.- Es inútil e impertinente. c.- Es pertinente y útil. d.- Es pertinente, pero inútil.

7.- En un procedimiento ordinario con pluralidad de demandados, uno de ellos es declarado en rebeldía mientras los demás comparecen y contestan a la demanda. Durante el proceso, se practican pruebas que afectan de manera desigual a los distintos demandados. En sentencia, el tribunal: a.- Debe considerar admitidos los hechos respecto del demandado rebelde. b.- Debe resolver de manera uniforme para todos los demandados. c.- Debe valorar la prueba de manera individualizada, también respecto del rebelde. d.- Debe suspender el procedimiento respecto del rebelde.

8.- Si la demanda se limitare a indicar sin más la clase de juicio que corresponde, o si, tras apreciarse de oficio por el Letrado que la cuantía fijada es incorrecta, no existieren en aquélla elementos suficientes para calcularla correctamente…. a.- No se dará curso a los autos hasta que el actor subsane el defecto de que se trate. El plazo para la subsanación será de 5 días, pasados los cuales el tribunal resolverá lo que proceda. b.- No se dará curso a los autos hasta que el actor subsane el defecto de que se trate. El plazo para la subsanación será de 10 días pasados los cuales el tribunal resolverá lo que proceda. c.- No se dará curso a los autos en ningún caso. d.- Se dará curso a los autos advirtiendo al actor de la referida circunstancia.

9.- En un juicio ordinario, la parte actora ejercita acción de responsabilidad contractual aportando diversa prueba documental y testifical. Durante el juicio, se practica la prueba admitida y el procedimiento queda visto para sentencia. Posteriormente, la parte actora solicita diligencias finales, interesando un nuevo dictamen pericial sobre daños, alegando que la cuantificación realizada en juicio ha resultado insuficiente. La parte demandada se opone, alegando preclusión y falta de diligencia. El tribunal, por su parte, aprecia que la prueba practicada genera dudas relevantes sobre la cuantificación del daño. Ante esta situación, ¿qué decisión es jurídicamente más correcta?. a.- Denegar las diligencias finales por haber precluido la fase probatoria. b.- Admitir la prueba solicitada por la actora al ser relevante para el fallo. c.- Acordar diligencias finales de oficio limitadas a aclarar la cuantificación del daño. d.- Admitir íntegramente la nueva pericial para evitar indefensión.

10.- En un juicio ordinario, la sociedad Financiera Delta S.A. ejercita acción de reclamación de cantidad frente al Sr. López, alegando la existencia de un contrato de préstamo mercantil. Como prueba aporta: justificantes de transferencias periódicas al demandado, extractos contables internos, y correos electrónicos ambiguos donde se hace referencia a “regularizar cantidades”. No existe contrato firmado. El demandado: reconoce haber recibido el dinero, pero sostiene que se trataba de pagos derivados de una relación comercial previa, no de un préstamo, y no aporta documentación que acredite dicha relación. El tribunal considera acreditada la entrega de dinero, pero no la causa jurídica de la misma. Además, constata que la actora tiene facilidad probatoria para documentar el préstamo, pero no lo hizo, y que el demandado tampoco ha probado su versión alternativa. ¿Cuál es la solución jurídicamente más correcta?. a.- Estimar la demanda aplicando una presunción judicial de préstamo. b.- Desestimar la demanda por falta de prueba del hecho constitutivo. c.- Estimar la demanda al no haber probado el demandado su versión. d.- Aplicar inversión de la carga de la prueba a favor de la actora.

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